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DICCIONARIO DE TÉRMINOS DE COMERCIO

El propósito de este diccionario es presentar una lista amplia de términos comúnmente utilizados en las negociaciones comerciales y especialmente en el contexto del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), con vistas a proporcionar un instrumento de información para el público en general. El diccionario es presentado en los cuatro idiomas oficiales del ALCA: inglés, español, portugués, y francés.

Esta compilación no pretende presentar el universo entero de los términos utilizados ni tampoco prejuzgar o influenciar, de cualquier modo, definiciones o enfoques actualmente propuestos por algún país en una negociación de comercio. De hecho, fueron excluidas muchas definiciones que aparecen en el Borrador de Acuerdo del ALCA disponible para el público que aún son motivo de difíciles debates. Las definiciones fueron obtenidas de fuentes de datos disponibles ampliamente, incluyendo otros acuerdos de comercio.

Se incluye un listado alfabético de los términos para facilitar el uso del diccionario. Los términos y sus definiciones son presentados por temas generales de negociación encontrados en el ALCA y también en otras negociaciones de comercio.

Una versión electrónica de este documento se puede encontrar en los siguientes sitios en el Internet: OEA, BID y CEPAL.




BID
 

OEA
 

CEPAL


SERVICIOS
TÉRMINO DEFINICIÓN
Acceso a mercados El conjunto de condiciones que permiten a los exportadores extranjeros de bienes o servicios, o a proveedores extranjeros de servicios o inversionistas extranjeros; acceder el mercado de un país importador (que es miembro del acuerdo comercial o de inversión). En el contexto del ALCA, acceso a mercados cubre cinco principales áreas de negociación: aranceles en bienes no agrícolas, agricultura, servicios, inversión y compras de gobierno. Adicionalmente, en el ALCA existe un Grupo de Negociación sobre Acceso a Mercados que negocia sobre los siguientes seis temas: aranceles, medidas no arancelarias, salvaguardias, procedimientos aduaneros, reglas de origen y barreras técnicas al comercio.
Clasificación sectorial de servicios Existe una serie de listas de clasificación que se pueden utilizar para negociar servicios. Sin embargo, la más común es la desarrollada por la OMC en el documento GATS w/120, la que establece 155 subsectores de servicios en 12 amplias categorías sectoriales. Las categorías incluidas en esta lista se basan en una versión agregada de la Clasificación Central de Productos de las Naciones Unidas (CPC). La lista se encuentra en la página web de la OMC (http://www.wto.org), bajo “Temas Comerciales – Servicios.”
Comercio de servicios El comercio de servicios incluye el intercambio o venta de un servicio, a través de uno de los cuatro modos de suministro definidos subsecuentemente, entre residentes de un país y residentes de otro país. Los servicios transados caen dentro de las once amplias categorías definidas anteriormente.
Comercio transfronterizo de servicios (Modo 1) Un modo de suministro o comercio de servicios, en que los servicios se suministran desde el territorio de un miembro de un acuerdo comercial al territorio de otro miembro. Un ejemplo son los servicios de diseño de arquitectura suministrados por un arquitecto en un país, vía correo postal o electrónico, a consumidores en otros país.
Consumo en el extranjero (Modo 2) Un modo de suministro o comercio de servicios, en que los servicios se suministran en el territorio de un miembro de un acuerdo comercial a consumidores de otro miembro. Este modo de suministro requiere que el consumidor de servicios se traslade al extranjero. Ejemplos son los viajes al extranjero para recibir tratamiento médico o para matricularse en un programa educacional.
Denegación de beneficios El derecho de los miembros de un acuerdo comercial de denegar el trato preferencial establecido en el acuerdo a cualquier país que no sea miembro. En el caso de los servicios, los beneficios pueden denegarse si se establece que el servicio se suministra desde el territorio de un país que no es miembro del acuerdo ó por una empresa que no está debidamente constituida o domiciliada en un país miembro, una empresa de un país que no es miembro que no tiene operaciones o negocios sustanciales en el territorio de cualquier miembro, una empresa que es de propiedad y controlada por personas de un país que no es miembro, o por una combinación de estas condiciones. Véase Inversiones, página 28, donde este texto puede tener un significado ligeramente diferente.
Derecho a reglamentar El derecho soberano de todo gobierno miembro de un acuerdo comercial a introducir reglamentaciones para el logro de objetivos legítimos, de manera de cumplir con objetivos de política nacional. Se incluyen aquellos relacionados a la protección y seguridad humana, vida o salud de animales o vegetales, para prevenir prácticas que induzcan a error y prácticas fraudulentas, o para proteger la privacidad de los individuos.
Enfoque de lista negativa La inclusión integral de todos los sectores de servicios, a menos que se especifique lo contrario en la lista de reservas, sobre la base de las disciplinas específicas del capítulo sobre servicios y las disciplinas generales del acuerdo comercial. Un enfoque de lista negativa requiere que las medidas discriminatorias que afectan a todos los sectores incluidos sean liberalizadas, a menos que medidas específicas se incluyan en la lista de reservas.
Enfoque de lista positiva La inclusión voluntaria de un número determinado de sectores en una lista nacional, que indica el tipo de acceso y de trato para cada sector y para cada modo de suministro que un país está dispuesto a ofrecer contractualmente a los proveedores de servicios de otros países.
Entrada temporal de personas físicas (Modo 4) Un modo de suministro o comercio de servicios, en que los servicios son suministrados por nacionales de un miembro de un acuerdo comercial en el territorio de otro miembro. Requiere la presencia física del proveedor del servicio en el país anfitrión. Este modo de suministro incluye tanto a proveedores de servicios independientes, como a empleados de proveedores de servicios de otro miembro. Ejemplos incluyen consultores, profesores y actores de un país que proveen servicios a través de su presencia física en otro país miembro ó los administradores de una empresa multinacional.
Lista de compromisos Bajo un enfoque de lista positiva, la lista de compromisos contiene todos los compromisos nacionales, sobre una base sectorial, que una parte de un acuerdo comercial ha decidido incluir.
Lista de reservas Bajo un enfoque de lista negativa, la lista, que se encuentra en anexos al acuerdo comercial, contiene todas las medidas disconformes con las principales disciplinas de los capítulos relevantes y que los gobiernos deciden mantener.
Modos de suministro en comercio de servicios El medio por el cual se transan los servicios. Existen cuatro modos de suministro, incluidos: comercio transfronterizo (modo 1), consumo en el extranjero (modo 2), presencia comercial (modo 3) y entrada temporal de personas físicas (modo 4). Los modos de suministro requieren el movimiento ya sea del servicio en sí mismo (modo 1), el consumidor del servicio (modo 2) ó el proveedor del servicio (modos 3 y 4). Para una explicación más detallada ver las definiciones bajo cada modo de suministro en esta sección.
Presencia comercial (Modo 3) Un modo de suministro o comercio de servicios, en que los servicios se suministran a través de cualquier forma de establecimiento comercial o personal, es decir, inversión extranjera directa de un miembro de un acuerdo comercial en el territorio de otro miembro. Un ejemplo es el establecimiento de un banco extranjero con el objeto de competir localmente bajo el marco reglamentario vigente o una franquicia en un país extranjero.
Reglamentación nacional El conjunto de reglamentaciones gubernamentales que no son discriminatorias ni cuantitativas y que pueden afectar indistintamente a los proveedores de servicios, tanto nacionales como extranjeros una vez que ingresan al mercado. También pueden afectar la capacidad de los proveedores extranjeros de servicios de ingresar al mercado. Consisten en medidas relacionadas a requisitos y procedimientos de calificación, estándares técnicos y requisitos de licencias, entre otros.
Sectores de servicios Se han definido varias categorías amplias de servicios para las negociaciones sobre comercio de servicios de la OMC, las que también han sido utilizadas por muchos países que negocian servicios en otros foros. Estas incluyen: servicios prestados a las empresas y servicios profesionales, comunicaciones, servicios de construcción e ingeniería, servicios de salud, servicios financieros, servicios medioambientales y servicios culturales y de recreación.
Transparencia Este principio requiere que los miembros de un acuerdo comercial publiquen o hagan disponible sus leyes nacionales, reglamentaciones o decretos o cualquier otro tipo de medida administrativa que pueda afectar el comercio de servicios y a los proveedores de servicios extranjeros respecto de las disciplinas del acuerdo. Las obligaciones de transparencia en acuerdos comerciales pueden incluir publicación, notificación, derecho a comentario previo; explicación, según solicitud, de la adopción de leyes o reglamentaciones y la provisión de información a las partes interesadas que lo soliciten. Véase Políticas de Competencia, página 37, donde este texto puede tener un significado ligeramente diferente.
Trato de nación más favorecida (NMF) Este principio, incluido en acuerdo comerciales y de inversión, obliga a los miembros del acuerdo a dar el trato más favorable otorgado a cualquier socio comercial a todos los demás miembros inmediata e incondicionalmente. Garantiza que los servicios extranjeros y los proveedores de servicios extranjeros (de otro país miembro del acuerdo) no sean tratados peor que cualquier otro servicio extranjero o proveedor de servicios extranjeros (o, se les otorga el mejor trato que se provee a cualquier otro). Véase Inversión, página 30, donde este texto puede tener un significado ligeramente diferente.
Trato nacional Este principio, incluido en acuerdos comerciales y en capítulos sobre servicios, asegura que no habrá discriminación entre nacionales y extranjeros. Garantiza que los servicios y los proveedores de servicios extranjeros (aquellos de otro país miembro del acuerdo comercial) no son tratados menos favorablemente que los servicios y proveedores de servicios locales. Véase Aranceles y Medidas no Arancelarias, página 21, y Inversión, página 31, donde este texto puede tener un significado ligeramente diferente.