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ORGANIZACION MUNDIAL
DEL COMERCIO

WT/DS33/R
6 de enero de 1997
(97-0001)
Original: inglés


Estados Unidos - Medida que afecta a las importaciones de camisas y blusas de tejidos de lana procedentes de la India

Informe del Grupo Especial


(Continuación de: E. Demostración de la existencia de perjuicio grave por los Estados Unidos)


5.104 La India señaló, con respecto al empleo, a las horas-hombre y a los salarios anuales totales, que en la información proporcionada en el Informe sobre la situación de mercado se hacía referencia a los "748 establecimientos [estadounidenses] que fabrican camisas y blusas de tejidos, incluyendo camisas y blusas de lana". En el Informe se mencionaba que "el empleo en la industria productora de camisas y blusas de tejidos, incluyendo camisas y blusas hechas de lana, había bajado en 1994 a 31.929 trabajadores que se ocupaban directamente de la producción, cifra que representaba un 6 por ciento menos que el nivel de 1993 y una pérdida de 2.125 puestos de trabajo". Si la pérdida de 2.125 puestos de trabajo se ponía en relación con el descenso en 5.000 docenas de la producción estadounidense de camisas y blusas de tejidos entre, por una parte, de enero a septiembre de 1993 y, por otra, de enero a septiembre de 1994, cabía deducir que una baja de la producción de 3 docenas de camisas y blusas de tejidos durante un año llevaba a la pérdida de un puesto de trabajo, lo que evidentemente era una inferencia absurda. En el Informe se continuaba afirmando que "el promedio de horas-hombre trabajadas bajó" y que "los salarios anuales totales de los trabajadores que se dedicaban a la producción descendieron", aun cuando ambas afirmaciones se referían al sector industrial que producía la totalidad de las camisas y blusas de tejidos, y no a la parte de ese sector que producía camisas y blusas de tejidos de lana. Los datos sobre el sector industrial que fabricaba la totalidad de las camisas y blusas de tejidos carecían totalmente de importancia para los efectos del subsector que producía camisas y blusas de tejidos de lana, como lo confirmaba la información presentada por los Estados Unidos al OST en agosto de 1995 bajo el epígrafe "Otra información pertinente". En la comunicación de agosto de 1995 quedó claramente sentado que en 1994 había 200 trabajadores que estaban empleados en la producción de camisas y blusas de tejidos de lana, en comparación con 215 trabajadores en 1993, lo que representaba una pérdida total de 15 puestos de trabajo. La India consideraba que el Informe sobre la situación del mercado presentado a la India como base para las consultas en abril de 1995 debería haber incluido datos sobre el empleo, los salarios y las horas-hombre a un nivel más desagregado para el sector industrial específico que producía camisas y blusas de tejidos de lana, y así lo solicitó en aquel momento. Las cifras sobre el empleo presentadas por los Estados Unidos en abril de 1995 y en agosto de 1995 eran las siguientes:


Año

Abril de 1995

Agosto de 1995

 

Número de trabajadores

Promedio de las horas-hombre anuales trabajadas

Salarios anuales

totales

Número de trabajadores

Promedio de las horas-hombre anuales trabajadas

Salarios anuales

totales

1993

34.054

62.500.000

423.100.000

215

413.000

2.713.000

1994

31.929

58.900.000

411.200.000

200

382.000

2.590.000

Fuentes: Los datos sobre el empleo de abril de 1995 proceden del cuadro III del informe estadounidense sobre la existencia de perjuicio grave; los datos sobre el empleo de agosto de 1995 proceden del cuadro III de la comunicación de los Estados Unidos al OST.


5.105 La India observó también que durante las consultas se pidieron expresamente datos sobre el empleo en el sector de las camisas y blusas de lana y que se informó a la delegación de la India de que tales datos no existían. No obstante, en la denominada "Otra información pertinente" presentada al OST el 28 de agosto de 1995 se incluían datos sobre el empleo en la industria productora de camisas y blusas de lana.

5.106 La India señaló también que, si las cifras sobre el empleo comunicadas por los Estados Unidos en agosto de 1995 se ponían en relación con las cifras proporcionadas por los Estados Unidos en su Informe sobre la situación del mercado de abril de 1995, se comprobaba que el subsector de la lana representaba un 0,6 por ciento del empleo en la industria productora de camisas y blusas de tejidos. Como ese subsector representaba una parte sumamente pequeña, si no insignificante, del empleo en la industria nacional productora de camisas y blusas de tejidos, las cifras dadas por los Estados Unidos sobre el empleo, las horas-hombre y los salarios en su Informe sobre la situación del mercado carecían totalmente de importancia.

5.107 A ese respecto, los Estados Unidos afirmaron que durante las consultas habían indicado a la India que no se disponía de datos sobre el empleo que se refiriesen específicamente a la categoría 440, lo que sólo significaba que tales datos no se podían obtener directamente de fuentes publicadas ni se compilaban regularmente para el CITA. Los datos sobre el empleo y los salarios se publicaban solamente a un nivel más alto de agregación que de la industria productora de camisas y blusas de tejidos de lana, y, en la fecha de la solicitud, los datos consignados en el Informe sobre la situación del mercado eran los más detallados que el CITA podía proporcionar. No era cierto que, como daba a entender la delegación de la India, los Estados Unidos se hubieran abstenido deliberadamente de proporcionar tales datos a la delegación de la India durante las consultas. De hecho, cuando resultó evidente que la India estaba poniendo en tela de juicio la justificación de la solicitud a causa de la falta de esos datos, y después de que el OST hubo indicado que tales datos constituirían un elemento necesario para su examen del asunto, el CITA trató de hallar medios de obtener la información solicitada. Sólo después de elaborar una metodología para desagregar aún más los datos disponibles pudo la OTEXA proporcionar posteriormente, ante la insistencia de la India durante las consultas y atendiendo los deseos del OST, estimaciones más específicas basadas en la información adicional obtenida de fuentes oficiales y de fuentes de ese sector industrial, que confirmaba la tendencia a la baja de los datos de la categoría más amplia comunicados en abril de 1995.

5.108 En relación con las cuestiones suscitadas por la India, los Estados Unidos observaron que era correcto que los datos sobre el empleo contenidos en el Informe sobre la situación del mercado se aplicasen a la industria productora de camisas y blusas de tejidos. El CITA estimaba que los datos más agregados representaban generalmente la tendencia de la industria productora de camisas y blusas de tejidos de lana en aquel momento, y había recibido información que confirmaba ese hecho de fuentes de esa industria. La OTEXA pudo posteriormente presentar estimaciones más específicas basadas en la información adicional obtenida de fuentes oficiales y de fuentes de esa industria.

5.109 La India señaló que los Estados Unidos no habían explicado por qué los datos más agregados relativos a la totalidad de la industria productora de camisas y blusas de tejidos no indicaban la tendencia de la producción, de los precios, de los beneficios, de las exportaciones, de las importaciones o de ninguna de las demás variables económicas pertinentes que debían examinarse antes de formular una determinación de la existencia de perjuicio grave o de amenaza real de perjuicio grave. Parecía que en el plano agregado se hacía caso omiso del aumento de la producción en la totalidad de la industria productora de camisas y blusas de tejidos porque tal aumento estaba en contradicción con la conclusión formulada por los Estados Unidos acerca de la tendencia de los datos sobre la producción.

5.110 Los Estados Unidos se refirieron a la afirmación que antecede de la India en el sentido de que las cifras proporcionadas por los Estados Unidos sobre el empleo, las horas-hombre y los salarios carecían de importancia a estos efectos porque se referían a la totalidad de la industria productora de camisas y blusas de tejidos y no sólo al subsector industrial productor de camisas y blusas de tejidos de lana. Los Estados Unidos señalaron que los datos sobre el empleo expuestos en el Informe sobre la situación del mercado abarcaban la totalidad de la industria estadounidense productora de camisas y blusas de tejidos y se basaban en datos oficiales de la Oficina de Estadísticas Laborables que abarcaban agregados de la producción de prendas de vestir aún más amplios. Esa era la mejor información disponible en el momento en que se solicitaron las consultas. Como resultado de las preguntas hechas durante las consultas prescritas por el artículo 6 del ATV y conforme a las indicaciones del OST, los Estados Unidos habían proporcionado al OST un desglose del empleo en la categoría 440, relativas a las camisas y blusas de tejidos de lana. El CITA creía que los datos más agregados indicaban en general la tendencia de la industria productora de camisas y blusas de tejidos de lana en aquel momento y había recibido información de fuentes de esa rama de producción que confirmaban ese hecho. El CITA no había estudiado la tendencia de la industria productora de camisas y blusas de tejidos, pues ya disponía de datos sobre la producción que guardaban relación con el subsector de la lana de esa industria.

5.111 Los Estados Unidos se refirieron a la afirmación de la India de que, como los datos posteriores habían demostrado que se estimaba en sólo 15 el número de los empleos perdidos en la industria productora de camisas y blusas de tejidos de lana, no estaba fundada la determinación a que habían llegado los Estados Unidos en el sentido de que existía un perjuicio grave o una amenaza real de perjuicio grave. A este respecto, los Estados Unidos recordaron que la industria nacional productora de artículos de la categoría 440 era muy pequeña y estaba constituida por sólo 15 empresas. La pérdida de 15 puestos de trabajo, aunque a primera vista podía parecer pequeña en términos absolutos, representaba una disminución de casi un 7 por ciento, en un año, del número de los trabajadores que se dedicaban a la producción. Sería difícil sostener que ello no constituía una considerable pérdida relativa de empleo. Además, los Estados Unidos no hallaban en la redacción de los párrafos 2 y 3 del artículo 6 del ATV ninguna indicación de que la expresión "rama de producción nacional" estuviese reservada a las agrupaciones más grandes de compañías con mayor número de trabajadores. De hecho, en el párrafo 2 del artículo 6 del ATV se hacía referencia a las "medidas de salvaguardia" y a la "rama de producción nacional que produce productos similares y/o directamente competidores". Con esa redacción, no había obstáculos jurídicos al mantenimiento de una medida de salvaguardia cuando el producto en cuestión estuviese definido en términos estrictos ni cuando la rama de producción fuese pequeña.

5.112 En respuesta a una pregunta de la India sobre si el número de los trabajadores dedicados a la producción que se había certificado que podían acogerse a la Asistencia para la Adaptación de los Trabajadores (220 trabajadores) era más de nueve veces superior a la disminución del número de los trabajadores dedicados a la producción (24 trabajadores) entre abril de 1993 y abril de 1995, los Estados Unidos explicaron que entre los 220 trabajadores empleados en instalaciones de producción de camisas y blusas de tejidos de lana que se había certificado que podían acogerse a la Asistencia para la Adaptación de los Trabajadores durante el período de dos años y medio comprendido entre enero de 1993 y julio de 1995 figuraban tanto trabajadores dedicados a la producción como trabajadores empleados en puestos administrativos, de venta o de distribución relacionados con tal producción. No todos los trabajadores que se había certificado que podían acogerse a la Asistencia para la Adaptación de los Trabajadores habían perdido permanentemente su empleo; en muchos casos, habían cesado parcialmente en su empleo o habían sido despedidos temporalmente. (Véanse también los párrafos 5.157 a 5.159.)

5.113 La India puso en duda que la información que acerca de los precios internos figuraba en el Informe sobre la situación del mercado podía considerarse como representativa de la situación del sector industrial particular productor de camisas y blusas de tejidos de lana. Según ese Informe, las exposiciones sobre esa rama de producción "se basan en información proporcionada por diferentes empresas estadounidenses que producen camisas y blusas en el país", y "en general ... se aplica a las compañías que producen camisas y blusas de tejidos de lana para hombres y mujeres". En otras palabras, la información se había obtenido de empresas que fabricaban camisas y blusas de tejidos de lana como parte integrante de su producción de camisas y blusas de tejidos. También se puso en tela de juicio que fuera procedente utilizar encuestas informales realizadas entre empresas como base para tomar medidas contra las importaciones. Durante las consultas bilaterales habidas en abril y junio de 1995, la delegación de la India había tratado de que la delegación de los Estados Unidos aclarase la metodología básica utilizada. La delegación de los Estados Unidos había confirmado que no había ningún procedimiento para compilar regular o periódicamente datos sobre los precios. Los datos relativos a los precios y los datos sobre la desagregación del empleo en determinados sectores de productos, tales como el de las camisas y blusas de tejidos de lana, etc., se basaban en encuestas informales realizadas entre un número limitado de empresas que producían esos artículos. No había ningún método de muestreo aleatorio científico ni se había estipulado ningún tamaño de la muestra para tales encuestas. Asimismo se señaló que las empresas que respondían a tales encuestas tenían plena conciencia de que la finalidad de éstas era adoptar medidas de salvaguardia para proteger ese sector de la industria.

5.114 A juicio de la India, los métodos informales utilizados para las encuestas entre las empresas podían explicar las grandes variaciones de los resultados de tales encuestas, que se reflejaban en las diferentes exposiciones sobre la rama de producción presentadas por los Estados Unidos. Por ejemplo, en la solicitud de consultas de diciembre de 1994 se informó de que el precio medio a la producción era de entre 215 y 225 dólares, mientras que en el Informe sobre la situación del mercado se comunicó que el precio medio a la producción era de entre 525 y 550 dólares. Como no era probable que los precios a la producción se doblasen en tan corto plazo, esa discrepancia entre los dos informes de los Estados Unidos arrojaba dudas sobre la coherencia de la información reunida mediante encuestas informales.

5.115 Los Estados Unidos explicaron que la diferencia entre los dos precios no se debía a una subida de los precios internos; antes bien, los dos precios representaban los precios medios de dos grupos diferentes de productos. Los precios comunicados en el Informe sobre la situación del mercado de diciembre de 1994 para la categoría 440 del AMF reflejaban los precios medios al productor nacional de las camisas de lana comparables a las camisas de lana importadas de la India, que se concentraban en uno de los 24 grupos de productos de diez dígitos del Arancel de Aduanas Armonizado de los Estados Unidos. Anotado, que constituían la categoría 440. Esto se había hecho porque las determinaciones del AMF se basaban en incrementos bruscos y sustanciales de los precios de los productos por países. Los Estados Unidos habían comparado el valor medio en puerto de destino, después de pagados los derechos, de las camisas de lana importadas de la India clasificadas en la partida 6205.10.2010 del Arancel de Aduanas Armonizado de los Estados Unidos Anotado (camisas para hombre, de lana, excepto las camisas tejidas en telares de mano y las camisas folclóricas), con el precio medio de las camisas para hombre, de tejidos de lana, de producción nacional. El precio medio al productor estadounidense que se había indicado en el Informe sobre la situación del mercado publicado en abril de 1995 con arreglo al ATV representaba el precio interno medio de todas las camisas y blusas de tejidos de lana producidas en los Estados Unidos que competían con todas las camisas y blusas de tejidos de lana importadas de todos los países en la categoría 440. Conforme al ATV, la determinación inicial se basaba en las importaciones totales de la categoría. Por consiguiente, el precio medio de las importaciones de entre 525 y 550 dólares por docena indicado en el Informe sobre la situación del mercado se había examinado basándose en la interpretación que los Estados Unidos hacían de la prescripción del párrafo 2 del artículo 6 del ATV de que se procediera a un examen de las "importaciones totales". En cambio, el precio medio de las importaciones de entre 215 y 225 dólares en diciembre de 1994 se basaba en un producto determinado procedente de un país determinado (la India), lo que reflejaba el enfoque analítico exigido por el AMF.

5.116 Los Estados Unidos, en respuesta a una pregunta de la India sobre si las considerables diferencias de los precios podían explicarse por diferencias de la calidad (importaciones de bajo precio y producción nacional de precio elevado), respondieron que el valor medio de las importaciones en puerto de destino, después de pagados los derechos, del total de las importaciones estadounidenses de la categoría 440, es decir, camisas y blusas de tejidos de lana, era de 187,23 dólares EE.UU. por docena, mientras que tales importaciones procedentes de la India se evaluaban en 133,85 dólares EE.UU. por docena, es decir, un 75 por ciento menos que el precio medio al productor estadounidense de las camisas y blusas de tejidos de lana de producción nacional y un 29 por ciento menos que el valor medio en puerto de destino, después de pagados los derechos, del total de las importaciones estadounidenses de camisas y blusas de tejidos de lana de la categoría 440. La diferencia de precio entre las camisas y blusas de tejidos de lana de producción nacional y las importadas (incluyendo las procedentes de la India) se debía principalmente a la disparidad existente entre los costos de la mano de obra, que variaban entre todos los países que producían camisas y blusas de tejidos de lana. Las diferencias de calidad reflejadas en los precios de las camisas y blusas de tejidos de lana incluían diferencias en el corte a mano, en la calidad de los tejidos de lana, en el contenido de fibras, en la mezcla de fibras, en los detalles, etc., que variaban entre todos los países que producían camisas y blusas de tejidos de lana. El precio interno de las camisas y blusas de tejidos de lana reflejaba el precio medio de la totalidad de las camisas y blusas de tejidos de lana de producción nacional y se comparaba con el valor medio de las importaciones en puerto de destino, después de pagados los derechos, al nivel de la categoría (totalidad de los productos importados dentro de la categoría) procedentes de cada uno de los países que abastecían el mercado estadounidense y con el valor medio de las importaciones procedentes de todos los países proveedores. Los Estados Unidos no aceptaban las hipótesis de la India de que en un mercado único los precios de los productos competidores "normalmente tienden a converger" ni de que los productos de diferente calidad que se vendieran a distintos precios al por menor no pudieran "competir".

5.117 En respuesta a esas observaciones, la India señaló que los Estados Unidos habían establecido cierto número de "diferencias de calidad" entre esas camisas y blusas de tejidos de lana, pero no habían presentado datos sobre las distintas cantidades que se habían producido en cada una de esas diferentes calidades. Habría sido interesante ver la tendencia de la producción de las camisas comparables importadas de la India que en diciembre de 1994 tenían un precio de 225 dólares por docena y eran comparables a las camisas importadas de la India, mientras que el precio medio en los Estados Unidos de la totalidad de las camisas y blusas de tejidos de lana era de 550 dólares por docena. Ello habría indicado no sólo que había una gran diferencia de calidad entre las camisas producidas en los Estados Unidos, sino también que tal vez hubieran aumentado las camisas que eran directamente comparables y competitivas con las camisas procedentes de la India o que quizás los productores se hubieran orientado hacia camisas de mayor valor. Tenía que haber habido alguna discriminación en la presentación de los datos sobre los precios y sobre la producción que indicase que los datos de los Estados Unidos eran comparables a los productos de la categoría 440 que se afirmaba que estaban causando un perjuicio grave o estaban amenazando realmente con causar un perjuicio grave a los productores estadounidense de "productos similares y/o directamente competidores".

5.118 Los Estados Unidos observaron a este respecto que las diferencias de calidad reflejadas en los precios de las camisas y blusas de tejidos de lana variaban entre todos los países que producían camisas y blusas de tejidos de lana. El precio interno de las camisas y blusas de tejidos de lana reflejaba el precio medio de la totalidad de las camisas y blusas de tejidos de lana de producción nacional y se comparaba con los valores medios de las importaciones en puerto de destino, después de pagados los derechos, al nivel de la categoría procedentes de cada uno de los países que abastecían el mercado estadounidense y con el valor medio de las importaciones procedentes de todos los países proveedores. Los productores internos de camisas y blusas de tejidos de lana de la categoría 440, relativamente reducida, competían con las importaciones procedentes de la India y de todos los demás países proveedores.

5.119 La India señaló que el Informe sobre la situación del mercado incluía la siguiente información sobre las inversiones y la utilización de la capacidad, basadas en las exposiciones sobre la rama de producción:


Variable

Información proporcionada en el Informe sobre la situación del mercado de abril de 1995

Inversiones

"Los niveles de las inversiones están estancados en gran parte de la rama de producción."

Utilización de la capacidad

"Varias compañías informaron de un descenso de la capacidad. Una compañía comunicó que había puesto fin a toda la producción mediante subcontratación (que anteriormente equivalía a alrededor del 25 por ciento de la producción), lo que representaba el equivalente del cierre de cuatro fábricas. Las instalaciones de producción de la compañía estaban funcionando a sólo un 70 por ciento de su capacidad. Además, esa compañía explotaba también varias instalaciones de producción de tejidos de lana que abastecían a las fábricas de prendas de vestir, y esas instalaciones estaban funcionando a alrededor de un 65 por ciento de su capacidad."


5.120 Esa información era, en opinión de la India, anecdótica e inverificable. Además, no estaba claro si la información se refería al sector particular de la industria productora de camisas y blusas de tejidos que producía prendas de vestir de lana. Por ejemplo, el hecho de que "varias compañías [informaran] de un descenso de su capacidad" no parecía tener importancia en el contexto de una rama de producción que, según habían comunicado los Estados Unidos en su Informe sobre la situación del mercado, estaba compuesta por 748 establecimientos. Asimismo se argumentó que el hecho de que una compañía hubiera informado de que había renunciado a contratos o de que había reducido la utilización de su capacidad no constituía una indicación apropiada de la utilización de la capacidad en la totalidad de esa rama de producción. Si la capacidad de producción de varias compañías que había bajado efectivamente estaba relacionada con la industria productora de camisas y blusas de lana, el descenso de la producción nacional en 1994 debería haber sido muy superior a la cifra estimada del 8 por ciento. Otra información proporcionada en el Informe sobre la situación del mercado (y reproducida más abajo) era igualmente anecdótica e inverificable. La información sobre los "beneficios" era de hecho información sobre los "márgenes de beneficio", con lo que no quedaba claro si los beneficios totales habían disminuido o habían aumentado. La India adujo que los Estados Unidos no habían aportado ninguna prueba de las afirmaciones hechas en la exposición sobre la rama de producción acerca de la función desempeñada por las importaciones de "bajo precio" en la evolución de esa rama de producción.


Variable

Información proporcionada en el Informe sobre la situación del mercado de abril de 1995

Empleo

"Varias compañías informaron de que había disminuido su empleo, y parte de tales disminuciones se atribuyeron específicamente al efecto de los productos competidores. Algunos descensos del empleo estuvieron comprendidos entre el 25 y el 30 por ciento."

Ventas

"La mayoría de las compañías comunicaron que sus ventas habían disminuido, al haberse perdido cuota de mercado ante importaciones de precios más bajos. Algunas compañías habían experimentado descensos de las ventas de un 20 por ciento."

Precios

"Los precios de los productos internos, fabricados principalmente con tejidos hechos en los Estados Unidos, son considerablemente más altos que los de las importaciones competidoras."

Beneficios

"Los márgenes de beneficio se han erosionado en general en la industria productora de camisas de lana, ya que el costo de las materias primas aumentó y las compañías no pudieron subir los precios a causa de la competencia de las importaciones de precio bajo."


5.121 En respuesta a la aseveración de la India de que el hecho de que una compañía hubiera informado de que había renunciado a contratos o había reducido la utilización de su capacidad no era una indicación apropiada de la utilización de la capacidad en la totalidad de esa rama de producción, los Estados Unidos argumentaron que, habida cuenta del pequeño tamaño de la industria productora de camisas y blusas de tejidos de lana, el descenso de la utilización de la capacidad de tan sólo una compañía era sumamente representativo de lo que estaba ocurriendo en la totalidad de la industria productora de camisas y blusas de tejidos de lana. La India había sostenido también que la disminución de la producción interna en 1994 debería haber sido superior a la cifra estimada de un 8 por ciento; sin embargo, el descenso de la utilización de la capacidad no iba necesariamente acompañado de una reducción proporcionada de la producción durante el mismo período de tiempo. Antes bien, la disminución de la utilización de la capacidad era un indicio del empeoramiento de la situación en esa rama de producción, empeoramiento que llevaría a un mayor descenso de la producción en el futuro.

  1. Nexo causal entre el aumento de las importaciones y la situación de la rama de producción nacional

5.122 Según la India, en el Informe sobre la situación del mercado presentado por los Estados Unidos en abril de 1995 se declaraba que un incremento brusco y sustancial de las importaciones de camisas y blusas de tejidos de lana de la categoría 440 está causando un perjuicio grave a la industria estadounidense productora de camisas y blusas de tejidos de lana. Como las cifras relativas a la participación en el mercado, al empleo y a los salarios carecían de importancia a estos efectos, según la India, y como las cifras referentes a los precios internos y la información sobre las demás variables económicas pertinentes se basaban en métodos de encuesta discutibles y no eran verificables, la única prueba real aportada por los Estados Unidos en apoyo de su afirmación de que se había producido un perjuicio grave era el hecho de que las importaciones de productos de la categoría 440 habían aumentado en 1994 en 69.296 docenas, hasta llegar a casi el doble de la cifra del año anterior, en tanto que la producción interna había bajado marginalmente en 5.000 docenas entre enero y septiembre. Aunque los Estados Unidos habían sostenido que la producción había bajado a causa de las importaciones, no se había presentado ningún análisis que vinculase esas dos magnitudes. Por otra parte, la reducción de la producción no era proporcional al aumento de las importaciones. En la exposición sobre la situación de la rama de producción se afirmaba que se habían producido pérdidas de empleo, cierres de fábricas, pérdidas de beneficios, etc., a causa de las importaciones; ahora bien, no se había hecho ningún intento de relacionar esos acontecimientos con las importaciones. En el Informe sobre la situación del mercado presentado por los Estados Unidos en abril de 1995 nunca se iba más allá de meras afirmaciones.

5.123 Los Estados Unidos argumentaron que el requisito establecido en el párrafo 2 del artículo 6 del ATV de que existiera un vínculo de causalidad entre el perjuicio grave o la amenaza de perjuicio grave, por una parte, y las importaciones totales, por otra, se había cumplido en este caso. Como lo demostraba la información proporcionada en el Informe sobre la situación del mercado y más adelante al OST:

  1. las importaciones no sólo habían aumentado, sino que habían aumentado rápidamente; en esa rama de producción había indicadores negativos que habían coincidido en el tiempo con el rápido incremento de las importaciones;

  2. alrededor del 7 por ciento de los trabajadores de la industria productora de camisas de tejidos de lana habían perdido su empleo de 1993 a 1994 (de 1994 a 1995, la pérdida había sido del 5,9 por ciento); había datos posteriores que corroboraban esa tendencia, y las repercusiones negativas de las importaciones sobre el empleo quedaban demostradas por los certificados estadounidenses de asistencia para el ajuste comercial (según la legislación estadounidense, había que demostrar la existencia de un vínculo con las importaciones para tener derecho a obtener el certificado), y

  3. la participación de los Estados Unidos en el mercado había disminuido a medida que aumentaban las importaciones, y la producción se había reducido al tiempo que aumentaban las importaciones.

5.124 A juicio de los Estados Unidos, el CITA había demostrado en el Informe sobre la situación del mercado y en las actuaciones del OST el vínculo de causalidad requerido por el ATV. Aunque la India había afirmado a este respecto que se requerían "pruebas positivas", los Estados Unidos no habían encontrado en el ATV ninguna norma sobre las pruebas y no podían sino llegar a la conclusión de que la India estaba añadiendo al texto del ATV disposiciones que no habían sido negociadas ni eran admisibles como interpretación del Acuerdo por los Estados Unidos.

5.125 Los Estados Unidos consideraron que la India estaba tratando de modificar el ATV creando un requisito de proporcionalidad para establecer un nexo de causalidad. La India había sostenido que los Estados Unidos tenían que demostrar que la disminución de la producción que había sido evidente para el CITA era "proporcional al aumento de las importaciones". Los Estados Unidos estimaban que en los párrafos 2 y 3 del artículo 6 del ATV no se imponía tal requisito. Tampoco había ninguna justificación fáctica o económica para exigir que el perjuicio grave a la industria nacional productora de camisas y blusas de tejidos de lana se reflejase en cambios exactamente proporcionales de la producción y de las importaciones. Las importaciones estadounidenses de camisas y blusas de tejidos de lana procedentes de una serie de países estaban limitadas por contingentes. Asimismo había una marcada variación estacional de esas importaciones, así como diferencias en el momento en que se realizaban las actividades de producción y de importación.

5.126 La India declaró que nunca había dicho que hubiese un requisito de proporcionalidad, pero había observado que anteriormente la producción de los Estados Unidos no había variado nunca en función de las importaciones y que esa falta de correlación hacía pensar que había factores distintos que las importaciones que tenían que haber influido en el nivel de la producción nacional, en particular la evolución del mercado de exportación. La India convenía en que factores tales como las marcadas variaciones estacionales de las importaciones y las diferencias existentes en los momentos en que se realizaban las actividades de producción y de importación impedían inferir, de la mera coexistencia del aumento de las importaciones y la disminución de la producción, que entre esos dos fenómenos existía un vínculo de causalidad.

5.127 La India adujo asimismo que el hecho de que se demostrase que las importaciones habían aumentado y que la producción había disminuido no demostraba que hubiera un nexo de causalidad entre ambos fenómenos; lógicamente, se necesitaban más hechos y más datos. El párrafo 2 del artículo 6 del ATV disponía expresamente que no bastaba con demostrar que habían aumentado las importaciones y que había un perjuicio grave o una real amenaza de perjuicio grave, sino que había que probar además que la causa del perjuicio grave o de la amenaza real de perjuicio grave era ese aumento de las importaciones y no otros factores. Los Estados Unidos no habían tratado de demostrar esa relación de causalidad.

5.128 En cuanto a la inexistencia de un vínculo de causalidad, la India hizo referencia a los datos sobre el valor en dólares de las exportaciones presentados por los Estados Unidos al OST en agosto de 1995, según los cuales el valor de las exportaciones de camisas y blusas de tejidos de lana de los Estados Unidos había aumentado en un 41 por ciento en 1993 y casi en un 30 por ciento en 1994. Como gran parte de la producción nacional de camisas y blusas de tejidos de lana se exportaba, la industria estaba experimentando, de hecho, un considerable mejoramiento en el período que precedió a la imposición de la medida de salvaguardia en julio de 1995. Además, la India, en su comunicación al OST de agosto de 1995, había señalado que las importaciones de productos de la categoría 440 procedentes de la India estaban descendiendo continuamente en 1995. Confirmaban ese aserto las cifras presentadas por los Estados Unidos sobre las importaciones. Durante los seis primeros meses de 1995, las importaciones procedentes de la India habían sido de 2.887 docenas, es decir, un 67 por ciento menores que la cifra correspondiente del año anterior. Por consiguiente, en julio de 1995, cuando los Estados Unidos impusieron unilateralmente limitaciones a las importaciones de productos de la categoría 440 procedentes de la India, no se cumplía el requisito del aumento de las importaciones. Durante el período comprendido entre el 18 de abril de 1996 y el 2 de agosto de 1996, es decir, en los tres primeros meses del segundo año de continuación de las limitaciones, las importaciones realizadas efectivamente de la India habían sido de menos de un uno por ciento del nivel de las limitaciones impuestas por los Estados Unidos. Así pues, los datos posteriores y las estadísticas relativas de las importaciones demostraban fuera de toda duda que al atribuir a las importaciones procedentes de la India la amenaza real de perjuicio grave a la rama de producción nacional se había cometido un gran error y que, por consiguiente, la conclusión del OST a ese respecto era equivocada.

5.129 La India adujo además que la inexistencia de una relación de causalidad entre el aumento de las importaciones y la disminución de la producción de camisas y blusas de tejidos de lana quedaba demostrada por las cifras correspondientes a un período de tiempo más largo. De 1985 a 1992, las importaciones de camisas y blusas de tejidos de lana habían descendido invariable y considerablemente, pasando de 262.000 docenas en 1985 a 44.000 docenas en 1992. En el mismo período, la producción también había bajado considerablemente, pasando de 445.000 docenas a 80.000 docenas. Así pues, la disminución de la producción había ido acompañada de una disminución de las importaciones entre 1985 y 1992. En 1993, el mercado estadounidense de las camisas y blusas de tejidos de lana había empezado a recuperarse, y tanto la producción como las importaciones habían aumentado. En 1994, las importaciones casi se doblaron, en tanto que la producción se redujo en un 7,5 por ciento. Como gran parte de la producción estadounidense se exportaba, el incremento de las importaciones estaba relacionado evidentemente con la expansión de la demanda interna de camisas y blusas de tejidos de lana. La industria estadounidense productora de camisas y blusas de tejidos probablemente no había previsto esa evolución del sector de la lana, dado que el mercado había venido contrayéndose desde hacía varios años. Una explicación de la falta de correlación entre las importaciones procedentes de la India y la producción interna de los Estados Unidos era que los productos de la India y de los Estados Unidos no competían efectivamente entre sí en el mercado estadounidense porque correspondían a categorías diferentes de precios y de calidades. Otra posible explicación era que, en tanto que la India abastecía el mercado estadounidense, los productores estadounidenses abastecían tanto el mercado interno como el mercado de exportación. En consecuencia, las exportaciones de la India variaban exclusivamente en función de la demanda del mercado estadounidense, en tanto que la producción de los Estados Unidos variaba también en función de la demanda de otros países.


Continuar con el Nexo causal entre el aumento de las importaciones y la situación de la rama de producción nacional.


20Véanse también los párrafos 5.154 a 5.156.