OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN


MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 09/04:
ACUERDO SOBRE EL PROYECTO FOMENTO DE LA GESTIÓN AMBIENTAL Y DE PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA EN PYMES


VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91 y 3/02 del Consejo del Mercado Común, y las Resoluciones Nº 26/92 y 77/97 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión N° 3/02 del Consejo del Mercado Común se aprobó la firma del Acuerdo por Canje de Notas del Proyecto “Fomento de Gestión Ambiental y Producción más Limpia en Pequeñas y Medianas Empresas", en las versiones en idiomas español y portugués.

Que el Ministerio Federal de Relaciones Exteriores del Gobierno de Alemania solicitó la modificación de dichas notas a raíz de adaptarlo a los formatos standarizados de los acuerdos de Cooperación Técnica y que dichas modificaciones no implican una modificación sustancial del Acuerdo ya firmado

Que el MERCOSUR se encuentra gestionando una segunda fase para este proyecto de cooperación.
 

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
 

Art. 1 - Aprobar la firma del Acuerdo modificado por Canje de Notas del Proyecto “Fomento de Gestión Ambiental y Producción más Limpia en Pequeñas y Medianas Empresas", en las versiones en idiomas español y portugués, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión. Este Acuerdo sustituye al ya firmado por el Embajador de la República Federal de Alemania el 5 de febrero de 2002 y por los Coordinadores Nacionales del Grupo Mercado Común el 18 de febrero de 2002.

Art. 2 - Delegar al Grupo Mercado Común la firma del Acuerdo por Canje de Notas indicado en el Artículo 1 de la presente Decisión.

Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

XXVI CMC – Puerto Iguazú, 07/VII/04


Puerto Iguazú, 7 de julio de 2004.

Sr. Embajador:

Tenemos el honor de dirigirnos a Vuestra Excelencia con relación a su nota del 17 de junio de 2004, referida a la propuesta de celebración del Acuerdo sobre el Proyecto “Fomento de la Gestión Ambiental y de Producción Más Limpia en Pequeñas y Medianas Empresas”, entre los Estados Partes del MERCOSUR y la República Federal de Alemania, cuya versión en idioma español, textualmente dice:

“Señores Coordinadores Nacionales del Grupo del Mercado Común del MERCOSUR:

Sobre la base de los Acuerdos bilaterales sobre Cooperación Técnica a que se refiere el párrafo 8 ut infra, así como con referencia a la coordinación recíproca en la fase preparatoria del proyecto, tengo el honor de proponerles, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Fomento de la gestión ambiental y de producción más limpia en pequeñas y medianas empresas":

1. El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Mercado Común del Sur (denominado a continuación MERCOSUR), representado por el Grupo del Mercado Común, que actúa explícitamente por delegación del Consejo del Mercado Común, fomentarán conjuntamente el proyecto "Fomento de la gestión ambiental y de producción más limpia en pequeñas y medianas empresas".

2. El objetivo del proyecto consiste en fomentar la gestión empresarial ecológica y los procesos de producción limpios mediante la cooperación entre las instituciones relevantes del sector público y privado de los estados partes del MERCOSUR. El proyecto forma parte del tema central "Competitividad y Medio Ambiente" del Subgrupo de Trabajo 6 Medio Ambiente (SGT 6) del MERCOSUR.

A S.E. el Sr. Embajador
De la República Federal de Alemania
Sr. Jürgen KRIEGHOFF
MONTEVIDEO

3. Aportes del Gobierno de la República Federal de Alemania:

a) Enviará

- un experto en gestión ambiental y protección ambiental urbano-industrial como coordinador del aporte alemán, por un total de hasta 24 meses/experto,

- expertos internacionales en misión a corto plazo especializados en gestión empresarial ecológica, procesos de producción limpios y estrategias de fomento en el marco de la política ambiental, por un total de hasta 6 meses/experto,

- en caso necesario, asistentes u oyentes en el marco del programa de promoción de jóvenes expertos de la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, financiado por separado, los cuales trabajarán en el proyecto a efectos de su formación y perfeccionamiento y asumirán tareas especiales dentro del mismo;

b) pondrá a disposición in situ

- expertos locales en misión a largo plazo especializados en procesos de producción ecológicos, gestión de proyectos y medidas de formación y perfeccionamiento, por un total de hasta 56 meses/experto,

- expertos locales en misión a corto plazo especializados en protección ambiental a nivel empresarial, derecho ambiental y comunicación ambiental, por un total de hasta 6 meses/experto,

- un empleado local para trabajos de secretaría y tareas administrativas, por un total de hasta 24 meses/experto;

c) suministrará bienes materiales, en particular

- materiales para el tratamiento electrónico de datos, comunicación, formación y perfeccionamiento y relaciones públicas,

- un vehículo de proyecto (automóvil),

por un valor total de hasta 91.009,- EUR (en letras: noventa y un mil nueve euros).

Dichos bienes materiales estarán enteramente a disposición del proyecto y de los expertos enviados para el cumplimiento de sus tareas durante todo el plazo de duración del proyecto;

d) asumirá los gastos de

- alojamiento de los expertos enviados y de sus familiares,

- los viajes de servicio de los expertos enviados y facilitados in situ, dentro y fuera de los países participantes en el proyecto,

- transporte y seguro de los bienes materiales especificados en la letra c, hasta el lugar del proyecto,

- operación y mantenimiento del vehículo de servicio;

e) está dispuesto a perfeccionar fuera del proyecto a expertos contrapartes del MERCOSUR por un total de hasta 12 meses en los ámbitos de la gestión empresarial ecológica, procesos de producción limpios y asesoramiento ambiental a nivel empresarial.

4. Aportes del MERCOSUR:

a) Pondrá a disposición

- en cada uno de los cuatro países participantes, a saber, la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, un experto a efectos de la coordinación de las actividades del proyecto a nivel local y de la realización de medidas en el contexto regional,

- el personal necesario para la realización de las actividades del proyecto en coordinación con los organismos ejecutores,

- locales de oficina, equipamiento y logística para el experto enviado en misión a largo plazo en Montevideo (República Oriental del Uruguay),

- locales de oficina e infraestructura de trabajo para los demás expertos en misión a corto y largo plazo en los cuatro países participantes;

b) costeará los gastos corrientes del proyecto, en la medida en que no sean asumidos por el Gobierno de la República Federal de Alemania con arreglo a lo establecido en el párrafo 3, letra d;

c) velará por que

- se integren en las actividades del proyecto organismos ejecutores idóneos para su realización,

- el proyecto y sus medidas puntuales se coordinen entre los respectivos organismos estatales, instituciones del sector privado y organizaciones ecologistas nacionales, así como con otros proyectos relevantes en los países participantes,

- se garantice la coordinación de las actividades del proyecto a nivel nacional, con inclusión de proyectos realizados por otros donantes;

d) garantizará

- el apoyo de los expertos nacionales, regionales e internacionales en la realización de las tareas a ellos confiadas y la puesta a disposición de toda la documentación necesaria,

- la planificación, dirección y control del aporte del MERCOSUR al proyecto,
 

- la exención del servicio de colaboradores para que puedan participar en medidas de formación y perfeccionamiento.

5. Tareas de los expertos en misión a largo y a corto plazo:

a) Los expertos enviados y puestos a disposición en el lugar del proyecto en el marco del aporte alemán asesorarán y asistirán a sus homólogos del MERCOSUR en las siguientes áreas:

- desarrollo de lineamientos para una estrategia regional de fomento en materia de gestión empresarial ecológica y procesos de producción limpios y eficientes,

- fortalecimiento del diálogo entre los países miembros del MERCOSUR y entre el sector público y el sector privado con miras al fomento de la creación de redes regionales en el ámbito de la gestión empresarial ecológica y los procesos de producción limpios,

- fomento de ofertas de servicios adecuadas a las necesidades, a fin de asistir a las pequeñas y medianas empresas en la implantación de métodos de gestión ecológicos y de procesos de producción limpios,

- aplicación y difusión de lineamientos e instrumentos de gestión empresarial ecológica y de procesos de producción limpios en pequeñas y medianas empresas de sectores seleccionados;

b) tareas específicas del experto enviado en misión a largo plazo:

- dirección y coordinación del aporte alemán,

- asesoramiento al Subgrupo del MERCOSUR y a los organismos ejecutores con miras a la aplicación de estrategias de gestión empresarial ecológica, incluyendo las experiencias internacionales, en particular alemanas y europeas,

- interconexión del proyecto con otros proyectos relevantes que se fomenten asimismo en el marco de la cooperación alemana al desarrollo,

- concertación de todos los pasos del trabajo con los responsables del Subgrupo del MERCOSUR y garantía de la transparencia del proyecto,

- participación en el desarrollo de los lineamientos del proyecto y la planificación operativa en concertación con las contrapartes, así como preparación de una evaluación de la marcha del proyecto en el ecuador y al final del mismo, cuyos resultados serán consultados para decidir sobre una eventual prórroga del proyecto;

c) tareas específicas de los expertos nacionales en misión a largo plazo:

- asesoramiento y apoyo a las instituciones titulares y ejecutoras de los cuatro países en materia de planificación y aplicación de las actividades nacionales, incluyendo organizaciones relevantes del sector público y privado,

- participación activa en el intercambio de información y experiencias entre los países participantes, así como en la plasmación de las actividades del proyecto en el contexto regional.

6. Designación de los organismos ejecutores:

a) El Gobierno de la República Federal de Alemania confía la realización de sus aportes a la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, con sede en Eschborn.

b) El MERCOSUR confía la ejecución del proyecto al Subgrupo de Trabajo 6 Medio Ambiente (SGT 6).

c) Los organismos encargados conforme a las letras a y b fijarán conjuntamente, en un plan operativo o de otra manera adecuada, los detalles de la realización del proyecto y, en caso necesario, adaptarán dicho plan al desarrollo del proyecto; el esquema de planificación consensuado en el marco de los preparativos del proyecto constituye la base a tales efectos.

6. La duración del proyecto será de 24 meses con opción de prórroga. Antes de expirar dicho plazo se procederá a una evaluación conjunta de las experiencias y resultados, a partir de la cual ambas partes decidirán sobre una eventual prórroga del proyecto.

7. El proyecto está amparado por las disposiciones de los siguientes Convenios bilaterales de Cooperación Técnica entre cada uno de los Estados miembros del MERCOSUR y el Gobierno de la República Federal de Alemania, especialmente en lo que respecta a los correspondientes privilegios y disposiciones de protección personal:

- Convenio de Cooperación Técnica concertado entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República Argentina el 18 de junio de 1976 (Ley No. 21.796),

- Convenio de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República Federativa del Brasil del 17 de septiembre de 1996,

- Convenio sobre Cooperación Técnica concertado entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Paraguay el 21 de noviembre de 1967, en la redacción del Convenio adicional del 10 de diciembre de 1971,

- Convenio sobre Cooperación Técnica concertado entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay el 31 de marzo de 1971, en vigor desde el 28 de agosto de 1974.

9. El presente Acuerdo se concierta en alemán, español y portugués, siendo todos los textos igualmente auténticos.

En caso de que el MERCOSUR se declare conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 9, esta Nota y la Nota de respuesta en la que conste la conformidad del MERCOSUR constituirán un Acuerdo entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el MERCOSUR que entrará en vigor en la fecha de la Nota de respuesta.

Aprovecho la ocasión para reiterarles, Señores Coordinadores Nacionales del Grupo del Mercado Común del MERCOSUR, el testimonio de mi más alta y distinguida consideración.”

Sobre ese particular, tenemos el agrado de comunicar la conformidad del MERCOSUR con lo antes transcripto y convenir que la presente Nota y la de Vuestra Excelencia constituyen un Acuerdo entre el MERCOSUR y la República Federal de Alemania, el que entrará en vigor en el día de la fecha. Este Acuerdo sustituye al ya firmado por el Embajador de la República Federal de Alemania el 5 de febrero de 2002 y por los Coordinadores Nacionales del Grupo Mercado Común el 18 de febrero de 2002.

Saludamos a Vuestra Excelencia con nuestra más distinguida consideración.

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Por la Delegación de Argentina
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 Por la Delegación de Brasil



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Por la Delegación de Paraguay



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Por la Delegación de Uruguay