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Organización Mundial
del Comercio

WT/DS46/R
14 de abril de 1999
(99-1402)
Original: inglés

Brasil - Programa de Financiación de las Exportaciones para Aeronaves

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


3. Argumentos relativos al párrafo 4 del artículo 27 del Acuerdo SMC (Cont.)

4.162 El Canadá afirma que si bien los gastos no han alcanzado todavía el nivel de los 1.000 millones de dólares EE.UU. anunciados por el Presidente, los gastos del PROEX sólo para financiar la aeronave EMBRAER cuya entrega está prevista para 1999, sumarán 400 millones de dólares, como se puede ver en el cuadro 3 infra.

Cuadro 3

Gastos del PROEX para financiar las ventas de EMBRAER
(en millones de dólares EE.UU.)

Año

Total de subvenciones a la exportación PROEX para financiar las ventas de EMBRAER Porcentaje del total de subvenciones a la exportación

1996

286 31 11%

1997

412 122 30%

1998
(9 meses)

472 219 46%

1998 (previsión)

624 282 45%

1999 (previsión)

? 399 ?

Fuente: Total de subvenciones a la exportación: enero a septiembre de 1996 a 1998: Banco do Brasil.

El Canadá alega que estos aumentos en los gastos con cargo a PROEX no han sido casuales. Por el contrario, son el resultado de aumentos concertados en la amplitud del programa. Entre los cambios realizados en el PROEX desde que entró en vigor el Acuerdo SMC figuran los siguientes: el aumento de la cobertura de la equiparación de intereses del 85 al 100 por ciento del valor de la exportación; la extensión del plazo del PROEX para las aeronaves de 10 a 15 años; la ampliación en más del 30 por ciento de la lista de productos acreedores al beneficio; la introducción de pagos globales de equiparación; la extensión de la equiparación de intereses a la financiación de la producción de exportaciones y, últimamente, la eliminación de la restricción de utilizar la financiación y la equiparación facilitadas por el PROEX en la misma transacción. Estas ampliaciones sirven para respaldar la posterior afirmación del Canadá de que el Brasil no ha tomado ninguna medida para eliminar gradualmente el PROEX, como debía hacer según el párrafo 4 del artículo 27.

4.163 El Brasil no niega la exactitud de los datos presentados por el Canadá para el período de 1994 hasta el tercer trimestre de 1998. Pero alega que como 1991 es el año en que fue creado el PROEX, debe ser el punto de referencia correcto para esta comparación. 147

4.164 El Brasil afirma que el Canadá decidió ignorar la información de 1991 a 1993 y, como resultado de ello, ha presentado una visión distorsionada de los gastos del Brasil en materia de subvenciones a la exportación desde la creación del PROEX. El Brasil remite al Grupo Especial a la prueba documental 10 presentada por el Brasil donde, según afirma, se facilita la serie completa de datos sobre gastos desde 1991 hasta 1997, y los datos provisionales para el período de enero a octubre de 1998. 148

Cuadro 4

Serie completa de datos sobre gastos del PROEX desde 1991 hasta 1997,
y datos provisionales correspondientes al período
de enero a octubre de 1998
(en millones de dólares EE.UU.)

Gastos del PROEX y BEFIEX

Año

PROEX BEFIEX Total

1991

342 459 788

1992

215 298 513

1993

197 199 396

1994

121 219 340

1995

124 146 270

1996

184 102 287

1997

353 59 413

1998
(enero a octubre)

538 538

Fuente: Prueba documental 10 presentada por el Brasil.

Igualmente, para que sirviera de comparación y a solicitud del Grupo Especial149, el Brasil presentó un gráfico con los gastos desde 1991 hasta los últimos meses de 1998, en dólares constantes de 1991 (el cuadro 4 no es en dólares constantes de 1991). 150 Además, el Brasil también presentó la información desde 1985 hasta los últimos meses de 1998 en dólares constantes de 1991. 151

Cuadro 5

Gastos del PROEX desde 1985 hasta 1997 y datos
provisionales correspondientes a 1998,
en dólares constantes EE.UU. de 1991
(en millones de dólares EE.UU.)

Gastos del PROEX y BEFIEX

Año

PROEX

BEFIEX

Total

1985

1.609 427 2.036

1986

1.298 602 1.900

1987

1.200 506 1.706

1988

1.154 544 1.698

1989

866 461 1.327

1990

489 533 1.022

1991

342 446 788

1992

209 290 499

1993

187 189 376

1994

112 203 315

1995

112 132 244

1996

164 91 255

1997

308 52 360

1998 (enero a octubre)

465 465

Fuente: Pruebas documentales 21 y 20 presentadas por el Brasil.

4.165 Además, el Brasil mantiene que no ha aumentado el nivel de las subvenciones a la exportación y corrigió dos errores en el cuadro 1. En primer lugar, el Brasil afirma que omitió señalar que el valor del PROEX para 1998 estaba calculado con el promedio del tipo de cambio correspondiente al período de enero a fin de septiembre. Los valores de años anteriores estaban calculados con el promedio del tipo de cambio para todo el año. Esto significa que el presupuesto del PROEX para 1998 indicado en el cuadro 1 está "inflado" ya que no toma en cuenta la devaluación del real frente al dólar de los Estados Unidos en el último trimestre de 1998. En segundo lugar, el Brasil no ajustó la cantidad de dólares estadounidenses a la que se había convertido la moneda brasileña para hacer la comparación en dólares constantes de 1991. El Brasil alega que cuando se mide el nivel de subvenciones a la exportación en un período de ocho años es absolutamente necesario utilizar un punto de comparación constante. El Brasil presentó pruebas así ajustadas para demostrar que el actual nivel de subvenciones a la exportación es aun inferior al que existía en el año de referencia de 1991.

Cuadro 6

Subvenciones brasileñas a la exportación
en dólares constantes EE.UU. de 1991
(en millones de dólares EE.UU.)

PROEX y BEFIEX
(Presupuesto de 1991)

Año

PROEX

BEFIEX

TOTAL

1991

1.594 446 2.040

1992

610 290 900

1993

1.366 189 1.555

1994

909 203 1.111

1995

968 132 1.101

1996

440 91 531

1997

728 52 780

1998 (enero a octubre)

1.092 1.092

Fuente: Prueba documental 11 presentada por el Brasil.

4.166 El Brasil, que sigue negando la afirmación canadiense de que el punto de referencia correcto era el año 1994, presentó más información para probar que aun cuando se utilizara el año 1994 el nivel brasileño de subvenciones a la exportación en los años subsiguientes no había aumentado si se lo comparaba con 1994 en dólares constantes.

Cuadro 7

Subvenciones brasileñas a la exportación
en dólares constantes EE.UU. de 1994
(en millones de dólares EE.UU.)

PROEX y BEFIEX (Presupuesto de 1994)

Año

PROEX

BEFIEX

TOTAL

1994

981 219 1.200

1995

1.046 143 1.188

1996

475 98 573

1997

786 56 842

1998 (enero a octubre)

1.179 1.179

Fuente: Prueba documental 12 presentada por el Brasil.

4.167 El Canadá no está de acuerdo con el Brasil en que el artículo 27 obligue a utilizar dólares constantes. Afirma que en dicho artículo no existe ninguna disposición relativa a la conversión del nivel de las subvenciones a la exportación a dólares constantes, y que si los redactores del artículo hubiesen querido que el punto de referencia se ajustara por inflación lo hubiesen establecido específicamente. Es lo que hicieron en el Anexo IV del Acuerdo SMC. El Canadá dice que, de todas formas, no tiene importancia si se utilizan dólares constantes o dólares corrientes ya que en ambos casos el nivel de las subvenciones brasileñas a la exportación aumentó después de la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, como quedó demostrado en el cuadro 8 infra.

Cuadro 8

Subvenciones brasileñas a la exportación (PROEX y BEFIEX) medidas
en dólares constantes y dólares corrientes de 1994

Total de Gastos
(en dólares corrientes EE.UU.)

Total de Gastos
(en dólares constantes EE.UU. de 1994)

1994

339,6 340

1995

269,5 263

1996

286,7 275

1997

412,5 389

1998 **

537,8 502

Fuente: Prueba documental 20 presentada por el Brasil.

i) �Cuál año es el punto de referencia correcto?

4.168 El Canadá afirma que las cifras presentadas por el Brasil para demostrar que no ha aumentado su nivel de subvenciones a la exportación no son pertinentes porque la elección de 1991 como año de referencia es errónea. El Canadá alega que el año de base correcto para determinar si ha existido un aumento en el nivel de las subvenciones a la exportación de conformidad con el párrafo 4 del artículo 27 es 1994, ya que la condición establecida en este párrafo se hizo efectiva el 1� de enero de 1995. Vale decir que para invocar la excepción del artículo 27 los países en desarrollo no pueden aumentar su nivel de subvenciones a la exportación a partir del 1� de enero de 1995. Cualquier aumento en el nivel de las subvenciones existentes a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC significaría que el país en desarrollo en cuestión perdería la excepción prevista en el artículo 27.

4.169 El Canadá afirma que su interpretación tiene el respaldo de la nota 55 del párrafo 4 del artículo 27, donde queda claro que el período de referencia es un año civil. Esta nota a pie de página establece que "[p]ara los países en desarrollo Miembros que en la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC no concedan subvenciones a la exportación, este párrafo será aplicable sobre la base del nivel de las subvenciones de la exportación que se concedían en 1986". El Canadá afirma que como el Brasil concedía subvenciones a la exportación en la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, la excepción de la nota 55 no se le aplica, y el período correcto de referencia para determinar si ha aumentado el nivel de las subvenciones a la exportación es el año civil inmediatamente anterior al 1� de enero de 1995, vale decir 1994.

4.170 El Brasil alega que dadas las circunstancias peculiares del caso, 1991 es el punto de referencia correcto, especialmente considerando que es el año en que se inició el PROEX. El punto de referencia para otros casos puede ser diferente, según las circunstancias particulares del caso. El Brasil afirma que la propuesta del Canadá de utilizar 1994 como punto de referencia podría tener consecuencias muy variadas, según fuesen las circunstancias particulares de un país en desarrollo en 1994. Si el Grupo Especial adoptara la sugerencia canadiense, los países en desarrollo, dado el carácter volátil de su economía, podrían no disponer de los beneficios que negociaron en el artículo 27, debido a circunstancias fuera de su control.

4.171 El Brasil afirma que si el Grupo Especial no elige utilizar un año de referencia razonablemente adecuado al presente caso debería pensar en utilizar como punto de referencia una media ponderada de los tres o cuatro años anteriores a la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC. El Brasil alega que esta metodología ayudaría a reducir la distorsión de la repercusión de un solo año sobre la economía volátil de un país en desarrollo. A este respecto el Brasil observa que el presupuesto del PROEX para el período de 1991 a 1998 sufrió una variación anual del 43 por ciento en dólares EE.UU. El Brasil considera que otros países en desarrollo probablemente presenten características similares.

4.172 El Canadá alega que nada en el texto del párrafo 4 del artículo 27, ni del artículo 27 en el contexto del Acuerdo SMC en su conjunto, respalda la interpretación brasileña. El Canadá afirma que tomar como punto de referencia el año de iniciación de un programa es incompatible con el lenguaje del párrafo 4. De aceptarse la interpretación del Brasil se estaría eligiendo un año de referencia diferente para cada programa de subvención a la exportación que integre la totalidad de las subvenciones a la exportación de un país en desarrollo Miembro, con excepción de las subvenciones agropecuarias. Una situación de este tipo sería incompatible con la letra clara de la nota 55 del Acuerdo SMC, que designa 1986 como el único año de referencia para la totalidad de las subvenciones a la exportación de un país en desarrollo Miembro, cuando dicho país no conceda subvenciones a la exportación en la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC.

4.173 El Canadá afirma que según el texto del Acuerdo SMC está claro que 1994 es el año de referencia para el párrafo 4 del artículo 27. Como el Acuerdo SMC entró en vigor el 1� de enero de 1995 la condición relativa al aumento de las subvenciones a la exportación se hizo efectiva a partir de ese momento. El nivel de subvenciones a la exportación en ese momento debe ser el nivel de 1994. Esta interpretación se ve confirmada por la nota 55, donde se mencionan las subvenciones a la exportación concedidas en la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, y donde también se menciona un año civil.

4.174 El Canadá afirma que la interpretación brasileña tendría resultados absurdos. No es raro que un programa de subvenciones se administre inicialmente a bajo nivel y que vaya aumentando con el tiempo. Este sería el caso, especialmente, de los países en desarrollo Miembros que iniciaron programas de subvención años atrás y que para 1994 habían aumentado considerablemente estos presupuestos. La interpretación brasileña perjudicaría seriamente los programas de subvenciones a la exportación de tales países en desarrollo Miembros. Además, el Canadá alega que el argumento brasileño de que la interpretación canadiense es demasiado rígida y que "impondría un punto de referencia que escaparía al control de los países en desarrollo" carece de fundamento. El Canadá afirma que lo contrario es verdad, ya que la negociación del Acuerdo sobre la OMC se terminó a fines de 1993. Los Miembros que pensaban invocar el artículo 27 sabían que su obligación de hacer una eliminación gradual en virtud del párrafo 4 de dicho artículo regiría a partir del 1� de enero de 1995. De todas formas, el argumento de que un Miembro no tiene control sobre un punto de referencia fijado en 1994 no tiene sentido cuando se trata de una obligación libremente asumida por los países.

4.175 El Canadá tampoco está de acuerdo con el Brasil en que el Grupo Especial debería pensar en utilizar una media ponderada de los tres o cuatro años anteriores a la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC. Observa que una interpretación de este tipo carece absolutamente de respaldo en el texto y el contexto del Acuerdo SMC. Cuando los Acuerdos de la OMC especifican que se debe utilizar el promedio de varios años lo hacen expresamente, como en el párrafo 3 d) del artículo 6 del Acuerdo SMC, el apartado b) del párrafo 1 del artículo 5 y el Anexo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura y el apartado a) del párrafo 6 del Entendimiento relativo a la interpretación del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994. Además, la interpretación brasileña es incompatible con el uso de un solo año de referencia en la nota 55 del Acuerdo SMC. Con la interpretación alternativa del Brasil se aplicarían normas diferentes a los países en desarrollo Miembros abarcados por la nota 55 que a los demás países en desarrollo Miembros. Los primeros tendrían como punto de referencia un año civil, mientras que los últimos tendrían como referencia una media ponderada multianual. El Canadá afirma que con su interpretación se evita esta falta de concordancia porque se aplica la misma norma en ambos casos -el nivel de subvenciones a la exportación concedidas en un año civil.

Para continuar con �Cuáles son los indicadores pertinentes?


147 Respuesta del Brasil a las preguntas del Grupo Especial, N� 19.

148 Respuesta del Brasil a las preguntas del Grupo Especial, N� 19.

149 Respuesta del Brasil a las preguntas del Grupo Especial, N� 44.

150 Prueba documental BRA-20 (véase el cuadro 5).

151 Respuesta del Brasil a las preguntas del Grupo Especial, N� 45; Prueba documental BRA-21.