OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 54/93: Aprobación de la "Comisión de Sanidad Animal", "Comisión de Sanidad Vegetal" y la "Comisión de Semillas" en el ámbito del SGT Nº 8.


VISTO el Artículo 13 del Tratado de Asunción, los Artículos 10 y 18 de la Decisión Nº 4/91 y las Recomendaciones Nº 15/93, 18/93 y 22/93 del SGT Nº 8

CONSIDERANDO:

Que los Subgrupos de Trabajo deben elevar al Grupo Mercado Común las propuestas relativas a la creación de Comisiones

Que es necesario completar la organización de los Subgrupos de Trabajo.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la creación de la Comisión de Sanidad Animal en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 8 "Política Agrícola"

Dicha Comisión tendrá como cometido dar cumplimiento a lo dispuesto en la medida 9 del Cronograma de Medidas del SGT Nº 8.

Artículo 2. Aprobar la creación de la Comisión de Sanidad Vegetal del MERCOSUR, la que transitoriamente ejercerá los cometidos y funciones asignadas al Comité de Sanidad del MERCOSUR (Artículo 31 al 36 del Acuerdo Sanitario y Fitosanitario entre los Estados Partes del MERCOSUR).

La Comisión de Sanidad Vegetal permanecerá en función hasta la constitución definitiva del Comité de Sanidad Vegetal del MERCOSUR, y actuará en la órbita del SGT Nº 8 "Política Agrícola".

Artículo 3. Aprobar la creación de la Comisión de Semillas en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 8 "Política Agrícola"

Dicha Comisión tendrá como cometido dar cumplimiento a lo dispuesto en la medida 10 del Cronograma de Medidas del SGTNº 8.

Artículo 4. Aprobar la creación de un Comité de Normalización para el sector Madera y Muebles, en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 3 "Normas Técnicas"

Artículo 5. Aprobar la creación de un Comité de Normalización para Electrónica de Consumo, en el ámbito del Subgrupo Nº 3 "Normas Técnicas".