Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N
MERCOSUR/GMC/RES N� 29/01: Modificaci�n de la Nomenclatura Com�n del MERCOSUR y su correspondiente
Arancel Externo Com�n
VISTO: El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones
N� 7/94, 22/94, 15/97 67/00 y 06/01del Consejo
del Mercado Com�n, las Resoluciones N� 36/95 y N� 60/00 del Grupo Mercado Com�n y la Propuesta de la Comisi�n de Comercio del MERCOSUR,
relativa al Proyecto de Resoluci�n N� 04/01.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Com�n del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Com�n, instrumentos esenciales de la Uni�n Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COM�N RESUELVE
Art. 1 � Aprobar la �Modificaci�n de la Nomenclatura Com�n del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Com�n� que figura como Anexo y forma parte de la presente
Resoluci�n.
Art. 2 � Al momento de incorporar a sus respectivas legislaciones nacionales los niveles arancelarios previstos en este Anexo, los Estados Partes deber�n observar lo dispuesto
en la Dec. CMC N� 15/97, prorrogada y modificada por la Dec. CMC N� 67/01.
Art. 3 � Los Estados Partes del MERCOSUR deber�n incorporar la presente Resoluci�n a sus ordenamientos jur�dicos nacionales antes del 01/01/2002.
XLIII GMC- Montevideo, 10/X/01
ANEXO
SITUACION ACTUAL |
RECOMENDACI�N |
NCM |
DESCRIPCI�N |
AEC% |
NCM |
DESCRIPCI�N |
AEC% |
3402.90.29 |
Las
dem�s |
18 |
3402.90.22
3402.90.29 |
A base de
nonanoiloxibencenosulfonato de sodio
Los dem�s |
2
18 |
7606.12.10 |
Con
un contenido, en peso, de magnesio superior o igual al 4% e inferior o
igual al 5%, manganeso superior o igual al 0,20% e inferior o igual al
0,50%, hierro inferior o igual al 0,35%, silicio inferior o igual al 0,20%
y otros metales, en conjunto, inferior o igual al 0,75%, de espesor
inferior o igual a 0,3 mm y ancho superior o igual a 1.450 mm, barnizadas
en ambas caras |
2 |
7606.12.10
|
Con
un contenido, en peso, de magnesio superior o igual al 4% e inferior o
igual al 5%, manganeso superior o igual al 0,20% e inferior o igual al
0,50%, hierro inferior o igual al 0,35%, silicio inferior o igual al 0,20%
y otros metales, en conjunto, inferior o igual al 0,75%, de espesor
inferior o igual a 0,3 mm y ancho superior o igual a 1.450 mm, barnizadas
en ambas caras
|
12
|
|