Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 34/04: PROYECTOS DE ACUERDO SOBRE TRASLADO DE
PERSONAS CONDENADAS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ENTRE LOS
ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE
CHILE
VISTO: El
Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto y
la Decisión Nº 18/04 del Consejo del Mercado
Común.
CONSIDERANDO:
Que la
cooperación entre los Estados Partes del MERCOSUR y los Estados
Asociados debe ser fortalecida por medio de normas que aseguren
una adecuada implementación de la justicia penal mediante la
rehabilitación social de la persona condenada;
Que
para el cumplimiento de tal finalidad humanitaria es conveniente
que se conceda a la persona condenada la oportunidad de cumplir
su sentencia en el estado de su nacionalidad o en el de su
residencia legal o permanente.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 –
Aprobar el texto del proyecto de “Acuerdo sobre Traslado de Personas
Condenadas de los Estados Partes del MERCOSUR” y texto del proyecto de
“Acuerdo sobre Traslado de Personas Condenadas de los Estados Partes del
MERCOSUR, con la República de Bolivia y la República de Chile”, elevado
por la Reunión de Ministros del Justicia, que constan como Anexo a la
presente Decisión.
Art. 2 – El
Consejo del Mercado Común recomienda a los Estados Partes del MERCOSUR
la firma de los Acuerdos mencionados en el artículo anterior.
Art. 3 – La
presente Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico
de los Estados Partes.
XXVII CMC – Belo Horizonte, 16/XII/04 |