Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 09/92: INSTRUCCIÓN A LOS ORGANISMOS COMPETENTES EN FRONTERA PARA SU CORDINACIÓN INTERNA
VISTO:
El Tratado de Asunción,
la Res. GMC. N° 1/92 y lo recomendado por el Grupo Mercado Común, y
CONSIDERANDO:
Que debe instrumentarse la integración fronteriza al más breve plazo;
Que la participación de diversos organismos de diferentes jurisdicciones dificulta la coordinación interna y la coordinación bilateral;
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
ARTICULO 1ro. -
Instruir a los organismos competentes en frontera de los Estados Partes que adopten las medidas necesarias para la coordinación interna a efectos de lograr el objetivo de instrumentar los controles integrados en los plazos previstos en la
Res. GMC Nº 1/92.
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