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Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 20/97: ACUERDO DE COOPERACION ENTRE LA COMISION PARLAMENTARIA CONJUNTA Y LA COMISION EUROPEA
VISTO: El
Protocolo de Ouro Preto, la Resolución N° 80/97 del Grupo Mercado Común y el Reglamento Interno de Funcionamiento de la Comisión Parlamentaria Conjunta.
CONSIDERANDO:
El interés del MERCOSUR y de las Comunidades Europeas en avanzar y profundizar en el campo de la cooperación interregional.
La conveniencia de definir mecanismos y modalidades mediante los cuales se concretará la cooperación entre la Comisión Parlamentaria Conjunta del Mercosur y la Comisión Europea.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUM
DECIDE:
Artículo 1- Prestar su conformidad para que la Comisión Parlamentaria Conjunta del Mercosur suscriba con la Comisión Europea el Acuerdo en Materia de Cooperación.
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