El COMITÉ de REPRESENTANTES,
VISTO La Resolución 107 de este Comité de Representantes.
CONSIDERANDO Que el Consejo de Cooperación Aduanera el 25 de junio de 1999, aprobó la Recomendación de Enmienda del Sistema Armonizado (Tercera Enmienda), la cual debe entrar en vigencia a partir del primer día de enero de 2002.
Que a fin de mantener actualizados los textos, la V Reunión de la Comisión Asesora de Nomenclatura (CAN), celebrada en la sede de ALADI, entre los días 6 al 11 de agosto de 2001, ha recomendado incorporar a la NALADISA, tal como figura en su informe final:
- las modificaciones en la estructura de la NALADISA producidas por la supresión de ítem con comercio nulo en el trienio 1997-1999.
TENIENDO EN CUENTA Que es necesario introducir los ajustes correspondientes a fin que la NALADISA refleje con exactitud la designación y codificación de mercancías con base en el Sistema Armonizado 2002,
RESUELVE:
PRIMERO.- Aprobar, a partir del 1º de enero de 2002, la incorporación a la NALADISA de la Recomendación de Enmienda del Sistema Armonizado aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera el 25 de junio de 1999 (Tercera Enmienda) y de las Recomendaciones y modificaciones mencionadas en el considerando de la presente Resolución.
SEGUNDO.- Encomendar a la Secretaría General la elaboración del texto actualizado de la Nomenclatura de la Asociación "NALADISA 2002" en sus versiones en idioma español y portugués, las cuales serán publicadas a la mayor brevedad.
TERCERO.- Que las modificaciones adicionales a las contenidas en el Anexo III del informe final de la V Reunión de la Comisión Asesora de Nomenclatura (CAN), acordadas en el Taller de expertos reunido en el marco del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal, entre los días 22 a 31 de octubre de 2001, sean consideradas en la VI Reunión de la Comisión Asesora de Nomenclatura.
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