Tratado de Montevideo

Instrumento que instituye la Asociación Latinoamericana de Integración
(ALADI)
Montevideo, Agosto de 1980


Resoluciones del Comité de Representantes


(Continuación)

ALADI/CR/Resolución 252
4 de agosto de 1999

ANEXO 2

NALADISA 96 DESCRIPCION REQUISITO ESPECIFICO
7216.40.00 Perfiles en L o en T, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm  
7216.50.00 Los demás perfiles, simplemente laminados o extrudidos en caliente  
7216.6 Perfiles simplemente obtenidos o acabados en frío:  
7216.61.00 Obtenidos a partir de productos laminados planos  
7216.69.00 Los demás  
7216.9 Los demás:  
7216.91.00 Obtenidos o acabados en frío, a partir de productos laminados planos  
7216.99.00 Los demás  
7217 Alambre de hierro o acero sin alear.  
7217.10.00 Sin revestir, incluso pulido  
7217.20.00 Cincado  
7217.30.00 Revestido de otro metal común  
7217.90.00 Los demás  
7218 Acero inoxidable en lingotes o demás formas primarias; productos intermedios de acero inoxidable.  
7218.10.00 Lingotes o demás formas primarias  
7218.9 Los demás: Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos o transformados en lingotes en los países participantes
7218.91.00 De sección transversal rectangular  
7218.99.00 Los demás  
7219 Productos laminados planos de acero inoxidable, de anchura superior o igual a 600 mm.  
7219.1 Simplemente laminados en caliente, enrollados:  
7219.11.00 De espesor superior a 10 mm  
7219.12.00 De espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm  
7219.13.00 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm  
7219.14.00 De espesor inferior a 3 mm  
7219.2 Simplemente laminados en caliente, sin enrollar:  
7219.21.00 De espesor superior a 10 mm  
7219.22.00 De espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm  
7219.23.00 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm  
7219.24.00 De espesor inferior a 3 mm  
7219.3 Simplemente laminados en frío:  
7219.31.00 De espesor superior o igual a 4,75 mm  
7219.32.00 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm  
7219.33.00 De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm  
7219.34.00 De espesor superior o igual a 0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm   
7219.35.00 De espesor inferior a 0,5 mm  
7219.90.00 Los demás  
7220 Productos laminados planos de acero inoxidable, de anchura inferior a 600 mm.  
7220.1 Simplemente laminados en caliente:  
7220.11.00 De espesor superior o igual a 4,75 mm  
7220.12.00 De espesor inferior a 4,75 mm Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos o transformados en lingotes en los países participantes
7220.20.00 Simplemente laminados en frío  
7220.90.00 Los demás  
7221 Alambrón de acero inoxidable.  
7221.00.00 Alambrón de acero inoxidable.  
7222 Barras y perfiles, de acero inoxidable.  
7222.1 Barras simplemente laminadas o extrudidas en caliente:  
7222.11.00 De sección circular  
7222.19.00 Las demás  
7222.20.00 Barras simplemente obtenidas o acabadas en frío  
7222.30.00 Las demás barras  
7222.40.00 Perfiles  
7223 Alambre de acero inoxidable.  
7223.00.00 Alambre de acero inoxidable.  
7224 Los demás aceros aleados en lingotes o demás formas primarias; productos intermedios de los demás aceros aleados.  
7224.10.00 Lingotes o demás formas primarias  
7224.90.00 Los demás  
7225 Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 mm.  
7225.1 De acero al silicio llamado "magnético" (acero magnético al silicio)*:  
7225.11.00 De grano orientado  
7225.19.00 Los demás  
7225.20.00 De acero rápido  
7225.30.00 Los demás, simplemente laminados en caliente, Enrollados  
7225.40.00 Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar  
7225.50.00 Los demás, simplemente laminados en frío  
7225.9 Los demás: Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos o transformados en lingotes en los países participantes
7225.91.00 Cincados electrolíticamente  
7225.92.00 Cincados de otro modo  
7225.99.00 Los demás  
7226 Productos laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 mm.  
7226.1 De acero al silicio llamado "magnético" (acero magnético al silicio)*:  
7226.11.00 De grano orientado  
7226.19.00 Los demás  
7226.20.00 De acero rápido  
7226.9 Los demás:  
7226.91.00 Simplemente laminados en caliente  
7226.92.00 Simplemente laminados en frío  
7226.93.00 Cincados electrolíticamente  
7226.94.00 Cincados de otro modo  
7226.99.00 Los demás  
7227 Alambrón de los demás aceros aleados.  
7227.10.00 De acero rápido  
7227.20.00 De acero silicomanganeso  
7227.90.00 Los demás  
7228 Barras y perfiles, de los demás aceros aleados; barras huecas para perforación, de aceros aleados o sin alear.  
7228.10.00 Barras de acero rápido  
7228.20.00 Barras de acero silicomanganeso  
7228.30.00 Las demás barras, simplemente laminadas o extrudidas en caliente  
7228.40.00 Las demás barras, simplemente forjadas  
7228.50.00 Las demás barras, simplemente obtenidas o acabadas en frío Deberán ser producidos a partir de los productos incluidos en la partida 7206, fundidos o transformados en lingotes en los países participantes
7228.60.00 Las demás barras  
7228.70.00 Perfiles  
7228.80.00 Barras huecas para perforación  
7229 Alambre de los demás aceros aleados.  
7229.10.00 De acero rápido  
7229.20.00 De acero silicomanganeso  
7229.90.00 Los demás  
73 MANUFACTURAS DE FUNDICION, HIERRO O ACERO  
7301 Tablestacas de hierro o acero, incluso perforadas o hechas con elementos ensamblados; perfiles de hierro o acero obtenidos por soldadura.  
7301.10.00 Tablestacas  
7401 Matas de cobre; cobre de cementación (cobre precipitado).  
7401.10.00 Matas de cobre Mineral de los países participantes
7402 Cobre sin refinar; ánodos de cobre para refinado electrolítico.  
7402.00.1 Cobre sin refinar:  
7402.00.11 Cobre blister Mineral de los países participantes
7402.00.12 Cobre negro Mineral de los países participantes
7403 Cobre refinado y aleaciones de cobre, en bruto.  
7403.1 Cobre refinado:  
7403.11.00 Cátodos y secciones de cátodos Cobre "blister" o refinado de los países participantes.
7403.13.00 Tochos Excepcionalmente se considerarán como originarios de los países participantes los "billets" y "cakes" de cobre producidos en terceros países utilizando exclusivamente cobre "blister" o refinado de los países participantes.
7403.19.00 Los demás
Obs.: Excepto granallas
 
8106 Bismuto y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos.  
8106.00.00 Bismuto y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos.
Obs.: En bruto
Mineral de los países participantes
8107 Cadmio y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos.  
8107.10.00 Cadmio en bruto; desperdicios y desechos; polvo
Obs.: En bruto
Mineral de los países participantes
8110 Antimonio y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos.  
8110.00.00 Antimonio y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos.
Obs.: En bruto
Mineral de los países participantes
8466 Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas Ns. 84.56 a 84.65, incluidos los portapiezas y portaútiles, dispositivos de roscar de apertura automática, divisores y demás dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo.  
8466.30.00 Divisores y demás dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta
Obs: Aparatos neumáticos o hidráulicos y sus controles eléctricos empleados exclusivamente para automatizar el funciona miento de máquinas, aparatos y artefactos mecánicos

Obs: Dispositivos neumáticos o hidráulicos y sus controles eléc tricos, empleados exclusivamente para automatizar su funcionamiento
Deberán contener materiales de los países participantes que representen más del 50% del valor total "de fábrica" excluido montajes y pruebas, de los empleados en su elaboración, con excepción de los cilindros hidráulicos y los neumáticos clasificados en los ítem: 8466.93.00 / 8466.94.00 /8479.82.00 y 8479.89.00 que reúnan las características más abajo indicadas, excluyendo las camisas para cilindros, los que deberán ser producidos totalmente con materias primas y partes de los países participantes. Dichas características son las siguientes:

Cilindros hidráulicos: 

Diámetro interior del cilindro de 1 1/2 a 8 pulgadas.
Presión de trabajo 1000 libras por pulgada cuadrada.
Amplitud de operación de 20 bajo cero hasta 180 Fahrenheit.
Colchón acelerador ajustable.

Cilindros neumáticos:
Diámetro interior del cilindro de 1 1/2 a 8 pulgadas.
Presión máxima de trabajo hasta 200 libras por pulgada cuadrada.
Límite de temperatura de operación de 20 bajo cero hasta 180 Fahrenheit.
Colchón acelerador ajustable.
8479 Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.  
8479.8 Las demás máquinas y aparatos:  
8479.89.00 Los demás
Obs: Aparatos neumáticos o hidráulicos y sus controles eléctri cos empleados exclusivamente para automatizar el funciona- miento de máquinas, aparatos y artefactos mecánicos.
Deberán contener materiales de los países participantes que representen más del 50% del valor total "de fábrica" excluido montajes y pruebas, de los empleados en su elaboración, con excepción de los cilindros hidráu licos y los neumáticos clasificados en los item: 8466.93.00 / 8466.94.00 / 8479.82.00 y 8479.89.00 que reúnan las características más abajo indi cadas, excluyendo las camisas para cilindros, los que deberán ser pro ducidos totalmente con materias primas y partes de los países signata rios.Dichas características son las siguientes:

Cilindros hidráulicos:
Diámetro interior del cilindro de 1 1/2 a 8 pulgadas.
Presión de trabajo 1000 libras por pulgada cuadrada.
Amplitud de operación de 20 bajo cero hasta 180 Fahrenheit.
Colchón acelerador ajustable.

Cilindros neumáticos:
Diámetro interior del cilindro de 1 1/2 a 8 pulgadas.
Presión máxima de trabajo hasta 200 libras por pulgada cuadrada.
Límite de temperatura de operación de 20 bajo cero hasta 180 Fahrenheit.
Colchón acelerador ajustable.
8481 Artículos de grifería y órganos similares para tuberías, calderas, depósitos, cubas o continentes similares, incluidas las válvulas reductoras de presión y las válvulas termostáticas.  
8481.80 Los demás artículos de grifería y órganos similares  
8481.80.90 Los demás
Obs: Válvulas para control de dispositivos y automatización de máquinas
Obs: Válvulas de comando neumáticas impulsoras emplea-das exclusivamente para automatizar el funcionamiento de máquinas, aparatos y artefactos mecánicos
Deberán contener materiales de los países participantes que representen más del 50% del valor total "de fábrica", excluido montajes y pruebas, de los empleados en su elaboración, con excepción de las válvulas de con trol y comando comprendidas en los item 8481.10.00 / 8481.20.00 / 8481.30.00 / 8481.40.00 y 8481.80.90 que reúnan las especificaciones señaladas en los párrafos posteriores, las que deberán ser producidas con materias primas y partes de los países participantes que representen el 90 % del total de los materiales empleados en su elaboración

Válvulas neumáticas:
Orificio de salida de 1/4 a 1 1/2 pulgadas.
Presión máxima de trabajo hasta 200 libras por pulgada cuadrada.
Accionados a base de pedal o piloto.
Para servicio de 3 ó 4 vías.

Válvulas hidráulicas, de alivio, reguladoras de flujo y reguladoras de presión:
Orificio de salida de 3/4 a 1 1/2 pulgadas.
Presión de trabajo de 2000 a 5000 libras por pulgada cuadrada.
Accionadas a base de pedal o piloto.
Para servicio de 2, 3 y 4 vías.
8532 Condensadores eléctricos fijos, variables o ajustables  
8532.30.00 Condensadores variables o ajustables
Obs: Condensadores variables de radiofrecuencia, con dieléctrico de aire
Deberán ser producidos a partir de materiales de los países participantes, excepto esferas de acero y aluminio laminado.
9406 Construcciones prefabricadas.  
9406.00.10 De madera Madera de los países participantes