OEA

 

DECISI�N RELATIVA AL PROYECTO DE ENTENDIMIENTO SOBRE UN SISTEMA DE INFORMACI�N OMC-ISO SOBRE NORMAS

Los Ministros deciden recomendar que la Secretar�a de la Organizaci�n Mundial del Comercio llegue a un entendimiento con la Organizaci�n Internacional de Normalizaci�n ("ISO") con miras a establecer un sistema de informaci�n conforme al cual:

  1. los miembros de la ISONET transmitir�n al Centro de Informaci�n de la ISO/CEI en Ginebra las notificaciones a que se hace referencia en los p�rrafos C y J del C�digo de Buena Conducta para la Elaboraci�n, Adopci�n y Aplicaci�n de Normas que figura en el Anexo 3 del Acuerdo sobre Obst�culos T�cnicos al Comercio, del modo que all� se indica;

  2. en los programas de trabajo a que se hace referencia en el p�rrafo J se utilizar�n los siguientes sistemas de clasificaci�n alfanum�ricos:

    1. un sistema de clasificaci�n de normas que permita a las instituciones con actividades de normalizaci�n dar a cada norma mencionada en el programa de trabajo una indicaci�n alfab�tica o num�rica de la materia;

    2. un sistema de c�digos de las etapas que permita a las instituciones con actividades de normalizaci�n dar a cada una de las normas mencionadas en el programa de trabajo una indicaci�n alfanum�rica de la etapa de elaboraci�n en que se encuentra esa norma; a este fin, deber�n distinguirse al menos cinco etapas de elaboraci�n: 1) la etapa en que se ha adoptado la decisi�n de elaborar una norma pero no se ha iniciado todav�a la labor t�cnica; 2) la etapa en que se ha empezado la labor t�cnica pero no se ha iniciado todav�a el plazo para la presentaci�n de observaciones; 3) la etapa en que se ha iniciado el plazo para la presentaci�n de observaciones pero �ste todav�a no ha finalizado; 4) la etapa en que el plazo para la presentaci�n de observaciones ha terminado pero la norma no ha sido todav�a adoptada; y 5) la etapa en que la norma ha sido adoptada;

    3. un sistema de identificaci�n que abarque todas las normas internacionales, que permita a las instituciones con actividades de normalizaci�n dar a cada norma mencionada en el programa de trabajo una indicaci�n alfanum�rica de la(s) norma(s) internacional(es) utilizada(s) como base;

  3. el Centro de Informaci�n de la ISO/CEI remitir� inmediatamente a la Secretar�a el texto de las notificaciones a que se hace referencia en el p�rrafo C del C�digo de Buena Conducta;

  4. el Centro de Informaci�n de la ISO/CEI publicar� regularmente la informaci�n recibida en las notificaciones que se le hayan hecho en virtud de los p�rrafos C y J del C�digo de Buena Conducta; esta publicaci�n, por la que podr� cobrarse un derecho razonable, estar� a disposici�n de los miembros de la ISONET y, por conducto de la Secretar�a, de los Miembros de la OMC.