OEA

Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación Nº38
Celebrado entre México y Paraguay
(Protocolo de Adecuación)

Noveno Protocolo Adicional

 

Los Plenipotenciarios de  los Estados Unidos Mexicanos y de la República del Paraguay, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI),

CONSIDERANDO La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes entre ambos países, y

REAFIRMANDO  La voluntad de continuar las negociaciones de un Acuerdo de Complementación Económica entre los Estados Partes del MERCOSUR y México,

CONVIENEN:

Artículo único.- Prorrogar desde el 1º de enero de 2001 hasta el 31 de diciembre de 2001 la vigencia de las preferencias pactadas entre ambos países en el Acuerdo de Alcance Parcial de "Renegociación de las concesiones otorgadas en el período 1962/1980" (AAP.R/38).

La Secretaría General de la ALADI será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.

EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil, en un original. (Fdo.:) Por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos: José Luis Solís González; Por el Gobierno de la República del Paraguay: José María Casal.


 

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