El 21 de octubre de 1996, la Comunidad del Caribe (CARICOM) y la República Dominicana anunciaron su intención de comenzar negociaciones para el establecimiento de un área de libre comercio. Dos años más tarde, el 22 de agosto de 1998, con el objetivo de fortalecer sus relaciones comerciales, las partes firmaron un acuerdo para el establecimiento de un área de libre comercio.
Un protocolo de implementación del acuerdo, que forma parte integral del mismo, fue rubricado el 19 de marzo y suscrito el 28 de abril de 2000, en Santo Domingo, República Dominicana.
El acuerdo prevé (en el párrafo 8, Artículo I, del Protocolo de Implementación) que los productos originarios de la República Dominicana tendrán libre acceso en los países de mayor desarrollo relativo (PMDs) de CARICOM (Barbados, Guyana, Jamaica, Trinidad y Tobago y Suriname) y pagarán el arancel de Nación Más Favorecida (NMF) en los países de menor desarrollo relativo (LDCs) de CARICOM (Antigua y Barbuda, Belice, Dominica, Grenada, Montserrat, San Cristóbal y Nevis, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas) hasta el 2005.
Documentos relacionados con las negociaciones |
03 mayo 2000 |
Firma del Protocolo de Implementación del Acuerdo de Libre Comercio CARICOM-República Dominicana |
21 marzo 2000 |
CARICOM y la República Dominicana concluyen las negociaciones para el establecimiento de un área de libre comercio |
04 setiembre 1998 |
Declaración de Santo Domingo |
17 agosto 1998 |
Jefes de Gobierno de CARICOM se reunirán en Santo Domingo, del 20 al 22 de agosto de 1998 |
21 octubre 1996 |
CARICOM y la República Dominicana acuerdan iniciar negociaciones para el establecimiento de un área de libre comercio |
Fuente: CARICOM Secretariat |
|