OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 74/93: Identidad y calidad de la cebolla.



VISTO

El Artículo .13 del Tratado de Asunci�n, el Artículo .10 de la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n, la Resoluci�n N� 18/92 del Grupo Mercado Com�n, la Recomendaci�n N� 47/93 del Subgrupo de Trabajo N� 3 "Normas T�cnicas".

CONSIDERANDO :

Que es necesario fijar la Identidad y Calidad de la Cebolla destinada para el consumo humano.

Que la armonizaci�n de los reglamentos t�cnicos propender� a eliminar los obst�culos que generan las diferencias entre los reglamentos t�cnicos nacionales, dando cumplimiento a lo establecido en el Tratado de Asunci�n.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1.Aprobar el Reglamento T�cnico MERCOSUR para la fijaci�n de la Identidad y Calidad de la Cebolla, que figura como Anexo a la presente Resoluci�n.

Artículo 2. Los Estados Partes no podr�n prohibir, ni restringir por razones de Identidad y Calidad la comercializaci�n de Cebolla que cumpla con lo establecido en la presente Resoluci�n.

Artículo 3. Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n y comunicar�n el texto de las mismas al Grupo Mercado Com�n, a trav�s de la Secretaria Administrativa.

Artículo 4. La presente Resoluci�n entrar� en vigor el 31 de marzo de 1994.

REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA LA FIJACION DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE CEBOLLA

1.- ALCANCE

La presente norma tiene por objeto definir las caracter�sticas de identidad, calidad, acondicionamiento, empaque y presentaci�n de la cebolla con fines de comercializaci�n, en el �mbito del MERCOSUR.

2.- DEFINICION

Enti�ndese por cebolla el bulbo de la especie Allium cepa L., que se presenta con las caracter�sticas del cultivar bien definidas, fisiol�gicamente desarrollado y entero; con destino al consumo, con exclusi�n de las cebollas con hoja enteras (verdes o de verdeo).

3.- REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS SOBRE TECNICAS ANALITICAS

4.- COMPOSICION Y CALIDAD

4.1.- La cebolla deber� presentar las caracter�sticas t�picas del cultivar, en cuanto a forma y color. No se admitir�n mezclas de cultivares, formas o colores.

4.2.- Clasificaci�n: la cebolla ser� clasificada en:

4.2.1.- Clases o Calibres: De acuerdo con el mayor di�metro transversal del bulbo se admiten cuatro (4):

CLASE Mayor di�metro transversal (mm)

2 35 -50

3 mayor de 50 hasta 70

4 mayor de 70 hasta 90

S mayor de 90

Tolerancias: Se permite la mezcla dentro de un mismo envase del 10% de unidades que no excedan en m�s de 15 mm los l�mites de la clase.

4.3.- Tipos o grados de selecci�n: Se consideraran los siguientes defectos:

- Defectos graves:

Tallo grueso (talo qrosso) o tallo floral: Defecto por el que la uni�n superior de las cat�filas en el cuello, presenta una abertura mayor que la normal, debido a la elongaci�n del tallo por el interior del bulbo.

Brotado: cuando la emisi�n del v�stago es visible por encima del largo del cuello.

Podredumbre: Da�os patol�gicos y/o fisiol�gicos que impliquen cualquier grado de descomposici�n, desintegraci�n o fermentaci�n de los tejidos.

Mancha negra: Area ennegrecida como consecuencia del ataque de hongos en las cat�filas externas o en el cuello del bulbo, detectadas visualmente.

Mofado o con Moho: Desarrollo de hongos en las cat�filas externas.

Defectos generales:

Mal cierre del cuello: visible cierre incompleto del cuello del bulbo.

Deformado: la que presenta formatos diferentes del t�pico del cultivar, incluyendo crecimientos secundarios, o sea bulbos unidos por el tallo (mellizos) presentando exteriormente una cat�fila envolvente

Falta de cat�filas (pel�culas): El bulbo que presenta m�s del 30% de su superficie carente de cat�filas envolventes.

Falta de turgencia o flacidez: No presenta la rigidez normal del bulbo.

Decoloraciones: Desviaciones parciales o totales del color t�pico del cultivar, incluyendo verdeado (bulbo que presenta las t�nicas externas con color verde).

Da�os mec�nicos: Lesiones de origen mec�nico que se observan en las cat�filas o bulbos.

Quedan exceptuados de la presente clasificaci�n los defectos: tallo grueso y falta de cat�filas para las cebollas tempranas de ciclo corto.

LIMITES MAXIMOS DE DEFECTOS POR TIPO EXPRESADO EN PORCENTAJE DE UNIDADES

TIPO DEFECTOS DEFECTOS

GRAVES GENERALES

--------------------------------------------------------------

Tallo Brotado Podredumbre Mancha Mofado T.Def. T.Def.

grueso Negra Graves Gral.

--------------------------------------------------------------

Extra 2 2 2 5

Especial

o

Selec-

cionado 3 ,5 3 3 5 10

Comer-

cial 5 3 1 5 5 10 15

---------------------------------------------------------------

4.4.- Requisitos generales: Los bulbos deber�n ser sanos, secos, limpios y presentarse con las ra�ces cortadas contra la base, no admiti�ndose presencia de rebrotes de ra�z.

No tendr�n olor o sabor extra�os. El tallo debe estar retorcido o presentar un corte neto no superando los 2 cm de longitud.

4.5.- Requisitos f�sicos, qu�micos y microbiol�qicos: No ser� permitida la comercializaci�n de cebollas que presenten residuos u otros elementos nocivos a la salud por encima de los limites admitidos en el �mbito del MERCOSUR.

4.6.- Otros: La partida que no cumpla los requisitos previstos en esta norma ser� descalificada. Pudiendo ser la misma reacondicionada o adecuada a las presentes especificaciones.

5.- CONDICIONES DE EMPAQUE, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE

Las cebollas que se comercialicen entre los Estados Partes deber�n empacarse en locales o lugares cubierto, secos, limpios, ventilados, con dimensiones acordes a los vol�menes a acondicionar y de f�cil higienizaci�n; a fin de evitar efectos perjudiciales para la calidad Y conservaci�n de las mismas.

6.- TOMA DE MUESTRAS

La toma de muestras en el lote se har� de acuerdo a la siguiente tabla:

N�mero de Unidades que M�nimo de Unidades componen el lotes a muestrear

001 - 010 1 unidad

011 - 100 2 unidades

101 - 300 4 unidades

301 - 500 5 unidades

501 - 10.000 1% del lote

M�s de 10.000 ra�z cuadrada del

n�mero de UNIDADES

del lote.

6.1.- Conformaci�n de la muestra conjunta y an�lisis:

6.1.1.- En caso de obtenerse un n�mero de unidades de muestreo entre 1 y 4, se homogeinizar� el contenido de las bolsas y/o cajas extray�ndose 100 bulbos elegidos al azar, que conformar�n la muestra a analizar y otros 100 bulbos para formar una contramuestra.

6.1.2.- Para 5 o m�s unidades, se retirar� como m�nimo 30 bulbos de cada unidad, se homogenizar� y se formar�n dos muestras de 100 bulbos cada una para an�lisis y contramuestra, respectivamente.

6.1.3.- Los restantes bulbos ser�n devueltos al interesado, incluy�ndose la muestra de an�lisis en caso de ser solicitada.

6.1.4.- La contramuestra deber� ser mantenida en poder del organismo oficial hasta el vencimiento del plazo de validez de la solicitud de reconsideraci�n, que ser� de 24 horas contadas a partir de la hora de emisi�n del dictamen.

7.- ENVASES Y ROTULADO.

7.1.- ENVASES: Las cebollas ser�n empacadas, en envases nuevos, limpios y secos que no transmitan olor o sabor extra�os a la mercader�a, en bolsas de malla abierta o caja, conteniendo hasta 25 kgs. Neto.

7.2.- ROTULADO: Los envases deben ser rotulados o etiquetados en un lugar de f�cil visualizaci�n y de dif�cil remoci�n, conteniendo como m�nimo las siguientes informaciones:

Nombre del producto

Nombre del cultivar

Clase......................................................*

Tipo

Peso Neto

Nombre y Domicilio del Importador..........................*

Pa�s de Origen

Zona de producci�n

AFIDI (Acreditaci�n Fitosanitaria de Importaci�n)..........*

Fecha de empaque...........................................*

Nota:( * ) se admitir� el sellado o uso de etiquetas

autoadhesivas para lndicar estas informaciones.

Tolerancia en peso neto: Se admitir� hasta un 8%.-