OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 63/96: Documentos h�biles de cada estado para trasladarse entre los pa�ses del Mercosur


VISTO:

El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N� 91/93, 44/94 y 2/95 del Grupo Mercado Com�n, la Propuesta N� 2/96 de la Comisi�n de Comercio del Mercosur.

CONSIDERANDO:

Que es necesario aclarar el alcance del Art�culo 1� de la Res N� 44/94 GMC, con respecto a los documentos de identificaci�n personal de los extranjeros residentes legales en los Estados Partes.

Que en consecuencia resulta procedente sustituir el texto de la Res N� 44/94 GMC.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art�culo 1.Reconocer la validez de los documentos de identificaci�n personal de cada Estado Parte para el traslado de personas dentro de los pa�ses del MERCOSUR que se establecen en el Anexo a la presente Resoluci�n.

Art�culo 2.Los extranjeros residentes legales en los Estados Partes, para trasladarse dentro de los pa�ses del MERCOSUR, deber�n utilizar el pasaporte de su nacionalidad, para ingresar al pa�s que les requiera visaci�n consular.

Art�culo 3.Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n a trav�s de los siguientes organismos.

Argentina:

Registro Nacional de las Personas.

Direcci�n Nacional de Migraciones.

Polic�a Federal Argentina, dependientes del Ministerio del Interior.

Brasil:

Polic�a Federal, dependiente del Ministerio de Justicia, y Gobiernos Estaduales.

Paraguay:

Departamento de Identificaciones.

Departamento de Migraciones, dependientes de la Polic�a Nacional.

Uruguay:

Direcci�n Nacional de Identificaci�n Civil.

Direcci�n Nacional de Migraci�n, dependientes del Ministerio del Interior.

Art�culo 4.Der�gase la Res N� 44/94 GMC.

Art�culo 5.La presente Resoluci�n entrar� en vigor en el MERCOSUR en un plazo m�ximo de 90 (noventa) d�as a partir de la fecha de su aprobaci�n.

XXIII GMC - Buenos Aires, 21/VI/1996.


ANEXO

DOCUMENTOS HABILES DE CADA ESTADO PARTE PARA TRASLADARSE ENTRE LOS PA�SES DEL MERCOSUR:

Por Argentina:

Libreta de Enrolamiento

Libreta C�vica

Documento Nacional de Identidad

C�dula de Identidad expedida por la Polic�a Federal

Pasaporte

C�dulas de Identidad otorgadas por los Gobiernos Provinciales (hasta el 1.1.97)

Por Brasil:

C�dula de Identidad expedida por cada Estado Parte con validez nacional

C�dula de Identidad para extranjero expedida por la Polic�a Federal Pasaporte

Por Paraguay:

C�dula de Identidad

Pasaporte

Por Uruguay:

C�dula de Identidad

Pasaporte