Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES N� 42/92: Recomendar a los institutos de normalizaci�n de los Estados Partes que intercambien sus planes y cronogramas de trabajo y los
difundan a los sectores interesados de todos los Estados Partes.
VISTO: el art�culo 13 del Tratado de Asunci�n, el Art�culo 10 de la Decisi�n N�
4/91 del Consejo Mercado Com�n, Recomendaci�n N� 23/92 acordada por el Subgrupo de
Trabajo N� 3, Normas T�cnicas y
CONSIDERANDO:
Que es necesario crear mecanismos que posibiliten la armonizaci�n de las normas t�cnicas
durante el proceso de su estudio y aprobaci�n;
Que las normas t�cnicas nacionales pueden resultar barreras no arancelarias que afecten
la libre circulaci�n de los productos;
Que es necesario que los organismos de normalizaci�n est�n informados de las normas en
estudio;
Que se ha delegado en el COMITE MERCOSUR DE NORMALIZACION la armonizaci�n de las normas
t�cnicas;
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art�culo 1� - Recomendar a los institutos de normalizaci�n de los
Estados Partes que intercambien sus planes y cronogramas de trabajo y lo difundan a fin de
que, cuando el tema sea de su inter�s, puedan opinar los sectores interesados de todos
los Estados Partes: fabricantes, usuarios, organismos gubernamentales y entidades
cient�ficas y tecnol�gicas.
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