OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 41/95: Certificado de Origen del Mercosur


VISTO: El Tratado de Asunci�n, las Decisiones N� 6/94, 7/94 y 23/94 del Consejo del Mercado Com�n.

CONSIDERANDO:

Que la Comisi�n de Comercio del, Mercosur, en su Reuni�n VI, realizada en Asunci�n el 31 de julio de 1995, decidi� fijar para el 1� de enero de 1996 la obligatoriedad de uso del nuevo formulario del certificado de origen del Mercosur.

Que la fecha no fue posible completar el proceso de protocolizaci�n en ALADI del nuevo formulario de certificaci�n de origen del Mercosur.

Que las entidades certificadoras necesitar�n de tiempo adicional para adecuarse al nuevo formulario, con vistas a asegurar el buen cumplimiento del r�gimen de origen del Mercosur.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art�culo 1. Facultar hasta el 30 de junio de 1996 la aceptaci�n indistinta del modelo Anexo a la Dec. N� 23/94 CMC y del nuevo modelo en proceso de protocolizaci�n en ALADI. El uso del nuevo formulario ser� obligatorio a partir del 1� de julio de 1996.

Art�culo 2. Los Estados Partes comunicar�n lo que precede a sus respectivas entidades certificadoras y autoridades aduaneras.