OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 39/92: Aprobaci�n de la inclusi�n en el formulario MIC/DTA, de los registros solicitados por el SGT 5, manteniendo el formato del formulario actual.


VISTO:

El artículo. 13 del Tratado de Asunci�n y el art. 1 de la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n y la Recomendaci�n N� 17 del Subgrupo de Trabajo N� 2 "Asuntos Aduaneros".

CONSIDERANDO:

Que el Subgrupo de Trabajo N� 2 solicita la incorporaci�n de nuevos registros al formulario MIC/DTA requeridos por el SGT5
(Transporte Terrestre) en virtud de lo acordado en el Punto 8 del Acta IV del Subgrupo del 12 y 13/3/92 y recogido en el Anexo
VIII de la mencionada Acta;

Que los mismos permitir�n obtener informaci�n estad�stica vinculada al �rea espec�fica de transporte, sin ocasionar trabas
burocr�ticas adicionales;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art. 1- Aprobar la inclusi�n en el formulario MIC/DTA, de los registros solicitados por el SGT 5, manteniendo el formato del formulario actual.

Art. 2- En la incorporaci�n de dichos registros no se incluir� la intervenci�n de la autoridad de transporte. Art.


3- La presente Resoluci�n entrar� en vigor el 1� de mayo de 1993.