OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N

MERCOSUR/GMC/RES N� 30/97 - Buenas Practicas de Fabricaci�n y Control para las Industrias de Productos Domissanitarios


BUENAS PRACTICAS DE FABRICACI�N Y CONTROL PARA LAS INDUSTRIAS DE PRODUCTOS DOMISANITARIOS 


VISTO: 

El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, la Resoluci�n N� 91/93 del Grupo Mercado Com�n y la Recomendaci�n N� 5/97 del SGT N� 3 "Reglamentos T�cnicos".

CONSIDERANDO:

Que los productos domisanitarios deben ser seguros en las condiciones normales o previsibles de uso.

Que existe la necesidad de establecer procedimientos comunes a ser aplicados en los Estados Partes, usando uniformidad de criterios para la evaluaci�n de las industrias de fabricaci�n y envasado de estos productos.

Que es necesario para garantizar la calidad de los productos domisanitarios que estos sean fabricados de acuerdo con normas espec�ficas de Buenas Pr�cticas de Fabricaci�n.

Que estas Buenas Pr�cticas de Fabricaci�n deben reflejar los requisitos m�nimos indispensables para ser utilizados por las industrias para la producci�n, envasado, almacenamiento y control de calidad de los referidos productos.

EL GRUPO MERCADO COM�N RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar las Buenas Pr�cticas de Fabricaci�n y Control para las Industrias de Productos Domisanitarios que figuran en el Anexo y forman parte de la presente Resoluci�n.

Art. 2 - Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n a trav�s de los siguientes organismos:

Argentina: 

  • ANMAT (Administraci�n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog�a M�dica)

Brasil: 

  • Secretaria de Vigil�ncia Sanit�ria do Minist�rio da Sa�de

Paraguay: 

  • Ministerio de Salud P�blica y Bienestar Social

Uruguay: 

  • Ministerio de Salud P�blica

Art. 3 - La presente Resoluci�n entrar� en vigor el 1�/I/98.




XXVII GMC - Montevideo, 5/IX/97