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Mercado Común del Sur (MERCOSUR)RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN MERCOSUR/GMC/RES Nº 10/92: Nomenclatura armonizada del Mercosur. VISTO El Tratado de Asunción, suscrito el 26 de marzo de 1991 y la Recomendación No. 1 del SGT No 10 Coordinación de Políticas Macroeconómicas, y CONSIDERANDO Que el establecimiento de un arancel externo común requiere la adopción de una nomenclatura arancelaria uniforme para el Mercado Común del Sur EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE Artículo 1. El Subgrupo de Trabajo No. 1 Asuntos Comerciales deberá elaborar la nomenclatura armonizada del MERCOSUR, y finalizar toda tarea antes del 30 de noviembre de 1993.
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