Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 10/01:
Pauta de Trabajo
del Comité de Directores de Aduanas
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 1/97, 2/99, 23/00 y 59/00 del Consejo del Mercado Común y la
Resolución N° 87/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Resolución GMC N° 87/00 creó el Comité de Directores de Aduanas del MERCOSUR, con la finalidad de facilitar el comercio en la región;
Que es necesario contar con un ámbito específico en el cual participen autoridades con capacidad decisoria, en consonancia con el objetivo de continuo perfeccionamiento de la
Unión Aduanera;
Que es conveniente que las autoridades competentes puedan examinar y deliberar sobre temas relevantes.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - El Comité de Directores de Aduanas debe incluir en su agenda de trabajo el tema del combate al contrabando de mercaderías, atribuyéndole tratamiento
prioritario.
Art. 2 – Los Estados Partes integrarán sus delegaciones en el Comité en función de las materias a que se refiere esta Resolución.
Art. 3 – Instruir al Comité que establezca un programa de acciones efectivas orientadas al combate del contrabando, mediante mecanismos de prevención, fiscalización y
represión, y que eleve al GMC una propuesta en ese sentido, antes de junio de 2001, con vistas a su aprobación en la próxima reunión del Consejo del Mercado Común.
Art. 4 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del
MERCOSUR.
XLI GMC – Asunción, 26/IV/2001
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