Resoluciones de la Décima Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la ALADI


FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE
APOYO A LOS PAÍSES DE MENOR DESARROLLO
ECONÓMICO RELATIVO (PMDER)

ALADI/CM/Resolución 52 (X)
6 de noviembre de 1998

 



Resolución 52
 

El CONSEJO de MINISTROS de RELACIONES EXTERIORES


VISTO
El Capítulo III y el artículo 30 del Tratado de Montevideo 1980, las normas complementarias del Sistema de Apoyo en favor de los países de menor desarrollo económico relativo y el informe contenido en el documento "El Sistema de Apoyo a los países de menor desarrollo económico relativo. Resultados de su aplicación y perspectivas" (ALADI/SEC/di 1134).

CONSIDERANDO
Que a fin de contribuir al desarrollo armónico del proceso de integración regional, es necesario apoyar y promover la inserción de los países de menor desarrollo económico relativo en dicho proceso.

CONSCIENTE
De la conveniencia de una mayor participación de los países de menor desarrollo económico relativo en las corrientes de comercio y de un mejor aprovechamiento de los acuerdos suscritos en el marco de la ALADI.

SUBRAYANDO
La necesidad de orientar los programas de cooperación en favor de los PMDER al apoyo a sus procesos de transformación productiva y de desarrollo económico y social,


RESUELVE:
 

PRIMERO.- Instruir a la Secretaría General que recomiende al Comité de Representantes medidas que contribuyan al mejor aprovechamiento de los acuerdos suscritos por los países de menor desarrollo económico relativo en el marco del Tratado de Montevideo 1980.

Dichas medidas serán puestas en conocimiento, según sea el caso, de las instancias correspondientes para que se adopten las decisiones pertinentes.

SEGUNDO.- Con el fin de asegurar el pleno aprovechamiento de las preferencias otorgadas a los países de menor desarrollo económico relativo, los demás países miembros de la Asociación tratarán en los ámbitos de los acuerdos correspondientes, de manera especial y prioritaria, las solicitudes que los países de menor desarrollo económico relativo presenten sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos al respecto.

TERCERO.- Recomendar a los países miembros interesados, negociar con los países de menor desarrollo económico relativo proyectos de cooperación técnica que contribuyan al fortalecimiento de sus procesos de transformación productiva y de desarrollo económico y social, en particular en lo que se refiere a:

a) Inversiones para favorecer la asociación de empresas;

b) Aplicación de mecanismos de cooperación empresarial;

c) Desarrollo de actividades productivas; y

d) Reconversión productiva, competitividad y desarrollo empresarial.

CUARTO.- Instruir a la Secretaría General que, a través de las Representaciones Permanentes, promueva el fortalecimiento de sus vínculos institucionales con las agencias de cooperación de los países miembros, en la búsqueda de una mayor participación de éstas en los programas anuales de actividades del Sistema de Apoyo a los países de menor desarrollo económico relativo.

La Secretaría General presentará al Comité de Representantes, antes del mes de mayo de 1999, un informe con los resultados de la gestión a la que hace referencia el párrafo anterior para su consideración y eventuales acciones futuras que se decidirán en el seno del mismo, incluyendo la convocatoria a una reunión de las agencias de cooperación de los países miembros.

QUINTO.- En consulta con los organismos nacionales competentes de los países miembros, a través de las Representaciones Permanentes, la Secretaría General formulará al Comité de Representantes una propuesta de acciones de cooperación que contribuya a fortalecer los esfuerzos en materia de promoción del comercio y desarrollo empresarial de los países de menor desarrollo económico relativo.

SEXTO.- Instruir a la Secretaría General que elabore para consideración del Comité de Representantes, un estudio sobre la posibilidad de promover la inversión extranjera en los PMDER, en particular en proyectos en materia de desarrollo de oferta exportable, infraestructura física y de servicios vinculados al comercio exterior.

SEPTIMO.- Instruir a la Secretaría General que gestione ante agencias internacionales, regionales y subregionales de cooperación y financiamiento, la asistencia necesaria para la elaboración y/o financiación de proyectos vinculados al desarrollo de la oferta exportable, la infraestructura física y los servicios relacionados con el comercio exterior de los países de menor desarrollo económico relativo.

Instruir a la Secretaría General a que, con el apoyo de los países miembros interesados en cada caso, solicite la cooperación de organismos internacionales y organismos especializados de la región para proyectos en favor de los países de menor desarrollo económico relativo definidos en el programa anual de actividades de la Asociación.

OCTAVO.- Instruir a la Secretaría General para que presente al Comité de Representantes una propuesta para la reasignación óptima de recursos entre los Departamentos de la Secretaría General, con el fin de fortalecer sus respectivas actividades, en especial las del Departamento de Promoción Económica.