OEA

DECISIÓN 366
Modificación de la sposición Transitoria Tercera de la Decisión 345

LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTA: La Tercera Disposición Transitoria de la Decisión 345;

CONSIDERANDO: Que es conveniente continuar con los estudios que se vienen realizando en materia de acceso y garantía a la bioseguridad en recursos genéticos, para efectos de la aprobación de un régimen común sobre la materia;

DECIDE:

Artículo Unico.- Extender el plazo a que se refiere la Tercera Disposición Transitoria de la Decisión 345 hasta el 30 de junio de 1995.

Dada en la ciudad de Quito, Ecuador, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.