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Bol�via - MERCOSUR > Protocolo IV
 

Acuerdo de Complementaci�n Econ�mica N� 36
Bolivia - MERCOSUR


Cuarto Protocolo Adicional

Los Plenipotenciarios de la Rep�blica Argentina, de la Rep�blica Federativa del Brasil, de la Rep�blica del Paraguay y de la Rep�blica Oriental del Uruguay, en su condici�n de Estados Partes del Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR) por una parte, y de la Rep�blica de Bolivia por la otra, acreditados por sus respectivos Gobiernos seg�n poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretar�a General de la Asociaci�n,

CONVIENEN:

Art�culo 1�.- Modificar el Art�culo 42 del Acuerdo de Complementaci�n Econ�mica n� 36, el que quedar� redactado de la siguiente forma:

"Se mantendr�n en vigor, debido a su naturaleza estrictamente bilateral, las disposiciones del Acuerdo de Alcance Parcial de Promoci�n del Comercio n� 6 y de los Acuerdos de Alcance Parcial de Complementaci�n Econ�mica n� 15, 19, 26 y 29 suscritos en el �mbito de la ALADI, no referidas al Programa de Liberaci�n Comercial y que no hayan sido tratadas en el presente Acuerdo."

"Asimismo, y no obstante lo dispuesto en el Art�culo 2, contin�an siendo de aplicaci�n las disposiciones y los m�rgenes de preferencia establecidos en el Acuerdo de Alcance Parcial para la liberaci�n y expansi�n del comercio intrarregional de semillas (AAP.AG n� 1), y en el Acuerdo de Alcance Regional de cooperaci�n e intercambio de bienes en las �reas cultural, educacional y cient�fica (AR.CEyC n� 7), para los productos en ellos negociados."

Art�culo 2�.- El presente Protocolo regir� a partir de la fecha de su suscripci�n.


La Secretar�a General de la Asociaci�n ser� depositaria del presente Protocolo, del cual enviar� copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.

EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los veintinueve d�as del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve, en un original en los idiomas espa�ol y portugu�s, siendo ambos textos igualmente v�lidos. (Fdo.:) Por el Gobierno de la Rep�blica Argentina: Carlos Onis Vigil; Por el Gobierno de la Rep�blica Federativa del Brasil: Jos� Artur Denot Medeiros; Por el Gobierno de la Rep�blica del Paraguay: Efra�n Dar�o Centuri�n; Por el Gobierno de la Rep�blica Oriental del Uruguay: Jorge T�lice; Por el Gobierno de la Rep�blica de Bolivia: Mario Lea Plaza Torri.

 


Fuente: ALADI