OEA

 

Acuerdo de Complementación Económica N° 22
suscrito entre el Gobierno de la República de Bolivia y
el Gobierno de la República de Chile

Décimo Protocolo Adicional

Los Plenipotenciarios de la República de Bolivia y de la República de Chile, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación, 

CONVIENEN:

Artículo 1° - Ampliar el programa de liberación del Acuerdo de Complementación Económica n° 22 celebrado entre ambos países, mediante la eliminación de las estacionalidades a las preferencias otorgadas por Chile sobre los item 1507.10.00, 1512.11.10 y 1512.21.00; la eliminación de los cupos preferenciales sobre los item 2304.00.00, 2306.10.00 y 2306.30.00; y la ampliación de la preferencia otorgada sobre el item 1517.90.90 a toda la subpartida correspondiente, cuyos nuevos términos y condiciones se registran en anexo a este Protocolo. 

Artículo 2° - El presente Protocolo rige a partir de la fecha de su suscripción. 

La Secretaría General será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios. 

EN FE DE LO CUAL, los Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos. 

ANEXO

Preferencias otorgadas por Chile 

NALADISA DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES PREF. PORCENTUAL
1507 Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar quimicamente.    
1507.10.00 Aceite en bruto, incluso desgomado Cupo: 22.000 toneladas métricas en conjunto con el item 1512.21.00 (se elimina la estacionalidad) 30
1512 Aceite de girasol, de cartamo o de algodón, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar quimicamente.    
1512.1 Aceites de girasol o de cártamo, y sus fracciones:    
1512.11 Aceites en bruto
(se elimina la estacionalidad)  
1512.11.10 De girasol   30
1512.2 Aceite de algodón y sus fracciones: Ver cupo asignado en el item 1507.10.00  
1512.21.00 Aceite en bruto, incluso sin el gosipol (Se elimina la estacionalidad) 30
1517 Margarina; mezcla o preparaciones alimenticias de grasas o de aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida 1516.
   
1517.90 Las demás    
1517.90.10 Vegetalina (mantequilla de coco) 50 - Vigente hasta el 31/7/99 50
75 - Vigente desde el 1/8/99 al 31/7/01
100 - Vigente a partir de 1/8/2001
(Inclusión de nuevo producto )
1517.90.20 Mezclas o preparaciones del tipo de las utilizadas como preparaciones para desmoldeo 50 - Vigente desde el 1/8/97 al 31/7/99 50
100 - Vigente a partir del 1/8/2001
(Inclusión de nuevo producto)
2304 Tortas y demas residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en "pellets".    
2304.00.00 Tortas y demas residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en "pellets".   100
2306 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas 2304 ó 2305.
   
2306.10.00 De algodón   100
2306.30.00 De girasol (Se elimina el cupo) 100