OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 57/96: Buenas pr�cticas de fabricaci�n de soluciones parenterales de gran vol�men


VISTO:

El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, la Resoluci�n N�/ 52/94 del Grupo Mercado Com�n y la Recomendaci�n N� 25/96 del SGT N� 3 � Reglamentos T�cnicos�

CONSIDERANDO:

Que en la reuni�n ordinaria de la Comisi�n Productos para la Salud del SGT N� 3, Reglamentos T�cnicos, realizada en Montevideo del 10 al 13 de junio de 1996, se consideraron y aprobaron modificaciones al Documento A1/91 - Soluciones Parenterales de Gran Volumen referidas al Anexo A - Buenas Pr�cticas de Fabricaci�n Soluciones Parenterales de Gran Volumen - Item A5 Gu�a para Inspecciones.

Que dicho Documento constituye el Anexo I de la Resoluci�n N� 52/94 del GMC - Soluciones Parenterales de Gran Volumen - Documento A1/91.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art�culo 1. Aprobar el Documento que constituye el Anexo I de la presente Resoluci�n el cual reemplaza el item A5 del Anexo I de la Resoluci�n N� 52/94 GMC.

Art�culo 2. Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n a trav�s de los siguientes organismos:

Argentina:

ANMAT - Administraci�n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog�a M�dica.

Brasil:

Secretaria de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud.

Paraguay:

Direcci�n de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud P�blica y Bienestar Social.

Uruguay:

Ministerio de Salud P�blica.

Art�culo 3. La presente Resoluci�n entrar� en vigencia en el Mercosur el 30 de agosto de 1996.

XXII GMC - Buenos Aires, 21/VI/1996.