OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 45/96: Reglamento vitivin�cola del Mercosur


VISTO:

El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, la Resoluci�n N� 91/93 del Grupo Mercado Com�n, y la Recomendaci�n N� 1/96 del SGT N� 8 �Agricultura�.

CONSIDERANDO:

La existencia de legislaciones nacionales de los Estados Partes que preservan la identidad vitivin�cola;

La necesidad de contar con una norma regional que favorezca la circulaci�n de productos vitivin�colas entre los Estados Partes;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art�culo 1. Aprobar el �Reglamento Vitivin�cola del MERCOSUR� que se adjunta como anexo a la presente Resoluci�n.

Art�culo 2. Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n a trav�s de los siguientes organismos:

Argentina:

Instituto Nacional de Vitivinicultura (I.N.V.)

Secretar�a de Agricultura, Pesca y Alimentaci�n (SAPyA)

Brasil:

Ministerio de Agricultura y de Abastecimiento (MAA)

Paraguay:

Ministerio de Agricultura y Ganader�a (MAG)

Ministerio de Industria y Comercio (MIC)

Uruguay:

Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI)

Ministerio de Ganader�a, Agricultura y Pesca (MGAP)

Art�culo 3. La presente Resoluci�n entrar� en vigor en el Mercosur el 1� de agosto de 1996.

XXII GMC - Buenos Aires, 21/VI/1996