OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 28/96: Aditivos alimentarios (lactitol)


VISTO:

El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N� 17/93, 19/93, 91/93 y 104/94 del Grupo Mercado Com�n y la Recomendaci�n N� 1/96 del SGT N� 3 �Reglamentos T�cnicos�

CONSIDERANDO:

Que la Resoluci�n 104/94 omiti� involuntariamente en su Art�culo 1� la incorporaci�n del aditivo Lactitol (INS 966)

Que para dicha incorporaci�n se verific� dar cumplimiento a lo establecido en los Criterios de Inclusi�n de Aditivos Alimentarios (Res 17/93 del GMC)

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art�culo 1. Aprobar la incorporaci�n del aditivo INS 966, Lactitol, a la Lista General de Aditivos Alimentarios del MERCOSUR.

Art�culo 2. Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n a trav�s de los siguientes organismos:

Argentina:

Ministerio de Salud y Acci�n Social

Ministerio de Econom�a y Obras y Servicios P�blicos

- Secretar�a de Agricultura, Pesca y Alimentaci�n

- Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (IASCAV)

- Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA)

- Secretar�a de Industria

- Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)

Brasil:

Minist�rio da Sa�de Minist�rio de Agricultura e do Abastecimento

Paraguay:

Ministerio de Salud P�blica y Bienestar Social

Ministerio de Agricultura y Ganader�a

Uruguay:

Ministerio de Salud P�blica

Ministerio de Ganader�a, Agricultura y Pesca

Ministerio de Industria, Energ�a y Miner�a.

- Laboratorio Tecnol�gico del Uruguay (LATU)

Art�culo 4. La presente Resoluci�n entrar� en vigor en el Mercosur en un plazo m�ximo de 90 (noventa) d�as a partir de su aprobaci�n.

XXIII GMC - Buenos Aires, 21/VI/1996.