OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 27/93: Envases y equipamientos met�licos en contacto con alimentos.


VISTO

El Artículo 13 del Tratado de Asunci�n, el Artículo 10 de la Decisi�n N� 4/91 y las Recomendaciones N� 4/92 y N� 21/93 del Subgrupo de Trabajo N� 3 "Normas T�cnicas".

CONSIDERANDO

Que habi�ndose fijado en el Anexo "Dispocisiones Generales para Envases y Equipamientos en Contacto con Alimentos" de la Resoluci�n N� 3/92 del Grupo Mercado Com�n que los envases y equipamientos met�licos en contacto con alimentos deben cumplir los requisitos establecidos en un Reglamento T�cnico espec�fico.

Que de acuerdo a este criterio, se considera conveniente disponer de una reglamentaci�n com�n sobre los envases y equipamientos mencionados precedentemente.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE :

Art�culo 1 - Los envases y equipamientos met�licos destinados a entrar en contacto con alimentos que se comercialicen entre los Estados Partes del MERCOSUR deber�n cumplir con las exigencias establecidas en el Reglamento T�cnico adjunto "Disposiciones sobre Envases y Equipamientos Met�licos en Contacto con Alimentos".

Art�culo 2 - Lo establecido en el Artículo 1 no se aplicar�� obligatoriamente a los alimentos envasados destinados a la exportaci�n a terceros pa�ses.

Art�culo 3 - Los Estados Partes del MERCOSUR pondr�n en vigencia las dispocisiones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n y comunicar�n el texto de las mismas al Grupo Mercado Com�n a trav�s de la Secretar�a Administrativa.

DISPOSICIONES SOBRE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS METALICOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS

1. ALCANCE

Este documento se aplica a envases, tapas y equipamientos elaborados con materiales met�licos, revestidos o no, que entran en contacto con alimentos y sus materias primas durante su producci�n, elaboraci�n, transporte, distribuci�n y almacenamiento.

2. DISPOSICIONES GENERALES

2.1 El prudente documento se aplica a los siguientes envases y equipamientos:

2.1.1 Compuestos exclusivamente de materiales met�licos ferrosos o no ferrosos.

2.1.2 Compuestos de materiales ferrosos o no ferrosos recubiertos exclusivamente con revestimientos met�licos.

2.1.3 Compuestos de materiales ferrosos o no ferrosos presentando o no revestimientos met�licos y recubiertos en una o en ambas caras por revestimientos polim�ricos, o sometidos a una operaci�n de aceitado. En el caso de materiales sin revestimiento met�lico, ambas caras deben presentar revestimiento polim�rico.

2.2 Cuando se considere necesario, el material met�lico podr�� ser protegido internamente con barnices, lacas, esmaltes o cualquier otro revestimiento polim�rico que se ajuste a las exigencias de esta Resoluci�n. Solamente podr�n ser utilizados en la fabricaci�n de revestimientos polim�ricos para envases y equipamientos objeto de esta Resoluci�n, las sustancias incluidas en las listas positivas de pol�meros y aditivos para materiales pl�sticos en contacto con alimentos con sus correspondientes restricciones de uso, establecidos en la Resoluci�n MERCOSUR correspondiente.

Adem�s se podr�n usar las sustancias descritas en este documento, cuyo grado de pureza sea compatible con su utilizaci�n, debiendo ser cumplidas las condiciones y limites de tolerancia de empleo especificamente indicadas.

2.3 Las sustancias contenidas en estas listas y sus l�mites de migraci�n de metales podr�n ser modificadas cuando conocimientos t�cnicos o cient�ficos posteriores indiquen cualquier riesgo para la salud p�blica, o para permitir la inclusi�n de nuevas sustancias.

2.4 Para el pintado, decoraci�n y esmaltado de los envases y equipamientos objeto de esta Resoluci�n, solamente son permitidos los colorantes y pigmentos que cumplan con las Resoluciones MERCOSUR sobre pigmentos y colorantes para materiales pl�sticos.

2.5 Los envases y equipamientos met�licos con o sin revestimientos polim�rico, en las condiciones previstas de uso, no ceder�n a los alimentos sustancias indeseables, t�xicas o contaminantes que representen riesgo para la salud humana, en cantidades superiores a los limites de migraci�n total y especifica establecidos en las Resoluciones MERCOSUR correspondientes.

2.6 Los envases y equipamientos met�licos no podr�n ocasionar modificaciones inaceptables en la composici�n de los alimentos o en los caracteres sensoriales de los mismos.

2.7 Las tintas de impresi�n as� como los barnices y esmaltes utilizados en la cara externa de los envases y equipamientos met�licos, no estar�n sujetos a las disposiciones de esta Resoluci�n siempre que no entren en contacto directo con los alimentos.

2.8 Los l�mites de migraci�n total que deber�n cumplir todos los envases y equipamientos met�licos en contacto con alimentos son los siguientes:

2.8.1 En el caso de envases y equipamientos con revestimientos polim�ricos, deber�n ser cumplidos los l�mites de migraci�n total establecidos en la Resoluci�n GMC 56/92, siguiendo la metodolog�a descrita en Las Resoluciones GMC 30/92 y 36/92.

2.8.2 De acuerdo con la composici�n del material met�lico constituyente del envase o equipamiento, deben ser cumplidos los limites de migraci�n de los elementos abajo mencionados, siendo obligatorio el an�lisis de antimonio, ars�nico y plomo para todos los casos.

Antimonio m�x 2 mg/kg

Ars�nico (en alimentos l�quidos) 0,1 mg/kg

(en alimentos s�lidos) 1 mg/kg

Boro m�x 80 mg/kg

Cinc m�x 100 mg/kg

Cobre m�x 10 mg/kg

Esta�o m�x 150 mg/kg

Fl�or m�x 1,5 mg/kg

Plata m�x 1 mg/kg

Plomo m�x 2 mg/kg

 

La metodolog�a para la realizaci�n de los ensayos de migraci�n de dichos elementos se encuentra descrita en esta Resoluci�n.

2.9 Los envases y equipamientos met�licos revestidos con barnices o esmaltes que contengan compuestos fen�licos en su formulaci�n, deben ser sometidos a la determinaci�n de migraci�n espec�fica de fenol, cuya metodolog�a y limites est�n descritos en la Resoluci�n MERCOSUR correspondiente.

2.1

. Para los revestimientos polim�ricos utilizados para la protecci�n interna de envases met�licos, los ensayos de migraci�n total y espec�fica se realizar�n con los mismos aplicados sobre el sustrato met�lico para el cual se destinan.

2.11 Los usuarios de envases y equipamientos met�licos con revestimientos polim�ricos internos destinados a entrar en contacto directo con alimentos solamente podr�n usar aquellos aprobados por la autoridad competente.

2.12 Todo material, esmaltado, esta�ado, barnizado o tratado debe presentar su superficie revestida de acuerdo con las buenas pr�cticas de fabricaci�n, pera asegurar la protecci�n del alimento. Son permitidos los envases con barnizado parcial de si interior o con exposici�n intencional de un filete de esta�o t�cnicamente puro, cuando las caracter�sticas del alimento a ser envasado as� lo requieran.

2.13 Los envases de tres piezas pueden presentar costura lateral agrafada o de superposici�n, pudiendo esta costura ser realizada con:

2.13.1 agrafado mec�nico

2.13.2 soldadura el�ctrica

2.13.3 aleaciones esta�o-plomo

2.13.4 esta�o t�cnicamente puro

2.13.5 cementos termopl�sticos que cumplan con las listas positivas de pol�meros y aditivos para materiales pl�sticos en contacto con alimentos, con las correspondientes restricciones de uso.

2.14 Las tapas met�licas deber�n asegurar la hermeticidad del envase, para lo cual se permite el uso de compuestos sellantes que contengan talco, magnesia y otros productos inocuos incluidos en las listas positivas para elast�meros (gomas, cauchos, etc.) con sus restricciones de uso, de la Resoluci�n MERCOSUR correspondiente. Este requisito no ser�� necesario para los alimentos que por su composici�n no requieren ser esterilizados para su conservaci�n.

2.15 Queda permitido el empleo de envases de hojalata retornables para galletitas (en portugu�s: biscoitos). Dichos envases no presentar�n zonas de dif�cil acceso limpiadores, debiendo desecharse cuando se encuentren oxidados, machacados, deformados, con la identificaci�n comercial alterada o cuando gen�ricamente mostraren alteraciones que hagan perder la finalidad de protecci�n del contenido y su condici�n de bromatologicamente aptos.

2.16 Los establecimientos usuarios de envases met�licos retornables para galletitas deber�n estar habilitados para tal fin por la autoridad competente.

Para la habilitaci�n se requerir�� que dispongan de un �rea y equipamiento especiales destinados a la higienizaci�n de los envases retornados, y su metodolog�a de control.

3. LISTAS POSITIVAS

En la elaboraci�n de envases y equipamientos met�licos, podr�n ser empleados los siguientes materiales:

3.1 Materias primas met�licas sin autorizaci�n previa:

3.1.1. Acero y sus aleaciones inoxidables

3.1.2. Hierro fundido o batido

3.1.3. Acero o hierro galvanizado

3.1.4. Aluminio t�cnicamente puro y sus aleaciones

3.1.5. Acero cromado protegido con revestimientos polim�ricos

3.1.6. Acero no revestido (chapa negra) protegido con revestimientos polim�ricos.

3.1.7. Cobre, lat�n o bronce revestidos integramente por una capa de oro, plata, n�quel, cromo o esta�o t�cnicamente puros.

3.1.8. Esta�o, n�quel, cromo y otros metales t�cnicamente puros y sus aleaciones con metales inocuos.

3.1.9. Hierro enlozado o esmaltado que cumpla con las exigencias de la Resoluci�n GMC 55/92 relativa a vidrio y cer�mica.

NOTA: Las materias primas met�licas mencionadas anteriormente no deben contener m�s de 1% de impurezas constituidas por plomo, antimonio, cinc u otros metales considerados en conjunto y no m�s de 0,01% de ars�nico u otra sustancia considerada nociva por la autoridad competente.

3.1.1

Hojalata que cumpla con las siguientes exigencias:

3.1.1

1. Envases no barnizados internamente

(a) Para productos alimenticios en general: la superficie en contacto directo con los alimentos debe presentar como m�nimo una masa nominal de 5,6 g de esta�o por metro cuadrado.

(b) Para productos alimenticios s�lidos relativamente secos (polvos, granulados, etc) y aceites: la superficie en contacto directo con los alimentos debe presentar como m�nimo una masa nominal de 1,1 g de esta�o por metro cuadrado.

3.1.1

2. Envases barnizados internamente

(a) Para productos alimenticios en general: la superficie en contacto directo con los alimentos debe presentar como m�nimo una masa nominal de 2,8 g de esta�o por metro cuadrado.

En casos particulares, sujetos a aprobaci�n previa de la autoridad competente, se permite la utilizaci�n de revestimientos con menor masa de esta�o.

(b) Para productos alimenticios s�lidos relativamente secos (polvos, granulados, etc) y aceites: la superficie en contacto directo con los alimentos debe presentar como m�nimo una masa nominal de 1,1 g de esta�o por metro cuadrado.

En casos particulares, sujetos a aprobaci�n previa de la autoridad competente, se permite la utilizaci�n de revestimientos con menor masa de esta�o.

3.2 Materias primas met�licas con autorizaci�n previa.

Se permite la utilizaci�n de equipamientos met�licos fabricados con cobre, lat�n y bronce sin revestimiento para usos particulares siempre que sean aprobados por la autoridad competente.

3.3 Materias primas para revestimientos polim�ricos

Podr�n ser utilizadas las sustancias previstas en las listas positivas de pol�meros y aditivos para materiales pl�sticos con sus restricciones de uso.

4. Coadyuvantes de fabricaci�n.

Podr�n ser utilizados los aceites lubricantes incluidos en las listas positivas de pol�meros y aditivos para materiales pl�sticos con sus restricciones de uso.

4. METODOS DE ENSAYO

4.1 DETERMINACION DE MIGRACION TOTAL EN ENVASES Y EQUIPAMIENTOS METALICOS CON REVESTIMIENTOS POLIMERICOS

4.1.1 Clasificaci�n de los alimentos: seg�n Resoluci�n GMC 3

/92.

4.1.2 Condiciones para el ensayo de migraci�n: seg�n Resoluci�n GMC 36/92.

4.1.3 Simulantes de alimentos: seg�n Resoluci�n GMC 3

/92.

4.1.4 Procedimiento

El procedimiento de ensayo es el mismo descrito en la Resoluci�n GMC 36/92, con la salvedad que el barniz o esmalte debe ser aplicado sobre el sustrato met�lico para el cual se destina. En el caso que el resultado encontrado en el ensayo de migraci�n total sea superior al l�mite establecido, deber�� ser efectuada la extracci�n con cloroformo para correcci�n por migraci�n de metales, descrita a continuaci�n.

Se agrega 50ml de cloroformo al residuo proveniente del ensayo de migraci�n total y se calienta en ba�o Maria para disolverlo completamente. Se enfr�a. Se filtra con papel de filtro cuantitativo a una c�psula tarada, evaporando completamente. Se seca en estufa y se pesa, repitiendo el procedimiento hasta masa constante. Paralelamente se efectuara un ensayo en blanco, para obtener la masa del residuo corregida (R').

4.1.5 Expresi�n de los resultados:

Cuando el ensayo de migraci�n sea efectuado con material met�lico gen�rico, se debe utilizar la siguiente formula:

R' S

Q = --- . ---

A V

donde:

Q migraci�n total, en mg/kg

R' masa del residuo corregido, en mg

A �rea total de la muestra en contacto con el simulante, en dm2

S --- relaci�n �rea masa de agua correspondiente al volumen de V contacto real entre el material y el alimento, en dm2/kg de agua.

Cuando el ensayo de migraci�n sea efectuado con el envase final o con tapas, entonces A=S y la f�rmula se reduce a :

R'

Q = ---

V

donde:

Q migraci�n total, en mg/kg

R' masa del residuo corregido, en mg.

V masa de agua correspondiente al volumen del envase, en kg.

La migraci�n puede tambi�n ser expresada en mg/dm2, mediante la siguiente f�rmula :

donde :

Q' migraci�n total, en mg/dm2

R' masa del residuo corregido, en mg

A �rea total de contacto entre la muestra y el simulante, en dm2.

4.1.6 Limites de migraci�n total.

Los limites de migraci�n total establecidos son 50 mg/kg u 8 mg/dm2, de acuerdo con la forma de expresi�n de los resultados.

4.1.7 Tolerancias anal�ticas.

Las tolerancias anal�ticas ser�n las siguientes: 5 mg/kg o 0,8 mg/dm2 de acuerdo con la forma de expresi�n de los resultados.

4.1.8 Residuo soluble en cloroformo corregido por cinc:

Para barnices que contengan �xido de cinc, si la migraci�n total excede los l�mites establecidos, proceder a la determinaci�n del residuo soluble en cloroformo corregido por cinc, de acuerdo a como se describe a continuaci�n:

Cuando el ensayo de migraci�n sea efectuado con el envase final o con tapas, entonces A=S y la f�rmula se reduce a:

R'

Q = ---

V

donde :

Q migraci�n total, en mg/kg

R' masa del residuo corregido, en mg.

V masa de agua correspondiente al volumen del envase, en kg.

La migraci�n puede tambi�n ser expresada en mg/dm2, mediante la siguiente f�rmula

R'

Q' = ---

A

donde :

Q' migraci�n total, en mg/dm2

R' masa del residuo corregido, en mg

A �rea total de contacto entre la muestra y el simulante, en dm2.

4.1.6 Limites de migraci�n total.

Los l�mites de migraci�n total establecidos son 5

mg/kg u 8 mg/dm2, de acuerdo con la forma de expresi�n de los resultados.

4.1.7 Tolerancias anal�ticas.

Las tolerancias anal�ticas ser�n las siguientes: 5 mg/kg o 0,8 mg/dm2 de acuerdo con la forma de expresi�n de los resultados.

4.1.8 Residuo soluble en cloroformo corregido por cinc:

Para barnices que contengan �xido de cinc, si la migraci�n total excede los l�mites establecidos, proceder a la determinaci�n del residuo soluble en cloroformo corregido por cinc, de acuerdo a como se describe a continuaci�n:

Se calcina el residuo obtenido en c�psula de platino por calentamiento sobre mechero tipo Meker o en mufla a temperatura equivalente, para destruir la materia org�nica y se deja a rojo vivo por aproximadamente un minuto. Se enfria al aire durante 3 minutos y luego en un desecador durante 30 minutos. Se pesa con precisi�n de 0,1 mg. Esta ceniza se analiza para determinar cinc de acuerdo con el m�todo A.O.A.C. u otro equivalente. Se expresa el contenido de cinc en la ceniza como oleato de cinc, y se resta esta cantidad del residuo soluble en cloroformo (R'), para obtener el valor de residuo soluble en cloroformo corregido por cinc (R"). Este R" sustituye a R' en las ecuaciones anteriores.

4.2 Determinaci�n de la migraci�n especifica de metales

El ensayo de un envase met�lico con o sin revestimiento polim�rico interno incluir� el an�lisis de los metales descritos en el �tem 2.8.2 de este Resoluci�n de acuerdo con el tipo de material met�ico, por espectrofotometr�a de absorci�n at�mica o por los m�todos colorim�tricos alternativos de la A.O.A.C. Estos m�todos se encuentran descritos en la Resoluci�n MERCOSUR correspondiente. Todos los, reactivos utilizados deben ser certificados en cuanto al contenido de metales.

4.2.1 Simulantes y preparaci�n de muestra.

Para la realizaci�n de los ensayos de migraci�n espec�fica de metales se clasifican los alimentos y se asignan los respectivos simulantes de la siguiente forma:

Tipo A

Alimentos acuosos ��cidos y no ��cidos, esterilizados en el envase por acci�n del calor, que pueden contener sal y/o az�car e incluir emulsiones aceite/agua, o bajo tenor de grasas: estos productos deben ser ensayados con una soluci�n acuosa conteniendo 3% de cloruro de sodio, 1

% de sacarosa y 1% de �cido c�trico monohidratado, con la que se llenar� el envase. Se debe mantener el envase cerrado, conteniendo la soluci�n, en ba�o de agua por 2 horas a 100�C o en autoclave durante 30 minutos a 120�C.

Tipo B

Alimentos de composici�n similar a los de Tipo A, que no sufren tratamiento t�rmico: estos alimentos deben ser ensayados con el mismo simulante a los de tipo A, manteniendo los envases durante 24 horas a 80�C.

Tipo C

Alimentos (bebidas) con un contenido de alcohol superior al 4%: estos productos deben ser ensayados con una soluci�n acuosa de etanol al 8% conteniendo 0,5% de �cido tart�rico, manteni�ndose el envase durante 48 horas a 40�C.

NOTAS:

(*) En todos los casos el espacio libre bruto del envase en ensayo no debe ser superior a 6-7% de su volumen total. El cierre herm�tico debe hacerse despu�s del llenado con la soluci�n calentada a 80�C.

(*) En el caso de ensayo de tapas para envases de vidrio, se debe adoptar el mismo procedimiento, utilizandose el envase correspondiente en posici�n invertida de modo de permitir el contacto del material en ensayo con el simulante. En este caso, cuando se trate de alimentos tipo A, las condiciones de extracci�n deben ser en ba�o de agua por 2 horas a 100�C.

(*) En el caso de equipamientos met�licos, deben ser empleadas las condiciones reales de uso.