OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 01/92: Control integrado de frontera


VISTO

El Tratado de Asunci�n suscripto el 26 de marzo de 1991, la Res. GMC N� 2/91 y lo recomendado por el Subgrupo de Trabajo N� 2 - Asuntos Aduaneros en el Acta N� 5/92, y

CONSIDERANDO

Que en la mencionada Resoluci�n se resolvi� implementar el control integrado de frontera en los puntos habilitados para el transporte internacional de los Estados Parte del Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR);

Que el Subgrupo de Trabajo N� 2-Asuntos Aduaneros acord� la instalaci�n de nuevos controles integrados de frontera en los pasos fronterizos entre las localidades de Paso de los Libres - Uruguayana, Puerto Iguazu-Foz de Iguazu, Foz de Iguazu-Ciudad del Este, Ponta Por� y Pedro Juan Caballero y Clorinda-Puerto Falc�n;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

ARTICULO 1. La totalidad de los controles intergrados en frontera implementados o a implementarse deben encontrarse en pleno funcionamiento antes del 1 de enero de 1993.