OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N

MERCOSUR/GMC/RES N� 13/00 - Subgrupo de Trabajo N� 12 "Inversiones"


VISTO: el Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N� 11/93 y 11/94 del Consejo del Mercado Com�n, las Resoluciones N� 20/92, 20/95 y 38/95 del Grupo Mercado Com�n. 

CONSIDERANDO:

Que los flujos de inversi�n han adquirido un rol fundamental en el escenario econ�mico internacional actual;

Que la creaci�n de un espacio econ�mico ampliado requiere analizar las pol�ticas vinculadas con las inversiones;

Que resulta fundamental evitar la existencia de tratamientos diferenciales que alteren las condiciones de competencia en la regi�n y distorsionen el flujo de inversiones provenientes de extra zona;

Que la localizaci�n de las inversiones en el espacio MERCOSUR debe favorecer a la asignaci�n m�s eficiente de los recursos regionales, teniendo en cuenta la situaci�n de las zonas o regiones de menor desarrollo;

Que el establecimiento de condiciones favorables para las inversiones estimular� la cooperaci�n econ�mica y favorecer� el proceso de integraci�n;

Que una mayor seguridad jur�dica incentiva la atracci�n de inversiones a la regi�n;

Que resulta conveniente contar con un �mbito espec�fico para coordinar las posiciones de los Estados Partes en relaci�n a las negociaciones sobre inversiones en los distintos foros internacionales;

Que se requiere una mayor coordinaci�n en el tratamiento de la tem�tica de los servicios y de las inversiones;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art. 1 - Crear el Subgrupo de Trabajo N� 12 "Inversiones".

Art. 2 - Dicho Subgrupo de Trabajo tendr� por funciones: 

  • Analizar las dificultades encontradas por los Estados Partes para la aprobaci�n e implementaci�n del Protocolo de Colonia y del Protocolo de Buenos Aires, y recomendar cursos de acci�n al respecto. 

  • Analizar la influencia de la Inversi�n Intra-Regional (IIR) y la Inversi�n Extranjera Directa (IED) sobre la reestructuraci�n de las empresas en el mercado regional yrecomendar cursos de acci�n.

  • Analizar las pol�ticas de inversiones para zonas o regiones de menor desarrollo dentro de los Estados Partes y recomendar cursos de acci�n al respecto.

  • Comparar las metodolog�as para el relevamiento de la informaci�n estad�stica en los Estados Partes.

  • Elaborar informes cuatripartitos relativos a los flujos de inversi�n en la regi�n, incluyendo:
    - An�lisis de la evoluci�n de la inversi�n intra-regional (IIR) enel MERCOSUR, incluyendo sus fuentes de financiamiento.
    - An�lisis de la evoluci�n de la inversi�n extranjera directa (IED) en el MERCOSUR.

  • Realizar un seguimiento de las negociaciones sobre Inversiones en el plano internacional, particularmente en los procesos de integraci�n regional; y coordinar las posiciones de los Estados Partes del MERCOSUR enlos foros internacionales en los que participen.

  • Relevar las reglas y disciplinas generales aplicables a lasinversiones en el territorio de cada uno de los Estados Partes.

  • Coordinar sus trabajos con otros �rganos MERCOSUR.

  • Otros temas que el Grupo Mercado Com�n le solicite.


Art. 3 - Se deroga la Resoluci�n GMC N� 20/92.

Art. 4 - Este Subgrupo de Trabajo deber� presentar un informe sobre el avance de sus trabajos al Grupo Mercado Com�n en todassus reuniones ordinarias.


XXXVII GMC - Buenos Aires, 5/IV/00