OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

MERCOSUR/CMC/DEC Nº 28/02 : ACUERDOS EMANADOS DE LA XXII REUNIÓN DE MINISTROS DEL INTERIOR DEL MERCOSUR, DE LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y DE LA REPÚBLICA DE CHILE


VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 7/91, 14/96 y 12/97 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que en los términos del Artículo 8, inciso VI del Protocolo de Ouro Preto, compete al Consejo pronunciarse sobre los Acuerdos remitidos por las Reuniones de Ministros;

Que los avances alcanzados en el ámbito de la Reunión de Ministros del Interior, son esenciales para la consolidación del MERCOSUR.

El CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:

Art. 1 –Aprobar la firma de los siguientes Acuerdos emanados de la XXII Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, de la República de Bolivia y de la República de Chile.

Acuerdo N° 11/02 – Regularización Migratoria Interna de Ciudadanos del MERCOSUR.

Acuerdo N° 12/02 – Regularización Migratoria Interna de Ciudadanos del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

Acuerdo N° 13/02 – Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR.

Acuerdo N° 14/02 – Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

Art. 2 –Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.


XXIII CMC – Brasilia, 06/XII/02