OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 03/96: ACORDO DE COMPLEMENTAÇÃO ECONÔMICA MERCOSUL-CHILE


             VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto y el Tratado de Montevideo de 1980.

CONSIDERANDO

Que los Estados Partes del Mercosur, al suscribir el Tratado de Asunción, han dado un paso significativo para desarrollar en forma progresiva la integración de América Latina según los objetivos del Tratado de Montevideo de 1980.

Que la constitución de una Zona de Libre Comercio con la República de Chile permitirá a ambas Partes profundizar, en forma sustancial, las relaciones económicas y de cooperación existentes.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE

Art. 1 - Aprobar el texto del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Chile y los respectivos anexos, que entrarán en vigencia el 1º de octubre de 1996.

Art. 2 - Solicitar a los Gobiernos de los Estados Partes que instruyan a sus respectivas Representaciones ante ALADI para que protocolicen, en el ámbito de la Asociación, el Acuerdo mencionado en el Artículo 1 de la presente Decisión.

X CMC, San Luis, 25/VI/1996