OEA

DECISION 521
Modificación de la Decisión 378 sobre Valoración Aduanera

LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTAS: La Decisión 378 de la Comisión y la Propuesta 62/Rev. 1 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO: Que es necesario aclarar la normativa andina en materia de valoración aduanera;

DECIDE:

Artículo Unico.- Sustituir el artículo 2 de la Decisión 378 por el siguiente:

“Artículo 2.- Los Países Miembros, conforme lo permite el numeral 2 del Anexo III del Acuerdo del Valor del GATT de 1994, podrán valorar las mercancías sobre la base de valores mínimos de manera limitada y transitoria.”


Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los siete días del mes de junio del año dos mil dos