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Acta de Barahona

VI Reunión del Consejo Presidencial Andino
Cartagena de Indias, 3-5 de diciembre de 1991



Los Presidentes de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, reunidos en Cartagena de
Indias, los días 3, 4 y 5 de diciembre de 1991, con ocasión del VI Consejo Presidencial Andino,
examinaron las acciones desarrolladas desde la suscripción del Acta de Caracas con miras a la
profundización de la integración subregional, la revisión institucional de los organismos del
sistema subregional de integración, la proyección externa del Grupo Andino y los avances en
temas sociales y sectoriales complementarios del proceso.

Luego del análisis de las diversas acciones, DECIDIERON:

1. INTEGRACION COMERCIAL ANDINA
a) Zona de Libre Comercio

La Zona de Libre Comercio entrará a regir el 1 de enero de 1992. En el caso de Ecuador y Perú comenzará a regir el 1 de julio de 1992.

b) Arancel Externo Común
i. El Arancel Externo Común se aplicará con base en cuatro (4) niveles arancelarios: 5%, 10%, 15% y 20%. Bolivia podrá mantener niveles de 5% y 10%.

El tratamiento arancelario para los productos del sector agrícola será definido en el marco de la política agrícola común. En el caso de los vehículos automotores, Colombia, Ecuador y Venezuela adoptarán un Arancel Externo Común con un tope máximo de 40% hasta el 1 de enero de 1994, fecha a partir de la cual, éste será de 25%.

Los productos no producidos a nivel subregional podrán exceptuarse de la aplicación del Arancel Externo Común difiriéndolos a un nivel arancelario del 5%.

Para las materias primas e insumos no producidos o de producción insuficiente en la Subregión, los Países Miembros negociarán una lista reducida para la cual el AEC se diferirá comunitariamente a un nivel de 0%.

ii. Los criterios para la inclusión de los productos del universo arancelario en los respectivos niveles se definirán por parte de la Comisión conforme al grado de elaboración.

iii. El Arancel Externo Común, definido según los criterios mencionados en los puntos 1 y 2, entrará en vigencia el 1 de enero de 1992 y se mantendrá hasta el 1 de enero de 1994, fecha en la cual será sustituido por niveles de 5%, 10% y 15%, pudiendo mantener Bolivia el arancel de 5% y 10%.

c) Lista de Excepciones

Se acepta el desmonte de la totalidad de las listas de excepciones a partir del 1 de enero de 1993. El Ecuador desmontará la totalidad del residual de la siguiente forma: 30 subpartidas a más tardar el 1 de enero de 1993; 30 subpartidas a más tardar el 1 de enero de 1994; y las 40 subpartidas restantes a más tardar el 30 de junio de 1994.

Los Presidentes de los Países Miembros recomiendan la no aplicación en lo posible de las cláusulas de salvaguardia de ningún tipo a las importaciones de productos originarios de Bolivia y, asimismo, aplicarán lo dispuesto en el Artículo 58 del Acuerdo en el sentido de que sus propias Listas de Excepciones no afectarán las exportaciones procedentes de Bolivia.

d) Incentivos a las Exportaciones

Con el propósito de asegurar condiciones equitativas de competencia entre los Países Miembros, promover los intercambios comerciales y perfeccionar la Unión Aduanera Andina, a más tardar el 31 de diciembre de 1992 se eliminarán los subsidios cambiarios, financieros y fiscales referidos a impuestos directos. Igualmente, se eliminarán a más tardar en esa fecha los Regímenes Aduaneros en tanto vulneren el margen de preferencia subregional.

Se resuelve crear una Comisión de Alto Nivel integrada por representantes de los Países Miembros y la Junta, la cual identificará los productos o sectores cuya producción o comercio intrasubregional podrían verse perjudicados por prácticas que distorsionen la competencia.

Dicha Comisión propiciará que los Gobiernos o empresas donde se originan las prácticas asuman compromisos conducentes a eliminarlas o atenuar sus efectos. De no llegarse a dicha solución, la Junta sumariamente autorizará al País Miembro afectado, a adoptar las medidas compensatorias requeridas para corregir las distorsiones derivadas de las prácticas.

Con este mecanismo se buscará no sólo actuar expost en aplicación de la normativa de competencia sino también prevenir la ocurrencia de perjuicios, actuando en casos puntuales de distorsiones en tanto no se asuman plenamente los compromisos de armonización de políticas económicas. La Junta, por resolución, expedirá el Reglamento correspondiente para que entre en aplicación a más tardar el 15 de enero de 1992.

2. ARMONIZACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS

Instruir a los Ministros del área económica y Presidentes de Bancos Centrales para que, en el
término de 60 días, se reúnan con carácter de Comisión, con el fin de considerar la Propuesta de
la Junta sobre los lineamientos generales de armonización de políticas macroeconómicas y
aprobar un programa de acción en los campos de su competencia.

3. RELACIONES EXTERNAS
a) Relaciones con América Latina, el Caribe y terceros países.

Manifestar su voluntad de seguir promoviendo los procesos de integración subregional en marcha e intensificar la cooperación entre ellos, con el fin de que al culminar la década esté plenamente conformada la zona hemisférica de libre comercio.

Sobre este particular, se autoriza a los países a negociar una preferencia arancelaria bilateral o regional para todos los socios de la ALADI, Centroamérica y el Caribe, con base en las siguientes consideraciones:
i. El Grupo Andino aspira a contribuir decididamente al fortalecimiento de la integración económica regional y a la conformación de un espacio económico latinoamericano.

ii. A este respecto, las negociaciones con los países de América Latina y el Caribe tendrán un carácter preferentemente comunitario a los fines de que en éstas participe el Grupo Andino en conjunto.

iii. Se acuerda invitar a México a negociar comunitariamente un acuerdo comercial, a partir de los entendimientos alcanzados hasta la fecha entre Colombia, México y Venezuela en el marco del Grupo de los Tres. Asimismo, se decide invitar a Chile,
a los países miembros de MERCOSUR y a otros países de América Latina y el Caribe, a iniciar discusiones con el Grupo Andino en su conjunto, con miras a ampliar las relaciones comerciales regionales y avanzar hacia la progresiva consolidación de un espacio económico latinoamericano.

iv. En caso que no sea posible negociar comunitariamente, se podrán celebrar negociaciones de carácter bilateral, en las cuales participe uno o más países del Grupo Andino. En este caso, los Países Miembros participantes mantendrán informados al resto acerca del desarrollo de dichas negociaciones.

v. También se podrán celebrar negociaciones de concesiones no recíprocas de países del Grupo Andino con otros países de la región cuyo menor nivel de desarrollo amerita consideración especial.

vi. Las negociaciones no comunitarias se sujetarán a las consultas exigidas por el Artículo 68 del Acuerdo, para lo cual la Comisión podrá expedir una reglamentación pero en el entendido de que los Países Miembros no podrán objetar posteriormente las negociaciones que se ciñan al procedimiento acordado.


b) Iniciativa para las Américas

Expresar su confianza en que esta Iniciativa avance de manera expedita en las instancias políticas y legislativas aún pendientes en los Estados Unidos para su plena aplicación. Destacaron, asimismo, la importancia de mantener el diálogo político con los Estados Unidos, en torno a la instrumentación en breve plazo de la Iniciativa. Encargaron a la Junta la elaboración de un Proyecto de Memorando de Entendimiento Grupo Andino-Estados Unidos para ser presentado a la consideración de los Países Miembros en enero de 1992.

c) Comunidades Europeas


Encomendar al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores a acelerar los trabajos para adelantar la pronta negociación de un nuevo convenio con las Comunidades Europeas, de modo que pueda ser suscrito con ocasión de la Reunión de Cancilleres del Grupo de Río y las Comunidades Europeas, previsto para mayo de 1992 en Santiago de Chile.

d) Ronda Uruguay

Reiterar la importancia de concluir exitosamente las etapas finales de la Ronda Uruguay con resultados globales y equilibrados, teniendo en cuenta que el mantenimiento de un sistema multilateral de comercio representa la mayor garantía para los países en desarrollo.

e) VIII UNCTAD

Expresar su agrado por la realización de la VIII UNCTAD el próximo año en Cartagena de Indias, así como por la posición conjunta adoptada por los países del Grupo de los 77 en la Declaración de Teherán, la cual recoge los puntos de vista sostenidos por América Latina y el Caribe tendientes a que de Cartagena salga una UNCTAD fortalecida que se constituya en el foro adecuado para el diálogo y cooperación para el desarrollo.

4. PROPIEDAD INTELECTUAL

Se conviene sustituir el artículo 119 de la Decisión 311 por el siguiente texto:

"Los Países Miembros, en sus respectivas legislaciones nacionales o mediante compromisos
adquiridos en el marco de Convenios bilaterales o aquéllos celebrados en el ámbito de
organismos internacionales, podrán fortalecer y ampliar los derechos sobre Propiedad Industrial
conferidos en la presente Decisión, cuando así lo consideren pertinente".

Se eliminaría la Tercera Disposición Transitoria de la Decisión 311, y la Comisión del Acuerdo de
Cartagena hará las reformas que planteen las delegaciones, según el Tratado.

5. ASPECTOS INSTITUCIONALES
a) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para que presente al próximo Consejo Presidencial Andino una propuesta sobre la revisión institucional de los Organismos del Sistema Subregional de Integración. Para tal efecto y con base en los términos de referencia que se elaboren, contrate un estudio sobre la reforma institucional.

b) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para que convoque, en el primer trimestre de 1992, a una Reunión de Plenipotenciarios con miras al examen y suscripción de un Protocolo Modificatorio al Tratado de Creación del Tribunal Andino de Justicia.

c) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores a considerar las reformas que estime necesarias al proyecto de Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del Parlamento Andino, tomando en cuenta las sugerencias presentadas por esa institución.
6. TRANSPORTE Y COMUNICACIONES

Registrar con satisfacción los importantes avances en el establecimiento de las normas para
liberar los sistemas de transporte al interior de la Subregión, como son, entre otras, las normas
técnicas sobre tipología y límites de peso para vehículos de carga destinados al transporte
internacional por carretera; las decisiones sobre transporte internacional de pasajeros por
carretera y el seguro de responsabilidad civil; los progresos en la instalación de los CENAF; la
libertad de acceso a la carga transportada por vía marítima que sea originada y destinada dentro
de la Subregión; la iniciación de acciones para la modernización de la operación portuaria; y la
integración del transporte aéreo.

Con el propósito de superar las dificultades que retardan la efectiva circulación por vía terrestre,
aérea y acuática, instruir a los Ministros de Obras Públicas, Transporte y autoridades aéreas
para que, en un plazo de sesenta días, se reúnan con el fin de adoptar las medidas necesarias
para agilizar el cumplimiento de estos compromisos. En este mismo sentido, encargar a la Junta
la elaboración de un trabajo que identifique las necesidades de financiamiento para superar los
obstáculos que impiden el libre tránsito terrestre entre los Países Miembros, con el fin de ser
presentado al BID.

7. SEGURIDAD SOCIAL

Reconocer los avances realizados en materia de seguridad social por las autoridades nacionales
andinas y las instruyen a continuar las consultas sobre las propuestas adoptadas en su última
reunión. Los Gobiernos de los Países Miembros deberán rendir dentro de sesenta días un informe
sobre la opinión que les merece esta iniciativa, la cual deberá ser considerada en el próximo
Consejo Presidencial Andino.

8. OTROS TEMAS SOCIALES

Instruir a los Ministros de Educación a estudiar la instauración de la Cátedra de la Integración,
dentro del Programa de Difusión y Extensión Formativa sobre la integración andina,
encomendado en el Manifiesto de Cartagena. Igualmente, para que se concluyan los convenios
que permitan la homologación de títulos universitarios.

9. MEDIO AMBIENTE

Crear un Comité Ambiental Andino con base en los resultados de la Primera Reunión de
Autoridades Nacionales del Medio Ambiente, celebrada en Caracas en agosto de 1991.

10. CIENCIA Y TECNOLOGIA

Invitar a los Países Miembros que aún no lo han hecho a participar en el "Programa Bolívar", a fin
de promover proyectos productivos conjuntos y crear las Comisiones Nacionales donde aún no
existen.

11. LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
a) Destacar la respuesta positiva del Presidente Bush a la invitación formulada por el V Consejo Presidencial Andino, en Caracas, de convocar a una Segunda Conferencia Cumbre, para impulsar la cooperación multilateral acordada en la Declaración de Cartagena.

b) Subrayar la necesidad de perfeccionar y ampliar, en esa oportunidad, el marco conceptual y operativo de la Declaración del 15 de febrero de 1990, particularmente en lo que hace referencia al desarrollo alternativo en Bolivia y Perú, aplicable a los campesinos productores de coca de ambos países, cuya condición no puede ser asimilada a la de los narcotraficantes.

c) Manifestar su complacencia por la aprobación en el Congreso de los Estados Unidos de América de la ley que establece el Régimen de Preferencias Comerciales para los Países Andinos (ATPA). El nuevo Régimen, al abrir oportunidades de acceso al mercado estadounidense, fortalece las alternativas de desarrollo económico de nuestros países para una más eficaz lucha contra el narcotráfico, en el marco de los compromisos asumidos en la Declaración de Cartagena de Indias del 15 de febrero de 1990.

Acordaron enviar copia de la parte pertinente de esta Acta al Presidente de los Estados Unidos y al Senado y Cámara de Representantes de ese país, solicitándoles que los beneficios derivados del ATPA se hagan extensivos a Venezuela, país andino de tránsito, involucrado igualmente en la lucha contra el narcotráfico.

d) Crear el Centro Regional Andino de Coordinación e Información para la lucha contra el narcotráfico, para las acciones y objetivos previstos en el Acta de Caracas.
12. LOGOTIPO DEL VI CONSEJO PRESIDENCIAL ANDINO

Acordar la adopción del logotipo de la presente Cumbre Presidencial Andina, como símbolo del
Grupo Andino para todas las actividades que se realicen en el marco de la integración
subregional andina.

13. REVISION TRIMESTRAL DE COMPROMISOS

Encargar al Mecanismo de Coordinación y Seguimiento del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores que efectúe una revisión trimestral sobre el grado de cumplimiento de los
compromisos asumidos en los Consejos Presidenciales Andinos.

14. CORPORACION ANDINA DE FOMENTO

Los Presidentes expresaron su especial agradecimiento al Señor Galo Montaño, Presidente
saliente de la Corporación Andina de Fomento, por las actividades realizadas durante su gestión
al frente de la institución financiera andina.

15. APLICACION INMEDIATA

La Comisión expedirá las decisiones indispensables para garantizar la aplicación inmediata de
las medidas señaladas en los puntos 1 y 3 de forma simultánea al establecimiento de la zona de
libre comercio.

16. SEDE DE LA PROXIMA REUNION

Acoger la invitación del Gobierno del Ecuador para que la próxima reunión del Consejo
Presidencial Andino, se celebre en ese país en la primera semana del mes de junio de 1992 en
Galápagos.

Los Presidentes de Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela manifiestan al Gobierno y pueblo de
Colombia su especial agradecimiento por la hospitalidad recibida durante su permanencia en la
ciudad de Cartagena de Indias.

Suscrita en la ciudad de Cartagena a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos
noventa y uno.



(Fdo.) Jaime Paz Zamora
Presidente de la República de Bolivia

(Fdo.) César Gaviria Trujillo
Presidente de la República de Colombia

(Fdo.) Rodrigo Borja Cevallos
Presidente de la República del Ecuador

(Fdo.) Alberto Fujimori
Presidente de la República del Perú

(Fdo.) Carlos Andrés Pérez Rodríguez
Presidente de la República de Venezuela