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Acta de Barahona

VI Reuni�n del Consejo Presidencial Andino
Cartagena de Indias, 3-5 de diciembre de 1991



Los Presidentes de Bolivia, Colombia, Ecuador, Per� y Venezuela, reunidos en Cartagena de
Indias, los d�as 3, 4 y 5 de diciembre de 1991, con ocasi�n del VI Consejo Presidencial Andino,
examinaron las acciones desarrolladas desde la suscripci�n del Acta de Caracas con miras a la
profundizaci�n de la integraci�n subregional, la revisi�n institucional de los organismos del
sistema subregional de integraci�n, la proyecci�n externa del Grupo Andino y los avances en
temas sociales y sectoriales complementarios del proceso.

Luego del an�lisis de las diversas acciones, DECIDIERON:

1. INTEGRACION COMERCIAL ANDINA
a) Zona de Libre Comercio

La Zona de Libre Comercio entrar� a regir el 1 de enero de 1992. En el caso de Ecuador y Per� comenzar� a regir el 1 de julio de 1992.

b) Arancel Externo Com�n
i. El Arancel Externo Com�n se aplicar� con base en cuatro (4) niveles arancelarios: 5%, 10%, 15% y 20%. Bolivia podr� mantener niveles de 5% y 10%.

El tratamiento arancelario para los productos del sector agr�cola ser� definido en el marco de la pol�tica agr�cola com�n. En el caso de los veh�culos automotores, Colombia, Ecuador y Venezuela adoptar�n un Arancel Externo Com�n con un tope m�ximo de 40% hasta el 1 de enero de 1994, fecha a partir de la cual, �ste ser� de 25%.

Los productos no producidos a nivel subregional podr�n exceptuarse de la aplicaci�n del Arancel Externo Com�n difiri�ndolos a un nivel arancelario del 5%.

Para las materias primas e insumos no producidos o de producci�n insuficiente en la Subregi�n, los Pa�ses Miembros negociar�n una lista reducida para la cual el AEC se diferir� comunitariamente a un nivel de 0%.

ii. Los criterios para la inclusi�n de los productos del universo arancelario en los respectivos niveles se definir�n por parte de la Comisi�n conforme al grado de elaboraci�n.

iii. El Arancel Externo Com�n, definido seg�n los criterios mencionados en los puntos 1 y 2, entrar� en vigencia el 1 de enero de 1992 y se mantendr� hasta el 1 de enero de 1994, fecha en la cual ser� sustituido por niveles de 5%, 10% y 15%, pudiendo mantener Bolivia el arancel de 5% y 10%.

c) Lista de Excepciones

Se acepta el desmonte de la totalidad de las listas de excepciones a partir del 1 de enero de 1993. El Ecuador desmontar� la totalidad del residual de la siguiente forma: 30 subpartidas a m�s tardar el 1 de enero de 1993; 30 subpartidas a m�s tardar el 1 de enero de 1994; y las 40 subpartidas restantes a m�s tardar el 30 de junio de 1994.

Los Presidentes de los Pa�ses Miembros recomiendan la no aplicaci�n en lo posible de las cl�usulas de salvaguardia de ning�n tipo a las importaciones de productos originarios de Bolivia y, asimismo, aplicar�n lo dispuesto en el Art�culo 58 del Acuerdo en el sentido de que sus propias Listas de Excepciones no afectar�n las exportaciones procedentes de Bolivia.

d) Incentivos a las Exportaciones

Con el prop�sito de asegurar condiciones equitativas de competencia entre los Pa�ses Miembros, promover los intercambios comerciales y perfeccionar la Uni�n Aduanera Andina, a m�s tardar el 31 de diciembre de 1992 se eliminar�n los subsidios cambiarios, financieros y fiscales referidos a impuestos directos. Igualmente, se eliminar�n a m�s tardar en esa fecha los Reg�menes Aduaneros en tanto vulneren el margen de preferencia subregional.

Se resuelve crear una Comisi�n de Alto Nivel integrada por representantes de los Pa�ses Miembros y la Junta, la cual identificar� los productos o sectores cuya producci�n o comercio intrasubregional podr�an verse perjudicados por pr�cticas que distorsionen la competencia.

Dicha Comisi�n propiciar� que los Gobiernos o empresas donde se originan las pr�cticas asuman compromisos conducentes a eliminarlas o atenuar sus efectos. De no llegarse a dicha soluci�n, la Junta sumariamente autorizar� al Pa�s Miembro afectado, a adoptar las medidas compensatorias requeridas para corregir las distorsiones derivadas de las pr�cticas.

Con este mecanismo se buscar� no s�lo actuar expost en aplicaci�n de la normativa de competencia sino tambi�n prevenir la ocurrencia de perjuicios, actuando en casos puntuales de distorsiones en tanto no se asuman plenamente los compromisos de armonizaci�n de pol�ticas econ�micas. La Junta, por resoluci�n, expedir� el Reglamento correspondiente para que entre en aplicaci�n a m�s tardar el 15 de enero de 1992.

2. ARMONIZACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS

Instruir a los Ministros del �rea econ�mica y Presidentes de Bancos Centrales para que, en el
t�rmino de 60 d�as, se re�nan con car�cter de Comisi�n, con el fin de considerar la Propuesta de
la Junta sobre los lineamientos generales de armonizaci�n de pol�ticas macroecon�micas y
aprobar un programa de acci�n en los campos de su competencia.

3. RELACIONES EXTERNAS
a) Relaciones con Am�rica Latina, el Caribe y terceros pa�ses.

Manifestar su voluntad de seguir promoviendo los procesos de integraci�n subregional en marcha e intensificar la cooperaci�n entre ellos, con el fin de que al culminar la d�cada est� plenamente conformada la zona hemisf�rica de libre comercio.

Sobre este particular, se autoriza a los pa�ses a negociar una preferencia arancelaria bilateral o regional para todos los socios de la ALADI, Centroam�rica y el Caribe, con base en las siguientes consideraciones:
i. El Grupo Andino aspira a contribuir decididamente al fortalecimiento de la integraci�n econ�mica regional y a la conformaci�n de un espacio econ�mico latinoamericano.

ii. A este respecto, las negociaciones con los pa�ses de Am�rica Latina y el Caribe tendr�n un car�cter preferentemente comunitario a los fines de que en �stas participe el Grupo Andino en conjunto.

iii. Se acuerda invitar a M�xico a negociar comunitariamente un acuerdo comercial, a partir de los entendimientos alcanzados hasta la fecha entre Colombia, M�xico y Venezuela en el marco del Grupo de los Tres. Asimismo, se decide invitar a Chile,
a los pa�ses miembros de MERCOSUR y a otros pa�ses de Am�rica Latina y el Caribe, a iniciar discusiones con el Grupo Andino en su conjunto, con miras a ampliar las relaciones comerciales regionales y avanzar hacia la progresiva consolidaci�n de un espacio econ�mico latinoamericano.

iv. En caso que no sea posible negociar comunitariamente, se podr�n celebrar negociaciones de car�cter bilateral, en las cuales participe uno o m�s pa�ses del Grupo Andino. En este caso, los Pa�ses Miembros participantes mantendr�n informados al resto acerca del desarrollo de dichas negociaciones.

v. Tambi�n se podr�n celebrar negociaciones de concesiones no rec�procas de pa�ses del Grupo Andino con otros pa�ses de la regi�n cuyo menor nivel de desarrollo amerita consideraci�n especial.

vi. Las negociaciones no comunitarias se sujetar�n a las consultas exigidas por el Art�culo 68 del Acuerdo, para lo cual la Comisi�n podr� expedir una reglamentaci�n pero en el entendido de que los Pa�ses Miembros no podr�n objetar posteriormente las negociaciones que se ci�an al procedimiento acordado.


b) Iniciativa para las Am�ricas

Expresar su confianza en que esta Iniciativa avance de manera expedita en las instancias pol�ticas y legislativas a�n pendientes en los Estados Unidos para su plena aplicaci�n. Destacaron, asimismo, la importancia de mantener el di�logo pol�tico con los Estados Unidos, en torno a la instrumentaci�n en breve plazo de la Iniciativa. Encargaron a la Junta la elaboraci�n de un Proyecto de Memorando de Entendimiento Grupo Andino-Estados Unidos para ser presentado a la consideraci�n de los Pa�ses Miembros en enero de 1992.

c) Comunidades Europeas


Encomendar al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores a acelerar los trabajos para adelantar la pronta negociaci�n de un nuevo convenio con las Comunidades Europeas, de modo que pueda ser suscrito con ocasi�n de la Reuni�n de Cancilleres del Grupo de R�o y las Comunidades Europeas, previsto para mayo de 1992 en Santiago de Chile.

d) Ronda Uruguay

Reiterar la importancia de concluir exitosamente las etapas finales de la Ronda Uruguay con resultados globales y equilibrados, teniendo en cuenta que el mantenimiento de un sistema multilateral de comercio representa la mayor garant�a para los pa�ses en desarrollo.

e) VIII UNCTAD

Expresar su agrado por la realizaci�n de la VIII UNCTAD el pr�ximo a�o en Cartagena de Indias, as� como por la posici�n conjunta adoptada por los pa�ses del Grupo de los 77 en la Declaraci�n de Teher�n, la cual recoge los puntos de vista sostenidos por Am�rica Latina y el Caribe tendientes a que de Cartagena salga una UNCTAD fortalecida que se constituya en el foro adecuado para el di�logo y cooperaci�n para el desarrollo.

4. PROPIEDAD INTELECTUAL

Se conviene sustituir el art�culo 119 de la Decisi�n 311 por el siguiente texto:

"Los Pa�ses Miembros, en sus respectivas legislaciones nacionales o mediante compromisos
adquiridos en el marco de Convenios bilaterales o aqu�llos celebrados en el �mbito de
organismos internacionales, podr�n fortalecer y ampliar los derechos sobre Propiedad Industrial
conferidos en la presente Decisi�n, cuando as� lo consideren pertinente".

Se eliminar�a la Tercera Disposici�n Transitoria de la Decisi�n 311, y la Comisi�n del Acuerdo de
Cartagena har� las reformas que planteen las delegaciones, seg�n el Tratado.

5. ASPECTOS INSTITUCIONALES
a) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para que presente al pr�ximo Consejo Presidencial Andino una propuesta sobre la revisi�n institucional de los Organismos del Sistema Subregional de Integraci�n. Para tal efecto y con base en los t�rminos de referencia que se elaboren, contrate un estudio sobre la reforma institucional.

b) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores para que convoque, en el primer trimestre de 1992, a una Reuni�n de Plenipotenciarios con miras al examen y suscripci�n de un Protocolo Modificatorio al Tratado de Creaci�n del Tribunal Andino de Justicia.

c) Instruir al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores a considerar las reformas que estime necesarias al proyecto de Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del Parlamento Andino, tomando en cuenta las sugerencias presentadas por esa instituci�n.
6. TRANSPORTE Y COMUNICACIONES

Registrar con satisfacci�n los importantes avances en el establecimiento de las normas para
liberar los sistemas de transporte al interior de la Subregi�n, como son, entre otras, las normas
t�cnicas sobre tipolog�a y l�mites de peso para veh�culos de carga destinados al transporte
internacional por carretera; las decisiones sobre transporte internacional de pasajeros por
carretera y el seguro de responsabilidad civil; los progresos en la instalaci�n de los CENAF; la
libertad de acceso a la carga transportada por v�a mar�tima que sea originada y destinada dentro
de la Subregi�n; la iniciaci�n de acciones para la modernizaci�n de la operaci�n portuaria; y la
integraci�n del transporte a�reo.

Con el prop�sito de superar las dificultades que retardan la efectiva circulaci�n por v�a terrestre,
a�rea y acu�tica, instruir a los Ministros de Obras P�blicas, Transporte y autoridades a�reas
para que, en un plazo de sesenta d�as, se re�nan con el fin de adoptar las medidas necesarias
para agilizar el cumplimiento de estos compromisos. En este mismo sentido, encargar a la Junta
la elaboraci�n de un trabajo que identifique las necesidades de financiamiento para superar los
obst�culos que impiden el libre tr�nsito terrestre entre los Pa�ses Miembros, con el fin de ser
presentado al BID.

7. SEGURIDAD SOCIAL

Reconocer los avances realizados en materia de seguridad social por las autoridades nacionales
andinas y las instruyen a continuar las consultas sobre las propuestas adoptadas en su �ltima
reuni�n. Los Gobiernos de los Pa�ses Miembros deber�n rendir dentro de sesenta d�as un informe
sobre la opini�n que les merece esta iniciativa, la cual deber� ser considerada en el pr�ximo
Consejo Presidencial Andino.

8. OTROS TEMAS SOCIALES

Instruir a los Ministros de Educaci�n a estudiar la instauraci�n de la C�tedra de la Integraci�n,
dentro del Programa de Difusi�n y Extensi�n Formativa sobre la integraci�n andina,
encomendado en el Manifiesto de Cartagena. Igualmente, para que se concluyan los convenios
que permitan la homologaci�n de t�tulos universitarios.

9. MEDIO AMBIENTE

Crear un Comit� Ambiental Andino con base en los resultados de la Primera Reuni�n de
Autoridades Nacionales del Medio Ambiente, celebrada en Caracas en agosto de 1991.

10. CIENCIA Y TECNOLOGIA

Invitar a los Pa�ses Miembros que a�n no lo han hecho a participar en el "Programa Bol�var", a fin
de promover proyectos productivos conjuntos y crear las Comisiones Nacionales donde a�n no
existen.

11. LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
a) Destacar la respuesta positiva del Presidente Bush a la invitaci�n formulada por el V Consejo Presidencial Andino, en Caracas, de convocar a una Segunda Conferencia Cumbre, para impulsar la cooperaci�n multilateral acordada en la Declaraci�n de Cartagena.

b) Subrayar la necesidad de perfeccionar y ampliar, en esa oportunidad, el marco conceptual y operativo de la Declaraci�n del 15 de febrero de 1990, particularmente en lo que hace referencia al desarrollo alternativo en Bolivia y Per�, aplicable a los campesinos productores de coca de ambos pa�ses, cuya condici�n no puede ser asimilada a la de los narcotraficantes.

c) Manifestar su complacencia por la aprobaci�n en el Congreso de los Estados Unidos de Am�rica de la ley que establece el R�gimen de Preferencias Comerciales para los Pa�ses Andinos (ATPA). El nuevo R�gimen, al abrir oportunidades de acceso al mercado estadounidense, fortalece las alternativas de desarrollo econ�mico de nuestros pa�ses para una m�s eficaz lucha contra el narcotr�fico, en el marco de los compromisos asumidos en la Declaraci�n de Cartagena de Indias del 15 de febrero de 1990.

Acordaron enviar copia de la parte pertinente de esta Acta al Presidente de los Estados Unidos y al Senado y C�mara de Representantes de ese pa�s, solicit�ndoles que los beneficios derivados del ATPA se hagan extensivos a Venezuela, pa�s andino de tr�nsito, involucrado igualmente en la lucha contra el narcotr�fico.

d) Crear el Centro Regional Andino de Coordinaci�n e Informaci�n para la lucha contra el narcotr�fico, para las acciones y objetivos previstos en el Acta de Caracas.
12. LOGOTIPO DEL VI CONSEJO PRESIDENCIAL ANDINO

Acordar la adopci�n del logotipo de la presente Cumbre Presidencial Andina, como s�mbolo del
Grupo Andino para todas las actividades que se realicen en el marco de la integraci�n
subregional andina.

13. REVISION TRIMESTRAL DE COMPROMISOS

Encargar al Mecanismo de Coordinaci�n y Seguimiento del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores que efect�e una revisi�n trimestral sobre el grado de cumplimiento de los
compromisos asumidos en los Consejos Presidenciales Andinos.

14. CORPORACION ANDINA DE FOMENTO

Los Presidentes expresaron su especial agradecimiento al Se�or Galo Monta�o, Presidente
saliente de la Corporaci�n Andina de Fomento, por las actividades realizadas durante su gesti�n
al frente de la instituci�n financiera andina.

15. APLICACION INMEDIATA

La Comisi�n expedir� las decisiones indispensables para garantizar la aplicaci�n inmediata de
las medidas se�aladas en los puntos 1 y 3 de forma simult�nea al establecimiento de la zona de
libre comercio.

16. SEDE DE LA PROXIMA REUNION

Acoger la invitaci�n del Gobierno del Ecuador para que la pr�xima reuni�n del Consejo
Presidencial Andino, se celebre en ese pa�s en la primera semana del mes de junio de 1992 en
Gal�pagos.

Los Presidentes de Bolivia, Ecuador, Per� y Venezuela manifiestan al Gobierno y pueblo de
Colombia su especial agradecimiento por la hospitalidad recibida durante su permanencia en la
ciudad de Cartagena de Indias.

Suscrita en la ciudad de Cartagena a los cinco d�as del mes de diciembre de mil novecientos
noventa y uno.



(Fdo.) Jaime Paz Zamora
Presidente de la Rep�blica de Bolivia

(Fdo.) C�sar Gaviria Trujillo
Presidente de la Rep�blica de Colombia

(Fdo.) Rodrigo Borja Cevallos
Presidente de la Rep�blica del Ecuador

(Fdo.) Alberto Fujimori
Presidente de la Rep�blica del Per�

(Fdo.) Carlos Andr�s P�rez Rodr�guez
Presidente de la Rep�blica de Venezuela