OEA

Primera REUNIÓN DEL CONSEJO PRESIDENCIAL ANDINO
Ciudadela de Machu Picchu, Cuzco, Perú, 22 - 23 de mayo de 1990

  • ACTA DE MACHU PICCHU
  • DIRECTRICES PRESIDENCIALES
  • INSTRUMENTO DE CREACION DEL CONSEJO PRESIDENCIAL ANDINO Y DEL SISTEMA DE COORDINACION DE LAS INSTITUCIONES DE INTEGRACION ANDINA

 

ACTA DE MACHU PICCHU

Los Presidentes de Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela y el Representante del Presidente de Colombia, reunidos en la Ciudadela de Machu Picchu, han comprobado con satisfacción que el impulso político que le vienen otorgando al Grupo Andino se ha traducido en el cumplimiento de los plazos y programas para la conformación del mercado ampliado subregional. Se registra adicionalmente un aumento del comercio y una creciente participación del empresariado. Es así como, en el último año, se han constituido tantas empresas multinacionales andinas como en los seis años precedentes. Igualmente, en las áreas de integración física, transportes y financiamiento se evidencian significativos progresos.

Expresan, asimismo, su complacencia por los avances que en este período se ha logrado para el fortalecimiento de la capacidad financiera de la Corporación Andina de Fomento, lo cual deberá traducirse en el aumento del capital de la Corporación el próximo mes de junio, en fecha coincidente con la celebración del Vigésimo Aniversario de funcionamiento de dicha Institución.

Confían que en el futuro su participación en la evaluación, orientación e impulso de la integración permita que se ejecuten a cabalidad las metas y plazos que aseguren no sólo el libre comercio de bienes en 1995, sino también que el flujo de capitales y personas sea liberado a fines de la presente década.

Después de hacer una evaluación a la luz de los informes de las respectivas instituciones del Sistema Andino de Integración, han acordado un conjunto de directrices destinadas a asegurar una mayor proyección externa común y la revitalización y el fortalecimiento de la acción de los Convenios Sociales.

Los Presidentes consideran que el Proceso de Integración requiere un manejo muy pragmático y moderno, razón por la cual han resuelto, a partir de la fecha, expresar sus acuerdos en documentos que contengan exclusivamente una relación de las decisiones adoptadas.

DIRECTRICES PRESIDENCIALES

APOYO AL PROCESO DE INTEGRACION

1. Disponen que en la elaboración y la ejecución de las respectivas políticas económicas se adopten las previsiones necesarias para que dichas políticas sean compatibles con las obligaciones derivadas de los compromisos del proceso de integración.

2. Por otra parte, teniendo en cuenta la necesidad de asegurar la inclusión de la variable integración en los planes y programas de desarrollo, disponen que los Ministros de Relaciones Exteriores, de Finanzas, y Jefes o Ministros de las Oficinas de Planificación, se reúnan durante el próximo semestre, para coordinar las acciones correspondientes.

3. Tomando en cuenta que la deuda externa sigue siendo el principal problema de la economía latinoamericana, encargan a sus Ministros de Economía promover la definición de una posición común en el seno del SELA para lograr una reducción del monto de la deuda y del nivel de intereses y que el precio del mercado de los papeles de la deuda sea reconocido por los acreedores.

4. Reiteran su compromiso de paz, seguridad y cooperación expresado en la Declaración de Galápagos y su voluntad de propiciar un clima de confianza y solidaridad que facilite entendimientos en todos los ámbitos que afectan al proceso de integración, la remoción de los obstáculos que la perjudican y la reorientación de recursos a las urgentes tareas del desarrollo. En este sentido reiteran la vigencia plena de la Declaración de Ayacucho de 1974.

5. Acogen la Declaración de la Directiva del Parlamento Andino, de esta fecha, relativa al procedimiento previsto en el Tratado Constitutivo para la adopción de un Protocolo Adicional que incluya criterios de representación nacional, a fin de constituir el Parlamento con representantes elegidos por sufragio universal y directo. Comprometen su apoyo político para llevar adelante la elección directa y encomiendan a las Cancillerías la integración de una Comisión de Trabajo que prepare el mencionado Protocolo Adicional con la participación de los organismos electorales de los Países Miembros y del Parlamento Andino.

6. Encomiendan al Consejo Andino de Política Industrial del Acuerdo de Cartagena, definir una estrategia de apoyo a los esfuerzos de modernización y reestructuración industrial, que tenga en cuenta, entre otros aspectos, la necesidad que el sector empresarial desempeñe un papel protagónico en la aplicación de los mecanismos de la integración subre¬gional, en particular en lo que respecta a las nuevas modalidades de la integración industrial.

7. Deciden ampliar la cooperación energética a las demás fuentes energéticas, entre otras, geotérmica, carbón, hidroeléctrica, biomasa, solar, eólica y nuclear.

Instruyen a los Ministros de Energía para que con ocasión de la Reunión Ministerial de la Organización Latinoamericana de Desarrollo Energético (OLADE), en octubre próximo, planteen la realización de un inventario del potencial de recursos energéticos de América Latina. Asimismo, que orienten sus actividades de cooperación en las fases de tecnología, financiamiento y mercado, y establezcan instrumentos ágiles de intercambio de información sobre recursos, bienes de capital y otros de mutuo interés para el desarrollo.

8. Reiteran su respaldo a la iniciativa de constituir el Fondo Andino de Desarrollo Rural y que a ese efecto instruyen a la Corporación Andina de Fomento para que realice gestiones a fin de captar financiamiento internacional que garantice su funcionamiento.

ASUNTOS SOCIALES

9. Encomiendan a los Ministros de Agricultura y de las áreas sociales adopten medidas específicas en el ámbito de la seguridad alimentaria y para el aprovechamiento de excedentes alimentarios.

10. Manifiestan su determinación de reactivar las labores del Convenio Hipólito Unanue, para lo cual encomiendan a la Junta del Acuerdo de Cartagena otorgarle todo el apoyo a su alcance. A su vez instruyen a los Ministros de Salud para que preparen un programa de emergencia que será analizado en la próxima Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y del Consejo Presidencial.

11. Expresan su interés de promover la constitución de una Empresa Multinacional Andina para la fabricación de complementos alimenticios de alto valor proteico, destinados a la infancia y a la población de menores ingresos, para lo cual encomiendan a la Junta del Acuerdo de Cartagena la elaboración de la propuesta correspondiente.

12. Deciden acometer un programa para la fabricación de vacunas de uso masivo y para la comercialización de las mismas, cuando sea el caso. En este sentido, expresan su complacencia por el éxito obtenido en el día andino de vacunación masiva efectuada recientemente, la cual llegó a los sectores más necesitados de la población andina.

A tales efectos, encomiendan al Convenio Hipólito Unanue para que, con el apoyo de la Junta del Acuerdo de Cartagena, elabore un proyecto concreto a ser sometido a consideración de la próxima Reunión de Presidentes.

13. Acuerdan promover la cooperación y el intercambio de experiencias en la ejecución de programas de inversión social, destinados a atenuar los efectos de las políticas de ajuste, para lo cual, los Jefes de los Organismos responsables de los citados programas se reunirán en el próximo trimestre.

14. Disponen, en el ámbito del Convenio Andrés Bello, el intercambio de docentes, investigadores, estudiantes y agentes de cultura dentro de un programa conjunto de cooperación cultural, académica, científica y técnica, que incluya el otorgamiento recíproco de becas, en un número total a doscientas, en una primera etapa.

RELACIONES EXTERNAS

15. Encargan al Consejo de Cancilleres la elaboración de una estrategia de relaciones externas conjunta, encaminada a:

a) Evaluar, con miras a su profundización, las relaciones económicas de la Subregión con el resto de países de América Latina y el Caribe.

b) Propiciar un diálogo permanente con países y grupos de países industrializados.

c) Gestionar la captación de los recursos que satisfagan la demanda subregional de cooperación científica, financiera, técnica y tecnológica.

d) Elaborar un plan de acción para la proyección andina hacia la Cuenca del Pacífico.

e) Desarrollar una estrategia urgente para plantear al Gobierno de los Estados Unidos de América y de los demás países industrializados, una mayor apertura de mercados para los productos tropicales provenientes del Grupo Andino. Consideran imperativo una pronta revisión y una adecuada ampliación de la cuota asignada a los países andinos para la exportación de azúcar al mercado de Estados Unidos. Estas medidas contribuirán significativamente al bienestar de los campesinos y al mejoramiento de las posibilidades de desarrollo alternativo.

f) Impulsar las negociaciones que aseguren el pleno restablecimiento del Acuerdo Internacional del Café.

16. Expresan su pleno y decidido respaldo a la Conferencia de los Jefes de Estado o de Gobierno de los Países Miembros de las Naciones Unidas, que se realizará en setiembre próximo, con la finalidad de analizar la situación mundial de la infancia y movilizar la mayor cantidad de recursos posibles para su protección.

INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

17. Instruyen a la Comisión del Acuerdo de Cartagena para que en el plazo más breve acometa la revisión y actualización de la Decisión 85, sobre Propiedad Industrial, y promueva en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y los organismos nacionales responsables en esta materia, reuniones que permitan conformar una posición conjunta del Grupo Andino para las reuniones internacionales en las cuales se analizará el tema en un próximo futuro.

18. Instruyen a los responsables del área científica y tecnológica para que identifiquen selectivamente proyectos de investigación conjunta que tengan un impacto fundamental para el desarrollo integrado de los Países Miembros del Grupo Andino. Una vez que los Gobiernos hayan adoptado las decisiones correspondientes, las oficinas nacionales de presupuesto proveerán los recursos necesarios para hacer viable la materialización de tales proyectos.

19. Propiciar la convocatoria de un Foro entre representantes empresariales y del sector académico con el fin de elaborar propuestas para fortalecer los vínculos entre la empresa y la universidad y estimular la investigación científica y tecnológica para el desarrollo mediante programas comunes.

COMUNICACIONES

20.Promover la apertura de las frecuencias UHF de la televisión, así como la televisión por cable y la emisión directa de noticieros y programaciones culturales a efecto de difundir la señal y programación de canales de televisión de los demás países andinos. Estas medidas propiciarán una creciente integración audiovisual de la Subregión.

Quedan encargadas la Comisión Andina de Comunicación Social y ASETA de establecer los mecanismos para poner en práctica la presente directriz, así como las necesarias para el logro de los mismos objetivos en el campo de la radiodifusión.

21. Acoger la iniciativa para instrumentar un Proyecto de masificación ramificada de textos para la integración comunicacional e informativa entre los países del área andina, mediante la utilización del teletexto.

A tales efectos, instruyen a los responsables de los Sistemas Nacionales de Información y agencias informativas nacionales que celebren una reunión y definan el alcance del Proyecto para someterlo a la consideración de los Presidentes en su próxima reunión.

SEGURIDAD Y DESARROLLO

22. Al hacer suya la Declaración de Cartagena de Indias sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes, se comprometen a su cumplimiento efectivo. Asimismo, y en desarrollo a la Declaración de Galápagos, en lo relativo a la lucha contra el narcotráfico y terrorismo, deciden establecer un Grupo de Coordinación integrado por Representantes de los Países Miembros. Dicho grupo propondrá, entre otros:

a) Un sistema de consulta y coordinación permanente sobre la ejecución de los acuerdos de la Declaración de Cartagena.

b) Medidas para evitar y controlar el movimiento ilegal de aeronaves que transportan estupefacientes.

c) Medidas que garanticen un efectivo control sobre la producción, adquisición, venta y distribución de armas y explosivos, a fin de impedir que se desvíen hacia actividades ilícitas.

COOPERACION FRONTERIZA

23. Teniendo en cuenta los auspiciosos resultados de las Comisiones de Vecindad Colombo-Ecuatoriana y Colombo-Venezolana, otorgan su decidido respaldo a la labor de las comisiones de vecindad que constituyen medios idóneos para fortalecer la amistad entre países fronterizos, ampliar su integración y vinculaciones e intensificar su cooperación, especialmente en las zonas de frontera. En ese contexto, expresan su satisfacción por la creación de comisiones de vecindad entre Bolivia y el Perú y entre el Ecuador y Perú.

PROXIMA SEDE

24. Deciden celebrar la próxima reunión del Consejo Presidencial en Bolivia, en el mes de diciembre próximo.

Los Presidentes de Bolivia, Ecuador y Venezuela y el Representante del Presidente de Colombia expresan al Gobierno y al pueblo peruanos su más cálido agradecimiento por la hospitalidad y múltiples atenciones recibidas durante su permanencia en la Ciudadela de Machu Picchu, Cusco.

Machu Picchu - Sacsahuamán, 23 de mayo de 1990.

Jaime Carlos Paz Zamora
Presidente de la República de Bolivia

Rodrigo Borja Zevallos
Presidente de la República del Ecuador

Alan García Pérez
Presidente de la República del Perú

Carlos Andrés Pérez Rodríguez
Presidente de la República de Venezuela

Julio Londoño Paredes
Representante del Presidente de la República de Colombia

 

INSTRUMENTO DE CREACION DEL CONSEJO PRESIDENCIAL ANDINO
Y DEL SISTEMA DE COORDINACION DE LAS INSTITUCIONES DE INTEGRACION ANDINA

Los Presidentes de Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela, y el Representante del Presidente de Colombia;

Imbuidos de la voluntad de fortalecer el proceso de Integración Andina y convencidos de la utilidad que para ese propósito han tenido las reuniones de Jefes de Estado en la evaluación y orientación de políticas y acciones, así como de la participación activa de los Ministros de Relaciones Exteriores en apoyo a dicha labor;

Conscientes de que la Integración Andina constituye un proceso múltiple que abarca los ámbitos económico, social, político y cultural, para cuya mejor atención es necesario robustecer las instituciones, ampliar su coordinación y mantener el mayor apoyo a los compromisos, trabajos y funciones del Acuerdo de Cartagena y Convenios Especiales;

ACUERDAN:

1. Créase el Consejo Presidencial Andino, integrado por los Presidentes de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela.

2. El Consejo Presidencial Andino evaluará, impulsará y orientará la integración y concertará acciones en asuntos de interés común.

3. El Consejo Presidencial celebrará reuniones de trabajo cada seis meses y abordará la marcha del proceso de integración así como temas de una agenda abierta.

4. Las directrices del Consejo Presidencial sobre las materias de competencia del Acuerdo de Cartagena serán incorporadas por la Comisión al ordenamiento jurídico de dicho Instrumento.

Las demás disposiciones del Consejo Presidencial Andino serán incorporadas al ordenamiento jurídico de las diversas instituciones andinas, conforme a sus instrumentos constitutivos, según corresponda.

5. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, además de las facultades previstas en su instrumento constitutivo, preparará las reuniones cumbre, realizará el seguimiento de las decisiones emanadas de estas reuniones e impulsará y coordinará acciones externas que den el debido sustento político a la gestión de las diferentes instituciones andinas.

6. Para los efectos señalados en los párrafos anteriores, las instituciones del Sistema Andino de Integración, proporcionarán al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores evaluaciones periódicas sobre la marcha del proceso en el ámbito de sus competencias.

El Acuerdo de Cartagena, los convenios especiales y las instituciones financieras que conforman el Sistema Andino de Integración adoptan y ejecutan sus decisiones a través de sus propios órganos y se regirán por las disposiciones de sus propios instrumentos jurídicos constitutivos.

Hecho en la Ciudadela de Machu Picchu, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa.

 

Jaime Carlos Paz Zamora
Presidente de la República de Bolivia

Rodrigo Borja Zevallos
Presidente de la República del Ecuador

Alan García Pérez
Presidente de la República del Perú

Carlos Andrés Pérez Rodríguez
Presidente de la República de Venezuela

Julio Londoño Paredes
Representante del Presidente de la República de Colombia