OEA

DECISION 505
Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: El artículo 16 del Acuerdo de Cartagena y la Decisión 458 "Lineamientos de la Política Exterior Común";

TENIENDO EN CUENTA: El acuerdo adoptado por los Presidentes de los Países Miembros en la reunión sostenida el 17 de abril de 2001 en Cartagena de Indias;

CONSIDERANDO:

Que la producción, tráfico y consumo de drogas ilícitas, lavado de activos, desvío y contrabando de precursores químicos y tráfico de armas, afectan severamente el desarrollo y seguridad de los países andinos;

Que los esfuerzos que realizan actualmente los países andinos a través de sus respectivos programas nacionales para la lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos pueden ser significativamente impulsados y complementados mediante un Plan Andino de Cooperación para fortalecer las acciones nacionales, bilaterales y comunitarias en esta materia;

Que la lucha contra el problema mundial de las drogas ilícitas debe ser abordado por la comunidad internacional en forma integrada que comprenda todos los aspectos involucrados tanto en la producción, tráfico, consumo y delitos conexos, y con base en el principio de responsabilidad compartida;

Que la estrategia andina de lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos, así como las acciones internacionales en esta materia, deben desarrollarse con pleno respeto a sus respectivas legislaciones y soberanía;

DECIDE:

Artículo único.- Aprobar el Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos, contenida en el documento anexo a la presente Decisión.

Dada en la ciudad de Valencia, Venezuela, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil uno.

 

PLAN ANDINO DE COOPERACIÓN PARA LA LUCHA CONTRA
LAS DROGAS ILICITAS Y DELITOS CONEXOS

Principios y Objetivos

El Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos:

1. Se fundamenta en la convicción de que la producción, tráfico y consumo ilícito de drogas es un problema de alcance mundial que afecta gravemente el desarrollo y la seguridad de los países andinos y de la comunidad internacional. Reconoce que constituye una de las formas más nocivas y peligrosas del crimen transnacional organizado, que utiliza la lógica globalizadora de los mercados, pervierte la dinámica social, distorsiona la economía, socava el estado de derecho y subvierte el orden público.

2. Es integral y comprende todos los aspectos relacionados con el problema mundial de las drogas ilícitas y delitos conexos, es decir, la prevención, interdicción, reducción de cultivos ilícitos y desarrollo alternativo, así como el control del desvío de precursores químicos, del lavado de activos y del tráfico de armas, municiones y explosivos.

3. Se basa en la responsabilidad compartida que corresponde a todos y cada uno de los actores comprometidos en el origen del problema y, por tanto, en la búsqueda de soluciones, tanto el plano subregional andino como sudamericano, hemisférico y mundial.

4. Es respetuosa de las respectivas legislaciones nacionales, de la soberanía e integridad territoriales, así como de la estricta observancia del Derecho Internacional y se instrumenta a través de la cooperación y de la solidaridad. La cooperación es inherente a la naturaleza compartida del problema y, por consiguiente, debe ser mutua, voluntaria y sin limitaciones o requisitos que busquen condicionar la libre concurrencia de voluntades de las partes. La solidaridad es expresión del reconocimiento de que los esfuerzos nacionales y subregionales en la lucha contra las drogas ilícitas deben ser acompañados por la cooperación internacional a fin de fortalecer simultáneamente la democracia y la vigencia de los derechos humanos y promover el desarrollo económico y social sostenible de los países andinos.

5. Busca fortalecer y potenciar los programas nacionales de cada uno de los países andinos a través de la coordinación, cooperación e intercambio de experiencias entre los Países Miembros y mediante la acción conjunta ante terceros países y en foros internacionales.

6. Constituye un tema central de la cooperación política andina, que articula, en lo pertinente, la política exterior común, la política comunitaria de integración y desarrollo fronterizo, la política de desarrollo sostenible, la agenda social andina y las acciones en materia de seguridad y fomento de la confianza en la subregión.

7. Se propone consolidar a la Comunidad Andina como eje de una estrategia sudamericana y hemisférica de lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos.


Mecanismos

1. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores es el órgano responsable de la definición, coordinación y seguimiento del Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos.

2. Se establecerá un Comité Ejecutivo integrado por funcionarios de alto nivel de los Ministerios de Relaciones Exteriores y los responsables nacionales de la lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos, incluyendo representantes de los organismos responsables de la seguridad.

3. El Comité Ejecutivo podrá establecer subcomités y grupos de trabajo especializados en los diversos aspectos comprendidos en el Plan Andino de Cooperación. Los subcomités y grupos de trabajo podrán estar integrados por dos o más Países Miembros y estarán abiertos a la participación de los demás.

4. La Secretaría General de la Comunidad Andina ejercerá las funciones de Secretaría Técnica del Comité Ejecutivo.


Programa de Acción

1. El Programa de Acción será aprobado mediante Decisión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y tendrá carácter bienal.

2. El Comité Ejecutivo establecerá los Planes Operativos para la ejecución del Programa de Acción y propondrá cada dos años, al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la actualización de dicho programa.

3. Será responsabilidad del Comité Ejecutivo la coordinación, seguimiento y evaluación del Programa de Acción, con el apoyo de la Secretaría General.


PROGRAMA DE ACCION

I. FORTALECIMIENTO DE LAS ESTRATEGIAS NACIONALES

A. Control de la producción y el contrabando y desvío de precursores químicos

1. Implementar el mecanismo de notificaciones previas a la exportación de sustancias químicas controladas y las respectivas respuestas oportunas a las que recibiere el país, en aplicación del artículo 12 de la Convención de Viena de 1988.

2. Reforzar los controles a las empresas que producen, utilizan y/o comercializan las sustancias químicas controladas, con el fin de evitar su desvío hacia la producción de drogas ilícitas.

3. Fortalecer los mecanismos para la detección de las sustancias químicas controladas y capacitar a los funcionarios pertinentes en la identificación de las mismas.

4. Reforzar los dispositivos que permitan controlar la producción ilícita y el contrabando de sustancias químicas controladas.

5. Establecer y/o fortalecer los mecanismos de control al transporte y desvío de sustancias químicas en el territorio nacional, mediante, entre otros:

a) Documentación aduanera para el comercio de insumos químicos controlados que contenga el nombre genérico y el código arancelario correspondiente.

b) Establecer un sistema de etiquetado y precintado de seguridad que dificulte el desvío por medio de la sustitución del producto envasado.

6. Crear y/o actualizar el registro nacional de empresas importadoras y exportadoras de sustancias químicas controladas. Esta información será puesta a disposición de quien lo solicite.

7. Identificar las necesidades de la industria lícita del permanganato de potasio y del anhídrido acético y de las sustancias comprendidas en el marco de las operaciones de control acordadas en la Comunidad Andina.

8. Desarrollar la coordinación intersectorial destinada a identificar nuevas sustancias utilizadas en la producción de drogas, para su eventual incorporación en la lista de sustancias controladas, previo análisis de su nivel de uso.

B. Erradicación técnica de cultivos para fines ilícitos

1. Fortalecer, en los países que así lo requieran, las capacidades nacionales para la implementación de los programas para la erradicación técnica de los cultivos para fines ilícitos en forma manual o aérea, tomando en cuenta las normas ambientales establecidas por las autoridades competentes.

2. Identificar zonas de cultivos para fines ilícitos, su extensión, evolución, caracterización, zonas de incidencia y otro tipo de información relevante.

3. Promover la coordinación entre las autoridades encargadas del desarrollo de los programas de erradicación y los programas de desarrollo alternativo.

4. Fomentar acuerdos entre las comunidades locales y autoridades públicas, como medio para reducir los cultivos para fines ilícitos y la introducción de productos alternativos.

C. Desarrollo Alternativo

1. Generar condiciones económicas, sociales y culturales que hagan viable la sustitución de la economía basada en la producción de cultivos para fines ilícitos y la incorporación del campesino en la economía lícita.

2. Identificar y caracterizar a las poblaciones de las zonas de cultivos para fines ilícitos y de sus zonas de influencia.

3. Diseñar e implementar instrumentos financieros, económicos y tecnológicos de apoyo a los programas nacionales de desarrollo alternativo, incluyendo el fomento de la inversión privada, la apertura de mercados y la incorporación de mayor valor agregado a la producción alternativa.

4. Fomentar el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias y apoyarlas a través de procesos de sensibilización, capacitación y comunicación.

5. Fortalecer la capacidad nacional para ofrecer servicios sociales básicos y desarrollar la infraestructura económica en las zonas de cultivos para fines ilícitos y en las zonas de influencia.

6. Diseñar y ejecutar estrategias de comunicación social para desestimular la vinculación de familias campesinas e indígenas a los cultivos para fines ilícitos y promover los cultivos alternativos.

D. Desmantelamiento de la infraestructura y organizaciones de producción y transporte

1. Reforzar los mecanismos de coordinación entre las fuerzas policiales, militares y organismos de seguridad del Estado, el Ministerio Público y/o la Fiscalía, y el Poder Judicial.

2. Potenciar la capacidad de acción de las unidades de inteligencia especializadas en la lucha contra el narcotráfico y asegurar el intercambio oportuno de información entre las diferentes autoridades nacionales competentes.

3. Incrementar los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos de las unidades especializadas encargadas de combatir las redes de narcotraficantes.

4. Fortalecer mecanismos para detectar laboratorios de producción de drogas ilícitas y pistas de aterrizaje clandestinas.

5. Fortalecer el sistema de control para combatir el tráfico de drogas ilícitas a través de vías marítimas, fluviales, aéreas y terrestres.

6. Crear y/o fortalecer los mecanismos de control para impedir el tráfico ilícito de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados.

E. Lavado de activos

1. Crear y/o fortalecer las unidades nacionales de inteligencia y análisis financiero.

2. Identificar las tipologías o modalidades sobre el lavado de activos y establecer los mecanismos de control correspondientes.

3. Capacitar personal especializado en las entidades responsables de la detección y control de las operaciones de lavado de activos.

4. Investigar los sectores susceptibles de ser empleados para actividades relacionadas con el lavado de activos, y vincularlos a las unidades de inteligencia y análisis financiero.

5. Diseñar e implementar mecanismos de control administrativo de transacciones internacionales de cambio.

6. Tipificar como delito autónomo el lavado de activos, de manera tal que incluya otras conductas delictivas (robo de vehículos, extorsión, secuestro, trata de blancas, tráfico de órganos y tráfico de armas).

7. Fortalecer la aplicación de las normas sobre confiscación de bienes procedentes del narcotráfico o delitos conexos.

8. Crear regulaciones en materia de prevención del lavado de activos en zonas francas y puertos libres.

F. Reducción de la demanda

1. Detener la tendencia creciente de consumo de drogas ilícitas, especialmente en niños y jóvenes, escolarizados y no escolarizados, mediante programas dirigidos a la familia, comunidad y escuela.

2. Desarrollar una estrategia de comunicación masiva que informe, sensibilice y eduque a la juventud sobre las consecuencias del consumo de las drogas, con especial énfasis en las drogas sintéticas o de diseño de reciente aparición.

3. Fortalecer la incorporación de contenidos de prevención en la estructura curricular de los diversos niveles de educación y capacitar a los padres de familia y agentes educativos sobre las nuevas tendencias de consumo de drogas ilícitas.

4. Promover programas de rehabilitación y reinserción social de drogo dependientes.

5. Implementar mecanismos que permitan realizar un seguimiento y evaluación de los programas de reducción de la demanda.

6. Diseñar y poner en marcha programas para la capacitación y formación de recursos humanos en prevención y rehabilitación.

7. Impulsar y apoyar la participación de organizaciones de la sociedad civil en las actividades de prevención y rehabilitación.


II. FORTALECIMIENTO DE LAS ESTRATEGIAS BINACIONALES

1. Evaluar los acuerdos bilaterales existentes en materia de lucha contra las drogas ilícitas, actualizarlos, perfeccionarlos y promover su aplicación.

2. Promover y fortalecer mecanismos bilaterales, tales como las comisiones mixtas, talleres fronterizos y comisiones de vecindad, con el fin de formular planes de acción fronterizos para:

a) Combatir el tráfico de drogas ilícitas y sustancias químicas controladas.

b) Capacitar a las autoridades fronterizas en los temas relativos a la lucha contra el narcotráfico.

c) Realizar operativos combinados de interdicción.

d) Fortalecer el intercambio de información y coordinación logística de las autoridades de frontera.

e) Combatir el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones y otros materiales relacionados.

3. Incorporar proyectos de desarrollo alternativo en las Zonas de Integración Fronteriza (ZIF) e incluirlos en el Banco de Proyectos a ser ejecutados en el marco de la Política Andina de Integración y Desarrollo Fronterizo.

4. Instrumentar, a través de los Centros Nacionales y Binacionales de Atención en Frontera (CENAF y CEBAF), mecanismos efectivos de control del tráfico ilícito de drogas, sustancias químicas controladas, armas, municiones y otros materiales relacionados.

5. Examinar y evaluar, de manera periódica, la ejecución y eficacia de las acciones de cooperación binacional que se desarrollen en el marco del presente Plan Andino de Cooperación.


III. ESTRATEGIA COMUNITARIA

1. Establecer un mecanismo andino de intercambio de información a través de la Página Web de la Comunidad Andina sobre modalidades de tráfico y desvío de sustancias químicas controladas, uso de nuevas sustancias, operaciones exitosas de control, registros nacionales actualizados sobre empresas importadoras y exportadoras de sustancias químicas controladas y cambios en la incidencia de uso de puntos fronterizos para el tráfico ilícito de dichas sustancias, y fomentar el uso de otros portales nacionales, regionales e internacionales, tales como Unidos contra Drogas (UCD) y los observatorios venezolano, interamericano y europeo sobre drogas.

2. Fortalecer el intercambio de inteligencia entre las autoridades competentes de los países andinos, entre otros, potenciando el uso de mecanismos de comunicación existentes, tales como las Oficinas Regionales de Enlace de la Organización Mundial de Aduanas (RILO) y la Red Interamericana de Telecomunicaciones para el Control de Drogas (RETCOD), a fin de apoyar las acciones regionales de lucha contra las drogas ilícitas, delitos conexos y tráfico de armas.

3. Estrechar la coordinación entre las autoridades nacionales responsables de la lucha contra las drogas ilícitas de cada País Miembro, entre otras, mediante la designación de funcionarios nacionales de enlace en las respectivas entidades, así como la asignación de nuevas funciones, a las agregadurías policiales y/o militares, según corresponda, en apoyo del presente Plan Andino de Cooperación.

4. Promover la capacitación en común de los funcionarios nacionales responsables de la lucha contra las drogas ilícitas a través, entre otras, de la Escuela Regional de la Comunidad Andina de Inteligencia Antidrogas (ERCAIAD), asegurando su adecuado financiamiento y adaptando su currícula a las prioridades de la Estrategia Andina, y apoyando la creación y activación de la Escuela Andina de Entrenamiento Canino Antidrogas.

5. Propiciar acuerdos de asistencia judicial en materia penal e impulsar la ejecución de los existentes, incluyendo los procedimientos de extradición de enjuiciados por tráfico ilícito de drogas y delitos conexos de acuerdo a los convenios vigentes.

6. Designar en cada País Miembro fiscales o jueces de instrucción de enlace, con facultades para dar cumplimiento a las solicitudes de asistencia judicial recíproca en materia de tráfico ilícito de drogas o transmitirlas a las autoridades competentes para su ejecución.

7. Promover la armonización de las legislaciones nacionales en materia de derecho penal y procesal penal a través de reuniones periódicas de los Ministros de Justicia de la Comunidad Andina, tomando en cuenta los trabajos que se vienen realizando en el seno del mecanismo de coordinación y cooperación en materia de drogas entre la Unión Europea y América Latina.

8. Fomentar el intercambio de experiencias y emprender acciones conjuntas en apoyo a los programas de desarrollo alternativo, incorporando, a tal fin, al Comité Andino para el Desarrollo Alternativo (CADA) como instancia especializada del presente Plan Andino de Cooperación en esa materia y apoyar sus trabajos.

9. Fortalecer la cooperación para la prevención y control del lavado de activos a nivel andino, a través del intercambio de experiencias y la articulación de las Unidades de Análisis e Inteligencia Financiera de los países de la subregión y otras entidades competentes.

10. Poner en marcha los lineamientos establecidos por el Sistema Interamericano de Datos Uniformes sobre Consumo de Drogas (SIDUC) y encomendar el análisis al Convenio Hipólito Unanue (CONHU) de manera que la Comunidad Andina pueda contar con información que le permita formular estrategias de prevención acordes con su realidad.

11. Desarrollar una estrategia conjunta para la prevención del consumo y la producción y el combate al tráfico de drogas sintéticas y de diseño.

12. Identificar los requerimientos y capacidades de cooperación técnica internacional y establecer un mecanismo de cooperación horizontal entre los Países Miembros.

13. Diseñar y ejecutar estrategias conjuntas para la captación de cooperación técnica y financiera internacional en apoyo de las acciones contempladas en la Estrategia Andina para la lucha contra las drogas ilícitas y delitos conexos, así como esquemas de canje de deuda en apoyo de programas de desarrollo alternativo.

14. Gestionar la renovación y ampliación de los programas de preferencias comerciales en apoyo a la lucha contra las drogas ilícitas que benefician a los Países Miembros, y lograr condiciones preferenciales de acceso a otros mercados, así como la eliminación de las restricciones que afectan su aprovechamiento.

15. Promover la captación de cooperación internacional para programas de prevención y mitigación del impacto ambiental por el problema de las drogas ilícitas, incluyendo la recuperación de ecosistemas y conservación de la biodiversidad.

16. Propiciar la cooperación internacional, particularmente a través de la organización de mesas de donantes, para impulsar el desarrollo alternativo, así como la generación de empleo productivo y alivio de la pobreza en las zonas afectadas por los cultivos con fines ilícitos, en las zonas expulsoras de mano de obra y aquellas altamente potenciales de ser utilizadas para dichos cultivos.

17. Coordinar posiciones conjuntas en materia de lucha contra las drogas ante terceros países así como en foros y organismos internacionales, en el marco de la Política Exterior Común andina.

18. Actualizar el Convenio "Rodrigo Lara Bonilla" sobre cooperación para la prevención del uso indebido y la represión del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, para adecuarlo a las necesidades que se desprenden del presente Plan Andino de Cooperación.

19. Examinar y evaluar, de manera comunitaria, la ejecución y eficacia de las acciones que se desarrollen en el marco del presente Plan Andino de Cooperación.