OEA

DECISIÓN 542
Negociaciones para la suscripción del nuevo Acuerdo de Diálogo Político y de Cooperación entre la Comunidad Andina y la Unión Europea

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES;

VISTOS: El Artículo 16 del Acuerdo de Cartagena y el Comunicado Conjunto de la Reunión entre Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad Andina y la Unión Europea, firmado en Madrid, en el año 2002, en el cual los Jefes de Estado y de Gobierno acogieron con satisfacción las nuevas iniciativas de negociación de un acuerdo político y de cooperación.

DECIDE:

Artículo 1.- El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores conducirá, a través de las Misiones de los Países Miembros en Bruselas, la negociación y suscribirá un Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación con la Unión Europea, con miras a un futuro Acuerdo de Asociación.

Artículo 2.- La Secretaría General de la Comunidad Andina participará en el proceso de negociación, prestando permanentemente su apoyo técnico al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores.

Dada en la ciudad de Bogotá, Colombia, a los once días del mes de marzo de dos mil tres.