OEA

 

Acuerdo de Complementación Económica entre la República de Argentina y los Estados Unidos Mexicanos (ACE Nº 6)

Octavo Protocolo Adicional

             Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de los Estados Unidos Mexicanos, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación,

            CONSIDERANDO  La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes entre ambos países,

            REAFIRMANDO La voluntad de continuar las negociaciones de un Acuerdo de Complementación Económica, las partes acuerdan evaluar en junio de 1997 el avance de las negociaciones, a la luz de lo cual resolverían, de ser necesario, la extensión de la prórroga hasta el 31 de diciembre de 1997.

CONVIENEN:

            Artículo único.- Prorrogar desde el 1º de enero de 1997 hasta el 30 de setiembre de 1997, la vigencia del Acuerdo de Complementación Económica Nº 6 y de las preferencias pactadas entre ambos países en dicho Acuerdo.

            La Secretaría General de la Asociación será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.

           EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos. (Fdo.:) Por el Gobierno de la República Argentina: Jesús Sabra; Por el Gobierno de la República de los Estados Unidos Mexicanos: Ignacio Villaseñor.