Guía Comparativa TLC - Chile - Estados Unidos y RD-CAFTA - Annexes on Non-Conforming Measures: Services and Investment

Guía Comparativa del Tratado de Libre Comercio Entre Chile y Estados Unidos y el
Tratado de Libre Comercio Entre República Dominicana – Centroamérica y Estados Unidos
ESTUDIO REALIZADO POR EL COMITÉ TRIPARTITO


Anexos sobre Medidas Disconformes: Servicios e Inversión

Tabla de Contenido


Introducción

El TLC Chile-Estados Unidos y el RD-CAFTA contienen tres anexos sobre medidas disconformes. El Anexo I que abarca Medidas Existentes con respecto al Comercio Transfronterizo de Servicios (todos los servicios distintos a servicios financieros) e Inversión; Anexo II abarcando Medidas Futuras con respecto al Comercio Transfronterizo de Servicios (todos los servicios distintos los servicios financieros) e Inversión; y el Anexo III sobre medidas disconformes con respecto a los Servicios Financieros. La información contenida en cada uno de estos tres Anexos está resumida más adelante para las Partes de los dos Tratados. Sin embargo, como es imposible comparar la cobertura de las medidas disconformes o su impacto, no se ha hecho intento en este estudio para evaluar o comparar la incidencia o restricción relativa de estas medidas. Asimismo, debido a que las Partes no necesariamente siguen el mismo esquema de clasificación cuando se establecen sus medidas en los Anexos, no se ha hecho intento para poner tanto las medidas sectoriales como las horizontales en las tablas comparativas. En cambio, la información se brinda en forma de resumen para cada Parte individual para el Tratado relevante.

Anexo I: Medidas Existentes: Comercio Transfronterizo de Servicios e Inversión

En el Anexo I, la Lista de una Parte establece las medidas disconformes existentes del país para el comercio transfronterizo de servicios (para todos los sectores distintos de los servicios financieros) y para inversión. Estas medidas se establecen de acuerdo a una lista negativa. Estas medidas disconformes incluyen aquellas que no están sujetas a algunas o a todas las obligaciones impuestas por:

(a) Trato Nacional (TN) (Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios);
(b) Trato de Nación más Favorecida (NMF) (Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios);
(c) Presencia Local (Comercio Transfronterizo de Servicios);
(d) Requisitos de Desempeño (RD) (Inversión);
(e) Altos Ejecutivos y Directorios/Juntas Directivas (AE) (Inversión); o
(f) Acceso a Mercados (AM) (Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios).

Cada anotación de la Lista establece los siguientes elementos:

(a) Sector se refiere al sector para el cual se ha hecho la ficha;

(b) Obligaciones Afectadas especifica la obligación(es) que no aplica(n) a la medida(s) enumerada(s);

(c) Nivel de Gobierno indica el nivel de gobierno que mantiene la medida(s) enumerada(s);

(d) Medidas identifica las leyes, reglamentos, u otras medidas para las cuales se ha hecho la anotación.

(e) Descripción suministra una descripción general, no obligatoria de las Medidas (TLC Chile - Estados Unidos). En el RD-CAFTA, esta sección establece compromisos, si los hay, para la liberalización futura y progresiva de las medidas.

Las medidas disconformes en el Anexo I se enumeran en su nivel de aplicación real y son apoyadas por referencias a leyes, reglamentos, u otras medidas. Cada Parte está obligada a aplicar tales medidas en forma no más restrictiva de lo que está indicado en la descripción de la medida. Si una medida disconforme establecida en el Anexo I se hace menos restrictiva o es eliminada después de la entrada en vigencia del Tratado, no puede ser modificada subsecuentemente o sustituida con una nueva medida que sea más restrictiva (“efecto cremallera” o “ratcheting” en inglés). Así la nueva medida se considera que tiene obligación legal y debe ser aplicada a todas la Partes al nivel más liberalizado.

A. TLC CHILE – ESTADOS UNIDOS

A.1 COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS

El número total de medidas disconformes listadas en el Anexo I por cada Parte es el siguiente:

Chile 17 Medidas Sectoriales  + 1 Medida Horizontal
Estados Unidos  5 Medidas Sectoriales  + 1 Medida Horizontal

La obligación que ambas Partes invocan más a menudo en sus medidas disconformes es la de Trato Nacional.

Chile aplica un número mayor de medidas disconformes de modalidad 1, o de la prestación de servicios transfronterizos de lo que aplica Estados Unidos, pero tiende a hacer esto por sectores. Estados Unidos aplica relativamente unas pocas medidas disconformes a nivel sectorial (fuera de transporte), pero sí establece medidas a nivel horizontal que pueden tener un impacto significativo en el comercio de servicios de todos los sectores.

A.1.a Medidas Horizontales

A nivel horizontal ambos países listan una medida con respecto al comercio transfronterizo que afecta varias obligaciones del Tratado.

  • Chile : Trato Nacional / Presencia Local

Chile requiere que un mínimo de 85 por ciento de los trabajadores que trabajan para el mismo empleador Chileno (en una compañía de más de 25 empleados) sean personas naturales chilenas.

  • Estados Unidos: Trato Nacional / NMF / Presencia Local

Los Estados Unidos reserva el Trato Nacional, el trato de NMF y la Presencia Local para todas las medidas disconformes existentes de todos los estados de los Estados Unidos, El Distrito de Columbia, y Puerto Rico. Esta medida afecta tres obligaciones: Trato Nacional, NMF, y Presencia Local. Es la única medida tomada a nivel regional del gobierno.

A.1.b Medidas Sectoriales

Las medidas disconformes sobre el comercio transfronterizo de servicios en el Anexo I se establecen por cada Parte según los diferentes sectores o sub-sectores, y con referencia a la(s) obligación(es) general(es) invocadas en la medida. Las medidas para Chile se encuentran en la Tabla 1 y las de Estados Unidos en la Tabla 2.

Tabla 1
Chile
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios

 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia Local

NMF

Comunicaciones

 

X

X

X

Pesca

 

X

X

X

Servicios deportivos, pesca y caza industrial, y de esparcimento

 

 

X

 

Agentes y despachadores de aduana

 

X

X

 

Guardia de seguridad armados

 

X

 

 

Servicios de Investigación

 

X

 

 

Servicios de Investigación

 

X

 

 

Servicios de investigación en ciencias sociales

 

X

 

 

Impresión, edición, e industrias asociadas

 

X

X

servicios profesionales

 

X

X

 

Servicios auxiliares de la administración de justicia

 

X

X

 

Servicios legales

 

X

 

X

Transporte aéreo

 

X

X

X

Transporte por agua

 

X

X

X

Transporte por agua

 

X

X

 

Transporte terrestre por carretera

 

X

X

X

Transporte terrestre por carretera

 

X

 

X

Tabla 2
Estados Unidos
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios

 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia
Local

NMF

Servicios suministrados a las empresas (Export Trading Company Act)

 

X

X

 

Servicios suministrados a las empresas (Licencia del Bureau of Industry and Security)

 

X

X

 

Transporte aéreo

 

X

X

X

Agentes aduanales

 

X

X

 

Abogados y agentes de patentes y otra práctica ante la ficina de Patentes y Marca Comercial (Patent and Trademark Office)

 

X

X

X

A.2 INVERSION

El número total de medidas disconformes enumeradas en el Anexo I por cada Parte es el siguiente:

Chile 9 Medidas Sectoriales + 1 Medida Horizontal
Estados Unidos 6 Medidas Sectoriales + 3 Medidas Horizontales

Las medidas disconformes que afectan la inversión en servicios con respecto al Acceso a Mercados se incluyen en las tablas bajo la Sección A.1 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios.

La mayoría de las medidas disconformes de Chile pertenecen a la obligación de Trato Nacional (9 medidas). Chile también lista una serie de medidas disconformes existentes contra Altos Ejecutivos y Directorios (6 medidas), y el Trato de NMF (5 medidas). Chile tiene 3 medidas disconformes existentes que violan la obligación de requisitos de desempeño.

Muchas de las medidas disconformes sectoriales listadas por Estados Unidos son con respecto al Trato Nacional (6 medidas), seguidas por el Trato de NMF (3 medidas) y Altos Ejecutivos y Directorios (2 medidas). Los Estados Unidos no tiene medidas disconformes sectoriales con relación a la obligación de Requisitos de Desempeño.

A.2.a Medidas Horizontales

A nivel horizontal ambos países listan una medida con respecto a la inversión que afecta varias obligaciones del Tratado.

  • Chile: Trato Nacional

La propiedad o cualquier otro tipo de derecho sobre “tierras del Estado” sólo podrá ser obtenida por personas naturales o jurídicas chilenas, a menos que se apliquen las excepciones legales correspondientes.

  • Estados Unidos: Trato Nacional / Trato NMF

Los seguros y garantías de préstamos de la “Overseas Private Investment Corporation” no están disponibles para ciertas personas naturales de nacionalidad extranjera, empresas extranjeras, o empresas constituidas en los Estados Unidos controladas por extranjeros.

  • Estados Unidos: Trato Nacional / Trato NMF

Las empresas extranjeras, con excepción de algunas Canadienses, no podrán utilizar la forma de registro de pequeña empresa, tal y como lo prevé la “Securities Act of 1933”, para registrar ofertas públicas de valores, o la forma de registro de empresa pequeña conforme al “Securities Exchange Act of 1934”, para registrar una clase de valores o presentar reportes anuales.

  • Estados Unidos: Trato Nacional / Trato NMF / Requisitos de Desempeño / Altos Ejecutivos y Directorios

Estados Unidos reserva el Trato Nacional, el Trato NMF, Requisitos de Desempeño y Altos Ejecutivos y Directorios para todas las medidas disconformes eChile: Trato Nacional xistentes de todos los estados de Estados Unidos, el Distrito de Columbia, y Puerto Rico. Es la única medida tomada a nivel regional del gobierno.

A.2.b Medidas Sectoriales

Las medidas disconformes sobre inversión en el Anexo I son establecidas por cada Parte según los distintos sectores o sub-sectores, y con referencia a la(s) obligación(es) general(es) invocadas en la medida. Las medidas para Chile se encuentran en la Tabla 3 y aquellas para Estados Unidos en la Tabla 4.

Tabla 3
Chile
Medidas Disconformes Existentes para Inversión
 

 

Tipo de compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Comunicaciones

X

X

X

x

Energía

X

 

X

 

Minería

X

 

X

 

Pesca

X

X

 

x

Pesca/ Acuicultura

X

 

 

 

Impresión, edición, e industrias asociadas

X

X

 

X

Transporte Aéreo

X

X

 

X

Transporte por agua I-CH-25

X

X

 

X

Transporte por agua I-CH-28

X

   

X

Tabla 4
Estados Unidos
Medidas Disconformes Existentes para Inversión

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Energía atómica

X

 

 

 

Minería

X

X

 

 

Transporte aéreo I-EEUU-6

X

X

 

X

Transporte aéreo I-EEUU-8

X

X

 

X

Agentes aduanales

X

 

 

 

Radiocomunicaciones

X

 

 

 

B. RD-CAFTA

B.1 COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS

El número total de medidas disconformes listadas en el Anexo I por cada Parte es el siguiente:
 
Costa Rica 28 Medidas Sectoriales No hay Medidas Horizontales
Rep. Dominicana 18 Medidas Sectoriales No hay Medidas Horizontales
El Salvador 16 Medidas Sectoriales No hay Medidas Horizontales
Guatemala 5 Medidas Sectoriales No hay Medidas Horizontales
Honduras 30 Medidas Sectoriales No hay Medidas Horizontales
Nicaragua 27 Medidas Sectoriales No hay Medidas Horizontales
Estados Unidos  5 Medidas Sectoriales  + 1 Medida Horizontal

La obligación que ambas Partes invocan más a menudo en sus medidas disconformes es el Trato Nacional.

Honduras lista el mayor número de medidas disconformes para la prestación de servicios transfronterizos, siendo Guatemala la que lista menos medidas. Estados Unidos aplica relativamente pocas medidas disconformes a nivel sectorial, pero establece una medida a nivel horizontal que puede tener un impacto importante en el comercio de todos los sectores de servicios.

B.1.a Medidas Horizontales  

A nivel horizontal Estados Unidos lista una medida con respecto al comercio transfronterizo de servicios que afecta diferentes obligaciones del Tratado. No hay medidas listadas a nivel horizontal por las Partes Centroamericanas y la República Dominicana.

  • Estados Unidos: Trato Nacional / NMF / Presencia Local

Estados Unidos reserva todas las medidas disconformes existentes para todos los estados de Estados Unidos, el Distrito de Columbia, y Puerto Rico con respecto a tres obligaciones: Trato Nacional, NMF y Presencia Local. Es la única medida tomada a nivel regional de gobierno.

B.1.b Medidas Sectoriales

Las medidas disconformes sobre comercio transfronterizo de servicios en el Anexo I se establecen por cada Parte según distintos sectores o sub-sectores, y con referencia a la(s) obligación(es) general(es) solicitadas en la medida. Las medidas para las Partes Centroamericanas y la República Dominicana se encuentran en las Tablas de la 5 a la 10 y las medidas para los Estados Unidos en la Tabla 11.

Tabla 5
Costa Rica
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia
Local

NMF

Servicios de riego y avenamiento

X

 

 

 

Servicios de tratamiento de desechos sólidos

X

 

 

 

Servicios marítimos y servicios aéreos especializados

X

 

 

 

Servicios profesionales

 

X

X

X

Zona Marítima-Terrestre

X

X

X

 

Servicios de transporte por vía terrestre- Transporte de pasajeros

X

X

 

X

Servicios de transporte por vía terrestre – Transporte de carga

X

X

 

X

Servicios de transporte por vía acuática

 

X

X

X

Servicios aéreos especializados

 

X

X

X

Guías de turismo

 

X

 

 

Agencias de viaje y turismo

X

 

 

 

   

 

 

 

Servicios de transporte - Agente aduanero – Auxiliares de agente aduanero – Transportistas aduaneros

 

X

X

 

Servicios relacionados con las telecomunicaciones - Radio y televisión

X

X

 

X

Distribución al detalle y al por mayor – Petróleo crudo y sus derivados

X

 

 

 

Servicios relacionados con la minería – Exploración de hidrocarburos

 

 

X

 

Minería y servicios relacionados con la minería – Minerales diferentes de los hidrocarburos

X

X

X

 

Servicios científicos y de investigación

 

 

X

 

Servicios relacionados con la agricultura y a la silvicultura

 

X

 

 

 

 

 

 

 

Energía eléctrica

X

X

X

 

Servicios de enseñanza superior

 

X

 

 

Servicios de profesionales en salud humana – Médicos y cirujanos, cirujanos dentales, microbiólogos, farmacéuticos, enfermeras y nutricionistas  

X

   
Audiovisuales – Publicidad – Servicios de cine, radio, televisión, y otros espectáculos

X

X

X

X

Servicios de agencias de noticias

 

X

X

 

Servicios de deportes y otros servicios de esparcimiento

X

X

X

 

 

 

 

 

 

Ferrocarriles, puertos y aeropuertos

X

 

X

 

Servicios inalámbricos

X

 

 X

Suministro de licores para el consumo en las instalaciones

X

 

 

 

Servicios de venta de lotería

X

     

Tabla 6
República Dominicana
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia

Local

NMF

Servicios profesionales – Servicios legales

X

X

   
Servicios profesionales – Servicios de arquitectos e ingeniería

 

 X

X

 X

Servicios profesionales – Servicios de contabilidad, auditoría y teneduría de Libros

 X

X

 X

 
Servicios profesionales – Servicios en Ciencia de la salud y profesiones afines

 

X

 X

X

Servicios relacionados con energía

 X

 

 

 
Comunicaciones – Servicios audiovisuales

 

X

 

 X

Comunicaciones – Servicios de publicidad

 

X

 

 

Comunicaciones – Difusión

 X

X

 X

 

Comunicaciones

 X

 

X

 
Servicios de distribución, comercialización y de agentes comisionistas

 X

 

 X

 
Turismo y servicios relacionados con los viajes

 

X

X

 

Servicios de esparcimiento y culturales

 

X

   
Transporte – Servicios Marítimos

 

X

X

 
Transporte Aéreo – Servicios aéreos especializados y mantenimiento y reparación de Naves  

X

 

 X

Servicios educativos

X

 

 X

 
Loterías

X

 

 

 

Distribución al por menor de productos farmacéuticos

X

 

 

 

Servicios Incidentales a la Minería; construcción y manejo de plantas hidroeléctricas; servicios de transmisión, comercialización y distribución de electricidad; Servicios públicos de irrigación; Manejo y operación de servicios de distribución de aguas y sistemas de drenaje (aguas servidas); construcción, operación y administración de puertos y aeropuertos; y
Operación de loterías

X

 

 

 

Tabla 7
El Salvador
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia
Local

NMF

         
 

 

 

 

 

Servicios aéreos- Servicios aéreos especializados

 

X

 

X

Servicios aéreos- Reparación de aeronaves y servicio de mantenimiento durante los cuales la aeronave se retira de servicio, y pilotos de servicios aéreos especializados

 

X

 

X

Servicios de Comunicaciones – Servicios de publicidad y promoción para radio y televisión

 

X

 

X

Artes escénicas

 

X

 

 

Circos

 

X

 

 

Artes escénicas

 

X

 

 

Construcción y servicios de ingeniería relacionados

 

X

X

X

Contaduría pública y auditoría pública

 

X

 

X

Servicios profesionales- Servicios de arquitectura, servicios de ingeniería, servicios de ingeniería integrados,
Servicios de planificación urbana y paisaje

 

X

X

 

Servicios profesionales- Servicios de Salud (incluye pero no se limita a:
Servicios de medicina general y especializada, servicios dentales, servicios veterinarios, servicios paramédicos, servicios prestados por psicólogos, parteras, enfermeras, fisioterapeutas, químicos,
y técnicos calificados en Laboratorio Clínico, técnicos y auxiliares)
 

X

X

X

 

 

     
Servicios profesionales- Servicios legales (notario público)

 

X

X

X

Servicios profesionales- Maestros

 

X

 

 

Servicios profesionales- Agentes aduaneros

 

X

 

X

Servicios de transporte – Servicios de transporte terrestre

 

X

 

 
   

 

 

 

Energía

X

 

 

 

Transporte terrestre

X

 

 

 

Tabla 8
Guatemala
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia
Local

NMF

Servicios Profesionales- Notarios

 

X

X

 

Entretenimiento cultural

 

X

X

 

Guías de turismo

 

X

X

 

Servicios aéreos especializados

 

 

 

X

Servicios aéreos especializados  

X

   

Tabla 9
Honduras
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia
Local

NMN

Agentes y agencias aduaneras

 

X

 

 

Servicios de comunicaciones- Correos

X

 

 

 

Telecomunicaciones  

X

 

 

Telecomunicaciones

X

     
Servicios de construcción o consultorías y servicios de ingeniería conexos – Ingeniería civil

X

X

X

X

Servicios de distribución – Productos derivados del petróleo (combustible líquido, aceite automotriz, diesel, kerosén, y Gas Líquido de Petróleo (LPG))

 

 

X

 

Electricidad

X

 

 

 

Loterías

X

 

 

 

Servicios de educación – Servicios privados de educación preescolar, primaria y secundaria

 

X

X

X

Servicios de entretenimiento – Músicos

 

X

 

 

Campeonatos y servicios de juegos de fútbol

 

X

X

X

Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos- casinos de juegos de envite o azar (abarca juegos de ruleta, damas, baraja, punto y banca, bacará máquinas tragamonedas y otros similares)

 

X

X

 

Servicios ambientales

X

 

 

 

Distribución, venta al por mayor y venta al por menor – Armas, municiones y otros artículos relacionados

X

 

 

 

 

 

   

 

Servicios profesionales

 

X

X

X

Transporte aéreo

 

X

X

X

Transporte marítimo – Navegación de cabotaje

 

X

X

X

Transporte terrestre

X

X

X

X

Otros servicios comerciales – Almacenes generales de depósito

X

 

 

 

     

 

 
Servicios de consultoría económicos

 

 

X

 

Servicios de consultorías en administración de empresas

X

X

 

X

Ingeniería agrícola y agronomía

 

X

 

X

Ingenieros forestales

 

X

X

 

Veterinarios

 

X

X

X

Microbiólogos y clínicos

 

X

 

 

Notarios

 

X

 

 

   

 

 

 

Servicios de energía eléctrica

X

 

 

 

Telecomunicaciones

X

     
Contadores públicos    

X

 
Arquitectos  

 

X

 

         

Tabla 10
Nicaragua
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia
Local

NMF

Músicos y artistas

 

X

 

X

Turismo – Hoteles, restaurantes, guías de Turístico, Rent-a-Car y otras actividades relacionadas con el turismo

 

X

X

 

Servicios relacionados con la construcción

 

X

X

 

Distribución de fuegos artificiales, armas de fuegos y municiones

 

X

X

 

Servicios de seguridad privada

 

X

X

 

Radiodifusión sonora, televisión de libre recepción

 

X

 

 

Comunicaciones – Servicios profesionales de
radiodifusión y televisión

 

X

 

X

Distribución de electricidad

 

 

X

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Servicos incidentales a la minería – Hidrocarburos    

X

 
Servicos incidentales a la minería – Minerales metálicos y no métalicos    

X

 
Pesca, acuicultura y actividades relacionadas con la pesca

 

X

X

 

Transporte terrestre

 

X

X

X

Transporte marítimo

 

X

 

 

Puertos

X

 

 

 

Transporte aéreo – Servicios de reparación y mantenimiento,
servicios aéreos especializados

 

X

X

X

Servicios profesionales

 

X

X

X

Servicios de Contabilidad pública y auditoria prestados a las empresas

 

X

X

 

Servicios profesionales – Notariado

 

X

 

X

Agentes aduaneros

 

X

X

X

Servicios de investigación científica

 

 

X

 

Telecomunicaciones

X

X

 

 

Elaboración de mapas

X

 

 

 

Agua potable, alcantarillado sanitario
recolección de aguas servidas y disposición de aguas servidas

X

 

 

 

Aeropuertos

X

 

 

 

Energía

X

 

 

 

Administración de loterías

X

 

 

 

Servicios de comunicación social

X

 

 

 

   

 

 

 

Tabla 11
Estados Unidos
Medidas Disconformes Existentes para el Comercio Transfronterizo de Servicios

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia
Local

NMF

Servicios suministrados a las empresas (Export Trading Company Act)

 

X

X

 

Servicios suministrados a las empresas ((Licencia del Bureau of Industry and Security)  

X

X

 
Transporte aéreo

 

X

X

X

Servicios de Transporte-
Agentes aduanales

 

X

X

 

Servicios profesionales –Abogados y
agentes de patentes y otras prácticas ante la Oficina de Patentes y Marca Comercial (Patent and Trademark Office)

 

X

X

X

B.2 INVERSION

La tabla de abajo muestra el número total de medidas disconformes existentes listadas por cada Parte en el Anexo I.
 
Costa Rica 14 Medidas Sectoriales No hay Medidas Horizontales
Rep. Dominicana 12 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
El Salvador 7 Medidas Sectoriales + 2 Medidas Horizontales
Guatemala 3 Medidas Sectoriales + 5 Medidas Horizontales
Honduras 14 Medidas Sectoriales + 3 Medidas Horizontales
Nicaragua 4 Medidas Sectoriales No hay Medidas Horizontales
Estados Unidos 3 Medidas Sectoriales + 3 Medidas Horizontales

Las medidas disconformes que afectan la inversión en servicios con respecto a Acceso a Mercados están incluidas en las tablas en la Sección B.1 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios.

La obligación que ambas Partes invocan más a menudo en sus medidas disconformes es el de Trato Nacional.  

Costa Rica tiene 13 medidas disconformes que no aplican a la obligación de Trato Nacional, 6 al Trato de NMF, 3 a Requisitos de Desempeño, y 4 a Altos Ejecutivos y Juntas Directivas.  

La República Dominicana tiene 8 medidas disconformes que no aplican al Trato Nacional, 3 a Requisitos de Desempeño, y 3 a Altos Ejecutivos y Juntas Directivas.  

El Salvador tiene 7 medidas disconformes que no aplican a la obligación de Trato Nacional, y 3 a la obligación de Trato de NMF.  

Guatemala lista 3 medidas que no aplican al Trato Nacional y 1 para Altos Ejecutivos y Juntas Directivas.  

Honduras tiene 12 medidas disconformes que no aplican al Trato Nacional, 1 al Trato NMF, y 5 para Altos Ejecutivos y Juntas Directivas.  

Nicaragua tiene 3 medidas disconformes que no aplican al Trato Nacional, 2 a Requisitos de Desempeño, y 1 para Altos Ejecutivos y Juntas Directivas.  

Los Estados Unidos tiene 6 medidas disconformes con respecto al Trato Nacional, 3 al Trato NMF, y 2 para Altos Ejecutivos y Juntas Directivas.  

B.2.a Medidas Horizontales  

A nivel horizontal ambos países listan una medida con respecto a inversión que afecta distintas obligaciones del Tratado.  

  • República Dominicana: Trato Nacional

Sólo nacionales dominicanos podrán realizar actividades relacionadas con la disposición de desechos tóxicos, peligrosos o radiactivos no producidas en el país.

  • El Salvador: Trato Nacional / Trato de NMF

Una persona extranjera no puede ser propietaria de bienes rústicos, incluyendo una sucursal de una persona extranjera, si la persona es nacional de un país o está constituida de conformidad con las leyes de un país, que no permite que nacionales salvadoreños sean propietarios de bienes rústicos, excepto cuando se trate de tierras para establecimientos industriales. Una empresa constituida de conformidad con las leyes salvadoreñas, cuyo capital mayoritario es propiedad de personas extranjeras o cuyos socios son en su mayoría extranjeros, está sujeta al párrafo anterior.  

  • El Salvador: Trato Nacional / Trato NMF

Únicamente las siguientes personas pueden dedicarse al comercio, la industria y la prestación de servicios en pequeño en El Salvador: (a) Nacionales salvadoreños nacidos en El Salvador; y (b) los nacionales de las Partes Centroamericanas. Una empresa constituidas de conformidad con la ley salvadoreña, cuyo capital mayoritario es de propiedad extranjera, o cuyos socios son mayoritariamente extranjeros, no puede establecer una empresa en pequeño para dedicarse al comercio, la industria y la prestación de servicios en pequeño. Para propósitos de esta ficha, una empresa en pequeño es una empresa con una capitalización no mayor a 200,000 dólares de los Estados Unidos.  

  • Guatemala: Trato Nacional

Solamente las siguientes personas podrán obtener títulos de propiedad, arrendamiento o usufructo de tierras nacionales en el Departamento del Petén: (1) los guatemaltecos por nacimiento, que no sean propietarios de bienes inmuebles rústicos en cualquier parte del territorio que no sea mayor a 45 hectáreas; y (2) los guatemaltecos por nacimiento, que no sean propietarios de empresas industriales, mineras o comerciales. Las empresas propiedad 100 por ciento de guatemaltecos por nacimiento, que reúnan los requisitos enumerados en el párrafo anterior, pueden obtener títulos de propiedad, arrendamiento o usufructo de tierras nacionales en el Departamento de El Petén.  

  • Guatemala: Trato Nacional

Sólo los guatemaltecos por nacimiento y las empresas que sean propiedad mayoritariamente por guatemaltecos por nacimiento, pueden obtener titulación supletoria.

  • Guatemala: Trato Nacional

Los extranjeros, requieren una autorización de la Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado para adquirir en propiedad las tierras propiedad del estado, siguientes:

(a) las tierras nacionales localizadas en zonas urbanas; y

(b) las tierras nacionales en propiedad, sobre las que existen derechos inscritos en el Registro General de la Propiedad con anterioridad al 1 de marzo 1956, ubicados en:

(i) una faja terrestre de 3 kilómetros a lo largo del océano;
(ii) 200 metros alrededor de las orillas de los lagos;
(iii) 100 metros a cada lado de las riberas de los ríos navegables; y
(iv) 50 metros alrededor de las fuentes y manantiales donde nazcan aguas que surtan a las poblaciones.

Solamente el Gobierno puede rentar inmuebles propiedad del Estado, descritos arriba, a empresas legalmente constituidas en Guatemalta.

  • Guatemala: Trato Nacional

Sólo los guatemaltecos por nacimiento y las empresas propiedad 100% de guatemaltecos por nacimiento, pueden ser propietarios o poseer tierras nacionales situadas dentro de 15 kilómetros de las fronteras. Los extranjeros podrán, no obstante, ser propietarios o poseer bienes urbanos o derechos de propiedad del Estado, inscritos en el Registro General de la Propiedad, con anterioridad al 1º de marzo de 1956 dentro de los 15 kilómetros de la frontera.

  • Guatemala: Trato Nacional

Para que una empresa constituida con arreglo a las leyes extranjeras, pueda establecerse en Guatemala, en cualquier forma, deberá constituir un capital asignado para sus operaciones en Guatemala, y una fianza a favor de terceros por una cantidad no menor al equivalente en quetzales de 50,000 dólares de los Estados Unidos de América, que deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dicha sociedad opere en Guatemala. El monto exacto de la garantía, será determinado por el Registro Mercantil basado entre otros factores en el monto de la inversión. Para mayor certeza, el requisito de una fianza no debe ser considerado como impedimento a una empresa organizada bajo las leyes de un país extranjero, para establecerse en Guatemala.

  • Honduras: Trato Nacional

Las tierras del Estado, la tierra común, y la tierra privada a 40 kilómetros de las fronteras y las líneas costeras, y tales tierras en las islas, callos, arrecifes, escolladeros, peñones, sirtes y bancos de arena en Honduras, se pueden adquirir, poseer, o sostener solamente bajo cualquier título por los nacionales de Honduras por nacimiento, por las empresas constituidas completamente por los nacionales de Honduras, y por las instituciones del Estado. No obstante el párrafo anterior, cualq uier persona puede adquirir, poseer, sostener, o arrendar hasta por 40 años (que puedan ser renovados) tierras urbanas en tales áreas a condición de que sea certificado y aprobado con fines turísticos, desarrollo económico o social, o para el interés público por la Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo.Cualquier persona que adquiera, posea, o sostenga los asimientos de tal tierra urbana pueden transferir esa tierra solamente previa autorización de la Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo.

  • Honduras: Trato Nacional / Trato de NMF

La industria o comercio en pequeña escala, se reserva a las personas hondureñas. Los inversionistas extranjeros no podrán dedicarse a la industria y el comercio en pequeña escala, a menos que sean ciudadanos naturalizados y su país de origen otorgue la reciprocidad. “Industria y comercio en pequeña escala” se define como la empresa con capital menor a 150,000.00 Lempiras, excluyendo terrenos, edificios, y vehículos.  

  • Honduras: Trato Nacional / Trato de NMF

Las cooperativas no hondureñas se podrán establecerse en Honduras previa autorización del Instituto Hondureño de Cooperativas. Dicha autorización se concederá siempre y cuando exista: (a) la reciprocidad en el país de origen, y (b) la cooperativa no hondureña tenga, cuando menos un representante legal permanente en Honduras.  

  • Estados Unidos: Trato Nacional / Trato NMF

Los seguros y garantías de préstamos de la “Overseas Private Investment Corporation” no están disponibles para ciertas personas naturales de nacionalidad extranjera, empresas extranjeras, o empresas constituidas en los Estados Unidos controladas por extranjeros.

  • Estados Unidos: Trato Nacional / Trato NMF

Las empresas extranjeras, con excepción de algunas Canadienses, no podrán utilizar la forma de registro de pequeña empresa, tal y como lo prevé la “Securities Act of 1933”, para registrar ofertas públicas de valores, o la forma de registro de empresa pequeña conforme al Securities Exchange Act of 1934”, para registrar una clase de valores o presentar reportes anuales.  

  • Estados Unidos: Trato Nacional / Trato NMF / Requisitos de Desempeño / Altos Ejecutivos y Juntas Directivas

Estados Unidos reserva el Trato Nacional, el Trato NMF, Requisitos de Desempeño y Altos Ejecutivos y Directorios para todas las medidas disconformes existentes de todos los estados de Estados Unidos, el Distrito de Columbia, y Puerto Rico. Es la única medida tomada a nivel regional del gobierno. 

B.2.b Medidas Sectoriales  

Las medidas disconformes sobre inversión en el Anexo I son establecidas por cada Parte según los distintos sectores o sub-sectores, y con referencia a la(s) obligación(es) general(es) invocadas en la medida. Las medidas para las Partes Centroamericanas y la República Dominicana se encuentran en las Tablas 12 a 17 para Estados Unidos en la Tabla 18.  

Tabla 12
Costa Rica
Medidas Disconformes Existentes para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Zona marítima-terrestre

X

 

 

 

Servicios de transporte por vía terrestre – Transporte de pasajeros

X

X

 

 

Servicios de transporte por vía terrestre – Transporte de carga

X

X

 

X

Servicios de transporte por vía acuática

X

 

 

 

Servicios de transporte aéreo

X

X

 

X

Servicios relacionados con las telecomunicaciones -
Radio y televisión

X

X

 

X

Minería y servicios relacionados con minería – Minerales diferentes de los hidrocarburos

X

 

 

 

Zonas Francas

 

 

X

 

Pesca y servicios relacionados con la Pesca

X

 

X

 

Energía eléctrica

X

 

 

 

Servicios de enseñanza superior

X

 

 

X

Audiovisuales - Publicidad – Servicios de cine, radio, televisión y otros espectáculos

X

X

X

 

Servicios deportivos y otros servicios de esparcimiento

X

 

 

 

Servicios inalámbricos

X

X

 

 

Tabla 13
República Dominicana
Medidas Disconformes Existentes para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Servicios relacionados con energía

X

 

 

 

Minería

X

 

 

 

Comunicaciones- Servicios audiovisuales  

 

 X

 
Comunicaciones- Servicios de agencia de noticias      

X

Comunicaciones- Difusión

X

     
Servicios de distribución, comercialización y de agentes comisionistas    

X

 
Transporte –Transporte marítimo

X

   

X

Transporte aéreo

X

   

X

Zona francas    

X

 
Servicios de exploración y explotación de petróleo

X

     
Pesca

X

     
Sociedades cooperativas

X

     

  Tabla 14
El Salvador
Medidas Disconformes Existentes para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Sociedades de producción cooperata

X

 

 

 

Centros comerciales y establecimientos libres de impuestos

X

 

 

 

Servicios de Comunicación-
Servicios de transmisión por televisión y radio

X

 

 

 

Construcción y servicios de ingeniería relacionados

X

X

 

 

Contaduría pública y auditoría pública

X

X

 

 

Servicios profesionales-
Agentes aduaneros

X

X

 

 

Servicios de transporte – Servicios de transporte terrestre

X

 

 

 

Tabla 15
Guatemala
Medidas Disconformes Existentes para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

PR

AE

Forestal

X

 

 

 

Servicios profesionales

X

 

 

 

Transporte aéreo

X

 

 

X

Tabla 16
Honduras
Medidas Disconformes Existentes para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Agentes y Agencias aduanera

X

 

 

 

Agricultura

X

 

 

 

Radio, televisión y periódicos

 

 

 

X

Servicios de construcción o consultoría y servicios de ingeniería – Ingeniería civil

X

 

 

 

Servicios de distribución – Productos derivados del petróleo (combustible líquido, aceite automotriz, diesel, kerosén, y LPG)

X

 

 

 

Servicios de educación – Servicios privados de educación preescolar, primaria y secundaria

 

 

 

X

Servicios de entretenimiento – Músicos

X

 

 

 

Servicios esparcimiento, culturales y deportivos - Casinos de juegos de envite o azar (abarca juegos de ruleta, damas, baraja, punto y banca, bacará máquinas tragamonedas y otros similares)

X

 

 

 

Servicios de investigación y seguridad

X

 

 

X

Industria Pesquera

X

 

 

 

Transporte aéreo

X

 

 

X

Transporte marítimo- Navegación de cabotaje

X

X

 

 

Transporte terrestre

X

 

 

 

Transporte - ferrocarril

X

 

 

X

Tabla 17
Nicaragua
Medidas Disconformes Existentes para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Radiodifusión sonora, televisión de libre recepción

X

 

 

 

Pesca, acuicultura y actividades relacionadas con la Pesca

X

 

X

 

Transporte aéreo

X

 

 

X

Régimen sobre Zonas Francas y régimen sobre perfeccionamiento activo

 

 

X

 

Tabla 18
Medidas Disconformes Existentes para Inversión
Estados Unidos
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Energía Atómica

X

 

 

 

Minería

X

X

 

 

Transporte aéreo

X

X

 

X

Transporte aéreo

X

X

 

X

Servicios de transporte-
Agentes aduanales

X

 

 

 

Comunicaciones- Radiocomunicaciones

X

 

 

 

Anexo II: Medidas Futuras: Comercio Transfronterizo de Servicios e Inversión

En el Anexo II, la Lista de una Parte establece los sectores específicos, sub-sectores, o actividades para los cuales esa Parte puede mantener medidas existentes o adoptar nuevas o más restrictivas para el comercio transfronterizo de servicios (para todos los sectores distintos de los servicios financieros) y para inversión. Para los sectores y sub-sectores incluidos en este Anexo, los respectivos gobiernos así permanecen libres para regular en una forma discriminatoria, de la forma deseada, sin restricción. Las medidas se establecen de acuerdo a una lista negativa. Estas medidas disconformes incluyen aquellas que no están sujetas a algunas o todas las obligaciones impuestas por:

(a) Trato Nacional (TN) (Servicios de Inversión y Comercio Transfronterizo);
(b) Nación Más Favorecida (NMF) (Servicios de Inversión y Comercio Transfronterizo);
(c) Presencia Local (Servicios de Comercio Transfronterizo);
(d) Requisitos de Desempeño (RD) (Inversión);
(e) Altos Ejecutivos y Directorios/Juntas Directivas (AE) (Inversión); o
(f) Acceso a Mercados (AM) (Inversión en Servicios y Comercio Transfronterizo de Servicios).

Cada anotación en el anexo establece los siguientes elementos:

(a) Sector se refiere al sector para el cual se ha hecho la anotación;

(b) Obligaciones Afectadas especifica la(s) obligación(es) que no aplican a los sectores, sub-sectores, o actividades enumeradas en;

(c) Descripción establece el alcance de los sectores, sub-sectores, o actividades cubiertas por la ficha;

(d) Medidas Existentes identifica, para propósitos de transparencia, medidas vigentes que no aplican a los sectores, sub-sectores, o actividades cubiertas por la anotación.

C. TLC CHILE – ESTADOS UNIDOS

C.1 COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS

El número total de medidas disconformes listadas en el Anexo II por cada Parte es el siguiente:

Chile 9 Medidas Sectoriales  + 2 Medidas Horizontales
Estados Unidos 4 Medidas Sectoriales  + 2 Medidas Horizontales

La obligación que ambas Partes invocan más a menudo en sus medidas disconformes es la de Trato Nacional.

Chile lista un número mayor de medidas con respecto a la prestación de servicios transfronterizos que Estados Unidos. A nivel horizontal ambas Partes listan una medida idéntica sobre NMF y una medida cada uno sobre Acceso a Mercados. Las medidas que afectan al Acceso a Mercados son completas y podrían tener un impacto significativo en el comercio de servicios de todos los sectores.

C.1.a Medidas Horizontales

  • Estados Unidos / Chile / NMF

A nivel horizontal ambas Partes listan una medida idéntica que afecta al Trato de NMF. La medida tiene dos componentes que deben leerse por separado.

La primera parte de la medida protege que cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral preexistente caiga en el ámbito del TLC Chile-Estados Unidos. Cada una de las Partes tiene el derecho de adoptar o mantener cualesquiera medidas que otorguen trato diferencial a países que estén bajo cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral vigente o firmado antes de la fecha de entrada en vigencia del Tratado.

La segunda parte de la medida permite a cada una de las Partes adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferencial a países que estén bajo cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral vigente o firmado antes de la fecha de entrada en vigencia del Tratado con respecto a tres actividades, en materia de:

(a) aviación;
(b) pesca; o
(c) asuntos marítimos, incluyendo salvamento.

  • Estados Unidos: Acceso a Mercados

Estados Unidos se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que no sea incompatible con las obligaciones de Estados Unidos de conformidad con el Artículo XVI del Acuerdo General de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre Comercio de Servicios (AGCS). (Nota: Este Artículo contiene seis medidas que afectan el Acceso a Mercados, de las cuales cuatro de estas son restricciones cuantitativas no discriminatorias.)

  • Chile: Acceso a Mercados

Chile se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que afecte a Acceso a Mercados excepto aquellas que establece explícitamente en el Anexo II con respecto a los distintos sub-sectores y cuatro modos de prestación de servicios, como se define en el texto de la medida disconforme. Estos sub-sectores incluyen: servicios legales; servicios de contabilidad, auditoría y teneduría de libros; servicios de asesoramiento tributario; servicios de arquitectura; servicios de ingeniería; servicios de veterinaria; servicios proporcionados por matronas, enfermeras, fisioterapeutas y personal paramédico; servicios de informática y servicios conexos; servicios inmobiliaros; servicios de arrendamiento o alquiler sin operarios, relativos a buques, aeronaves cualquier otro equipo de transporte y otra maquinaria y equipo; servicios de publicidad, de investigación de mercados y encuestas de la opinión pública, de consultores en administración, relacionados con los de los consultores en administración, y de ensayos y análisis técnicos; servicios relacionados con la agricultura, la caza y la silvicultura; servicios relacionados con la minería, de colocación y suministro de personal, y de investigación y seguridad; servicios de mantenimiento y reparación de equipo, servicios de limpieza de edificios, servicio fotográfico, servicio de empaque y servicios prestados con ocasión de asambleas y convenciones; servicios de editoriales y de imprenta; servicios de telecomunicaciones de larga distancia nacional o internacional; servicios y redes de telecomunicaciones básicas locales; servicios de comisionistas, comerciales al por mayor, comerciales al por menor, de franquicia y otros; servicios de hoteles y restaurantes, de agencias de viaje y organización de viajes en grupo, de guías de turismo; servicios de esparcimiento, servicios de agencias de noticias, de bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales; servicios deportivos y otros servicios de esparcimiento; servicios de transporte por carretera, servicios auxiliares en relación con todos los medios de transporte; servicio de transporte por tuberías y transporte de combustibles y otros productos; y servicios de reparación y mantenimiento de aeronaves.

Chile también accede a establecer cualquier medida disconforme existente sobre servicios relacionados con la energía y educación de adultos dentro del año siguiente a la fecha de entrada en vigencia del Tratado.

C.1.b Medidas Sectoriales

Las medidas disconformes sobre comercio transfronterizo de servicios en el Anexo II se establecen por cada Parte según los diversos sectores y sub-sectores, y con referencia a la(s) obligación(es) general(es) invocadas en la medida. Las medidas para Chile se encuentran en la Tabla 19 y aquellas para Estados Unidos en la Tabla 20.

Tabla 19
Chile
Medidas Disconformes Futuras sobre Comercio Transfronterizo de Servicios  

 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

PresenciaLocal

NMF

Servicios de telecomunicaciones

 

X

X

X

Asuntos relacionados con las minorías

 

X

X

X

Asuntos relacionados con las poblaciones autóctonas

 

X

X

X

Servicios de educación

 

X

X

X

Actividades Relativas a la pesca

 

X

 

X

Industrias culturales

 

 

 

X

Servicios sociales

 

X

X

X

Servicios relacionados con el medio ambiente

 

X

X

X

Servicios relacionados con la construcción

 

X

X

 

  Tabla 20
Estados Unidos
Medidas Disconformes Futuras sobre Comercio Transfronterizo de Servicios
   

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

PresenciaLocal

NMF

Comunicaciones

 

 

 

X

Servicios sociales

 

X

X

X

Asuntos relacionados con las minorías

 

X

X

 
Transporte marítimo

 

X

X

X

C.2 INVERSION

El número total de medidas disconformes enumeradas en el Anexo II por cada Parte es el siguiente:

Chile 7 Medidas Sectoriales + 3 Medidas Horizontales
Estados Unidos 4 Medidas Sectoriales + 1 Medida Horizontal

Las medidas disconformes que afectan la inversión de servicios con respecto al Acceso a Mercados están incluidas en las tablas de la Sección C.1 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios.

La obligación que ambas Partes invocan más a menudo en sus medidas disconformes es la de Trato Nacional.

Chile lista un número mayor de medidas con respecto a inversión; más de las que lista Estados Unidos. Con respecto a sectores específicos, Chile tiene una lista de 7 medidas disconformes, mientras que Estados Unidos tiene 4 medidas. El Trato Nacional se invoca con respecto a seis medidas disconformes. El mismo número aplica al Trato de NMF. Cuatro medidas disconformes violan la obligación de Requisitos de Desempeño y 4 la obligación para Altos Ejecutivos y Directorios. Estados Unidos tiene el mismo número de medidas disconformes para todas las obligaciones (3 medidas para cada uno).

Ambas Partes incluyen el mayor número de medidas disconformes futuras en sectores relacionados con temas sociales, incluyendo servicios sociales, asuntos de minorías, y en el caso de Chile, temas que involucran a poblaciones autóctonas. Chile incluye una medida disconforme para comunicaciones, la cual no aplica al Trato Nacional, al Trato de NMF, Requisitos de Desempeño, y Altos Ejecutivos y Directorios. Estados Unidos, por otro lado, hace lo mismo en el sector de transporte.

C.2.a Medidas Horizontales

  • Estados Unidos / Chile: NMF

A nivel horizontal ambas Partes del Tratado listan una medida idéntica que afecta al Trato de NMF. La medida tiene dos componentes que deben leerse por separado.  

La primera parte de la medida brinda protección para que cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral preexistente caiga en el ámbito del TLC Chile-Estados Unidos. Cada una de las Partes tiene el derecho de adoptar o mantener cualesquiera medidas que otorguen trato diferencial a países que están bajo cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral vigente o firmado antes de la fecha de entrada en vigencia del Tratado.  

La segunda parte de la medida permite a cada una de las Partes adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferencial a países que están bajo cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral vigente o firmado antes de la fecha de entrada en vigencia del Tratado con respecto a tres actividades, en materia de:  

(a) aviación;
(b) pesca; o
(c) asuntos marítimos, incluyendo salvamento.

  • Chile: Trato Nacional / NMF

Chile se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida relacionada con la propiedad o control de las tierras ubicadas hasta una distancia de 5 kilómetros desde la costa, que sean usadas para la agricultura. Dichas medidas podrían incluir el requisito de que la mayoría de cada clase de acciones de una persona jurídica que pretende ser propietaria o tener el control de tales tierras, pertenezca a personas naturales chilenas o a personas que residan en Chile durante 183 días al año o más.  

  • Chile: Trato Nacional / Altos Ejecutivos y Directorios

Al transferir o disponer de cualquier interés accionario o activo de una empresa del Estado o entidad gubernamental existente, Chile se reserva el derecho de prohibir o imponer limitaciones sobre la propiedad de tal interés o activo y sobre el derecho de inversionistas extranjeros o sus inversiones de controlar cualquier compañía del Estado creada de este modo o inversiones realizadas por el mismo. En relación con dicha transferencia o disposición, Chile podría adoptar o mantener cualquier medida relativa a la nacionalidad de altos ejecutivos y miembros del directorio. Una “Compañía del Estado” significará cualquier compañía de propiedad o controlada por Chile, mediante participación en su propiedad e incluirá cualquier compañía establecida después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado únicamente para propósitos de vender o disponer de la participación en el capital o activos de una empresa del Estado o de una entidad gubernamental existente.

C.2.b Medidas Sectoriales

Las medidas disconformes sobre inversión en el Anexo II se establecen por cada Parte según los diferentes sectores y sub-sectores, y con referencia a la(s) obligación(es) general(es) invocadas en la medida. Las medidas para Chile se encuentran en la Tabla 21 y aquellas para los Estados Unidos en la Tabla 22.

Tabla 21
Chile
Medidas Disconformes Futuras para Inversión 

 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Servicios de telecomunicaciones

X

X

X

X

Asuntos relacionados con las minorías

X

X

X

X

Asuntos relacionados con poblaciones autóctonas

X

X

X

X

Finanzas gubernamentales

X

 

 

 

Actividades relativas a la pesca

X

X

 

 

Industrias culturales

 

X

 

 

Servicios sociales

X

X

X

X

  Tabla 22
Estados Unidos
Medidas Disconformes Futuras para Inversión

 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Comunicaciones

 

X

 

 

Servicios sociales

X

X

X

X

Asuntos relacionados con las minorías

X

 

X

X

Transporte

X

X

X

X

D. RD-CAFTA

D.1. COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS

El número total de medidas disconformes enumeradas en el Anexo II por cada Parte es el siguiente:
 
Costa Rica 2 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
República Dominicana 4 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
El Salvador 3 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
Guatemala 2 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
Honduras 6 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
Nicaragua 3 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
Estados Unidos 4 Medidas Sectoriales + 2 Medidas Horizontales

El sector con el mayor número de medidas disconformes listadas es el de Servicios de Salud y Servicios Relacionados con el Campo Social.

El sector con menos medidas disconformes es el de Servicios de Diversión, Culturales y Deportivos.  

Honduras lista el número más grande de medidas disconformes con respecto a la prestación de servicios transfronterizos, siendo Guatemala y Costa Rica las que aplican la menor cantidad. Todas las Partes tienen una medida horizontal idéntica que afecta al Trato de NMF, y Estados Unidos tiene una medida horizontal adicional que afecta el Acceso a Mercados.

D.1.a Medidas Horizontales

  • Estados Unidos / Costa Rica/ República Dominicana /El Salvador/ Guatemala/ Honduras/ Nicaragua: NMF

A nivel horizontal todas las Partes listan una medida idéntica que afecta al trato de NMF. La medida tiene dos componentes que deben considerarse por separado.

La primera parte de la medida brinda protección para que cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral preexistente caiga en el ámbito del RD-CAFTA. Cada una de las Partes tiene derecho de adoptar o mantener cualquiera medida que otorgue trato diferencial a países que están bajo cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral vigente o firmado antes de la fecha de entrada en vigencia del Tratado.  

La segunda parte de la medida permite a cada una de las Partes adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferencial a países que están bajo cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral vigente o firmado antes de la fecha de entrada en vigencia del Tratado con respecto a tres actividades, en materia de:

(a) aviación;
(b) pesca; o
(c) asuntos marítimos, incluyendo salvamento.

  • Estados Unidos / Acceso a Mercados

Estados Unidos se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que no sea incompatible con las obligaciones de Estados Unidos de conformidad con el Artículo XVI del Acuerdo General de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre Comercio de Servicios (AGCS). (Nota: Este Artículo contiene seis medidas que afectan a Acceso a Mercados, de las cuales cuatro de estas son restricciones cuantitativas no discriminatorias).  

D.1.b Medidas Sectoriales

Las medidas disconformes sobre el comercio transfronterizo de servicios en el Anexo II se establecen por cada Parte según los distintos sectores y sub-sectores, y con referencia a la(s) obligación(es) general(es) invocadas en la medida. Las medidas de las Partes Centroamericanas y la República Dominicana para el RD-CAFTA se encuentran en las Tablas 23 a 28 y aquellas para Estados Unidos en la Tabla 29.

Tabla 23
Costa Rica
Medidas Disconformes Futuras para el Comercio Transfronterizo de Servicios
 
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia Local

NMF

Industrias culturales

 

 

 

X

Servicios sociales

X

X

X

X

Tabla 24
República Dominicana
Medidas Disconformes Futuras para el Comercio Transfronterizo de
Servicios
 
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia Local

NMF

Comunicaciones

 

 

 

X

Servicios relacionados con la industria artesanal

X

X

   
Servicios sociales  

X

X

X

Grupos sociales y económicamente en desventaja  

X

X

 

Tabla 25
El Salvador
Medidas Disconformes Futuras para el Comercio Transfronterizo de Servicios
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia Local

NMF

Servicios sociales

 X

X

X

X

Asuntos relacionados con las minorías

 

X

X

 

Servicios de transporte: Servicios de transporte por carretera

 

X

X

X

Tabla 26
Guatemala
Medidas Disconformes Futuras para el Comercio Transfronterizo de Servicios
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia Local

NMF

Transporte marítimo

 

X

X

X

Asuntos relacionados con las minorías y poblaciones indígenas en desventaja

 

X

X

 

Tabla 27
Honduras
Medidas Disconformes Futuras para el Comercio Transfronterizo de Servicios

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia Local

NMF

Servicios de comunicación - Telecomunicaciones

X

 

 

 

Ingenieros agrónomos

 

X

X

X

Trabajadores sociales

 

X

 

 

Químicos y farmacéuticos

 

X

X

X

Servicios sociales

X

X

X

X

Asuntos relacionados con las minorías

 

X

X

 

Tabla 28
Nicaragua
Medidas Disconformes Futuras para el Comercio Transfronterizo de Servicios
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia Local

NMF

Asuntos relacionados con las minorías y poblaciones indígenas

 

X

X

X

Comunicaciones

 

 

 

X

Servicios sociales

 

X

X

X

Tabla 29
Estados Unidos
Medidas Disconformes Futuras para el Comercio Transfronterizo de Servicios

 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

AM

TN

Presencia Local

MFN

Comunicaciones

 

 

 

X

Servicios Sociales  

X

X

X

Asuntos de Minorías

 

X

X

 

Transporte

 

X

X

X

D.2 INVERSION

El número total de medidas disconformes listadas en el Anexo II por cada Parte es el siguiente:
 
Costa Rica 2 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
República Dominicana 4 Medidas Sectoriales 3 Medidas Horizontales
El Salvador 2 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
Guatemala 2 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
Honduras 3 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal
Nicaragua 4 Medidas Sectoriales 2 Medidas Horizontales
Estados Unidos 5 Medidas Sectoriales 1 Medida Horizontal

Las medidas disconformes que afectan la inversión en servicios con respecto al Acceso a Mercados se incluyen en las Tablas de la Sección D.1 sobre Comercio Transfronterizo de Servicios.  

El sector con el número más grande de medidas disconformes en lista es Servicios Sociales, seguido por Asuntos relacionados con las Minorías.  

La República Dominicana lista el mayor número de medidas disconformes con respecto a inversión, siendo Costa Rica, El Salvador y Guatemala las que tienen el menor número. Todas las Partes del Acuerdo tienen una medida horizontal idéntica que afecta al trato de NMF. Nicaragua y República Dominicana tienen una medida horizontal adicional que pertenece sólo a inversión que afecta al Trato Nacional y a Altos Ejecutivos y Juntas Directivas. La República Dominicana lista una tercera medida horizontal que pertenece sólo a inversión que afecta al Trato Nacional.

D.2.a Medidas Horizontales

  • Estados Unidos / República Dominicana /Costa Rica/ El Salvador/ Guatemala/ Honduras / Nicaragua: NMF

A nivel horizontal todas las Partes listan una medida idéntica que afecta al trato de NMF. La medida tiene dos componentes que deben leerse por separado.

La primera parte de la medida protege en el sentido de que cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral preexistente caiga en el ámbito del RD-CAFTA. Cada una de las Partes tiene derecho de adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferencial a países que están bajo cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral vigente o suscrito antes de la fecha de entrada en vigencia del Tratado.  

La segunda parte de la medida permite a cada una de las Partes adoptar o mantener cualquier medida que otorgue trato diferente a países que están bajo cualquier Acuerdo internacional bilateral o multilateral vigente o suscrito antes de la fecha de entrada en vigencia del Tratado con respecto a tres actividades, en materia de:  

(a) aviación;
(b) pesca; o
(c) asuntos marítimos, incluyendo salvamento.

  • República Dominicana /Nicaragua: Trato Nacional / Altos Ejecutivos y Juntas Directivas

A nivel horizontal República Dominicana y Nicaragua listan una medida con respecto a inversión que afecta al Trato Nacional y Altos Ejecutivos y Juntas Directivas. La medida incluye dos componentes.  

La primera parte de la medida se reserva el derecho de limitar la transferencia o disposición de cualquier interés o activo mantenido en una empresa estatal existente, de manera que solamente un nacional puede recibir tal interés. Lo anterior compete solamente a la transferencia o disposición inicial del interés y no las transferencias o disposiciones sucesivas.  

En la segunda parte de la medida, República Dominicana y Nicaragua se reservan el derecho de imponer limitaciones sobre el derecho de la propiedad del interés o activo, de cualquier empresa nueva creada por transferencia o disposición de cualesquiera activos por medios distintos de las limitaciones. Las Partes también se reservan el derecho de adoptar o mantener cualquier medida relacionada a la nacionalidad de altos ejecutivos y miembros de la junta directiva en esa empresa.  

  • República Dominicana: Trato Nacional

La República Dominicana se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida relativas a la propiedad o control de las tierras ubicadas dentro de 20 kilómetros de la franja fronteriza dominicana.

D.2.b Medidas Sectoriales

Las medidas disconformes sobre inversión en el Anexo II se establecen por cada Parte según los distintos sectores o sub-sectores, y con referencia a la(s) obligación(es) medular(es) invocadas en la medida. Las medidas para las Partes Centroamericanas y la República Dominicana para el RD-CAFTA se encuentran en las Tablas 30 a 35 y aquellas para los Estados Unidos en la Tabla 36.

Tabla 30
Costa Rica
Medidas Disconformes Futuras para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Industrias culturales

 

X

 

 

Servicios sociales

X

X

X

X

  Tabla 31
República Dominicana
Medidas Disconformes Futuras para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Comunicaciones

 

X

 

 

Finanzas gubernamentales

X

     
Servicios sociales

X

X

X

X

Grupos sociales y económicamente en desventaja

X

 

X

X

Tabla 32
El Salvador
Medidas Disconformes Futuras para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Servicios sociales

X

X

X

X

Asuntos relacionados con las Minorías

X

 

X

X

  Tabla 33
Guatemala
Medidas Disconformes Futuras para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Transporte marítimo

X

X

X

X

Asuntos Relacionados con las minorías y poblaciones indígenas en desventaja

X

 

X

X

  Tabla 34
Honduras
Medidas Disconformes Futuras para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Servicios de Comunicación –Telecomunicaciones

X

 

 

 

Servicios Sociales

 

 

 

X

Asuntos relacionados con las minorías

X

 

X

X

  Tabla 35
Nicaragua
Medidas Disconformes Futuras para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Asuntos relacionados con las minorías y poblaciones autóctonas

X

X

X

X

Comunicaciones

 

X

 

 

Tierras costeras, islas y bancos fluviales

X

 

 

 

Servicios sociales

X

X

X

X

  Tabla 36
Estados Unidos
Medidas Disconformes Futuras para Inversión
 

 

Tipo de Compromiso

Sector / Sub-Sector

TN

NMF

RD

AE

Comunicaciones

 

X

 

 

Comunicaciones – Televisión por cable

X

X

 

X

Servicios sociales

X

X

X

X

Asuntos relacionados con las minorías

X

 

X

X

Transporte

X

X

X

X

Anexo III: Servicios Financieros

En el Anexo III, la Lista de una Parte establece las notas horizontales que limitan o aclaran los compromisos de la Parte con respecto a las obligaciones listadas a continuación, así como las medidas disconformes de esa Parte respecto de comercio transfronterizo e inversión en servicios financieros. Estas medidas se establecen de acuerdo a una lista negativa.55

  1. Estados Unidos bajo el TLC Chile - Estados Unidos:

En el anexo del TLC Chile-Estados Unidos, éste distingue entre medidas disconformes existentes relacionadas con servicios bancarios y otros servicios financieros (excluidos seguros) y aquellos servicios relacionados con seguros. Estados Unidos no se reserva el derecho de adoptar medidas disconformes nuevas o más restrictivas relacionadas con servicios financieros. Las medidas disconformes listadas por Estados Unidos incluyen aquellas que no están sujetas a algunas o todas las obligaciones impuestas por:

Relativas a Banca y Demás Servicios Financieros Excluidos los Seguros

(a) Trato Nacional
(b) Trato de Nación Más Favorecida
(c) Altos Ejecutivos y Directorios; o
(d) Derecho de Establecimiento con Respecto a Ciertos Servicios Financieros

Relativas a Seguros

(a) Trato Nacional
(b) Trato de Nación Más Favorecida ;
(c) Acceso a Mercados para Instituciones Financieras;
(d) Comercio Transfronterizo; o
(e) Altos Ejecutivos y Directorios

Cada ficha de medida disconforme en el anexo establece los siguientes elementos:

Relativos a Banca y Demás Servicios Financieros Excluidos los Seguros y Relativas a Seguros

(a) Descripción

(i) Para fichas relacionadas con servicios bancarios y con otros servicios financieros excluidos los seguros, establece los aspectos disconformes de la ficha y el sub-sector, institución financiera, o actividades cubiertas por la ficha; y
(ii) para fichas relacionadas con seguros, suministra una descripción general no vinculante de las Medidas.

(b) Medidas identifica las leyes, las regulaciones, u otras medidas respecto de las cuales se ha hecho una ficha.

(c) Obligaciones Afectadas especifica las obligaciones que no afectan a las medidas listadas;

Con Relación a Seguros Únicamente

(d) Nivel de Gobierno indica el nivel de gobierno que mantiene la o las medidas listadas.

  1. RD-CAFTA y Chile bajo el TLC Chile-Estados Unidos:

En el anexo del RD-CAFTA, las Partes distinguen entre medidas disconformes existentes (sección A) y sectores, sub-sectores o actividades específicas para las cuales las Partes pueden mantener medidas existentes, o adoptar medidas disconformes nuevas o más restrictivas (sección B). Chile, en el Anexo III del TLC Chile-Estados Unidos, usa un texto ligeramente diferente para distinguir entre medidas existentes (sección I) y medidas existentes y futuras (sección II). Para los sectores y los sub-sectores incluidos en las secciones B o II en los respectivos Anexos, los Gobiernos son libres de regular de forma discriminatoria en la forma que lo deseen, sin restricción. Las medidas se establecen de acuerdo a una lista negativa. Para los países miembros de ambos Tratados, las medidas disconformes existentes y futuras incluyen aquellas que no están sujetas a algunas o todas las obligaciones impuestas por:

(a) Trato Nacional
(b) Trato de Nación Más Favorecida (excepto Chile por medidas existentes);
(c) Acceso a Mercados para Instituciones Financieras;
(d) Comercio Transfronterizo;
(e) Altos Ejecutivos y Directorios; o (f) Derecho de Establecimiento con Respecto a Ciertos Servicios Financieros (sólo Chile)

Cada ficha de medida disconforme en el anexo establece los siguientes elementos:

(a) Sector se refiere al sector general para el cual se ha hecho la ficha;

(b) Sub-sector se refiere al sector específico para el cual se ha hecho la ficha;

(b) Obligaciones Afectadas como se cita anteriormente;

(c) Nivel de Gobierno como se cita anteriormente;

(d) Medidas como se cita anteriormente (excepto para medidas futuras para Miembros del RD-CAFTA, distintos a Estados Unidos);

(e) Descripción

(i) (i) y (ii) citadas anteriormente (Estados Unidos en el RD-CAFTA para medidas existentes);
(ii) suministra una descripción general no obligatoria de las Medidas (Miembros del RD-CAFTA, excepto Estados Unidos, para medidas existentes y Chile para medidas existentes y futuras);
(iii) establece el alcance de los sectores, sub-sectores, o actividades cubiertas por la ficha (Miembros del RD-CAFTA para medidas futuras).

Las medidas disconformes en el Anexo III de ambos Tratados se listan al nivel de aplicación efectiva y son respaldadas por referencia a leyes, reglamentos u otras medidas. Cada Parte debe aplicar tales medidas de manera no más restrictiva que lo indicado en la descripción de la medida. Si una medida disconforme establecida en el Anexo III se hace menos restrictiva o es eliminada después de la entrada en vigor del Tratado, no podrá ser modificada o reemplazada posteriormente con una nueva medida que sea más restrictiva (efecto cremallera). Así, la nueva medida se considera legalmente vinculante y debe ser aplicada a todas las Partes al nivel más liberalizado. Ambos textos establecen excepciones a esta regla (ver notas horizontales para la lista de medidas disconformes de una Parte en el Anexo III). En el TLC Chile-Estados Unidos, éstas se refieren al derecho de establecimiento respecto de servicios bancarios y otros servicios financieros (excluidos los seguros) en Chile y Estados Unidos (Anexo 12.9), así como al acceso a mercados (Artículo 12.4) para instituciones financieras en Chile y proveedores de seguros en Estados Unidos. Para Estados Unidos en el RD-CAFTA, la regla no aplica a acceso a mercados (Artículo 12.4) para proveedores de seguros y a restricciones sobre el tipo específico de entidad legal o empresa conjunta (Artículo 12.4.b) para instituciones bancarias o proveedores de “otros servicios financieros (excluidos los seguros)”.

  1. Medidas Existentes

A.1. TLC Chile-Estados Unidos

El número total de reservas o medidas disconformes enumeradas en el Anexo III por cada Parte es el siguiente:56

Chile

26

 Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros

+ 6

 Medidas en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
Estados Unidos

17

 Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros

+ 4

 Medidas en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros

Las obligaciones que ambas Partes invocan más a menudo en sus medidas disconformes son las de Trato Nacional (11 Estados Unidos y 6 Chile) y Derecho de Establecimiento con Respecto a Ciertos Servicios Financieros (12 Estados Unidos y 23 Chile). Debe notarse que el mayor número de medidas disconformes que afectan al Derecho de Establecimiento con respecto a Ciertos Servicios Financieros no necesariamente implica que Chile y Estados Unidos limitan excesivamente este derecho. Una evaluación precisa de este tema requeriría establecer la magnitud en que la obligación refuerza el derecho en cuestión y confrontar esto con cada medida disconforme relevante listada por Chile y Estados Unidos.

Chile también lista medidas existentes que no conforman con Altos Ejecutivos y Directorios (3 medidas), Acceso a Mercados (1 medida) y Comercio Transfronterizo (1 medida). Las medidas disconformes de Estados Unidos también afectan al trato de NMF (4 medidas), Altos Ejecutivos y Directorios (2 medidas), Acceso a Mercados (1 medida) y Comercio Transfronterizo (3 medidas). La tabla a continuación lista las medidas disconformes enumeradas por Chile y Estados Unidos con respecto a cada obligación:

Tabla 37: Estados Unidos y Chile: Medidas Disconformes para Servicios Financieros
 

 

TN

NMF

Altos Ejecutivos y Directorios

AM

Derecho de Establecimiento Con respecto a Ciertos Servicios Financieros

Comercio Transfronterizo

 

B

S

B

S

B

S

B

S

B

S

B

S

Chile

3

3

0

0

1

2

0

1

23

0

1

0

E.U.A.

8

3

3

1

1

1

0

1

12

0

0

3

B: Banca y Otros Servicios Financieros (excluidos los seguros)
S: Seguros y Servicios Relacionados a Seguros  

Notas horizontales:  

Chile y Estados Unidos listan las siguientes notas horizontales que limitan o aclaran sus compromisos:

Chile:

  • Las Personas jurídicas que suministran servicios financieros y constituidas de conformidad con las leyes de Chile están sujetas a limitaciones no discriminatorias de forma jurídica.

Estados Unidos:  

  • El Trato Nacional con respecto a servicios bancarios se otorgará en base al “estado de origen” del banco extranjero, tal como se define ese término en el “International Banking Act”. Una subsidiaria bancaria nacional de una empresa extranjera tendrá su propio “estado de origen,” y el trato nacional se le otorgará en base al “estado de origen” de la subsidiaria, tal como se determina de conformidad con la legislación aplicable.
  • Estados Unidos no asume compromisos con respecto a cualquier medida disconforme existente mantenida a nivel regional con respecto a Servicios Bancarios no relacionados a seguros.

  • Las personas jurídicas que suministran servicios bancarios y otros servicios financieros (excluidos los seguros) y constituidas de conformidad con la legislación de los Estados Unidos están sujetas a limitaciones no discriminatorias de forma jurídica.

  • Los compromisos de Trato Nacional de Estados Unidos con respecto a las instituciones financieras de seguros se otorgan de acuerdo al domicilio del estado en los Estados Unidos, el que generalmente es el estado en el cual un asegurador se haya incorporado, organizado ó mantiene su oficina principal en Estados Unidos.

Medidas Horizontales  

Chile y Estados Unidos no listan medidas que afecten horizontalmente a los servicios financieros.

A.2. RD-CAFTA  

El número total de reservas o medidas disconformes enumeradas en el Anexo III por cada Parte es el siguiente:
 
Costa Rica 6  Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
República Dominicana 4  Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1   Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
El Salvador 7  Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
+ 1  Horizontal
Guatemala 5  Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
Honduras 7  Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
Nicaragua 6   Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
Estados Unidos 14  Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 3  Medidas en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguors

Estados Unidos es el país que listó el mayor número de medidas disconformes con respecto a Trato Nacional (9 medidas) y Acceso a Mercados (9 medidas), El Salvador con respecto a trato de NMF (6 medidas) y Nicaragua con respecto a Comercio Transfronterizo (5 medidas). La tabla presentada a continuación muestra las medidas disconformes listadas por los países miembros del RD-CAFTA con respecto a cada obligación: 

Tabla 38: Países del RD-CAFTA: Medidas Disconformes para Servicios Financieros
 

 

TN

NMF

Altos Ejecutivos y Directorios

AM

Comercio Transfronterizo

 

B

S

B

S

B

S

B

S

B

S

Costa Rica

4

0

0

0

0

0

2

3

1

0

República Dominicana

0

1

0

1

0

0

4

1

0

0

El Salvador

5

1

5

1

2

0

5

1

2

0

Guatemala

2

1

0

0

0

0

2

1

1

1

Honduras

2

1

1

0

0

0

6

0

1

0

Nicaragua

2

0

0

0

1

1

3

1

4

1

Estados Unidos

7

2

3

0

1

0

8

1

1

2

B: Banca y Otros Servicios Financieros (excluidos los Seguros)
S: Seguros y Servicios Relacionados a Seguros  

Notas horizontales:  

Los miembros del RD-CAFTA listan las siguientes notas horizontales que limitan o aclaran sus compromisos:

Todos los Miembros del RD-CAFTA:  

  • Las personas jurídicas que suministran servicios financieros57 y constituidas de conformidad con las leyes de una Parte están sujetas a limitaciones no discriminatorias de forma jurídica. Esta nota horizontal no busca, en sí misma, afectar o de otra manera limitar, la elección de una institución financiera de otra Parte entre sucursales o subsidiarias.

Estados Unidos:  

  • Los compromisos de Trato Nacional en los sub-sectores especificados en el Anexo se toman sujetos a las siguientes limitaciones:

(a) El Trato Nacional con respecto a servicios bancarios se otorgará en base al “estado de origen” en Estados Unidos del banco extranjero, tal como el término es definido en el “International Banking Act”. Una subsidiaria bancaria nacional de una empresa extranjera tendrá su propio “estado de origen,” y el trato nacional se otorgará en base al “estado de origen de la subsidiaria, tal como se determina de conformidad con la legislación aplicable.
(b) El trato Nacional con respecto a las instituciones financieras de seguros se otorgará de acuerdo al domicilio del estado en los Estados Unidos de una institución financiera de seguro que no sea de los Estados Unidos. El domicilio del estado está definido por los estados individuales, y es generalmente el estado en el cual un asegurador se encuentre incorporado, organizado ó mantenga su oficina principal en los Estados Unidos.

Medidas Horizontales:  

Únicamente El Salvador listó medidas disconformes que afectan a todos los servicios financieros:  

  • El Banco de Fomento Agropecuario no será miembro del Instituto de Garantía de Depósitos.

  • Panamá y República Dominicana podrían ser tratados como Partes Centroamericanas para los propósitos del Capítulo sobre Servicios Financieros.

B. Medidas Futuras  

B.1. TLC Chile-Estados Unidos

El número total de reservas o medidas disconformes listadas por cada Parte con respecto a medidas futuras es el siguiente:
 
Chile

1

 Medida en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros 
+ 2  Medidas en Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
+ 3  Medidas Horizontales
+ 1  Medida en Servicios Sociales
Estados Unidos    No hay medidas futuras

La medida disconforme de Chile con respecto a Banca y Servicios Financieros no relacionados a Seguros invoca la obligación de Trato Nacional, y sus dos medidas disconformes con respecto a Seguros y a Servicios Relacionados a Seguros invocan la obligación de Acceso a Mercados y o de Comercio Transfronterizo.

Para servicios de Seguros, Chile sigue un enfoque para listar compromisos distinto al utilizado para y Banca y Otros Servicios Financieros (excluidos Seguros). Chile consolida una reserva respecto de acceso a mercados bajo lista positiva. En particular, Chile se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto al Artículo 12.4 (Acceso a Mercados), excepto para un número limitado de sub-sectores de seguros (seguros directos de vida y seguros generales de vida, corretaje de seguros y reaseguros y retrocesión (incluyendo corredores de reaseguros)) y bajo los términos, limitaciones y condiciones especificadas en la Lista.  

Medidas Horizontales:  

A nivel horizontal, Chile lista medidas disconformes con respecto a:

  • Derecho de Establecimiento y Acceso a Mercados: Chile se reserva el derecho de adoptar medidas que restrinjan o requieran tipos específicos de forma jurídica o establecimiento, como subsidiarias, con respecto a conglomerados financieros, incluidas las entidades que formen parte de los mismo.

  • Comercio Transfronterizo: Chile requiere que la compra de servicios financieros por personas localizadas en el territorio de Chile y sus nacionales dondequiera que se encuentren, a proveedores de servicios financieros de Estados Unidos esté sujeta a las regulaciones cambiarias adoptadas o mantenidas por el Banco Central de Chile.

  • Trato Nacional y Altos Ejecutivos y Directorios: al transferir o disponer de cualquier interés o activo de una empresa del Estado o entidad gubernamental existente, Chile se reserva el derecho de prohibir o imponer limitaciones sobre la propiedad de tal interés o activo y sobre el derecho de inversionistas extranjeros o sus inversiones de controlar cualquier compañía del Estado creada de este modo o inversiones realizadas por el mismo. En relación con dicha transferencia o disposición, Chile podría adoptar o mantener cualquier medida relativa a la nacionalidad de ejecutivos de alta dirección y miembros del directorio.

Chile también lista una medida con respecto a servicios sociales:  

  • Chile se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida con respecto a la ejecución de leyes de derecho público y al suministro de servicios de readaptación social, así como de los siguientes servicios, en la medida que sean servicios sociales que se establezcan o se mantengan por razones de interés público: seguro o seguridad de ingreso, servicios de seguridad social, bienestar social, educación pública, capacitación pública, salud y atención infantil.

B.2. RD-CAFTA

El número total de reservas o medidas disconformes listadas con respecto a medidas futuras por cada Parte es el siguiente:
 

Costa Rica 1  Medida en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
República Dominicana 1  Medida en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
El Salvador  Medida en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros 
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
Guatemala 1  Medida en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
Honduras 2  Medidas en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
Nicaragua 1  Medida en Servicios Bancarios y Servicios no relacionados a Seguros 
+ 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros
+ 1  Horizontal
Estados Unidos 1  Medida en Servicios de Seguros y Servicios Relacionados a Seguros

Todas las Partes del RD-CAFTA, excepto Estados Unidos, listan una medida disconforme con respecto al acceso a mercados que afecta a todos los sub-sectores distintos a Banca y a Seguros, es decir, cubre “Otros Servicios Financieros (excluidos los seguros)” y “Servicios Relacionados con Seguros”. La medida estipula que una Parte se reserva el derecho de adoptar o mantener medidas que requieran la incorporación en el territorio de la Parte de instituciones financieras extranjeras, diferentes de aquellas que pretenden operar como bancos o compañías de seguros en el país.  

Honduras y Estados Unidos listan una medida específica a un sub-sector:  

Honduras: se reserva el derecho de adoptar o mantener medidas disconformes con respecto a los servicios de Cooperativas de Ahorro y Crédito. Esta medida afecta a cuatro obligaciones: Trato Nacional, trato de NMF, Acceso a Mercados, y Altos Ejecutivos y Directorios.  

Estados Unidos: se reserva el derecho de adoptar o mantener cualquier medida que no sea incompatible con las obligaciones de Estados Unidos de conformidad con el Artículo XVI del GATS (Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios - AGCS). Esta medida afecta la obligación de Acceso a Mercados con respecto a los servicios de seguros.  

Medidas Horizontales  

El único país que listó una medida disconforme futura que afecta a todos los servicios financieros es Nicaragua. La medida establece que: 

Nicaragua: se reserva el derecho de establecer beneficios a instituciones financieras o entidades públicas que suministran servicios financieros de las que el Estado es dueño total o parcial, y que están establecidas con un propósito de interés público, incluyendo pero no limitadas, al financiamiento agrícola, créditos para vivienda a familias de escasos recursos, y créditos a la pequeña y mediana empresa. Estos beneficios no afectarán negativamente las operaciones principales de los competidores comerciales, e incluyen pero no se limitan a: extensión de garantía estatal, exención de impuestos, excepción a los requisitos de forma jurídica usual, y excepción a los requisitos legales para iniciar operaciones.
 



55 Nótese que las medidas disconformes se establecen de acuerdo a una lista negativa, a pesar de que se siguió una lista positiva con respecto a algunos compromisos específicos (ver sección Acceso a Mercados arriba)

56 El número de reservas o medidas disconformes incluye limitaciones relevantes inscritas en Anexos 12.5 y 12.9.

57 Estados Unidos excluye servicios de seguros.