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Organización Mundial
del Comercio

WT/DS18/R
12 de junio de 1998
(98-2258)
Original: inglés

Australia - Medidas que Afectan a la Importación de Salmón

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


I. INTRODUCCIÓN

1.1 El 5 de octubre de 1995 el Canadá solicitó la celebración de consultas con Australia de conformidad con el párrafo 4 del artículo 4 del Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias ("ESD"), el párrafo 1 del artículo XXIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 ("GATT de 1994") y el párrafo 1 del (artículo 11 del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias ("Acuerdo MSF"), en relación con la prohibición de importación de salmón fresco, refrigerado o congelado sin tratar procedente del Canadá impuesta por el Gobierno de Australia en virtud de la Proclamación de Cuarentena N� 86A de fecha 19 de febrero de 1975. En la solicitud de celebración de consultas, el Gobierno del Canadá expresó la opinión de que la aplicación de esta prohibición de importación era incompatible con las obligaciones que imponían al Gobierno de Australia el GATT de 1994 y el Acuerdo MSF. La prohibición de importación era incompatible, entre otras, con las siguientes disposiciones de esos acuerdos: i) los artículos XI y XIII del GATT de 1994; y ii) los artículos 2 y 5 del Acuerdo MSF. La prohibición de importación anulaba o menoscababa ventajas resultantes para el Canadá del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio ("Acuerdo sobre la OMC").1

1.2 Australia aceptó la solicitud presentada por el Canadá y se celebraron consultas en Ginebra los días 23 y 24 de noviembre de 1995 con miras a llegar a una solución satisfactoria de la cuestión. Las consultas no permitieron resolver la diferencia. Tras la conclusión del "Análisis de los riesgos de las importaciones de salmón", el Gobierno de Australia anunció el 20 de diciembre de 1996 que mantendría en vigor las medidas.2 El Canadá no solicitó la celebración de nuevas consultas.

1.3 El 7 de marzo de 1997, de conformidad con el artículo XXIII del GATT de 1994, el artículo 11 del Acuerdo MSF y los artículos 4 y 6 del ESD, el Canadá solicitó al Órgano de Solución de Diferencias ("OSD") que estableciese un grupo especial con el mandato uniforme. El Canadá solicitó que el grupo especial considerase y constatase lo siguiente: que las medidas de Australia eran incompatibles con i) el Acuerdo MSF, en particular con sus artículos 2, 3 y 5; ii) el GATT de 1994, en particular con sus artículos XI y XIII; y iii) que la aplicación de las medidas de Australia anulaba o menoscababa las ventajas resultantes para el Canadá del Acuerdo sobre la OMC.

1.4 El 10 de abril de 1997 el OSD estableció un grupo especial en respuesta a la solicitud presentada por el Canadá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del ESD.3 Las partes acordaron que el grupo especial se estableciera con el mandato uniforme:

"Examinar, a la luz de las disposiciones pertinentes de los acuerdos abarcados que ha invocado el Canadá en el documento WT/DS18/2, el asunto sometido al OSD por el Canadá en ese documento y formular conclusiones que ayuden al OSD a hacer las recomendaciones o dictar las resoluciones previstas en dichos acuerdos."

1.5 Las Comunidades Europeas, los Estados Unidos, la India y Noruega se reservaron el derecho a participar como terceros en las actuaciones del Grupo Especial.

1.6 El Grupo Especial quedó constituido el 28 de mayo de 1997, con la composición siguiente:

Presidente: Sr. Michael Cartland
Miembros: Sr. Kari Bergholm
Sra. Claudia Orozco

1.7 El Grupo Especial se reunió con las partes los días 9 y 10 de septiembre de 1997 y con los terceros el 10 de septiembre de 1997. El Grupo Especial recabó asesoramiento de expertos técnicos y científicos y se reunió con ellos el 4 de febrero de 1998. El Grupo Especial celebró una segunda reunión con las partes los días 5 y 6 de febrero de 1998.

1.8 El 24 de noviembre de 1997, el Presidente del Grupo Especial informó al OSD de que el Grupo Especial no podría emitir su informe dentro del plazo de seis meses previsto. Las razones de esta demora se expusieron en el documento WT/DS18/4.

1.9 El Grupo Especial emitió su informe provisional el 26 de marzo de 1998. A petición de Australia, el 21 de abril de 1998 se celebró una reunión intermedia de reexamen. El informe definitivo se distribuyó a las partes el 5 de mayo de 1998.

II. ELEMENTOS DE HECHO

1. Información general

El salmón

2.1 El producto objeto de la diferencia es el salmón fresco, refrigerado o congelado para consumo humano que no haya sido sometido a termotratamiento, con arreglo a determinadas prescripciones en materia de duración y temperatura, antes de su importación en Australia (párrafo 2.14). El salmón fresco, refrigerado o congelado está incluido en las partidas 0302 a 0304 del Sistema Armonizado de clasificación arancelaria. En lo sucesivo este producto se denominará "salmón sin cocer" o "salmón fresco, refrigerado o congelado".4 La familia Salmonidae abarca varios grupos de especies, como el salmón, la trucha, el salvelino, el tímalo y el coregono. Salmonidae es el nombre científico de esta familia y su nombre común es "salmónidos".

2.2 En el Canadá hay cinco fuentes de salmón sin cocer para la exportacíon5:

    i) salmón del Pacífico, adulto, capturado en el Océano;
    ii) salmón del Pacífico, adulto, capturado en aguas dulces;
    iii) salmón del Pacífico, adulto, criado en agua de mar en la costa del Pacífico;
    iv) salmón del Atlántico, adulto, criado en agua de mar en la costa del Pacífico;
    v) salmón del Atlántico, adulto, criado en agua de mar en la costa del Atlántico.

    La mayor parte de las piscifactorías de salmón del Canadá están situadas en las provincias de Nueva Brunswick y Columbia Británica.


2.3 Las exportaciones canadienses de salmón aumentaron de 30.653 a 66.234 toneladas entre 1969 y 1996. Las exportaciones de salmón fresco y congelado registraron un incremento considerable durante este período: 14.683 toneladas en 1969 (48 por ciento de las exportaciones totales) y 50.838 toneladas en 1996 (77 por ciento).

CUADRO 1

Exportaciones canadienses de salmón sin cocer

Fuentes de salmón sin cocer destinado a la exportación:

Porcentaje de las exportaciones totales

(promedio 1990-1997)

i) salmón del Pacífico, adulto, capturado en el Océano

58%

ii) salmón del Pacífico, adulto, capturado en aguas dulces

3%

iii) salmón del Pacífico, adulto, criado en agua de mar en la costa del Pacífico

12%

iv) salmón del Atlántico, adulto, criado en agua de mar en la costa del Pacífico

15%

v) salmón del Atlántico, adulto, criado en agua de mar en la costa del Atlántico

12%

2.4 Por "salmón canadiense" se entiende todo el salmón descargado por embarcaciones canadienses. Se pesca únicamente en aguas canadienses, puesto que las embarcaciones de otros países pescan el salmón en alta mar o en aguas extrajeras. La definición puede abarcar a los salmones que desovan en los Estados Unidos y luego son interceptados por pescadores canadienses cuando atraviesan aguas canadienses al regresar de su migración a los Estados Unidos.

2.5 La denominación salmón del Pacífico abarca las siguientes especies:

    i) salmón rosado;
    ii) salmón keta;
    iii) salmón plateado;
    iv) salmón rojo; y
    v) salmón real.

2.6 La producción comercial de salmón en Australia se basa en el salmón del Atlántico. El salmón del Atlántico se importó por primera vez en Australia en 1864 y a comienzos del decenio de 1960 se importaron por última vez especímenes vivos para el establecimiento de poblaciones nacionales. Hasta el decenio de 1960 la piscicultura de salmónidos estuvo fundamentalmente a cargo de organismos oficiales y tuvo por objeto la siembra para pesca deportiva.

2.7 Se han introducido cinco especies de salmónidos en Australia6:

    i) trucha arco iris;
    ii) salmón real ("quinnat");
    iii) trucha marina;
    iv) salmón del Atlántico; y
    v) trucha de arroyo.

Además, en las aguas del sudeste de Australia (principalmente en los estados de Nueva Gales del Sur, Victoria y Tasmania) y en el sudoeste del estado de Australia Occidental existen salmoniformes nativos o galáxidos.

2.8 La producción comercial de salmón del Atlántico en Australia se inició en Tasmania en 1986-87. La producción de salmónidos en Australia se realiza en el límite de la zona climática apta para la supervivencia de esas especies; por consiguiente, las correspondientes actividades de acuicultura están concentradas en Tasmania y, en menor medida, en las regiones alpina y subalpina del noreste de Victoria y el sudeste de Nueva Gales del Sur. Tasmania sigue suministrando la mayor parte de la producción comercial australiana. La maricultura en jaulas de salmón del Atlántico y trucha arco iris es una de las principales actividades de acuicultura en Tasmania.7 En Victoria y en Australia Meridional se produce salmón del Atlántico.8

2.9 En el período comprendido entre 1986-87 y 1994-95 la producción aumentó de 20 a 6.192 toneladas aproximadamente; se prevén nuevos incrementos.9 El valor de la producción de 1995-96 se estimó en 63 millones de dólares australianos. Australia exporta alrededor del 40 por ciento de su volumen de producción, principalmente al Japón. El resto se comercializa en el mercado interno: el 60 por ciento se vende como pescado fresco y un tercio se destina a preparar pescado ahumado. El consumo de salmón del Atlántico en Australia ha registrado un incremento considerable durante el decenio de 1990. Además de la producción industrial, el salmón también es objeto de pesca deportiva.

2.10 Los principales productores de salmón del Atlántico de criadero son Noruega, Chile y Escocia; a comienzos del decenio de 1990 estos países producían en conjunto el 80 por ciento de la oferta mundial.10

Enfermedades del salmón

2.11 En la diferencia objeto de examen, Australia ha señalado 24 agentes patógenos que son motivo de preocupación en relación con las importaciones de salmón canadiense. Los agentes patógenos identificados se enumeran en el cuadro 3. En el informe de Australia "Salmon Import Risk Analysis" ("Análisis de los riesgos de las importaciones de salmón") (denominado en lo sucesivo "Informe final"), de diciembre de 1996, se examinaron las importaciones de productos de salmónido del Pacífico adulto, capturado en el Océano, sin cocer, procedentes de los Estados Unidos y del Canadá (la primera categoría mencionada en el párrafo 2.2). En el Informe final también se determinan 24 agentes patógenos que son motivo de preocupación; esos agentes son los mismos indicados en relación con la presente diferencia, salvo en el caso de Kudoa thyrsites y con el añadido de la anemia infecciosa del salmón.11

2.12 Según la Oficina Internacional de Epizootias, por enfermedad se entiende la "... infección, clínica o no, provocada por uno o varios agentes etiológicos de la enfermedad ...". Por agente patógeno se entiende "... un microorganismo que provoca o que contribuye al desarrollo de una [...] enfermedad ...".12 Un agente patógeno puede tener varias cepas con diversos grados de nocividad.

2.13 Los agentes patógenos a los que se hace referencia en la presente diferencia no son motivo de preocupación desde el punto de vista de la salud humana.

2. Disposiciones vigentes en Australia relativas a las importaciones de productos de salmónidos

2.14 En la Proclamación de Cuarentena N� 86A ("QP86A"), de fecha 19 de febrero de 1975, emitida de conformidad con la Ley de Cuarentena de 1908, se establece lo siguiente en relación con las importaciones de salmón muerto13:

"POR CONSIGUIENTE, yo, Sir John Robert Kerr, Gobernador General de Australia, teniendo en cuenta la opinión del Consejo Ejecutivo, por la presente -

    ...

    d) prohibido la importacíon en Australia de pescado muerto del suborden Salmonidae o de cualquier parte (distinta del semen o las huevas) de pescados de ese suborden, en cualquier forma, a menos que:

      i) con anterioridad a su importación en Australia el pescado o las partes de pescado hayan sido sometidos a un tratamiento que, en opinión del Director de Cuarentena, evite probablemente la introducción de cualquier enfermedad infecciosa o contagiosa, o de enfermedades o plagas que afecten a las personas, los animales o las plantas;

      ii) el Director de Cuarentena o una persona autorizada por él haya autorizado, en un documento por escrito, la importación y que el documento pertinente se presente a un Recaudador en el sentido definido en la Ley de Aduanas de 1901-1974, o a un oficial de cuarentena."

En la Proclamación N� 86A se delega en el Director de Cuarentena la facultad de establecer las condiciones de entrada con arreglo al inciso d) citado supra. El Director de Cuarentena es el Secretario del Departamento de Industrias Primarias y Energía o la persona que éste designe.

2.15 Hasta el 30 de junio de 1975, fecha de promulgación de la QP86A, Australia no imponía restricciones a las importaciones de productos de salmónidos. En un primer momento la Proclamación tuvo por objeto evitar la introducción de enfermedades en las zonas de pesca deportiva y, potencialmente, preservar la situación sanitaria en cualquier industria comercial de salmónidos que pudiera desarrollarse en el país. Australia observó que la Proclamación también podía aplicarse para proteger la situación sanitaria de los salmoninformes nativos. Como ha señalado Australia, en ese país el término "introducción" se aplica e interpreta con el mismo sentido que la expresión "entrada, radicación o propagación" que se emplea en el texto del Acuerdo MSF.

2.16 En ejercicio de las facultades delegadas de conformidad con la QP86A, el Director de Cuarentena autorizó la entrada de importaciones comerciales de productos de salmón termotratados para consumo humano, así como de otras importaciones de salmón con fines no comerciales (fundamentalmente, científicos), con sujeción a las condiciones prescritas. En ejercicio de esas facultades, el Director de Cuarentena decidió imponer restricciones a las importaciones de salmón sin cocer. Concretamente, se establecieron las siguientes prescripciones aplicables a las importaciones de salmón:

    i) "Guidelines for the Importation of Smoked Salmon and Trout into Australia" ("Directrices para la importación de trucha y salmón ahumados en Australia") (denominadas en lo sucesivo "Directrices de 1983"). Con efecto a partir del 1� de septiembre de 1983, las importaciones de salmón distintas de las de salmón enlatado sólo se autorizaron en los casos en que se hubiese determinado que el salmón había sido sometido a un tratamiento adecuado para evitar la entrada de enfermedades. Con efecto inmediato, no se autorizó la importación de salmón "ahumado sin termotratamiento", a menos que se demostrase que había sido sometido a un tratamiento apropiado para volver inactivos a los organismos patógenos en los salmónidos.14

    ii) "Conditions for the Importation of Salmonid Meat and Roe into Australia", ("Condiciones para la importación de carne y huevas de salmónidos en Australia), de diciembre de 1986. Con arreglo a esta Circular, todas las importaciones de carne de salmón y de trucha y de huevas de salmón sin enlatar están supeditadas a la obtención de permisos de importación que autoricen su entrada en Australia. Entre otras prescripciones, se enumeran las principales enfermedades que son motivo de preocupación y se establecen temperaturas mínimas para el termotratamiento.15

    iii) "Conditions for the Export of Salmonid Meat and Roe to Australia" ("Condiciones para la exportación de carne y huevas de salmónidos a Australia"), de mayo de 1987. Esta Circular se refiere a la importación de carne y huevas de salmónidos con fines no comerciales y aborda las dificultades que plantean las prescripciones en materia de certificación aplicables a las cantidades (menos de 5 kg) incluidas en el equipaje de particulares que entran en Australia.16 En junio de 1987 se emitió la Circular "Revised conditions for the importation of salmonid meat and roe into Australia" ("Condiciones revisadas para la importación de carnes y huevas de salmónidos en Australia).17

    iv) "Conditions for the Importation of Salmonid Meat and Roa into Australia" ("Condiciones para la importación de carne y huevas de salmónidos en Australia"), Circular emitida en junio de 1988. Mediante esta Circular se modificaron las relaciones entre temperaturas y tiempos de horneado para el termotratamiento del salmón exportado a Australia. Con arreglo a las nuevas prescripciones, la carne de salmónido debía someterse como mínimo a una temperatura de 35� C durante no menos de siete horas. Esta Circular sustituyó a las Directrices de 1983 y en lo sucesivo se denominará "Condiciones de 1988".18 Desde que se emitieron las Condiciones de 1988, no se han establecido nuevas prescripciones en materia de tratamiento. Las expresiones "salmón termotratado sin enlatar" y "salmón tratado con arreglo a las Condiciones de 1988" tienen el mismo significado.

    v) "Importation of Salmonid Meat in Retortable Pouches", ("Importación de carne de salmónidos en bolsas tratadas en autoclave"), de abril de 1990. En esta Circular se anunció la autorización de las importaciones de carne de salmónido en bolsas tratadas en autoclave, con sujeción a determinadas condiciones.19

    vi) "Requirements for the Importation of Individual Consignements of Smoked Salmonid Meat" ("Prescripciones para la importación por particulares de cantidades de carne de salmónido ahumada"), de enero de 1996. En este aviso del AQIS se establecen nuevas prescripciones para la importación de cantidades (menos de 5 kg) por particulares; en lo sucesivo estas prescripciones se denominarán "Prescripciones de 1996".20

2.17 El 13 de diciembre de 1996, el Director Ejecutivo del Australian Quarantine and Inspection Service (Servicio Australiano de Cuarentena e Inspección) (AQIS) resolvió mantener las medidas de cuarentena que se venían aplicando a las importaciones de productos de salmón. Esta decisión se basó en el Análisis de los riesgos de las importaciones de salmón (Informe final) y en lo sucesivo se denominará "decisión de diciembre de 1996":

    "El [Veterinario Jefe] recinuebda 'que se mantenga el statu quo con respecto a las medidas de cuarentena aplicables a los productos de salmón sin cocer'

    - es decir, que se deniegue la autorización para la entrada de productos de salmónidos del Pacífico adultos, capturados en el Océano, sin cocer, solicitada por el Canadá y los Estados Unidos.

    ...

    Sobre la base de estas consideraciones, decido que, teniendo en cuenta la política del Gobierno australiano en materia de cuarentena, así como las obligaciones internacionales contraídas por Australia, no se autoricen, por razones de cuarentena, las importaciones de productos de salmónidos del Pacífico, adultos, capturados en el Océano, sin cocer, procedentes del arco del Pacífico de América del Norte."21

3. Recomendaciones internacionales - la OIE

2.18 En varias disposiciones del Acuerdo MSF se hace referencia a las "normas, directrices y recomendaciones internacionales pertinentes". En el inciso b) del párrafo 3 del anexo A de dicho Acuerdo se establece que las normas, directrices y recomendaciones internacionales en materia de sanidad animal22 y zoonosis son las elaboradas bajo los auspicios de la Oficina Internacional de Epizootias (en lo sucesivo denominada "la OIE"). Estas normas, directrices y recomendaciones figuran en el "Código Sanitario Internacional para los Animales Acuáticos" de la OIE.

2.19 La OIE es una organización internacional intergubernamental creada en 1924. En noviembre de 1997 contaba con 147 países miembros. Sus principales objetivos son los siguientes:

    i) informar a los gobiernos sobre la aparición y el desarrollo de enfermedades de animales en todo el mundo y sobre los medios para combatirlas;

    ii) coordinar, en el plano internacional, la realización de estudios para vigilar y combatir las enfermedades de animales; y

    iii) armonizar las reglamentaciones aplicables al comercio de animales y productos de origen animal entre sus países miembros.

2.20 La OIE ejerce sus actividades bajo la autoridad y el control de su Comité Internacional, integrado por los delegados de los países miembros. Las resoluciones del Comité se basan en la labor de las comisiones subsidiarias (la Comisión Administrativa, las comisiones regionales y las comisiones especializadas). Una de las comisiones especializadas es la Comisión para las enfermedades de los peces, creada en 1960. En mayo de 1995 esta Comisión aprobó oficialmente el "Código Sanitario Internacional para los Animales Acuáticos" de la OIE (denominado en lo sucesivo "el Código") y el "Diagnostic Manual for Aquatic Animal Diseases" (el "Manual"). El Código tiene por objeto facilitar los intercambios internacionales de animales acuáticos y productos de animales acuáticos "dando definiciones detalladas de las garantías sanitarias que es preciso y suficiente exigir para evitar los riesgos de propagación de enfermedades de los animales acuáticos asociados a los intercambios internacionales. Estas garantías se basan en la realización de inspecciones por las Autoridades Competentes23, en la instauración de una vigilancia epidemiológica y en la utilización de métodos normalizados para los exámenes de laboratorio y el diagnóstico de las enfermedades". El Código y el Manual se actualizan todos los años en la Sesión General de la OIE, que se celebra en el mes de mayo.24 Las referencias que figuran en el presente informe corresponden a la versión actualizada del Código, de mayo de 1997.

2.21 Las enfermedades abarcadas en el Código se dividen en enfermedades de declaración obligatoria a la OIE (denominadas en lo sucesivo "enfermedades de declaración obligatoria") y otras enfermedades importantes (denominadas en lo sucesivo "otras enfermedades").

2.22 Con arreglo al Código de la OIE, por "enfermedades de declaración obligatoria" se entiende una serie de enfermedades "que se consideran por lo general potencialmente peligrosas para las industrias nacionales de acuicultura o las poblaciones naturales de peces, moluscos y crustáceos. La introducción de esas enfermedades en países libres de ellas o en países que aplican programas nacionales de control o de erradicación de las mismas puede causar pérdidas económicas importantes. Las Administraciones Veterinarias u otras Autoridades Competentes responsables de esos países importadores tienen pues la obligación de asegurarse de que las importaciones no introducirán nuevos agentes patógenos, y de obtener las garantías necesarias por medio de certificados sanitarios internacionales".25 Las enfermedades de declaración obligatoria son las que "se consideran importantes desde el punto de vista socioeconómico y/o de salud pública en los países y que tienen repercusiones en el comercio internacional de animales acuáticos y productos de animales acuáticos".26 El Código indica que "... la lista de enfermedades de animales acuáticos de declaración obligatoria incluye solamente las enfermedades importantes de etiología conocida y extensión limitada ..." (página 123).

2.23 Por "otras enfermedades" se entienden las enfermedades que: i) son graves, pero cuya distribución geográfica es amplia; ii) provocan alta mortalidad, son transmisibles y tienen una extensión geográfica limitada, pero cuyos agentes etiológicos no han sido identificados aún o para las cuales no existen pruebas de diagnóstico normalizadas; iii) pueden causar pérdidas considerables, pero son demasiado nuevas para poder determinar su extensión geográfica o comprender sus elementos epidemiológicos esenciales.27

2.24 De las 24 enfermedades que son motivo de preocupación para Australia en relación con la presente diferencia, dos figuran en la lista de enfermedades de declaración obligatoria de la OIE y cuatro en su lista de otras enfermedades (cuadro 2).

2.25 El Título 1.4 del Código de la OIE se refiere al análisis de riesgos. En su introducción se establece que:

"La principal finalidad del análisis de riesgos asociados a la importación es proporcionar a los países importadores un método objetivo y fundamentado para evaluar los riesgos de enfermedad asociados a la importación de animales acuáticos, productos de animales acuáticos, ... El análisis deberá ser transparente. Es la condición necesaria para que el país exportador pueda conocer con claridad y precisión los motivos que justifican las condiciones impuestas a la importación o el rechazo de la misma. La transparencia es necesaria, por otra parte, porque los datos son a menudo inciertos y puede haber confusión entre los hechos y las valoraciones del analista."28

CUADRO 2

"Enfermedades de declaración obligatoria a la OIE" que guardan relación con la medida de Australia

Necrosis hematopoyética infecciosa (NHI)

Septicemia hemorrágica viral (SHV)

"Otras enfermedades importantes" que guardan relación con la medida de Australia

Renibacteriosis (Renibacterium salmoninarum)

Necrosis pancreática infecciosa (NPI)

Anemia infecciosa del salmón29

Piscirickettsiosis (Piscirickettsia salmonis)

Para continuar con Australia - Medidas que Afectan a la Importación de Salmón: Secci�n 2.26


1 WT/DS18/1.

2 WT/DS18/2.

3 WT/DS18/3/Rev.1.

4 La diferencia no se refiere a la importación de salmónidos vivos.

5 Para la exportación, sólo se pescan salmones adultos.

6 Final Report, página 19.

7 Final Report, página 93.

8 Australian Atlantic Salmon: Effects of Import Competition, página 5, Industry Commission, Research Project, 20 de diciembre de 1996. Véase también: Final Report, página 20.

9 Final Report, página 93.

10 Australian Atlantic Salmon: Effects of Import Competition, página 5, Industry Commission, Research Project, 20 de diciembre de 1996.

11 Final Report, página 133.

12 OIE, Código Sanitario Internacional para los Animales Acuáticos; Código de la OIE (1995), páginas 3 y 7.

13 Proclamación de Cuarentena N� 86A, Gaceta del Gobierno de Australia, N� S33, 21 de febrero de 1975.

14 Chief Quarantine Officer (Animals), Circular Memorandum 82/83, de fecha 25 de julio de 1983.

15 Chief Quarantine Officer (Animals), Circular Memorandum 399/86.

16 Chief Quarantine Officer (Animals), Circular Memorandum 121/87, de fecha 29 de mayo de 1987.

17 Chief Quarantine Officer (Animals), Circular Memorandum 122/87.

18 Chief Quarantine Officer (Animals), Circular Memorandum 166/88, de fecha 9 de junio de 1988.

19 Chief Quarantine Officer (Animals), Circular Memorandum 93/90, de abril de 1990.

20 AQIS Quarantine Operational Notice 1996/022, de 24 de enero de 1996.

21 AQIS, File Note de Paul Hickey, Director Ejecutivo, 13 de diciembre de 1996.

22 En una nota de pie de página de la sección titulada "Definiciones" del anexo A del Acuerdo MSF se indica que "a los efectos de estas definiciones, el término "animales" incluye los peces y la fauna silvestre ...".

23 Con arreglo al Código de la OIE, por "Autoridad Competente" se entiende "los Servicios Veterinarios Nacionales o cualquier otra Autoridad de un País Miembro, competentes para garantizar o supervisar la aplicación de las medidas zoosanitarias recomendadas en el presente Código".

24 Código de la OIE, prefacio.

25 Código de la OIE, página 69.

26 Ibid., página 7.

27 Ibid., página 123.

28 Código de la OIE, Ibid., página 31.

29 Enfermedad N� 24 del cuadro 3.