Lo nuevo - Mapa del sitio - Calendario
Acuerdos Comerciales - Proceso del ALCA
Temas Comerciales
English - français - português
Búsqueda
 

Organización Mundial
del Comercio

WT/DS98/R
21 de junio de 1999
(99-2101)
Original: inglés

Corea - Medida de Salvaguardia Definitiva Impuesta a las Importaciones de Determinados Productos Lácteos

Informe del Grupo Especial


El presente informe del Grupo Especial encargado de examinar el asunto "Corea - Medida de salvaguardia definitiva impuesta a las importaciones de determinados productos lácteos" se distribuye a todos los Miembros, de conformidad con lo dispuesto en el Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias (ESD). El informe se distribuye como documento no reservado a partir del 21 de junio de 1999 de conformidad con los Procedimientos para la distribución y la supresión del carácter reservado de los documentos de la OMC (WT/L/160/Rev.1). Se recuerda a los Miembros que, de conformidad con el ESD, sólo las partes en la diferencia pueden presentar una apelación en relación con el informe de un grupo especial, que las apelaciones están limitadas a las cuestiones de derecho abordadas en el informe del Grupo Especial y a las interpretaciones jurídicas que éste haga y que no se podrá establecer comunicación ex parte alguna con el Grupo Especial ni con el Órgano de Apelación respecto de las cuestiones que el Grupo Especial o el Órgano estén examinando.

Nota de la Secretaría: El presente informe del Grupo Especial será adoptado por el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su distribución, a menos que una parte en la diferencia decida recurrir en apelación o que el OSD decida por consenso no adoptar el informe. En caso de recurrirse en apelación contra el informe del Grupo Especial, éste no será considerado por el OSD a efectos de su adopción hasta después de haber concluido el proceso de apelación. Puede obtenerse información acerca de la situación actual del informe del Grupo Especial en la Secretaría de la OMC.


Índice

I. Introducción

A. Antecedentes
B. Establecimiento y Composición del Grupo Especial
C. Actuaciones del Grupo Especial
II. Elementos de Hecho
III. Constataciones y Recomendaciones Pedidas por las Partes A.Comunidades Europeas
B. Corea
IV. Principales Argumentos de las Partes A. Objeciones En Materia de Procedimiento 1. Falta de interés comercial y de buena fe de las Comunidades Europeas
2. Insuficiencia de la solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por las CE
3. Naturaleza de la argumentación de las CE y determinaciones que solicita al Grupo Especial
B. Cuestiones Secundarias 1. Carga de la Prueba y Norma de Examen
2. ¿Cuál es la documentación apropiada que debe examinar el Grupo Especial al evaluar el análisis realizado durante la investigación?
C. Reclamación de conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo xix del GATT
D. Reclamación en virtud del párrafo 1 a) del artículo XIX del GATT y del párrafo 1 del artículo 2 del Acuerdo sobre Salvaguardias
E. Aplicación de Corea de medidas de salvaguardia a productos agropecuarios
F. Reclamación en virtud del párrafo 2 a) del artículo 4 del Acuerdo sobre Salvaguardias
G. Reclamación en virtud del apartado b) del párrafo 2 del artículo 4 del Acuerdo sobre Salvaguardias
H. Reclamaciones en virtud del párrafo 1 del artículo 5 del Acuerdo sobre Salvaguardias
I. Reclamaciones en virtud del artículo 12 del Acuerdo sobre Salvaguardias
V. Argumentos de los Terceros A. Estados Unidos VI. Reexamen Intermedio
VII. Constataciones
A. Cuestiones de Procedimiento 1. Insuficiencia de la solicitud de establecimiento de un grupo especial por parte de las CE
2. Falta de interés económico
3. Presentación del Informe de la OAI
4. La ausencia de una reclamación de las Comunidades Europeas en virtud del artículo 3 del Acuerdo sobre Salvaguardias
B. Carga de la prueba
C. Norma de examen
D. Principios generales de interpretación
E. Reclamaciones en virtud del artículo XIX del GATT
F. Violación del párrafo 1 del artículo 2 del Acuerdo sobre Salvaguardias - omisión de analizar el requisito de "en condiciones tales"
G. Reclamaciones en virtud del párrafo 2 del artículo 4 del Acuerdo sobre Salvaguardias 1. Examen de la existencia de daño grave a la rama de producción nacional, realizado por Corea
2. Examen realizado por Corea de la relación de causalidad entre el aumento de las importaciones y el daño grave
H. Reclamaciones en virtud del párrafo 1 del artículo 5 del Acuerdo sobre Salvaguardias
I. Reclamaciones en virtud del artículo 12 1. Notificaciones incompletas y presentadas fuera de tiempo
2. Alegación sobre el carácter inadecuado de las consultas
VIII. Conclusiones y Recomendaciones

 

Para continuar con Introducción