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Chile - Impuestos a las Bebidas Alcohólicas

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


iii) El estudio Gemines de 1995

4.217 Las Comunidades Europeas explican que han tenido acceso a un estudio sobre posibles efectos en la industria pisquera de una rebaja del impuesto al whisky, realizado en agosto de 1995 por Gemines, una respetada empresa de consultores, a solicitud de la industria pisquera chilena (denominado en adelante el estudio Gemines de 1995). 133 Este estudio proporciona nuevas pruebas de la existencia de una elasticidad cruzada en función de los precios significativa entre el pisco y el whisky.

4.218 Además, las Comunidades Europeas explican que el objetivo del estudio fue cuantificar los efectos en la industria pisquera y, más en general, en la economía de la zona pisquera, de la hipótesis de modificación del ILA de manera que se igualaran los tipos impositivos aplicados al pisco y al whisky. Gemines examinó dos escenarios distintos. Según el primero, el tipo del impuesto aplicado al pisco y al whisky sería del 35 por ciento y según el segundo, del 30 por ciento.

4.219 Según las Comunidades Europeas, como primer paso, Gemines estimó la elasticidad cruzada en función de los precios del pisco y el whisky sobre la base de datos sobre las ventas y los precios correspondientes al período 1985-1992. La elasticidad estimada fue de 0,26. Esto indicaría que si, por ejemplo, los precios del whisky subieran un 10 por ciento, el volumen de ventas del pisco aumentaría un 2,6 por ciento. 134 Según Gemines, esta elasticidad cruzada en función de los precios basta para llegar a la conclusión de que el pisco y el whisky son bebidas "sustitutas en el consumo, aunque en un grado moderado". 135 En cambio, sobre la base de regresiones similares, Gemines llegó a la conclusión de que no puede considerarse que el vino o la cerveza, por una parte, y el pisco, por la otra, sean sustituibles entre sí. 136

4.220 Las Comunidades Europeas declaran que, a continuación, Gemines estimó los cambios del consumo de pisco y de whisky que tendrían lugar en cada uno de los dos escenarios descritos. Como puede verse en los cuadros 25 y 26 que figuran a continuación, 137 Gemines llegó a la conclusión de que las ventas de pisco descenderían un 10,2 por ciento en el primer escenario y un 8,6 por ciento en el segundo mientras que las ventas de whisky aumentarían un 5,8 por ciento y un 6,5 por ciento, respectivamente.

Cuadro 25 138

Primer escenario

Pisco y whisky sujetos a un impuesto del 35 por ciento

Pisco

Whisky

Precio

+7%

-18,6%

Cantidad vendida

-10,2%

+5,8%

Cuadro 26 139

Segundo escenario

Pisco y whisky sujetos a un impuesto del 30 por ciento

Pisco

Whisky

Precio

+3,5%

-21,3%

Cantidad vendida

-8,6%

+6,5%

4.221 Las Comunidades Europeas observan que estas cifras pueden representar una considerable subestimación del aumento del consumo de whisky. En primer lugar, Gemines no tomó en cuenta la demanda adicional creada por la elasticidad cruzada del whisky en función de los aumentos del precio del pisco sino únicamente la debida a la elasticidad del whisky respecto de las variaciones de su propio precio. Además, contrariamente a lo que hizo en el caso del pisco, Gemines no calculó la elasticidad efectiva del whisky en función de su propio precio sino que se limitó a "suponer" una elasticidad de 0,31 sobre la base de "las características que presenta este mercado y [...] estudios alternativos". 140 Sin embargo, la elasticidad "supuesta" parece demasiado baja. En realidad, sería incompatible con la elasticidad cruzada del pisco en respuesta a las variaciones de los precios del whisky anteriormente estimada por la propia Gemines. A partir de esta última elasticidad (que también parece ser una subestimación), una subida del 10 por ciento del precio del whisky daría lugar a un aumento de las ventas de pisco mucho mayor (2,6 por ciento de aproximadamente el 75 por ciento del mercado de los aguardientes) que el descenso total de las ventas de whisky causado por la misma subida del precio sobre la base de la elasticidad en función del propio precio supuesta por Gemines para el whisky (3,1 por ciento de aproximadamente el 4 por ciento del mercado de los aguardientes).

4.222 Las Comunidades Europeas señalan además que los autores del estudio advirtieron que, en la práctica, era probable que la disminución de las ventas de pisco fuera incluso mayor que la que figura en los anteriores cuadros, debido a que, en ambos escenarios, las variaciones del precio del whisky eran muy superiores a las consideradas para estimar la elasticidad cruzada en función de los precios entre el pisco y el whisky.

4.223 Para refutar estas afirmaciones, Chile aduce que las Comunidades Europeas no han podido demostrar que la elasticidad cruzada de la demanda sea elevada. El estudio Gemines de 1995 citado por las Comunidades Europeas sólo hace referencia a una posibilidad de sustitución entre el pisco y el whisky "moderada". Como puede verse en el cuadro 27 que figura a continuación, un estudio más exhaustivo realizado para la industria chilena a lo largo de un período más prolongado demuestra que la elasticidad cruzada es incluso inferior. Esa baja elasticidad cruzada difícilmente demuestre que los productos son, según se prescribe en el párrafo 2 del artículo III, directamente competidores o directamente sustituibles entre sí [la cursiva es de Chile].

Cuadro 27 141

Elasticidad cruzada del pisco en función de los precios de
los demás aguardientes, el vino y la cerveza

Resultados de la regresión

Valores estadísticos de la regresión

Coeficiente múltiple

0,9878

Coeficiente de R^2

0,9758

R^2 ajustado

0,9624

Error típico

0,0640

Observaciones

15

Análisis de la variable

Grados de libertad

Suma de los cuadrados

Promedio de los cuadrados

F

Valor crítico de F

Regresión

5

1,4895

0,2979

72,6767

5,32677E-07

Residuo

9

0,0369

0,0041

Total

14

1,5264

Análisis de los coeficientes

Coeficientes

Error típico

Valor t

Probabilidad

Inferior
al 95%

Superior
al 95%

Intersección

3,5771

3,6554

0,9786

0,3534

-4,6920

11,8461

Variable X 1 (ingreso)

-0,0072

1,2109

-0,0059

0,9954

-2,7465

2,7321

Variable X 2 (precio del pisco)

-1,3109

0,4574

-2,8661

0,0186

-2,3456

-0,2762

Variable X 3 (whisky)

0,1248

0,5158

0,2419

0,8143

-1,0421

1,2917

Variable X 4 (precio del vino)

0,5963

0,4030

1,4796

0,1731

-0,3154

1,5079

Variable X 5 (precio de la cerveza)

0,3622

1,2132

0,2985

0,7721

-2,3823

3,1067

4.224 Chile explica que, para estimar la elasticidad cruzada entre el pisco y otras bebidas alcohólicas, se realizó un análisis econométrico sobre la base de una serie cronológica de datos. Merece la pena señalar que los modelos econométricos gozan de amplia aceptación como instrumento útil para determinar si existe o no una fuerte posibilidad de sustitución entre dos productos.

4.225 A continuación, Chile explica que el modelo econométrico alcanzó un ajuste sumamente satisfactorio a nivel global y que los valores de los coeficientes (elasticidades) muestran el signo que podía preverse según la teoría económica: un aumento del ingreso por habitante dará lugar a un incremento del consumo de pisco por habitante; una subida del precio del pisco dará lugar a un descenso del consumo de pisco. Sin embargo, la única variable cuyo coeficiente es estadísticamente significativo (con un nivel de confianza del 95 por ciento) es el precio del pisco, con un valor de -1,31. Esto quiere decir que una subida del 10 por ciento del precio del pisco tendrá como resultado una disminución del 13,1 por ciento del consumo de pisco. Según los resultados de este modelo matemático, la elasticidad cruzada entre el pisco y el whisky no sólo es muy baja (0,125) sino que no es estadísticamente significativa (con un nivel de confianza del 95 por ciento). Una elasticidad de 0,125 significa que una subida del 10 por ciento del precio del whisky (sea cual fuere la razón de ella) hará que el consumo de pisco se eleve un 1,25 por ciento. Pero esta elasticidad, además de ser tan baja que los productos no pueden considerarse sustitutos próximos, no es estadísticamente significativa, lo cual quiere decir que podría ser igual a 0.

4.226 Según Chile, a fin de profundizar este análisis, se realizó una segunda regresión, eliminando de la ecuación la variable del ingreso por habitante. Los resultados muestran una mejora y los coeficientes conservan los signos que indica la teoría. En este caso, los precios del pisco y del vino aparecen como variables significativas (con un nivel de confianza del 95 por ciento) y la elasticidad cruzada del vino en función de los precios es de 0,59. El whisky presenta también una elasticidad baja (0,128), que no es estadísticamente significativa (con un nivel de confianza del 95 por ciento).

4.227 Además, Chile declara que, para proseguir la investigación, se eliminó del segundo análisis de regresión el precio de la cerveza, puesto que el coeficiente de elasticidad de ésta no era significativo (con un nivel de confianza del 95 por ciento), aunque sí más alto que el del whisky. En este caso, en la ecuación de regresión sólo se incluyeron los precios del pisco, el vino y el whisky. Con esta modificación, mejoró la calidad de la regresión y los coeficientes conservaron los signos previstos según la teoría. Los precios del pisco (elasticidad = -1,50) y el vino (elasticidad cruzada = 0,78) siguieron siendo variables significativas (con un nivel de confianza del 95 por ciento), mientras que el precio del whisky (elasticidad cruzada = 0,07) siguió siendo no significativo.

4.228 Chile aduce a continuación que, sobre la base de estas observaciones, se puede llegar a la conclusión de que, utilizando el análisis econométrico (que goza de amplia aceptación a nivel técnico), no se puede demostrar la existencia de una elasticidad cruzada de la demanda significativa entre el pisco y el whisky.

4.229 Chile explica además que la metodología utilizada en la mencionada regresión (modelo de demanda con elasticidad constante, estimada con arreglo al método corriente de los mínimos cuadrados) es idéntica a la empleada por Gemines en su estudio de 1995. Los resultados son diferentes de los resultantes del estudio de Gemines porque las series de precios usadas en ambos casos son distintas: en el estudio de Gemines, se utilizó una serie de precios trimestral, que abarcaba el período 1985-1992 (siete años). En este caso, se empleó una serie anual de 15 años (de 1983 a 1997). Es necesario indicar que, cuando se utiliza una serie trimestral, aunque aumenta el número de observaciones, se introducen muchas distorsiones debido a factores estacionales relacionados con el consumo. Algunos de estos factores estacionales pueden eliminarse introduciendo variables "ficticias" (que es el método utilizado por Gemines). Sin embargo, los modelos construidos con variables "ficticias" son, por lo general, de peor calidad que los que no necesitan este tipo de variables, y éste no parece ser una excepción.

4.230 Las Comunidades Europeas alegan que el único elemento de prueba presentado por Chile es el análisis de regresión. Las Comunidades Europeas formulan varias observaciones al respecto. En primer lugar, la regresión adolece de graves problemas metodológicos. En segundo lugar, pese a esos problemas, la regresión confirma que el pisco y el whisky compiten entre sí: el consumo de pisco aumenta cuando el precio del whisky sube y desciende cuando el precio del whisky baja. Por último, contrariamente a lo que alega Chile, la regresión no muestra una elasticidad cruzada en función de los precios más baja que la resultante del estudio de Gemines de 1995. A diferencia de lo que hicieron los autores de ese estudio, los que realizaron el análisis de regresión chileno utilizaron una regresión lineal simple. Esto quiere decir que los parámetros estimados por ellos no representan elasticidades y, por lo tanto, no pueden compararse con los parámetros estimados en el estudio de Gemines de 1995.

4.231 Las Comunidades Europeas sostienen además que Chile no ha conseguido refutar las amplias pruebas facilitadas por las Comunidades Europeas que demuestran que el pisco y los demás aguardientes destilados son "directamente competidores o directamente sustituibles entre sí" en el mercado chileno. El único elemento de prueba aportado por Chile es el mencionado análisis de regresión. Su examen permite llegar a la conclusión de que adolece de problemas básicos de multicolinealidad, que hacen que sus resultados sean sumamente inestables y engañosos. Además, es tal la escasez de los datos utilizados por Chile que no es posible resolver esos problemas.

4.232 Las Comunidades Europeas explican que una dificultad intrínseca de todas las series cronológicas de datos es que muchos valores son "colineales". Éste es el término que utilizan los expertos en econometría para describir el hecho de que muchos valores evolucionan en forma paralela a lo largo del tiempo sin que ello implique necesariamente una relación causal. Un ejemplo citado a menudo en los libros de texto es el de las precipitaciones acumuladas y el índice de precios de consumo, que aumentan ambos a lo largo del tiempo. Una regresión de una de estas variables sobre la otra tendría como resultado una elevada correlación estadística.

4.233 Además, las Comunidades Europeas recuerdan que la elasticidad cruzada no es una relación en un solo sentido. Los precios del pisco también afectan a las ventas de whisky. Habida cuenta de las cuotas de mercado respectivas, esta elasticidad cruzada en función del precio inversa debería ser incluso superior al efecto que los precios del whisky tienen en las ventas de pisco. A juicio de las Comunidades Europeas, Chile no hace ningún esfuerzo por tratar este aspecto.

4.234 Chile señala también que, en primer lugar, incumbe a las Comunidades Europeas demostrar que el análisis de regresión que han presentado al Grupo Especial satisface todos los criterios necesarios para que se lo considere un estudio econométrico satisfactorio.

4.235 Chile observa además que, como han señalado las Comunidades Europeas, deben efectuarse varias pruebas con los datos empleados en una regresión para poder utilizar los resultados con confianza. Chile reconoce el esfuerzo que han hecho las Comunidades Europeas para examinar el análisis de regresión chileno realizado con los datos anuales del período 1983-1997 y está de acuerdo con la observación de que los datos contienen algunos problemas insolubles (problemas de multicolinealidad).

4.236 Chile aduce, no obstante, que las críticas de las CE son irónicas, porque la regresión presentada por las Comunidades Europeas presenta problemas aún más graves: abarca un menor número de años (incluidos todos ellos en la regresión presentada por Chile) y está además distorsionada por la utilización de datos trimestrales. Por último, es aún más importante el hecho de que el coeficiente de elasticidad no es significativo (a un nivel de confianza del 95 por ciento).

4.237 Chile pone de nuevo de relieve que, en resumen, ninguno de los análisis de regresión es suficientemente fiable pero que el de las CE es menos fiable que el de Chile y que la carga de la prueba recae sobre las Comunidades Europeas y no sobre Chile.

iv) El estudio Gemines de 1996

4.238 Las Comunidades Europeas señalan que, tras la presentación al Congreso de la propuesta de 1995 por el Gobierno chileno, la industria pisquera encargó a Gemines un nuevo estudio que estimara el efecto de la reducción propuesta de los impuestos aplicados al whisky del 70 por ciento al 50 por ciento (en adelante, el "estudio Gemines de 1996").

4.239 Las Comunidades Europeas declaran que no han podido obtener un ejemplar de este estudio. No obstante, la APICH (asociación de productores de pisco) dio amplia publicidad a sus resultados en julio de 1996, cuando el Gobierno anunció que tenía intención de presentar una enmienda a la propuesta de 1995 en la que se prevería una reducción incluso mayor del impuesto sobre el whisky. Asimismo, durante el debate sobre la propuesta de 1997, algunos miembros de la Cámara de Diputados citaron detalles del estudio Gemines de 1996. 142

4.240 Las Comunidades Europeas señalan que, según informes de prensa, 143 el estudio Gemines de 1996 llegó a la conclusión de que la rebaja al 50 por ciento del impuesto al whisky establecida en el proyecto de 1995 implicaría una caída del 47 por ciento en el precio del whisky y, como consecuencia, una disminución del 17 por ciento en las ventas de pisco. Las Comunidades Europeas alegan que Chile no ha discutido la exactitud de esta información.

4.241 Las Comunidades Europeas señalan que el primer documento que solicitaron fue el "estudio Gemines de 1996", cuyo interés para esta diferencia es indiscutible. Sin embargo, la industria pisquera chilena se ha negado a facilitar ese estudio al Grupo Especial.

4.242 Las Comunidades Europeas declaran que, según una carta de la APICH (asociación de productores de pisco), transmitida por el Gobierno chileno a las Comunidades Europeas, las razones de esa negativa son dos. La primera es que el estudio contiene información "confidencial" de Capel y Control. La segunda es que Capel y Control no estaban satisfechos con el estudio, que no había producido los resultados previstos. Por esos motivos, según la carta, el estudio nunca se hizo público.

4.243 Las Comunidades Europeas alegan a continuación que, para comenzar, puede ponerse en duda el "carácter confidencial" de información comercial compartida por los dos principales productores de pisco sin ninguna restricción aparente. Si es cierto que el estudio contiene información comercial confidencial, las autoridades antimonopolio de Chile harían bien en pedir que se les entregue un ejemplar.

4.244 Las Comunidades Europeas señalan además que, en cualquier caso, en 1996 la industria pisquera no consideraba "confidencial" el estudio. En julio de ese año, la APICH convocó una conferencia de prensa en la que, enarbolando el estudio Gemines de 1996 como prueba irrefutable, advirtió que, si se adoptaba la propuesta del Gobierno, las ventas de pisco descenderían un 17 por ciento. En esa misma conferencia de prensa, el Presidente de la APICH recordó que cuando, a comienzos de los años ochenta, la diferencia entre los impuestos aplicados al pisco y al whisky se redujo al 5 por ciento, los productores de pisco casi fueron expulsados del mercado.

4.245 Asimismo, las Comunidades Europeas afirman que la conferencia de prensa de julio de 1996 fue parte de una estrategia encaminada a evitar que el Gobierno presentara una enmienda a la propuesta que el Parlamento tenía entonces ante sí, enmienda que habría dado lugar a una mayor reducción del impuesto sobre el whisky. Con el mismo propósito, la APICH facilitó también el estudio Gemines de 1996 a algunos miembros del Congreso chileno, que lo citaron extensamente durante el posterior debate de la propuesta del Gobierno.

4.246 Las Comunidades Europeas alegan que la conclusión ineludible es que, en 1996, la industria pisquera transmitía al Gobierno y el Parlamento chilenos una historia totalmente distinta de la presentada al Grupo Especial.

4.247 Las Comunidades Europeas aducen que, en cualquier caso, ni la APICH ni las autoridades chilenas han explicado por qué no les es posible facilitar un resumen no confidencial del estudio Gemines de 1996. Dada esta situación, las Comunidades Europeas instarían al Grupo Especial a deducir las conclusiones apropiadas de la actitud de la industria pisquera chilena.

4.248 Como refutación, Chile observa que el interés de las Comunidades Europeas en solicitar documentos privados preparados para la industria pisquera, como el estudio Adimark y el estudio Gemines de 1996, es totalmente anormal en este tipo de proceso. Por una parte, corresponde a las Comunidades Europeas y no a la industria chilena la carga de demostrar sus afirmaciones; por la otra, nada ha impedido que las Comunidades Europeas o su sector realicen en Chile todas las encuestas que deseen; la industria chilena -como la Scotch Whisky Association- no tiene ninguna obligación de facilitar la información o el asesoramiento que recibe de consultores privados.

Para continuar con La encuesta Adimark


133 Prueba 20 de las CE.

134 Las Comunidades Europeas señalan que la elasticidad cruzada en función de los precios mide la modificación relativa de las ventas de un producto de resultas de la variación relativa del precio de otro. Sin embargo, la elasticidad cruzada en función de los precios no es independiente de las cuotas de mercado del producto de que se trata y está dominada por el producto cuya cuota es mayor.

135 Las Comunidades Europeas señalan que los autores del estudio advirtieron que probablemente la elasticidad estimada sería inferior a la elasticidad cruzada en función de los precios reales. Véase el estudio Gemines de 1995, página 65 (Prueba 20 de las CE).

136 Estudio Gemines de 1995, página 61 y nota 18 de pie de página (Prueba 20 de las CE).

137 Estudio Gemines de 1995, página 64 (Prueba 20 de las CE).

138 Primera comunicación de las CE, cuadro 19 (página 62).

139 Ibid., cuadro 20.

140 Estudio Gemines de 1995, página 63 (Prueba 20 de las CE).

141 Primera comunicación de Chile, anexo II.

142 Como ejemplo, las Comunidades Europeas hacen referencia a la intervención del representante Prokurika, Actas, página 44.

143 El Diario, 2 de julio de 1996 (Prueba 30 de las CE).