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Chile - Impuestos a las Bebidas Alcohólicas

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


e) Diferencias de precios

4.142 Refutando el argumento de las CE, Chile pone de relieve las diferencias entre el precio del pisco y el de los demás aguardientes destilados, utilizando el cuadro 15 que figura a continuación.

Cuadro 15 93

Producto

Precio exento de derechos
$EE.UU.

Contenido de alcohol (�)

Derechos de aduana chilenos

Precio, incluidos los derechos de aduana chilenos
$EE.UU.

Nuevo sistema chileno

Precio, incluidos los impuestos según el nuevo sistema fiscal
$EE.UU.

1

2

3

4

5

6

7

Whisky JW Red

10,96

43

11%

12,17

47%

17,88

Whisky JW Black

24,11

43

11%

26,76

47%

39,34

Whisky JW Gold

52,00

43

11%

57,72

47%

84,85

Whisky JW Blue

144,00

43

11%

159,84

47%

234,96

Canadian Club

11,41

40

0%

11,41

47%

16,77

Jack Daniels

14,07

45

11%

15,62

47%

22,96

Tequila (Cuervo)

11,97

38

0%

11,97

39%

16,64

Grapa

10,80

40

11%

11,99

47%

17,62

Pisco Especial

2,86

35

11%

2,86

27%

3,63

Pisco Reservado

3,89

40

11%

3,89

47%

5,72

Nota: Todos los precios hacen referencia a una botella de litro.

Fuentes: Precios del pisco según la industria pisquera chilena.

Precios de los demás productos según el Catálogo Peter Justessen, edición de 1998.

4.143 Chile pone de relieve que el precio anterior a los impuestos (es decir, exento de derechos) del pisco, en cualquiera de sus distintas variedades, es considerablemente inferior al del whisky. Como puede apreciarse en la columna 5 del cuadro 15, el whisky (con un precio de 12,17 dólares EE.UU. que incluye los derechos de aduana chilenos) es 3,1 veces más costoso que un pisco de la misma graduación alcohólica (precio: 3,89 dólares EE.UU.). En la misma columna puede verse que, si se compara el whisky con el pisco especial (graduación de 35�), el precio del primero es más de 4,2 veces mayor.

4.144 Chile señala además que la diferencia entre los precios del whisky y el pisco de la misma graduación no se modifica si se comparan los precios que incluyen los impuestos aplicados con arreglo al nuevo sistema chileno. En la columna 7 del cuadro, puede verse que el precio del whisky (17,88 dólares EE.UU.) sigue siendo 3,1 veces superior al del pisco de la misma graduación (precio: 5,72 dólares EE.UU.). La diferencia entre los precios es tan considerable que no es de extrañar que los consumidores prefieran los aguardientes de bajo costo, en particular en un país de ingresos relativamente reducidos.

4.145 Las Comunidades Europeas responden que el cuadro 15 está incompleto e induce a error. En él se comparan los precios de una marca de whisky relativamente costosa (Johnnie Walker) con lo que parece ser el precio de una marca de pisco relativamente barata. Además, los precios corresponden a distintos niveles del comercio y, por lo tanto, no son comparables. Los precios del whisky son precios al por menor (es de suponer, en Chile), tal como figuran en el catálogo de un proveedor de productos exentos de derechos a los círculos diplomáticos e incluyen no sólo el flete y el seguro sino también lo que parece ser un margen bastante considerable para el distribuidor. En cambio, los precios del pisco son precios a la producción en fábrica.

4.146 Las Comunidades Europeas aducen que tanto el pisco como los demás aguardientes se venden con una amplia gama de precios. Como puede apreciarse en el cuadro 16 que figura a continuación, las diferencias entre los precios dentro de la categoría del pisco pueden ser tan considerables, tanto en términos absolutos como relativos, como las diferencias entre los precios del pisco y el whisky que figuran en el cuadro de Chile. Las Comunidades Europeas alegan que Chile no parece discutir el hecho de que todos los tipos y marcas de pisco constituyen un único producto y compiten entre sí.

Cuadro 16 94

Precios al por menor del pisco, febrero de 1997

Brand

Precio (pesos)

Índice de diferencias de precios

Valle del Limarí 30%

869

1

Capel 30%

999

1,15

Tres Erres 32%

1.459

1,69

Bauza 30%

2.468

2,84

Control 35%

1.295

1,49

Capel 35%

1.458

1,68

Control de Guarda 35%

2.389

2,75

Alto del Carmen 35%

2.458

2,83

Bauza 35%

2.480

2,85

Control 40%

1.519

1,75

Capel 40%

1.588

1,83

Control de Guarda 40%

2.699

3,11

Alto del Carmen 40%

2.998

3,45

Bauza 43%

3.628

4,17

Alto del Carmen 46%

3.798

4,37

Chenaral 46%

4.790

5,51

Fuente: Informe ISWR, Prueba 19 de las CE, páginas 80 y 81.

4.147 Las Comunidades Europeas aducen además que el pisco no es menos costoso que los demás aguardientes. En el cuadro 17 que figura a continuación puede apreciarse que, pese a las distorsiones de los precios debidas a las diferencias impositivas, hay superposición entre los precios (impuestos incluidos) del pisco y los precios (impuestos incluidos) de los demás tipos de aguardientes (entre ellos, el whisky), más fuertemente gravados.

Cuadro 17 95

Gama de precios al por menor (impuestos incluidos), febrero de 1997

Aguardiente

Precio mínimo (pesos)

Precio máximo (pesos)

Pisco

869

4.790

Gin

2.175

5.580

Vodka

2.545

8.050

Ron

1.490

6.838

Brandy

1.375

114.900

Tequila

3.180

54.90l

Whisky

3.550

34.690

Fuente: Informe ISWR, Prueba 19 de las CE, páginas 53 y 54, 58, 62, 65, 70, 75 y 76, y 80 y 81.

4.148 Las Comunidades Europeas aducen también que, en cualquier caso, la comparación de las diferencias entre los precios absolutos tiene una utilidad limitada para determinar si dos productos compiten realmente entre sí en un determinado mercado. La teoría económica básica nos dice que es más importante examinar la respuesta de los consumidores a las variaciones de los precios relativos de los productos, es decir, la elasticidad cruzada en función de los precios. 96 Las Comunidades Europeas alegan que han proporcionado al Grupo Especial amplios elementos de prueba (incluidos dos estudios encargados por la propia industria pisquera) que demuestran que existe un grado significativo de elasticidad cruzada en función de los precios entre el pisco y los demás aguardientes y, por lo tanto, que éstos son directamente competidores o directamente sustituibles entre sí.

4.149 Las Comunidades Europeas agregan que, en el presente asunto, las diferencias entre los precios absolutos son incluso menos pertinentes, dada la naturaleza de los productos de que se trata. Los aguardientes destilados son bienes de consumo cuyo valor es reducido en relación con el ingreso y que se compran muchas veces a lo largo de un breve período de tiempo. Esto quiere decir que, incluso si uno de los aguardientes fuera mucho más caro que el otro, un descenso relativamente pequeño del precio del más costoso podría ser suficiente para que los consumidores aumentaran el número de ocasiones en que beberían ese aguardiente en lugar del más barato. 97

4.150 Las Comunidades Europeas alegan además que las diferencias entre los precios absolutos pueden ser consecuencia de las medidas en litigio. La comparación de los precios anteriores a los impuestos no basta para eliminar todas las distorsiones que un sistema tributario protector puede haber causado a lo largo de un período de tiempo prolongado. Por ejemplo, uno de los efectos de un sistema fiscal protector puede ser favorecer la venta de las marcas de aguardientes importados de calidad superior a expensas de la de las marcas menos costosas. Asimismo, los impuestos protectores limitan el crecimiento de las ventas de los aguardientes importados y hacen que sus gastos de venta y distribución se mantengan en un nivel artificialmente alto en comparación con los de los productos nacionales vendidos en mayores cantidades. 98

4.151 Las Comunidades Europeas recuerdan, por último, que las diferencias entre los precios absolutos pueden ser consecuencia de factores coyunturales, como los movimientos de los tipos de cambio. 99

4.152 En respuesta, Chile explica que su intención al facilitar el cuadro 15 supra fue doble: 1) demostrar al Grupo Especial la existencia de una diferencia significativa entre los precios del pisco y el whisky; y 2) explicar mediante un ejemplo al Grupo Especial la carga desproporcionadamente mayor que representa en el caso de un producto de bajo precio la utilización de un impuesto específico, medido ad valorem (en este caso, el impuesto aplicado por algunos países de las CE al alcohol).

4.153 Chile considera que la manera más exacta de comparar los precios del pisco y el whisky en Chile sería utilizar el precio del pisco en fábrica y el precio del whisky después del pago de derechos de aduana (CIF + derechos de importación) en Chile. Esta comparación excluye cualquier aumento del precio en el canal de distribución.

4.154 Chile agrega que los precios del pisco en fábrica son, como promedio, de 2,60 dólares EE.UU. para el pisco de 30� a 35� y de 3,60 dólares EE.UU. para el pisco de 40� a 46�. En el caso del whisky importado, el precio medio CIF en 1997 fue de 5,55 dólares EE.UU., según estadísticas del Banco Central de Chile. Agregando un derecho de importación ad valorem del 11 por ciento, ese precio medio después del pago de derechos de aduana fue de 6,16 dólares EE.UU.

4.155 Chile aduce a continuación que estas diferencias entre los precios del whisky y el pisco son, pues, muy significativas, puesto que el whisky cuesta casi el doble que el pisco de alta graduación y más del doble que el pisco de baja graduación.

4.156 Además, Chile señala que es poco probable que el nivel del comercio distorsione estos precios en forma significativa. Aunque en Chile se vende mucho más pisco que whisky, las cantidades de whisky importadas son, sin embargo, considerables. Por otra parte, en el mundo se produce mucho más whisky que pisco, y es de suponer que esa gran producción permitirá realizar economías de escala superiores en el caso del whisky.

4.157 Asimismo, según Chile, las Comunidades Europeas afirman también que "los aguardientes destilados son bienes de consumo cuyo valor es reducido en relación con el ingreso [...]" e interpretan que esto quiere decir que "incluso si uno de los aguardientes fuera mucho más caro que el otro, un descenso relativamente pequeño del precio del más costoso podría ser suficiente para que los consumidores aumentaran el número de ocasiones en que beberían ese aguardiente en lugar del más barato". Esta es una suposición muy aventurada por parte de las Comunidades Europeas y hasta el momento no está demostrada.

4.158 Además, Chile discute la declaración de las CE acerca de "[...] las distorsiones que un sistema tributario protector puede haber causado a lo largo de un período de tiempo prolongado. Por ejemplo, uno de los efectos de un sistema fiscal protector puede ser favorecer la venta de las marcas de aguardientes importados de calidad superior a expensas de la de las marcas menos costosas". En primer lugar, los efectos de un sistema que se ha derogado no son pertinentes. En segundo lugar, como incluso el anterior sistema fiscal chileno actuaba sobre bases ad valorem, no había distorsión en favor de las marcas más caras.

4.159 Por último, Chile no está de acuerdo con el cuadro sobre los precios al por menor del pisco presentado por las CE, que intenta demostrar la existencia de una superposición entre los precios del pisco y el whisky. Chile aduce que esto induce a error y señala que el cuadro no refleja el hecho de que la mayor parte del pisco vendido en Chile cuesta menos de 3.000 pesos. En realidad, la superposición es muy pequeña, salvo cuando se trata de piscos de calidad superior, que también se gravarán en general con el mismo tipo que el whisky cuando entre en vigor el nuevo sistema chileno en diciembre del 2000.

Para continuar con Elasticidad cruzada en función de los precios


93 Declaración oral de Chile en la primera reunión sustantiva, anexo I.

94 Respuesta de las CE a preguntas formuladas en la primera reunión sustantiva, cuadro 1.

95 Respuesta de las CE a preguntas formuladas en la primera reunión sustantiva, cuadro 2.

96 Informe del Grupo Especial que se ocupó del asunto Corea - Impuestos a las bebidas alcohólicas, supra, párrafo 10.94.

97 Véase ibid., párrafos 10.74 y 10.91.

98 Ibid., párrafo 10.93 y nota 410 de pie de página.

99 Ibid., nota 410 de pie de página.