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Japón - Medidas que Afectan a los Productos Agrícolas

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


B. Preguntas a los expertos y compilación de sus respuestas (resumidas) (Cont.)

Pregunta 12: En la medida en que haya, si las hubiere, diferencias varietales en las manzanas, cerezas, nectarinas o nueces, que pudieran influir en la eficacia del tratamiento con MB, �pueden estas diferencias ser tan elevadas que no estén cubiertas por el "margen de seguridad" del 10 al 20 por ciento que se suele añadir a la dosis mínima más alta (dosis mínima para provocar una mortalidad del 100 por ciento), derivada de las pruebas dosis-mortalidad para una variedad de un producto dado? �Se calcula la "dosis mínima más alta" (a la que se añade el "margen de seguridad") para cada variedad por separado o, en caso de que se haga una aplicación para varias variedades, se hace el cálculo para todas esas variedades juntas? �Podrían ustedes explicar con más detalle las diferencias que pueden haber entre la práctica general y los procedimientos seguidos por el Japón?

6.87 El Dr. Ducom señaló, con respecto al cálculo de la dosis mínima más alta, que se calculaba siempre para una sola variedad y nunca, que él supiera, para un conjunto de distintas variedades, lo cual estaba relacionado con el hecho de que, en general, se estudiaba una única variedad y no un conjunto de ellas, a fin de evitar introducir una heterogeneidad sistemática.

6.88 El procedimiento de investigación utilizado en el tratamiento de cuarentena impuesto por el Japón correspondía a las directrices generales aceptadas por todos los países (investigación de la fase del ciclo vital menos sensible del insecto que pudiera contener la fruta, y prueba confirmatoria), excepto en lo concerniente al aspecto diferencial de las variedades. En ninguna otra parte se realizaban ensayos para cada variedad.

6.89 El Dr. Heather señaló que en los experimentos que formaban la base de los tratamientos aplicados a las manzanas, las cerezas, las nectarinas y las nueces, no se habían obtenido pruebas de que el margen de seguridad del 10 al 20 por ciento añadido a la dosis experimental fuera insuficiente para cubrir las diferencias de magnitud aparecidas en las muestras de variedades distintas.

6.90 Si en las pruebas iniciales estaba representada una sola variedad, resultaría mayor la posibilidad de que para otras variedades que se propusieran posteriormente, la dosis mínima prevista exigible fuera más alta. Incluso en este caso, era escasa la posibilidad de que dicha dosis mínima requerida excediera el "margen de seguridad" del 10 al 20 por ciento. Además, se trataría casi con certeza de una cuestión de rigor científico por parte de los investigadores, para asegurarse de que la fruta sometida a la prueba inicial fuera lo más representativa posible de las exportaciones comerciales.

6.91 A los niveles de eficacia previstos, sería muy baja la incidencia de insectos supervivientes debida a diferencias varietales. Para una eficacia mínima del 99,99 por ciento habría menos de un superviviente por cada 10.000 como media general, por lo cual la repercusión real de las diferencias varietales sobre el riesgo de cuarentena era pequeñísima y difícil de evaluar.

6.92 Por lo general, la dosis a la que se añade el margen de seguridad del 10 al 20 por ciento se habría calculado a partir de un ensayo en variedades en el que los valores de la DL serían muy altos, y equivaldría por lo tanto a "la dosis mínima más alta". La forma de elegir esta dosis dependía de un criterio subjetivo, pero si la eficacia mínima requerida era del 99,99 por ciento, se podría calcular la DL99,99 incluyendo los límites de confianza, y utilizar el valor DL, o su límite de confianza más alto, como dosis, a la que había que añadir el 10-20 por ciento, lo cual tendía a sobrestimar la dosis requerida. Por otra parte, la dosis experimental más baja en la que no había supervivientes (100 por ciento de mortalidad) en el ensayo en variedades, con los niveles más altos de supervivientes, podría utilizarse como la dosis efectiva mínima y añadir el "margen de seguridad" del 10 al 20 por ciento.

6.93 La prueba confirmatoria en gran escala japonesa era diferente, en tamaño y procedimiento, de las realizadas en otros países, incluidos los Estados Unidos, pero se trataba de una cuestión de detalle. Era en su estrategia frente a la supresión condicional de la prohibición de las importaciones, orientada hacia las variedades y los países, donde el Japón difería más de los Estados Unidos y de otros países.

6.94 El Sr. Taylor señaló que no era muy probable que las diferencias varietales que pudieran influir en la eficacia del tratamiento con MB fueran tan grandes que el margen de seguridad del 10 al 20 por ciento no pudiera contrarrestarlas, por lo cual cabía esperar que el tratamiento de cuarentena resultara eficaz. De la documentación presentada no resultaba claro que la dosis mínima más alta a la que se añadía el "margen de seguridad" se calculara para cada variedad, o por separado para varias variedades juntas.

Pregunta 13: En la primera comunicación de los Estados Unidos 206 se afirmaba que las pruebas confirmatorias constituyen el índice pertinente de la eficacia del tratamiento de cuarentena. Por lo tanto, esta variabilidad normal registrada en los resultados de los ensayos [obtenidos en las pruebas dosis-mortalidad] no podía constituir una base legítima para negar la aprobación a otras variedades del mismo producto. �Podrían ustedes formular alguna observación sobre este hecho en relación con el gusano de la manzana fumigado con MB? �Son las pruebas confirmatorias (utilizando el tratamiento que haya resultado eficaz para una variedad original) suficientes para demostrar la eficacia del tratamiento de cuarentena para otras variedades (es decir para alcanzar un nivel de mortalidad equivalente a la probita 9)?

6.95 El Dr. Ducom hizo notar que la prueba dosis-mortalidad no sustituía a la prueba confirmatoria. Sin embargo, si se aceptaba el postulado de que cualquiera que fuera el resultado de la prueba dosis-mortalidad, no pondría en cuestión la norma ya aceptada, �cuál era el objetivo de estas pruebas dosis-mortalidad?

6.96 El Dr. Heather señaló que la ampliación de la aplicabilidad de una prueba confirmatoria realizada en muestras de una sola variedad del producto, dependía del grado de variación de la mortalidad atribuible a las características varietales. A efectos de la cuarentena, lo más importante era el efecto del tratamiento sobre la plaga. Los factores en los que basar una decisión sobre si se podía hacer extensiva la aceptación a todas las variedades de un producto procedente de un país, eran entre otros:

a) la experiencia anterior basada en otras plagas u otros tratamientos sobre el producto;

b) los requisitos legislativos o de procedimiento del país importador;

c) los resultados de tratamientos iguales o similares utilizados por otros países para la misma u otras variedades;

d) la magnitud de las diferencias entre las distintas variedades, y

e) las pruebas en pequeña o gran escala realizadas en una gama representativa de variedades.

6.97 Una prueba confirmatoria en gran escala contra una plaga de un producto, era efectiva en alto grado, en cuanto garantizaba que el tratamiento, tal como se había aplicado, proporcionaría el grado de eficacia requerido. Constituía también una garantía de que un tratamiento aplicado con éxito a una variedad del producto podría hacerse extensivo a otras, siempre que la muestra de la variedad inicial fuera representativa del producto. Había que especificar adecuadamente el grado de eficacia que se quería alcanzar. La probita 9, como nivel de eficacia previsto debía tener un nivel de confianza establecido que permitiera determinar el tamaño requerido de la muestra objeto del ensayo. El concepto se entendía mejor cuando se expresaba como el porcentaje de mortalidad que debía alcanzarse (99,9968 por ciento) y el nivel de confianza requerido.

Pregunta 14: Teniendo en cuenta los testimonios científicos que tiene ante sí el Grupo Especial, �proporcionaría el tratamiento con MB aprobado por el Japón para algunas variedades de manzanas, cerezas, nectarinas y nueces, mencionado en el Documento 1 de los Estados Unidos, la protección correspondiente a la probita 9 para las variedades de cada uno o cualquiera de estos productos mencionados en el Documento 1 de los Estados Unidos que todavía no han recibido la autorización de importación en el Japón.

6.98 El Dr. Ducom contestó que "sí", que una prueba confirmatoria positiva constituía la mejor prueba de eficacia. Todas las especies y variedades que hubieran pasado positivamente esta prueba satisfarían todos los requisitos de cuarentena.

6.99 El Dr. Heather observó que, cuando las nuevas variedades de manzanas, nectarinas, cerezas y nueces hubieran sido sometidas a una prueba confirmatoria de resultado satisfactorio, en el sentido de que cumplían con el nivel de mortalidad de la probita 9, tal como había sido definido por el Japón, no parecía que hubiera ninguna razón técnica, en lo que respecta a la cuarentena, por la que no fueran aceptables para el Japón, a reserva de los procedimientos de aprobación que les correspondiera. Algunas de las variedades de manzanas en cuestión procedentes de Nueva Zelandia habían sido aceptadas por el Japón y requerirían necesariamente un tratamiento de desinfestación del gusano de la manzana igual, o equivalente, al practicado por los Estados Unidos para las variedades ya aprobadas. 207

6.100 Si no se había realizado una prueba confirmatoria en gran escala, no era posible estar totalmente seguro de que las nuevas muestras de otras variedades cumplirían la norma requerida. El determinar si cabía esperar razonablemente que dichas variedades cumplían la norma, tenía que ser objeto de una decisión en la que había que tener en cuenta la prevención de riesgos.

Pregunta 15: �Resulta pertinente comparar el tratamiento en las distintas variedades de manzanas, nectarinas, cerezas y nueces con el tratamiento diferencial de otros productos agrícolas? (Por ejemplo, el tratamiento termal de los mangos, en cuyo resultado influyen características de la fruta tales como el tamaño y la forma.) 208 Con respecto a otros productos agrícolas, �pueden ustedes dar ejemplos de casos reales en los que la preocupación sobre las diferencias varietales haya dado lugar a imponer requisitos fitosanitarios divergentes para variedades del mismo producto?

6.101 El Dr. Ducom afirmó que las reacciones de un producto vegetal ante un gas, comparadas con las producidas por un fenómeno físico como la temperatura no tenían, a priori, nada que ver entre sí. En el primer caso, se trataba de un problema relacionado con la sorción, de naturaleza química o fisicoquímica. En el segundo caso, se trataba de la conductividad térmica. El Dr. Ducom no conocía ningún caso en que la preocupación por las diferencias varietales hubiera dado lugar a exigir requisitos fitosanitarios distintos para variedades del mismo producto.

6.102 El Dr. Heather afirmó que la comparación del sistema de los Estados Unidos de tratamiento con agua caliente de los mangos y el sistema del Japón de fumigación con MB era sobre todo pertinente en cuanto a la posible modificación del tratamiento por el producto, antes de que actuara sobre la plaga. En el caso de los mangos, se trataba del tiempo que tardaba en llegar la temperatura letal, en el centro de la fruta, a cualquier larva de mosca que se alimentara del interior de la fruta. Dado que no resultaba practicable utilizar sondas de temperatura electrónicas en soluciones de agua caliente, era necesario establecer un tiempo total de tratamiento según el tamaño y la forma de la fruta, que eran características varietales, pero no de forma exclusiva. Los mangos procedentes de Tailandia para la exportación al Japón eran sometidos a la acción del "vapor caliente" y se utilizaban planes de tratamiento distintos según la variedad, lo cual se debía en parte a haberse percibido una diferente susceptibilidad, según las variedades, al daño producido por el tratamiento.

6.103 El Sr. Taylor señaló que la fumigación constituía un método muy especial del tratamiento de cuarentena y tenía escasa relación con otros métodos de tratamiento. Uno de los factores más importantes que influían en la eficacia de la fumigación, era la absorción, pero el tamaño y la forma de la fruta no eran factores que pudieran influir en la eficacia del tratamiento, influyendo por ejemplo en el movimiento del fumigante. El tamaño y la forma de la fruta no podían compararse con las diferencias que podían apreciarse en algunos productos duraderos como, por ejemplo, la harina de trigo frente a los granos de trigo enteros, que diferían mucho entre sí, ya que en el primer caso se restringía mucho el movimiento del bromuro de metilo debido al tamaño de las partículas. El Sr. Taylor no conocía ningún otro caso de producto en el que las diferencias entre las variedades hubieran obligado a establecer requisitos fitosanitarios divergentes.

Pregunta 16: En su segunda comunicación 209 el Japón afirmaba que los actuales niveles de tratamiento de las plantas huésped contra el gusano de la manzana han resultado eficaces para variedades distintas. Sin embargo, desde un punto de vista científico, lo que quedaba demostrado es la eficacia del tratamiento sobre las variedades sometidas a la prueba. No se llega a demostrar con ello la ausencia total de diferencias entre distintas variedades de un producto [itálicas añadida]. 210 El Japón afirma asimismo que los Estados Unidos no pueden proporcionar posiblemente ninguna información sobre productos todavía no elaborados, que podrán utilizar una biotecnología que está avanzando rápidamente. 211 Sin embargo, los Estados Unidos consideran que, en el contexto de esta diferencia, la prueba realizada en el producto es la única medida de cuarentena aceptable y que, después de haber sometido a prueba la primera variedad de un producto determinado, de conformidad con los procedimientos japoneses en vigor, no hace falta realizar ninguna prueba suplementaria para las demás variedades. 212�Existe una base científica que respalde cualquiera de las opiniones de las partes descritas anteriormente?

6.104 El Dr. Ducom afirmó que las razones aducidas por el Japón para solicitar que se realizaran ensayos en las distintas variedades no estaban avaladas por datos científicos. Se basaban en unos pocos datos experimentales en los que se apreciaban diferencias varietales, con respecto a la DL50, entre otros muchos datos en los que no existían esas diferencias. Estas observaciones habían inducido al Japón a sospechar de todas las variedades existentes, así como de las futuras (en las que, según el Japón, la ingeniería genética y la biotecnología podrían crear diferencias aún mayores). Esta actitud no estaba basada en ningún testimonio científico.

6.105 Las razones dadas por los Estados Unidos se basaban en un gran número de experimentos, utilizados en su totalidad por el Japón. Aunque en varias ocasiones se habían manifestado diferencias en función de la variedad, en todos los casos la prueba confirmatoria había confirmado una eficacia suficiente. La extrapolación a todas las variedades disponibles no era más científica que la afirmación contraria del Japón. Este tipo de extrapolaciones estaban más en la línea de la intuición y era una lástima que no hubiera habido un programa de investigación sobre el tema, a fin de poder presentar alguna prueba científica.

6.106 El Dr. Heather afirmó que la opinión del Japón sobre la aplicabilidad de los resultados experimentales era técnicamente correcta pero, en la práctica, el objetivo de los experimentos era facilitar directrices para poder adoptar decisiones sobre una base más amplia. Cuando no hubiera demasiadas probabilidades de que las diferencias varietales influyeran en la eficacia de la fumigación, estaba debidamente justificado realizar la extrapolación. Sin embargo, la mayor parte de los países se reservaría el derecho a hacer excepciones si previeran un riesgo de que pudiera comprometerse la eficacia debido a diferencias varietales o de otro tipo. El problema era más bien tratar de evitar los riesgos, ya que las diferencias científicamente definibles serían por lo general muy pequeñas y difíciles de determinar debido a la variabilidad.

6.107 El definir un tratamiento como un valor CxT para la plaga en lugar de como una cantidad inicial de fumigante y un tiempo determinado, podría obviar este problema, pero requeriría un nivel de vigilancia que tendría que resultar practicable. Los Estados Unidos utilizaron este sistema en grados distintos para sus tratamientos de cuarentena con el bromuro de metilo, tal como se menciona en el párrafo 6.85 supra.

Pregunta 17: �Podrían ustedes describir la naturaleza de las diferencias varietales entre las variedades de los productos enumerados en el Documento 1 de los Estados Unidos (por ejemplo, color, sabor, forma)? �Podrían estas diferencias influir en la eficacia del tratamiento con MB?

6.108 El Dr. Heather observó que las manzanas "Granny Smith" y "Delicious" diferían en color, forma, sabor y tiempo de maduración. El Dr. Heather no conocía ninguna diferencia importante de susceptibilidad con respecto al gusano de la manzana, aparte de las que posiblemente tuvieran una base fenológica. Como habían confirmado las pruebas en gran escala de los Estados Unidos, se había alcanzado la eficacia requerida en ambas variedades y, dado el potencial letal y la amplia aplicabilidad del tratamiento combinado de bromuro de metilo y almacenamiento en frío, era muy improbable que hubiera alguna diferencia de eficacia entre cualquiera de las variedades comerciales comunes de manzana. Uno de los problemas que podría presentarse era el de la susceptibilidad de algunas variedades a los daños provocados por el tratamiento.

Pregunta 18: �Es científicamente correcto afirmar que en los "melocotones" están incluidas las "nectarinas"?

6.109 El Dr. Ducom afirmó que "melocotón" era el término general con el que se conocía la especie Prunus persica. El concepto de especie estaba bastante claro: dos individuos pertenecían a la misma especie cuando podían intercambiar sus genes para producir vástagos viables. Las especies del melocotón habían sufrido mutaciones naturales. Algunas de ellas se referían a la forma como la variedad de melocotón plano, platicarpa. Otra mutación que venía al caso era la que había provocado que el melocotón se desprendiera de la pelusa epidérmica y había dado la variedad nucipérsica, o nectarina.

6.110 El Dr. Heather señaló que Willis era el autor de la clasificación botánica sistemática (especie) del melocotón como Prunus persica y había incluido la nectarina entre las variedades del melocotón. 213 En la comunicación de los Estados Unidos se daba a la nectarina el carácter de subespecie, como P. p. nucipersica. 214 En este nivel, la clasificación taxonómica tendía a ser subjetiva. La clasificación como subespecie implicaba unas características estables que pudieran ser reconocidas con fines descriptivos. Si el producto venía definido por la especie, la nectarina era una variedad del melocotón.

6.111 El Sr. Taylor afirmó que resultaba científicamente correcto afirmar que el "melocotón" incluía las "nectarinas", ya que la nectarina era un mutante del melocotón con piel lisa. Botánicamente estaba clasificada como una variedad del melocotón: Prunus persica, nucipersica.

C. Otras preguntas escritas enviadas a los expertos asesores del Grupo Especial

1. Pregunta adicional sobre las nueces

6.112 El 25 de junio de 1998, el Grupo Especial envió la siguiente pregunta adicional a los expertos asesores del Grupo:

"En la segunda reunión sustantiva del Grupo Especial, celebrada el 24 de junio de 1998, los Estados Unidos presentaron la publicación adjunta (Documento 40 de los Estados Unidos215) acompañada de una carta del autor. El Grupo Especial desearía que ustedes dieran amablemente su opinión sobre lo siguiente:

Sobre la base de esta publicación, sírvanse ustedes manifestar su opinión sobre lo siguiente:

a) �difiere o no, y en qué medida, el contenido en aceite o grasa de las distintas variedades de las nueces, debido a características varietales?, y

b) �son dichas diferencias suficientemente significativas como para influir en la eficacia de la cuarentena?"

6.113 El Dr. Heather señaló que su interpretación del documento de L. Cal Greve y otros era que en él se estudiaba el genotipo, es decir las relaciones ambientales que afectaban al porcentaje de ácidos grasos polinsaturados contenidos en el aceite de las nueces. El Dr. Heather no disponía de ninguna información en el sentido de que el contenido total de aceite fuera una característica varietal. Por lo tanto, en su opinión el documento no daba ninguna ulterior aclaración de la medida en que el contenido de aceite de las nueces podía influir en la eficacia del tratamiento de cuarentena y, en consecuencia, en la seguridad de dicho tratamiento. El documento sí permitía, sin embargo, entender mejor la complejidad de la relación existente entre las características varietales inherentes y el medio ambiente.

6.114 El Dr. Ducom observó que las diferencias entre las variedades de nueces, si existían, podían manifestarse fácilmente en el contenido de aceite. El bromuro en que era soluble en el aceite o la grasa y en los ensayos de sorción podía calcularse la disminución en la concentración de gas dentro de la cámara de fumigación a causa de dicha sorción. Si una de las variedades presentara una diferencia en el contenido de aceite lo suficientemente grande como para modificar el modelo de sorción y, por ende, el valor CxT, podía resultar afectada también la eficacia del tratamiento de cuarentena. Según la publicación en cuestión (Documento 40 de los Estados Unidos), la variedad era uno de los diferentes factores que podían influir en el contenido de aceite de los frutos. Sin embargo, los autores habían demostrado que su influencia era menos importante que las condiciones ambientales (situación, luz, riego, etc.). En opinión del Dr. Ducom, diferencias como las expuestas en la publicación no parecían ser lo suficientemente importantes como para tener una influencia perceptible en la sorción y, en consecuencia, en el valor CxT y en la eficacia del tratamiento. Solamente en los ensayos específicamente destinados a responder a esa pregunta concreta podría obtenerse una respuesta adecuada.

6.115 El Sr. Taylor afirmó estar de acuerdo con las conclusiones de L Carl Greve en el sentido de que el medio, el genotipo, la maduración de la nuez y la interacción de esos factores eran al parecer los parámetros más importantes que determinaban el contenido en ácidos grasos de las nueces. El hecho de que las diferencias encontradas en la composición del contenido de ácidos grasos de un año a otro, dentro de la misma variedad, fueran mayores que las correspondientes a distintas variedades en un mismo año, demostraba también que era improbable que las diferencias varietales fueran el factor más importante que influyera en la sorción del bromuro en que y, por lo tanto, en la eficacia de las fumigaciones con ese producto.

2. Confirmación de la correcta interpretación por parte del Grupo Especial de los testimonios científicos y de las opiniones manifestadas

6.116 El 28 de julio de 1998 el Grupo Especial envió 10 páginas con sus constataciones provisionales (párrafos 8.73 a 8.101 del presente informe) a los expertos asesores de dicho Grupo, para confirmar que se habían reflejado correctamente los testimonios científicos a que se hacía referencia en ellas y, sobre todo, para comprobar que las referencias a las opiniones de los expertos -desde un punto de vista técnico y científico- habían sido adecuadamente incorporadas. Cuando el Grupo Especial presentó su informe provisional a las partes, se facilitó a éstas las respuestas de los expertos (resumidas en los tres párrafos siguientes), así como las constataciones provisionales del Grupo.

6.117 El Dr. Heather afirmó que la interpretación del Grupo Especial de sus comunicaciones había sido correcta con una excepción. Se refería ésta al uso del término probita 9. En opinión del Dr. Heather, si el término probita 9 -o cualquier otro valor de la probita, o de sus porcentajes equivalentes de mortalidad- se utilizaba en un sentido definitivo, era importante darlo junto con un nivel de confianza (o de precisión). Así pues, a fin de evitar la necesidad de especificar la precisión del nivel de protección de la probita 9, el Dr. Heather sugería que, para referirse al nivel de protección, se utilizara más bien la expresión "no hubo ningún superviviente de las pruebas realizadas sobre un mínimo de 30.000 individuos", en lugar de afirmar que el nivel de protección del Japón era "probita 9" o "99,9969 por ciento de mortalidad".

6.118 El Dr. Ducom señaló que, en general, el Grupo Especial había entendido lo que se había explicado y que el texto era lógico. En particular, el Dr. Ducom señaló a la atención del Grupo el hecho de que los dos tratamientos para las manzanas (el tratamiento con frío y la fumigación con MB) eran independientes uno de otro. Mientras que el tratamiento con frío mataba al gusano de la manzana en la fase del huevo, la fumigación con MB mataba a la larva en su quinto estadio de desarrollo (5� estadio larvario). 216 En su opinión, los problemas de la sorción eran los mismos para las manzanas que para las otras frutas, pero no influían en la eficacia del tratamiento con frío.

6.119 El Sr. Taylor afirmó que las constataciones provisionales presentadas reflejaban correctamente su opinión científica y técnica.

Para continuar con Reexamen intermedio


206 Primera comunicación de los Estados Unidos, párrafo 56.

207 El Dr. Heather se ha remitido al cuadro 24 que se adjuntaba al Documento 8 del Japón.

208 Primera comunicación del Japón, párrafos 108-113; escrito de réplica de los Estados Unidos, 13 a 16, y escrito de réplica del Japón, párrafo 25.

209 Segunda comunicación del Japón, párrafos 45 a 48.

210 Segunda comunicación del Japón, párrafo 45.

211 Segunda comunicación del Japón, párrafo 48.

212 Contestación de los Estados Unidos a la pregunta 4 del Grupo Especial (dirigida a los Estados Unidos), 21 de abril de 1998.

213 El Dr. Heather se ha remitido a la obra de Willis, A Dictionary of the Flowering Plants and Ferns, Cambridge University Press (1960).

214 El Dr. Heather se ha remitido al Documento 15 de los Estados Unidos, página 2.

215 Variation in Polyunsaturated Fatty Acids Composition of Persian Walnut, de L. Carl Greve, y otros, J. Amer Soc. Hort. Sci. 117 (3), páginas 518-522, 1992.

216 Véase el párrafo 2.2 en relación con los estadios larvarios del gusano de la manzana.