Lo nuevo - Mapa del sitio - Calendario
Acuerdos Comerciales - Proceso del ALCA
Temas Comerciales
English - fran�ais - portugu�s
B�squeda
 

Japón - Medidas que Afectan a los Productos Agrícolas

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


i) Nectarinas

4.89 Según los Estados Unidos, el Japón había sugerido en las consultas que los datos del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos para la elaboración de un tratamiento de cuarentena con MB para el gusano de la manzana en las nectarinas para exportación al Japón daban fundamento científico a la prescripción de pruebas para cada variedad. La investigación a que se refería el Japón figuraba en los artículos de dos científicos estadounidenses, uno de 1987 y el segundo de 1990. En el primer estudio (1987), las pruebas de dosis-mortalidad se aplicaron a seis variedades de nectarinas tempranas y de temporada: May Grand, Fire Brite, Red Diamond, Spring Red, Summer Grand y Fantasia. Los resultados de la prueba habían mostrado que el nivel de bromuro de metilo que presuntamente producía el 50 por ciento de mortalidad en el gusano de la manzana en la variedad Summer Grand era considerablemente inferior que en las otras cinco variedades. 75 En 1990, se sometieron a prueba otras tres variedades de nectarinas (May Diamond, Mayfire y May Glo). La dosis-respuesta aplicada a estas variedades sugería que para lograr un 100 por ciento de mortalidad se requería una cantidad inferior de bromuro de metilo. 76 Sin embargo, la dosis más elevada establecida en 1987 se utilizaba para las pruebas confirmatorias. Los Estados Unidos adujeron que la razón principal para la fijación de una dosis más elevada en 1987, fue que la variedad Summer Grand se había apartado de la norma en las pruebas de dosis-mortalidad de 1987, y también había exigido la dosis mínima más elevada para lograr el 100 por ciento de mortalidad.

4.90 En el estudio de 1990 sobre las nectarinas, los autores habían considerado diferentes interacciones entre insectos y frutas para evaluar la necesidad de pruebas por variedad. Los datos de dosis-respuesta se habían obtenido para huevos fumigados en diferentes sustratos de frutas (es decir, diferentes especies: nectarinas, ciruelas, melocotones y manzanas), así como huevos en papel encerado introducidos en la cámara de fumigación junto con una carga de fruta. Los autores compararon las LD50 y LD95 para los huevos de gusano de la manzana. Los científicos llegaron a la conclusión de que, si bien se podrían haber producido ligeras diferencias numéricas aparentes en la susceptibilidad del gusano de la manzana al bromuro de metilo (dosis-respuesta) en varios sustratos, ello no afectó a la eficacia del tratamiento de cuarentena y esas diferencias no habían sido otra cosa que variaciones naturales en la respuesta de los insectos de la prueba. Las dosis mínimas más elevadas de la prueba que provocaron un 100 por ciento de mortalidad de gusanos de la manzana en nectarinas, melocotones, ciruelas y manzanas, y papel encerado en esas pruebas de dosis-mortalidad estaban muy por debajo de los 48 g/m3 de bromuro de metilo que se utilizaba en el tratamiento de cuarentena definitivo para las nectarinas, establecido mediante pruebas confirmatorias. Sobre la base de esos resultados, los autores del estudio habían llegado a la conclusión de que las pruebas de la eficacia del bromuro de metilo con respecto a los huevos de gusano de la manzana en cada cultivar de nectarinas propuesto para la exportación al Japón no eran necesarias para demostrar la eficacia del tratamiento de cuarentena. 77

4.91 Los Estados Unidos afirmaron que el Japón había puesto de relieve en las consultas la susceptibilidad relativa al bromuro de metilo de los huevos de gusano de la manzana en el caso de la variedad Summer Grand y habían tomado nota de las diferencias en las características físicas de la fruta como indicador de diferencias significativas entre variedades del mismo producto agrícola lo que hacía necesarias las pruebas por variedad. Sin embargo los Estados Unidos sustentaban la opinión de que la observación de los autores en relación con defectos en la variedad Summer Grand no afirmaban o implicaban que esos defectos fuesen característicos de la variedad. Como las diferentes variedades maduran en diferentes momentos, los científicos sólo disponían de un breve lapso de tiempo para someter a prueba el tratamiento de cuarentena aplicado simultáneamente a múltiples variedades. De esta forma se reflejaban en las pruebas de dosis-mortalidad los aspectos característicos de las condiciones físicas de cada fruta concreta debido a las prácticas de cosecha, las condiciones meteorológicas, el tiempo durante el cual una variedad puede haber estado almacenada a la espera de que otras variedades se cosechen para las pruebas, y otros factores externos. El estado en que se encontrase cualquier fruta particular podía afectar a los resultados de dosis-respuesta.

4.92 Además la variedad Summer Grand necesitaba menos bromuro de metilo que otras variedades para alcanzar un 50 por ciento de mortalidad de los insectos de la prueba, pero necesitaba más bromuro de metilo que las otras cinco variedades sometidas a prueba para llegar a un 100 por ciento de mortalidad de los insectos de la prueba. Esta información aparentemente contradictoria indicaba que las variaciones naturales del insecto, así como ciertos factores como el error experimental, el estado de la fruta y otros factores que podían afectar a la cantidad de fumigante al que están expuestos los insectos, como la sorción por el material de embalaje y la carga en la cámara, desempeñaban en su totalidad un papel en los resultados divergentes de dosis-respuesta. 78

4.93 Era igualmente significativo señalar que durante el verano de 1997, Vail y Yokoyama habían vuelto a someter a prueba dos variedades de nectarinas -la May Grand y la Summer Grand. En las pruebas de dosis-mortalidad, el nivel de bromuro de metilo requerido para lograr una dosis letal para el 50 por ciento y el 95 por ciento de los huevos de gusano de la manzana no presentaba diferencias significativas. 79 Ello contrastaba con los resultados iniciales del estudio sobre la nectarina de 1987. Los Estados Unidos adujeron que esos resultados de 1997 confirmaban que las diferencias señaladas en 1987 se debían a las variaciones naturales de los insectos y otras variables experimentales. Los autores del estudio de 1997 habían afirmado que "los números extremadamente elevados de insectos exterminados en las pruebas confirmatorias en gran escala y el hecho de que las nectarinas no tuviesen prácticamente la condición de huéspedes dan testimonio del elevado nivel de seguridad que permite este tratamiento para evitar la introducción del gusano de la manzana en el Japón vía los cultivares de nectarinas". Sin embargo, al volver a someter a prueba esta variedad en 1997, los resultados de las pruebas de dosis-mortalidad habían indicado que la dosis mínima más elevada para la variedad Summer Grand era en la actualidad una dosis más cercana a las seis variedades sometidas a prueba en 1990. Ello indicaba que una dosis mas parecida a la observada con las pruebas de dosis-mortalidad en la serie de 1990 podría ser el nivel más apropiado de tratamiento para las nectarinas.

4.94 Todavía más significativo era que la prueba confirmatoria realizada en 1987 hubiera demostrado la eficacia del tratamiento en todas las nectarinas sometidas a prueba. Se había propuesto como dosis de cuarentena para esas seis variedades 80 una dosis superior en un 20 por ciento a la dosis mínima más elevada necesaria para lograr un 100 por ciento de mortalidad en el curso de las pruebas de dosis-mortalidad. Este tratamiento había conseguido alcanzar el nivel de protección del Japón y había sido aceptado por el Japón en relación con la totalidad de las seis variedades. Resultó que las pruebas confirmatorias en gran escala a una dosis algunas veces más baja no se habían llevado a cabo en 1990 porque los resultados de 1987 indicaron que era necesaria una dosis más elevada. En consecuencia se llevaron a cabo pruebas confirmatorias con 48 g/m3 (que era la dosis fijada en 1987, derivada de la dosis mínima más elevada de las que se presumía que lograría el nivel de protección del Japón en las pruebas de dosis-mortalidad a las que se había añadido un margen del 10-20 por ciento) y éstas demostraron que esa dosis era eficaz para todas las variedades de nectarina. En consecuencia, los Estados Unidos reiteraron que las pruebas confirmatorias eran el único indicador pertinente de la eficacia de un tratamiento de cuarentena. Los Estados Unidos mantuvieron que no era válida desde el punto de vista científico, la afirmación del Japón de que las variaciones en pruebas de dosis-mortalidad aplicadas a dos grupos de variedades sometidas a prueba con tres años de diferencia eran el resultado de diferencias de variedad intrínsecas. Esa posición hacía caso omiso de las variaciones naturales en las respuestas de los insectos y la falta de un control común entre las pruebas (es decir, que no se había sometido a prueba a ninguna de las variedades en ambos años). Las pruebas de dosis-mortalidad pondrían inevitablemente de relieve una variabilidad natural entre los resultados de dosis-respuesta. Ello no justificaba el restablecimiento de tratamientos confirmados de cuarentena para el gusano de la manzana en un producto determinado.

4.95 Los Estados Unidos señalaron que se habían publicado en el Japón conclusiones similares sobre diferentes especies de frutas huésped y otras especies de insectos; Misumi había investigado el control de cuarentena mediante la fumigación con MB de la chinche japonesa y de la chinche harinosa que infectaba naturalmente las mandarinas Satsuma. 81 Todas las fases de la vida de las dos especies de plagas se criaron en calabazas nuevas, como alternativa a las mandarinas Satsuma, debido a la dificultad de criar chinches en la mandarina Satsuma. Las diferencias físicas y químicas entre la mandarina Satsuma y la calabaza eran considerables, pero a pesar de la utilización de diferentes plantas huésped, los autores llegaron a la conclusión de que ello no afectaba a la eficacia del proceso de fumigación. Por tanto los científicos japoneses estaban dispuestos a aceptar la eficacia del tratamiento de cuarentena para una plaga ya que se refería a dos productos radicalmente diferentes, las calabazas y las mandarinas. Este experimento pues reforzaba la posición de los Estados Unidos de que no era necesario exigir datos exhaustivos sobre variedades determinadas de un producto. El estudio demostró que cuando se aplica el bromuro de metilo en concentraciones especificadas durante períodos de tiempo especificados, exterminaba al gusano de la manzana de la misma forma, con independencia de la variedad e incluso con independencia del sustrato.

4.96 El Japón recordó que en el momento de la supresión adicional de la prohibición para las variedades de 1990, aun cuando una dosis de 20 g/m3 se hubiese mostrado eficaz para garantizar la mortalidad del 100 por ciento, los Estados Unidos habían optado por proponer 48 g/m3 como el nivel de tratamiento. 82 Los Estados Unidos tuvieron la opción de proponer 20 g/m3 o 24 g/m3, al añadir el margen de seguridad, como tratamiento de las tres variedades adicionales. El Japón aceptó la aplicación del tratamiento existente 83 ya que el test confirmatorio in situ había demostrado su eficacia. No obstante, ello suscitó la cuestión práctica de saber cuál sería el nivel de tratamiento que habrían propuesto los Estados Unidos de no haberse aprobado inicialmente las seis variedades (sometidas a prueba en 1987). Era razonable suponer que no habrían propuesto 48 g/m3, sino que, en lugar de ello, habrían optado por un nivel de aproximadamente 24 g/m3. Los Estados Unidos no podían cuestionar que las "pruebas confirmatorias � demostraron que esa dosis (de 48 g/m3) era eficaz para todas las variedades de nectarina" (párrafo 4.94). En el mejor de los casos, los Estados Unidos podían aducir que esta dosis resultaba eficaz para las tres variedades sometidas a prueba en 1987 y que podría resultar eficaz para las mismas variedades en el futuro. 84 Se planteó un problema similar con las cerezas de la variedad Bing procedentes de Nueva Zelandia (véase el párrafo 4.103).

Cuadro 7
Dosis que lograron el 100 por ciento de mortalidad en huevos de 1 día

Año

Variedades

Dosis (g/m3)

1987

Summer Grand

40

May Grand

35

Firebrite

35

Spring Red

35

Fantasia

30

Red Diamond

30

1990

May Diamond

15,0

Mayfire

17,5

May Glo

20,0

4.97 Japón reconoció que las cuestiones que se planteaban en relación con las organizaciones naturales dentro del mismo grupo de insectos por la variación interanual de las frutas eran legítimas desde el punto de vista científico. Siempre habría variables distintas de las diferencias varietales. La existencia de varias variables exógenas no probaba por sí misma que las diferencias observadas no pudiesen atribuirse a variedades. La tarea inherente a una demostración científica empezaba, y no finalizaba, con el descubrimiento de las variables. Por tanto, el Japón no tenía razones para poner en duda los datos de 1997 sobre dos cultivares de nectarinas (May Grand y Summer Grand) que indicaban, a diferencia de los datos correspondientes a la prueba de 1987, la falta de una diferencia significativa desde el punto de vista estadístico entre los valores LD. Entre las variables explicativas distintas de las diferencias de variedad podían figurar variaciones naturales en insectos o en cultivos. El Japón señaló que, no obstante, una vez que se partía de la hipótesis de que las poblaciones diferían de un año a otro, o de un caso a otro, cualquier aumento del número de muestras carecía de objeto, y por otra parte, tampoco las pruebas confirmatorias en gran escala podían prever la eficacia de un tratamiento, porque la confianza en las pruebas llegaría a su fin al final de esa campaña particular (para la población determinada del cultivo de que se tratase), o con el último individuo de ese grupo particular de gusanos de la manzana (para la población de insectos determinada). Ello también desmentía la afirmación de los Estados Unidos de que "la prueba confirmatoria realizada en 1987 había demostrado la eficacia del tratamiento en todas las nectarinas sometidas a prueba" (párrafo 4.94). Los Estados Unidos tendrían que haber aducido que la prueba no confirmó la eficacia del tratamiento para cualquier variedad y en cualquier año salvo en 1987. Alternativamente, lo que los Estados Unidos quisieron decir es que existían variedades exógenas desconocidas que afectaban significativamente a los resultados de esos estudios. No obstante, desde un punto de vista práctico, ese argumento carecía igualmente de fundamento; nunca podía establecerse la eficacia de un tratamiento.

4.98 El Japón señaló, respecto a la referencia de los Estados Unidos al estudio de las nectarinas de 1987 (párrafo 4.89), que los autores habían afirmado que "no se habían encontrado diferencias en la susceptibilidad de los huevos al MB en cinco cultivares infestados". De ahí que la conclusión sólo se hubiera aplicado a las cinco variedades de un total de seis variedades sometidas a prueba. De hecho, se había encontrado una diferencia en eficacia entre la última variedad (Summer Grand) y las otras que se habían probado. Los autores reconocieron que "[una] comparación de las LD50 mostró que los huevos de la variedad Summer Grand eran considerablemente (en condiciones de no solapamiento del 95 por ciento CL) más susceptibles a la fumigación con MB que los huevos de otros cultivares".85

4.99 Con respecto a la referencia estadounidense al estudio de 1990 sobre las nectarinas (párrafo 4.90), el Japón señaló que los autores habían declarado, "postulamos que un producto de CxT 68,0 � 3,0 gh/m3 de bromuro de metilo � constituiría una medida útil para ayudar a mantener la seguridad del tratamiento para el control del gusano de la manzana en todos los cultivares de nectarina". 86 La medida propuesta del producto CxT constituía la base para la citada conclusión. No obstante en el actual tratamiento de nectarinas no se controló el valor CxT durante el proceso de fumigación. Por tanto la declaración de los autores no daba pie a suponer que fuese eficaz en todos los cultivares.

4.100 Con respecto a la referencia estadounidense a la repetición de la prueba practicada por Vail y otros en 1997 con las variedades de nectarinas Summer Grand y May Grand (párrafo 4.93), el Japón señaló que los autores no habían demostrado que un "elevado nivel de seguridad" fuera equivalente al nivel de protección del Japón. Además, los autores no habían negado la influencia de las diferencias varietales; habían declarado que "la fuente de variaciones no puede atribuirse únicamente a diferencias de cultivares". [itálicas añadidas]

4.101 Los Estados Unidos refutaron el argumento del Japón de que el orden en el que se realizaron las pruebas de dosis-mortalidad podía dar lugar al establecimiento de un tratamiento para una variedad que fracasaría al aplicarse a nuevas variedades. Como no se había demostrado que las variaciones en los datos de las pruebas dosis-mortalidad reflejasen diferencias de variedad implícitas que afectasen a la eficacia del tratamiento, no había pruebas en apoyo de esa afirmación. La nueva prueba realizada en 1997 para contrastar los datos correspondientes a la prueba de 1987 de la nectarina Summer Grand indicó que los resultados de la prueba de 1987 fueron anómalos. De haberse presentado los resultados en orden inverso no habría habido razón para pensar que un tratamiento basado en los niveles de dosificación más bajos no habría resultado eficaz. Además, si los datos anómalos de 1987 hubiesen sido demasiado bajos en lugar de demasiado altos, ello no habría dado lugar a un tratamiento de cuarentena ineficaz ya que la prueba confirmatoria referida a la misma variedad habría fallado. Los Estados Unidos pusieron de relieve que en primer lugar no se aplicaría un tratamiento ineficaz y que aún menos se permitiría que siguiese aplicándose a variedades futuras. Además, los Estados Unidos señalaron que una prueba confirmatoria nunca podría indicar que una dosis era demasiado elevada, sino únicamente que era demasiado reducida.

4.102 El Japón señaló, a este respecto, que los resultados que los Estados Unidos describían en la actualidad como "anómalos" eran los resultados de las propias pruebas de los Estados Unidos que habían constituido la base para la supresión de la prohibición de la importación de los productos en cuestión.

ii) Cerezas

4.103 El Japón recordó la conclusión de los autores de un estudio de 1987/1988 de Nueva Zelandia sobre las cerezas:

"Para la gama de mortalidades que consideramos, la relación entre la suma CxT y la dosis inyectada es casi lineal, con un término constante no nulo que varía según los cultivares y según las temporadas. Por tanto, la dosis inyectada necesaria para conseguir una mortalidad determinada variará según los cultivares. Los factores que pueden afectar a la pauta de sorción de cualquier cultivar requieren investigación adicional." 87

4.104 En el caso de las cerezas de Nueva Zelandia, el Japón señaló que inicialmente se había establecido el mismo nivel de tratamiento para las variedades Dawson y Bing. Cuando se aprobaron adicionalmente las variedades Rainier, Sam y Lambert, los resultados de las pruebas mostraron un nivel de eficacia significativamente más elevado para la variedad Bing con respecto a las variedades Dawson, Rainier y Sam en condiciones de no solapamiento de intervalos de confianza del 95 por ciento de LD50 y LD99. De esta forma, como el nivel de tratamiento se había fijado en un valor que permitiría el tratamiento eficaz de la variedad Dawson, la menos susceptible, su eficacia quedó confirmada también en el caso de las otras tres variedades. No obstante, al igual que en el caso de las nectarinas, los datos implicaban la posibilidad de que si sólo se hubiese aprobado inicialmente la variedad Bing, el tratamiento podría haberse establecido a un nivel que habría resultado ineficaz para las variedades Dawson, Rainier o Sam (cuadro 5, supra).

4.105 Japón aducía que de ello se desprendía que habría casos en los que, a pesar de que los niveles de tratamiento no se modificasen, existían variaciones tales que podrían haberse propuesto diferentes niveles de tratamiento según la secuencia en que se sometiesen a prueba las variedades. Ello no implicaba en modo alguno que la diferencia varietal no existiese porque se había llegado a la conclusión de que el mismo tratamiento de la plaga había sido eficaz para todas las variedades aprobadas de los productos respectivos.

4.106 Los Estados Unidos señalaron que los autores del estudio de Nueva Zelandia sobre las cerezas habían llegado a la conclusión de que "si bien los resultados indicaban una dosis inyectada más elevada cuando se había fumigado la variedad "Rainier", con respecto a la variedad "Bing", la amplitud de la diferencia entre temporadas de los resultados correspondientes a la variedad "Sam" indicaba que las diferencias estacionales (tal vez asociadas a diferencias en el grado de maduración) pueden haber sido más importantes que el cultivar". 88 Muchos factores pueden haber contribuido a una variación en la variedad Bing en 1987. Los autores habían señalado que entre las "fuentes de variación que pueden afectar a los resultados figuran el material constituido por los insectos, la sorción de las cerezas y la medida y distribución del bromuro de metilo dentro de las cámaras. 89 Por ejemplo, las cerezas de la variedad Sam presentaban diferentes pautas de sorción entre 1987 y 1989. El Japón pasaba de nuevo por alto la existencia de variaciones naturales de los insectos de la prueba, tanto si se producían en los Estados Unidos como en otro país exportador.

4.107 Es más, los Estados Unidos afirmaban que el Japón también había hecho caso omiso de la conclusión expuesta por los autores que desarrollaron el tratamiento de cuarentena para las cerezas según la cual éste era aplicable a todas las variedades de cereza. "Cuando de lo que se trata es de un exterminio completo, la proporción comercial utilizada por los exportadores de cerezas es de 64 g/m3, 12�C, 2 horas y 40 por ciento de carga. Este tratamiento evita que los huevos del gusano de la manzana puedan infestar cualquiera de los cultivares considerados." 90 [itálicas añadidas] Para todas las combinaciones temporada-cultivar en ambos años los niveles más altos de dosis letal de bromuro de metilo para LD95 se habían situado todavía por lo menos en 10 g/m3 por debajo de la dosis comercial de "exterminio completo" utilizada para realizar el test confirmatorio. Como los autores señalaron posteriormente en el resumen del artículo: "El tratamiento comercial permite pues un elevado nivel de seguridad." El Japón había interpretado incorrectamente la significación de esos estudios y llegado a la conclusión errónea de que la eficacia del tratamiento podía variar en un producto.

4.108 Los Estados Unidos adujeron que siempre había un grado de variabilidad en cualquier prueba de dosis-mortalidad entre variedades e incluso dentro de la misma variedad de fruta. Estas variaciones eran el resultado inevitable de las diferencias de las condiciones naturales y los entornos de prueba, entre cosechas y entre años. El Japón ya había aceptado cierta variabilidad en la dosis-respuesta al permitir las importaciones de variedades que ya había aprobado. Esta variabilidad normal en los resultados de la prueba no podía constituir una base legítima para negar la aprobación de otras variedades de los mismos productos. El Japón mantenía que la existencia de varias variables exógenas por sí misma no demostraba que las diferencias observadas no fueran atribuibles a las variables.

Para continuar con Valores de CxT


75 Op. cit., páginas 840-842. (Documento 14 de los Estados Unidos.)

76 Yokoyama, Miller y Hartsell, "Evaluation of a Methyl Bromide Quarantine Treatment to Codling Moth (Lepidoptera: Tortricidae) on Nectarine Cultivars Proposed for Export to Japan," 83 J. Econ. Entomol. 466-471, 1990. (Documento 12 de los Estados Unidos.)

77 Ibid., páginas 446, 468, 470. (Documento 12 de los Estados Unidos.)

78 Los Estados Unidos señalaron que el modelo del análisis por probitas sólo se ocupaba de la relación lineal entre la dosis y la mortalidad (como se expone en el Documento 28 de los Estados Unidos). En otros modelos estadísticos más complejos se incluía la consideración de las variaciones naturales de la población de insectos de la prueba. Se ha utilizado un modelo de este tipo para analizar de nuevo todas las variedades en los estudios de 1987 y 1990 de Yokoyama y otros. Habida cuenta de las variaciones naturales, se ha demostrado que los diversos LD50 entre variedades no presentaban diferencias significativas (en Robertson y Yokoyama, "Effect of Nectarine Cultivar on Response of Codling Moth (Lepidoptera: Tortricidae) to Methyl Bromide Fumigation", inédito, 1998. (Documento 15 de los Estados Unidos.)).

79 Vail y Yokoyama, "Nectarines: The issue of Varietal Testing", inédito. (Documento 16 de los Estados Unidos.)

80 Fumigación con MB en una dosis de 48 g/m3, durante 2 horas, a una temperatura superior o igual a 21�C y con un 50 por ciento o menos de carga.

81 Misumi, Kawakami, Mizobuchi y Tao. N� 30 Res. Bull. PL. Prot. Japan 30: 57-68, 1994. (Documento 13 de los Estados Unidos, en japonés.)

82 El Japón señaló que los científicos habían determinado el nivel de tratamiento de 48 g/m3 al multiplicar la dosis de mortalidad completa de 40 g/m3 por un coeficiente de 1,2 (margen de seguridad).

83 Párrafo 4.94.

84 El Japón señaló que Robertson (op. cit., Documento 15 de los Estados Unidos) volvió a analizar los datos sobre las nectarinas estadounidenses (1987 y 1990) mediante un método estadístico elaborado por él y llegó a la conclusión de que no se observaba diferencia estadística alguna. No obstante, el análisis no descartaba siquiera diferencias de 1 a 190 entre niveles de confianza. Tan amplio grado de ambigüedad no era aceptable para el Japón.

85 Véase la nota 67 supra, página 841. (Documento 14 de los Estados Unidos.)

86 Véase la nota 76 supra, página 470. (Documento 12 de los Estados Unidos.)

87 Maindonald, Waddell y Birtles, "Response to Methyl Bromide Fumigation of Codling Moth (Lepidoptera: Tortricidae) Eggs on Cherries", Nueva Zelandia. J. Econ. Entomol. 85(4): 1220-1230, 1992. (Documento 21 del Japón y Documento 4 de los Estados Unidos.)

88 Ibid., página 1227. (Documento 21 del Japón y Documento 4 de los Estados Unidos.)

89 Ibid., página 1224. (Documento 21 del Japón y Documento 4 de los Estados Unidos.)

90 Ibid., página 1229. (Documento 21 del Japón y Documento 4 de los Estados Unidos.)