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Corea - Impuestos a las bebidas alcoh�licas

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


d) El Soju Representa la Mayor Parte de la Producción Coreana de Aguardientes Destilados y Licores

5.164 Según los reclamantes, cabe estimar que el soju representa más del 95 por ciento de la producción coreana de aguardientes destilados y licores. Así pues, al aplicar un tipo impositivo más bajo al soju, Corea protege no sólo su producción nacional de soju sino, de manera más general, toda su industria nacional de aguardientes destilados y licores.

e) Casi Todo el Whisky y el Brandy que se Venden en Corea son Importados

5.165 Los reclamantes alegan que, mientras que las importaciones de soju son casi inexistentes, prácticamente todas las ventas de whisky y brandy, así como una proporción significativa de las ventas de aguardientes blancos y licores, corresponden a importaciones. A juicio de los reclamantes, debido a ello, el sistema impositivo aplicado por Corea a las bebidas alcohólicas tiene de hecho efectos aún más protectores que las medidas fiscales de que se trataba en Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas I y II, asuntos en los que la mayor parte de las ventas de la categoría de "whisky/brandy", que estaba gravada con los impuestos más elevados, correspondía a bebidas de producción nacional.

f) Existe una Larga Historia de Discriminación Fiscal y Proteccionismo

5.166 Los reclamantes alegan asimismo que la industria coreana del soju se ha beneficiado tradicionalmente de un grado muy elevado de protección contra las importaciones. Según los reclamantes, el mercado coreano de aguardientes destilados y licores estuvo prácticamente cerrado a las importaciones hasta 1989, debido a la aplicación de restricciones cuantitativas y derechos de importación disuasivos. Se alega que, desde entonces, Corea se ha visto obligada a suprimir los contingentes de importación y a negociar con los reclamantes, en el marco del Acuerdo de 1993, una reducción de los derechos de aduana aplicados. Los reclamantes afirman que, a la luz de los antecedentes proteccionistas de Corea en este sector, es evidente que las medidas en litigio no son más que el último esfuerzo de Corea por seguir protegiendo su industria nacional de soju contra las importaciones de bebidas alcohólicas de tipo occidental.

5.167 Los reclamantes solicitan respetuosamente al Grupo Especial que constate que:

i) Corea incumple las obligaciones que le corresponden en virtud de la primera frase del párrafo 2 del artículo III del GATT, al aplicar, de conformidad con la Ley del Impuesto sobre las Bebidas Alcohólicas y la Ley del Impuesto de Educación, al vodka importado impuestos interiores superiores a los aplicados al soju; y que

ii) Corea incumple las obligaciones que le corresponden en virtud de la segunda frase del párrafo 2 del artículo III, al aplicar, de conformidad con la Ley del Impuesto sobre las Bebidas Alcohólicas y la Ley del Impuesto de Educación, a las bebidas alcohólicas importadas comprendidas en las categorías "whisky", "brandy", "bebidas alcohólicas destiladas en general", "licores", y "las demás bebidas alcohólicas" (en la medida en que contengan otros aguardientes destilados o licores) impuestos interiores más elevados que al soju, de manera que se proteja su producción nacional de soju.

1. Corea

a) Generalidades

5.168 Corea señala que, al someter este asunto al Grupo Especial, los Estados Unidos y las Comunidades Europeas han puesto en duda la validez del régimen fiscal coreano para las bebidas alcohólicas, alegando que ese régimen introduce una discriminación en contra de algunos aguardientes importados, en beneficio de una bebida alcohólica destilada coreana denominada "soju" y en violación de lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo III del GATT. Corea admite que, como señalan los reclamantes, el tipo impositivo que aplica al soju es diferente del que grava determinadas bebidas alcohólicas importadas. No obstante, a su juicio, no todas las diferencias entre los tipos impositivos constituyen una infracción de lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo III.

5.169 Corea afirma que el párrafo 2 del artículo III es quizá la disposición del GATT que más afecta a la soberanía nacional. En su opinión, el sistema fiscal de una nación es producto de un proceso político interno largo e intrincado. Corea aduce que los impuestos toman forma a lo largo de los años y reflejan metas de política diferentes y que evolucionan. Ningún país aplica un tipo impositivo único a todos los productos. Corea señala también que el GATT no requiere que los países armonicen sus sistemas fiscales. Afirma que el propósito fundamental del párrafo 2 del artículo III es evitar el proteccionismo.

5.170 Corea aduce además que las prohibiciones contenidas en el párrafo 2 del artículo III deben interpretarse estrictamente, aunque respetando su propósito antiproteccionista. A su juicio, para que puedan compararse los tipos impositivos aplicados a los productos importados y a los nacionales, la relación de competencia entre ambos debe ser marcada, o incluso muy marcada.

5.171 La posición de Corea es que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo III, los productos importados no deben gravarse en forma menos favorable que los productos nacionales competidores. Corea aduce además que, cuando dos productos son substitutos perfectos entre sí, o "similares", no puede tolerarse ninguna diferencia en su tratamiento fiscal. Pero, continuando el argumento, cuando se trata de productos no "similares" pero que, sin embargo, son "directamente competidores o directamente sustituibles entre sí", hay un mayor margen para las diferencias fiscales, siempre que no tengan efectos proteccionistas.

b) El Sistema Fiscal Coreano

5.172 A continuación, Corea facilita una explicación de su sistema fiscal interno. Declara que existen 32 tipos de impuestos diferentes, que, en términos generales, pueden dividirse en impuestos nacionales y locales. Corea declara además que, como otros países, distingue entre los impuestos indirectos y los que gravan los bienes y servicios. A diferencia de lo que ocurre en algunos otros países, en Corea, corresponde a los impuestos indirectos una parte de los ingresos fiscales totales muy superior a la que representan los impuestos directos.102

5.173 Corea señala que se aplican a todas las bebidas alcohólicas varios impuestos, como el impuesto sobre el valor añadido, el impuesto sobre las bebidas alcohólicas y el impuesto de educación. Estos dos últimos impuestos, que gravan determinadas bebidas alcohólicas importadas, son el objeto de la presente diferencia.

i) El Impuesto Sobre las Bebidas Alcohólicas

5.174 Corea señala que la Ley del Impuesto sobre las Bebidas Alcohólicas se promulgó en 1949 y ha sido modificada más de 20 veces desde entonces. Un hito importante en la evolución de esa Ley fue el paso de un sistema de impuestos específicos a un sistema de impuestos ad valorem en 1968.103 Según Corea, la razón de este cambio fue principalmente que el poder legislativo coreano deseaba elevar los impuestos proporcionalmente a los precios de los productos. Corea señala que, dado que se alega que sus impuestos son proteccionistas, tiene cierta importancia el hecho de que, en la fecha en que se promulgó la Ley del Impuesto sobre las Bebidas Alcohólicas y en el momento en que se pasó a un sistema ad valorem, sus importaciones de bebidas alcohólicas eran muy reducidas.

5.175 Corea señala que los aspectos de su Ley del Impuesto sobre las Bebidas Alcohólicas de interés en relación con este asunto están contenidos en las disposiciones generales y en el capítulo relativo a la imposición. En las disposiciones generales, se proporciona una descripción de cada bebida que contiene las prescripciones en materia de contenido que ésta debe cumplir para quedar incluida en la clasificación de la Ley. El capítulo relativo a la imposición establece los tipos que se aplican a cada grupo de bebidas alcohólicas. Las descripciones que figuran en la Ley determinan los distintos tipos aplicables, lo cual tiene como resultado, admite Corea, un tipo impositivo diferente para el soju corriente y el whisky.

5.176 No obstante, Corea aduce que los reclamantes intentan crear la impresión errónea de que la estructura misma de la ley revela intenciones proteccionistas.104 Según Corea, la realidad es diferente. Durante mucho tiempo, el soju fue el único aguardiente gravado por el impuesto sobre las bebidas alcohólicas. Corea señala que, aunque la definición de la ley era amplia, sólo comprendía lo que se conocía. Con el tiempo, se comercializaron otros aguardientes y, a medida que éstos aparecieron, se crearon nuevas categorías fiscales.

5.177 Corea señala que el impuesto sobre las bebidas alcohólicas se aplica a los aguardientes y a las bebidas que contienen, por lo menos un 1 por ciento de alcohol. Las personas que deben pagar el impuesto sobre las bebidas alcohólicas son los fabricantes de éstas que las suministran desde su fábrica o los importadores. Los impuestos que abonan estas personas se basan en el precio en el momento de la entrega, cuando es una fábrica la que suministra las bebidas o, cuando éstas son importadas, en el precio CIF más los derechos de aduana.

5.178 Corea señala además que los tipos impositivos que gravan las bebidas alcohólicas se describen en la Ley del Impuesto sobre las Bebidas Alcohólicas.105 El sistema fiscal y los tipos aplicables han ido tomando forma a lo largo del tiempo. El tipo aplicable no depende del origen de la bebida. Corea presenta los siguientes tipos que, según se alega, se aplican a las bebidas destiladas en litigio:

Bebidas

% ad valorem

Soju:

a) soju corriente (o "diluido")

b) soju destilado

35%

50%

Licores106

50%

Aguardientes destilados en general107

80%

Whisky, brandy

100%

5.179 Corea declara que, al ser una bebida común, que los coreanos consumen habitualmente en grandes cantidades con las comidas, el soju corriente es único en su género, y otro tanto puede decirse del soju destilado, que es una bebida artesanal existente únicamente en Corea.

5.180 Corea señala que existe también una producción nacional importante de licores, aguardientes destilados en general y, en particular, whisky, que queda sujeta a los tipos impositivos más elevados.

5.181 Según Corea, los impuestos sobre las bebidas alcohólicas son un instrumento importante para la obtención de ingresos por su Gobierno. Con arreglo a las cifras disponibles más recientes, correspondió a esos impuestos el 3,52 por ciento de los ingresos fiscales nacionales108 y su participación en los impuestos indirectos ascendió al 9,08 por ciento. Tradicionalmente, la bebida que más ha contribuido a los impuestos sobre las bebidas alcohólicas ha sido la cerveza, que se produce, en su mayor parte, en el país y que, en 1996, representó el 69 por ciento de los ingresos por concepto del impuesto sobre las bebidas alcohólicas.

ii) El Impuesto de Educación

5.182 Corea declara que, además del impuesto sobre las bebidas alcohólicas, existe un impuesto de educación. Según Corea, éste es un impuesto destinado a un fin particular, lo cual quiere decir que los ingresos que se recaudan de resultas de su aplicación sólo pueden utilizarse con la finalidad específica de mejorar el sistema de educación. El régimen de los impuestos sobre las bebidas alcohólicas no es el único que lleva consigo este impuesto. Corea declara que existen otros 10 regímenes en los que se aplica un impuesto de educación, por ejemplo, el del impuesto sobre el consumo de tabaco, el del impuesto sobre el patrimonio y el del impuesto sobre el transporte. Como en esos casos, los contribuyentes que deben pagar impuestos sobre las bebidas alcohólicas quedan también sujetos al impuesto de educación. Según los cálculos de Corea, la parte correspondiente a las bebidas alcohólicas en los ingresos resultantes del impuesto de educación representa el 12,5 por ciento.

5.183 Corea declara que la base imponible del impuesto de educación que han de pagar los que deben abonar el impuesto sobre las bebidas alcohólicas es el impuesto sobre las bebidas alcohólicas correspondiente a cada tipo de bebida. El impuesto de educación se aplica del modo siguiente: las bebidas alcohólicas cuyo tipo impositivo ad valorem es superior al 80 por ciento están sujetas a un impuesto de educación del 30 por ciento de la cuantía del impuesto sobre las bebidas alcohólicas, y las bebidas alcohólicas con un impuesto ad valorem inferior al 80 por ciento están sujetas a un impuesto de educación del 10 por ciento.

5.184 Corea señala que el impuesto de educación se aplica independientemente del origen de los productos. Los ingresos resultantes de él se destinan exclusivamente a mejorar el sistema de educación coreano, en particular a nivel de la enseñanza obligatoria, desde la escuela primaria a la escuela intermedia.

c) Análisis Jurídico

5.185 Corea observa que los reclamantes alegan que, como el tipo impositivo aplicado por Corea al "soju" es distinto del que grava una serie de bebidas alcohólicas, su sistema fiscal hace recaer una carga injustificada sobre los aguardientes importados, en beneficio del aguardiente nacional "soju".

i) La Finalidad del Artículo III del GATT es la Prevención del Proteccionismo y no la Armonización de los Impuestos

5.186 Según Corea, el artículo III interviene, quizá más que ninguna otra disposición del GATT, en un ámbito reservado tradicionalmente a la soberanía nacional: el sistema fiscal interno.

5.187 Corea señala que, cuando cada Miembro pasa a formar parte de la OMC, lleva consigo su propio sistema fiscal, una intrincada red de normas elaboradas a lo largo de muchos años que refleja una combinación de objetivos gubernamentales (desde las políticas sociales a la necesidad de obtener ingresos).

5.188 Corea afirma además que ningún Miembro de la OMC aplica el mismo tipo impositivo interno a todos los productos y que las diferencias fiscales que han tomado forma a lo largo de los años quizá no siempre parezcan totalmente coherentes. Pero, continuando el argumento, no es función del GATT intentar hacer internamente coherente cada sistema fiscal ni tampoco le incumbe armonizar los sistemas fiscales de sus numerosos Miembros.

5.189 Corea toma nota del informe del Grupo Especial que se ocupó en 1992 del asunto Estados Unidos - Medidas que afectan a las bebidas alcohólicas y derivadas de la malta, en el que se decía:

El artículo III no tiene por objeto armonizar los impuestos y reglamentaciones internos de las partes contratantes, que son diferentes en los distintos países.109

A juicio de Corea, la armonización fiscal es una cuestión sensible, incluso entre países que han alcanzado un elevado nivel de integración, como los Estados miembros de las Comunidades Europeas.

5.190 Corea aduce además que debe tomarse nota de que el artículo III no está destinado a usurpar las facultades que permiten a los Miembros de la OMC intentar alcanzar sus objetivos legítimos a través de sus sistemas fiscales. En relación con esto, Corea señala a la atención del Grupo Especial una declaración del Órgano de Apelación en relación con el asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II, en la que se decía:

Los Miembros de la OMC son libres de perseguir sus propios objetivos nacionales mediante la tributación o la reglamentación interiores siempre y cuando no lo hagan de manera que infrinjan lo dispuesto en el artículo III o cualquier otro compromiso contraído en el marco del Acuerdo sobre la OMC.110

5.191 Por lo tanto, Corea afirma que el artículo III del GATT sólo está destinado a intervenir en este ámbito sensible de la imposición en determinadas circunstancias estrechamente circunscritas, a fin de alcanzar un objetivo concreto. Según Corea, el propósito fundamental del artículo III es evitar el proteccionismo y obligar a los Miembros de la OMC a hacer lo necesario para que haya igualdad entre los productos importados y los nacionales en lo que se refiere a las condiciones de competencia. Como dijo el Órgano de Apelación en relación con el asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II:

El objetivo general y fundamental del artículo III es evitar el proteccionismo en la aplicación de los impuestos y medidas reglamentarias interiores. ... A este fin, el artículo III obliga a los Miembros de la OMC a facilitar para los productos importados unas condiciones de competencia iguales a las de los productos nacionales.111

ii) El Análisis Requerido con Arreglo al Párrafo 2 del Artículo III

5.192 Corea declara que no ha sido fácil conciliar la finalidad antiproteccionista del párrafo 2 del artículo III con la necesidad de dejar a la discreción de cada Miembro de la OMC el mantenimiento y el desarrollo de sus propias políticas fiscales.

5.193 Corea declara además que el Grupo Especial que se ocupó del asunto bebidas derivadas de la malta elaboró el denominado criterio de "las finalidades y los efectos". Con arreglo a él, en tanto el sistema fiscal introducía distinciones entre los productos para fines de política general que nada tenían que ver con la protección de la producción nacional, las diferencias impositivas resultantes no podían infringir lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo III.112 Según Corea, en el asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II, el Órgano de Apelación no se inclinó por ese planteamiento. A juicio de Corea, el Órgano de Apelación (al igual que el Grupo Especial en un primer momento) resolvió que el criterio de las finalidades y los efectos se apartaba demasiado del texto del párrafo 2 del artículo III, ya que ignoraba la distinción entre las dos disposiciones contenidas, respectivamente, en las frases primera y segunda de ese párrafo. En la primera frase no se tolera ninguna diferencia entre los tipos impositivos que se aplican a productos "similares". En la segunda frase se limitan las diferencias impositivas aplicables a los productos "directamente competidores o directamente sustituibles entre sí".

5.194 Corea aduce además que, según el Órgano de Apelación, el texto de la primera frase no deja ningún margen para investigar si una diferencia entre los tipos impositivos aplicados a productos "similares" que realmente introducida con "finalidades y efectos" proteccionistas. Con arreglo a este argumento, los tipos impositivos diferentes que se aplican a productos "similares" infringen el párrafo 2 del artículo III.

5.195 Corea alega, no obstante, que esto no quiere decir que el Organo de Apelación no fuera sensible al interés de los Miembros de la OMC en salvaguardar su facultad discrecional de elaborar políticas fiscales propias. Señala que, en su informe, el Órgano de Apelación hizo grandes esfuerzos por destacar "lo limitada que es la gama de "productos similares".113 Corea señala además que el Órgano de Apelación, confirmando lo dicho por el Grupo Especial114, aclaró también que los productos "similares" son una subcategoría de los productos directamente competidores o directamente sustituibles entre sí. A juicio de Corea, esto indica que el párrafo 2 del artículo III sólo entra en juego cuando existe entre los productos en litigio una relación especialmente estrecha (deberían ser, por lo menos, "directamente competidores o directamente sustituibles entre sí"). Corea alega que, cuando no existe una relación entre dos productos, o cuando la relación existente no es lo suficientemente estrecha, los Miembros de la OMC conservan la soberanía que les permite establecer impuestos como lo deseen.

5.196 Corea aduce que la determinación de si dos productos son "similares" o directamente competidores o directamente sustituibles entre sí se basa en una estimación global, caso por caso, de sus cualidades y de la relación entre ellos. Corea hace referencia a una observación de carácter general sobre la determinación tanto de los productos "similares" como de los productos directamente competidores o directamente sustituibles entre sí, formulada en relación con el asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II, que, según alega, puso de relieve que es el "mercado" el que da especialmente la pauta para determinar si dos productos son similares o directamente competidores o sustituibles entre sí.115 Corea señala que, aunque observó que podía haber otros medios de identificar la categoría más general de los productos directamente competidores o directamente sustituibles entre sí, el Órgano de Apelación mantuvo ese razonamiento, declarando que: "El GATT de 1994 es un acuerdo comercial, y la OMC se ocupa al fin y al cabo de los mercados".116

5.197 Corea declara también que será útil formular algunas observaciones de carácter preliminar sobre el umbral para la aplicación del párrafo 2 del artículo III: es decir, �cómo se analiza si existe una relación de competencia suficientemente estrecha entre los sojus coreanos y el resto de los aguardientes importados? Corea formula esta pregunta: �cuándo son los productos suficientemente competidores a los efectos de la comparación de los tipos impositivos que se les aplican con arreglo al párrafo 2 del artículo III?

5.198 Corea aduce que, para contestar esta pregunta acerca del umbral, es conveniente recordar, en primer lugar, los factores pertinentes para la demostración de la existencia de una relación de competencia entre dos productos y, a continuación, analizar al grado de competencia que activará la aplicación de las frases primera y segunda del párrafo 2 del artículo III.

Para continuar con Factores pertinentes


102 En 1994, por ejemplo, con arreglo a la metodología de la OCDE, la parte correspondiente a los impuestos indirectos representó el 43,4 por ciento de los ingresos fiscales totales de Corea, mientras que el porcentaje comparable en el caso de los Estados Unidos fue el 17,9 por ciento. La cifra de Corea para 1996 es (según las previsiones) el 43,7 por ciento.

103 En este aspecto, los impuestos coreanos sobre las bebidas alcohólicas difieren de los impuestos sobre las bebidas alcohólicas objeto de litigio en el asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II, que eran específicos.

104 Véase el párrafo 24 de la primera comunicación de las CE y el párrafo 24 de la primera comunicación de los Estados Unidos.

105 Párrafo 2 del artículo 19.

106 Son ejemplos de "licores" el Insam (ginseng) ju, el Ogapiju, el Bailey's, el Grand Marnier y el Kahlua.

107 Son ejemplos de "aguardientes destilados en general" el koryangju, el ron, el gin y el vodka.

108 Este porcentaje se basa en cifras de 1996. En los dos años anteriores, los ingresos procedentes del impuesto sobre las bebidas alcohólicas representaron el 3,54 por ciento y el 3,53 por ciento de los ingresos fiscales nacionales.

109 Informe del Grupo Especial que se ocupó del asunto Estados Unidos - Medidas que afectan a las bebidas alcohólicas y derivadas de la malta, adoptado el 19 de junio de 1992, DS23/R, IBDD 39S/242, 327, párrafos 5.71-5.72.

110 Véase el informe del Órgano de Apelación acerca del asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II, supra, página 20.

111 Informe del Órgano de Apelación, supra, página 20.

112 Informe del Grupo Especial que se ocupó del asunto Estados Unidos - Medidas que afectan a las bebidas alcohólicas y derivadas de la malta, supra, párrafo 5.25.

113 Informe del Órgano de Apelación acerca del asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II, supra, página 25.

114 Informe del Grupo Especial que se ocupó del asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II, supra, párrafo 6.22.

115 Ibid.

116 Véase el informe del Órgano de Apelación acerca del asunto Japón - Impuestos sobre las bebidas alcohólicas II, supra, página 30. El Órgano de Apelación reafirmó este razonamiento en un informe más reciente sobre el asunto Canadá - Determinadas medidas que afectan a las publicaciones, supra, página 32.