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ORGANIZACIÓN MUNDIAL
DEL COMERCIO

WT/DS18/RW
18 de febrero de 2000

(00-0542)
  Original: inglés

AUSTRALIA MEDIDAS QUE AFECTAN A LA IMPORTACI�N DE SALM�N
RECURSO AL P�RRAFO 5 DEL ART�CULO 21 POR EL CANAD�




INFORME DEL GRUPO ESPECIAL



(Continuaci�n)



VI. CONSULTA DEL GRUPO ESPECIAL CON LOS EXPERTOS CIENT�FICOS

A. PROCEDIMIENTOS DEL GRUPO ESPECIAL EN RELACI�N CON LAS ESFERAS DE ESPECIALIZACI�N CIENT�FICA

6.1 El Grupo Especial record� que el p�rrafo 2 del art�culo 11 del Acuerdo MSF estipulaba que:

"En una diferencia examinada en el marco del presente Acuerdo en la que se planteen cuestiones de car�cter cient�fico o t�cnico, el grupo especial correspondiente deber� pedir asesoramiento a expertos por �l elegidos en consulta con las partes en la diferencia. A tal fin, el grupo especial podr�, cuando lo estime apropiado, establecer un grupo asesor de expertos t�cnicos o consultar a las organizaciones internacionales competentes, a petici�n de cualquiera de las partes en la diferencia o por propia iniciativa."

Observando que en la presente diferencia interven�an cuestiones cient�ficas y t�cnicas, el Grupo Especial consult� con las partes sobre la necesidad de asesoramiento de expertos. El Grupo Especial se�al� que dicho asesoramiento hab�a sido muy valioso durante el examen anterior de este asunto y adem�s que las pruebas que se le hab�an presentado inclu�an varios informes nuevos sobre el an�lisis del riesgo. El Grupo Especial decidi� pedir asesoramiento cient�fico y t�cnico de conformidad con el p�rrafo 1 y la primera frase del p�rrafo 2 del art�culo 13 del ESD y en aplicaci�n de la primera frase del p�rrafo 2 del art�culo 11 del Acuerdo MSF.

6.2 El Grupo Especial examin� inicialmente la posibilidad de pedir asesoramiento a dos de los cuatros expertos que lo hab�an asesorado en la diferencia anterior, as� como a un tercer experto con experiencia en la esfera de la aplicaci�n de medidas sanitarias. Se invit� a las partes a que formularan observaciones sobre esta propuesta y, en particular, a que se�alaran las objeciones que pudieran tener con respecto a cualquiera de ellos, o bien que propusieran otros expertos. El Grupo Especial seleccion� luego tres expertos, teniendo en cuenta las observaciones formuladas por las partes y la necesidad de conocimientos especializados en varios sectores. Se pidi� a estos expertos que actuaran, a t�tulo personal, como asesores individuales del Grupo Especial.

6.3 El Grupo Especial, en consulta con las partes, prepar� una serie de preguntas espec�ficas que present� a cada uno de los expertos por separado. Se les pidi� que respondieran por escrito a las preguntas para las que se considerasen calificados. Las partes convinieron en que se facilitasen a cada uno de los expertos seleccionados las comunicaciones que hab�an presentado por escrito al Grupo Especial, incluidas las versiones escritas de sus exposiciones orales. Las respuestas por escrito de los expertos se presentaron a las partes, que as� tuvieron la oportunidad de formular observaciones sobre ellas.

6.4 Se invit� a los expertos a debatir con el Grupo Especial y con las partes sus respuestas por escrito a las preguntas y a proporcionar ulterior informaci�n. A continuaci�n figura un resumen de las respuestas facilitadas por los expertos.131

6.5 Los expertos seleccionados para asesorar al Grupo Especial fueron los siguientes:

Dr. Gideon Br�ckner, Director, Food Safety and Veterinary Public Health, Sud�frica;

Dr. Alasdair McVicar, Oficial Cient�fico Principal, Aberdeen Marine Laboratory, Escocia, Reino Unido;

Dra. Marion Wooldridge, Department of Risk Research, Veterinary Laboratories Agency, Reino Unido.

B. PREGUNTAS FORMULADAS A LOS EXPERTOS - RESPUESTAS COMPILADAS

Pregunta 1. En el An�lisis del Riesgo de las Importaciones de 1999 sobre los salm�nidos no viables y los peces marinos distintos de los salm�nidos (Informe de 1999), particularmente por lo se refiere a los salm�nidos,

a) �se eval�a la "likelihood", es decir, la "probability" (probabilidad) de entrada, radicaci�n o propagaci�n de las enfermedades motivo de preocupaci�n para Australia identificadas en el informe?;

b) �se eval�a la "likelihood", es decir, la "probability" (probabilidad) de las posibles consecuencias biol�gicas y econ�micas conexas a estas enfermedades?;

c) �se eval�a la "likelihood", es decir, la "probability" (probabilidad) de entrada, radicaci�n o propagaci�n de las enfermedades, seg�n las medidas sanitarias que pudieran aplicarse?

6.6 El Dr. Br�ckner convino en que el IRA de 1999 que hab�a presentado Australia era una evaluaci�n cualitativa por las razones que expon�a Australia en dicho documento y en su primera comunicaci�n (p�rrafos 104-106). Estimaba adem�s que el IRA de 1999 se hab�a elaborado de conformidad con las directrices de la OIE para las evaluaciones del riesgo de las importaciones y conforme a las prescripciones de los p�rrafos 2 y 3 del art�culo 5 y del Anexo A 4) del Acuerdo MSF. Observ� que uno de los principales argumentos que aduc�a el Canad� contra el IRA de 1999 era que en �l no se evaluaba la probabilidad, porque el an�lisis era cualitativo y las probabilidades no se expresaban en t�rminos cuantitativos, sino supuestamente subjetivos, como "baja", "moderada", etc. El Acuerdo MSF no exig�a una evaluaci�n cuantitativa. El hecho de que existieran otros an�lisis del riesgo de las importaciones (evaluaci�n Vose sobre A. salmonicida y R. salmoninarum) no obligaba a Australia a hacer lo mismo para una evaluaci�n de los mismos productos o de los otros en cuesti�n. Incluso en el caso de que fuera posible una evaluaci�n cuantitativa, el Dr. Br�ckner se preguntaba si �sta con el mismo fin y de la misma magnitud que el IRA de 1999 habr�a dado lugar a un resultado diferente en relaci�n con la evaluaci�n de las probabilidades identificadas en la pregunta. Observ� que no se hab�an presentado pruebas que demostrasen lo contrario.

6.7 El Dr. Br�ckner observ� adem�s que el Canad� hab�a planteado algunas preguntas acerca de la utilizaci�n de indicadores supuestamente subjetivos y vagos ("bajo", "mediano", etc.). Sin embargo, no se hab�a propuesto una terminolog�a alternativa para utilizarla en el marco de una evaluaci�n cualitativa o para poder tener una indicaci�n expl�cita de la probabilidad de que el riesgo no existiera. El uso de esos t�rminos deber�a evaluarse en el marco del an�lisis del riesgo de las importaciones en general y respetando el proceso y la metodolog�a utilizados para llegar a esas conclusiones. El uso de esos t�rminos deber�a considerarse asimismo como una forma de expresar el resultado de una evaluaci�n estructurada de varios factores, es decir, para determinar si hab�a que estudiar o no la posibilidad de intervenciones de gesti�n del riesgo. Observ� que en el IRA de 1997 de Nueva Zelandia las conclusiones se expon�an tambi�n de una manera cualitativa semejante.

6.8 El Dr. Br�ckner estimaba que la cuesti�n fundamental era si el uso de esos t�rminos cualitativos har�a que la evaluaci�n de la "likelihood", es decir, la "probability" (probabilidad) de entrada, radicaci�n o propagaci�n de las enfermedades en cuesti�n, seg�n las medidas sanitarias que pudieran aplicarse, fuera imposible o cuestionable. Teniendo en cuenta el proceso y la metodolog�a aplicados -especialmente en relaci�n con los factores de evaluaci�n y de gesti�n del riesgo para las enfermedades en cuesti�n- consideraba que con el IRA de 1999 se hab�a podido evaluar la probabilidad de entrada, radicaci�n o propagaci�n de enfermedades, as� como las posibles consecuencias, bas�ndose en las medidas que pudieran aplicarse.

6.9 Con respecto a la probabilidad de entrada, el Dr. McVicar se�al� el hecho, reconocido internacionalmente e introducido en la legislaci�n, de que la eliminaci�n de las v�sceras del pescado reduc�a el riesgo de transmisi�n de enfermedades. En el IRA de 1999 se identificaban los dos sectores principales en los que persist�a el riesgo y que ten�an particular importancia, en primer lugar que la sangre y los �rganos con sangre residual abundante eran un foco destacado de enfermedades v�ricas y bacterianas importantes en los peces y, en segundo lugar, que las v�sceras y otras partes no comestibles del pescado ten�an poco valor y pod�an eliminarse por medios jur�dicamente inocuos o no inocuos. Se abord� el riesgo asociado con ambos sectores y Australia estim� que la concentraci�n de agentes infecciosos viables que probablemente quedaban en el pescado eviscerado y en las partes que normalmente se extra�an y eliminaban antes del consumo humano justificaba salvaguardias adicionales. El an�lisis cualitativo del riesgo realizado era transparente en cuanto a los criterios utilizados para establecer las enfermedades que eran motivo de preocupaci�n para Australia y para identificar los sectores en los que se pod�an utilizar medidas de gesti�n del riesgo para reducir la probabilidad de introducci�n del microorganismo pat�geno. El an�lisis proporcionaba un argumento bien fundamentado de por qu� las medidas propuestas difer�an de las previamente aplicadas en el comercio internacional a productos semejantes.

6.10 En cuanto a la probabilidad de radicaci�n o propagaci�n, el Dr. McVicar observ� que en el IRA se ten�a en cuenta la informaci�n publicada disponible sobre los mecanismos de transmisi�n de las enfermedades de inter�s y se hac�a una evaluaci�n v�lida de la probabilidad de radicaci�n o propagaci�n de cada una de ellas en Australia.

6.11 En relaci�n con la evaluaci�n de la probabilidad de posibles consecuencias, las enfermedades identificadas como preocupantes por Australia estaban todas reconocidas internacionalmente como enfermedades graves de los salm�nidos, con consecuencias biol�gicas y econ�micas importantes. No hab�a motivos para pensar que si se radicasen en Australia las consecuencias en este pa�s no ser�an semejantes en las especies susceptibles. Cuando no se dispon�a de informaci�n previa, los posibles efectos en otras especies eran meramente especulativos.

6.12 Con respecto a la evaluaci�n de las probabilidades seg�n las medidas que pudieran aplicarse, en el IRA de 1999 se reconoc�a que incluso en el producto eviscerado que pudiera contener alguna infecci�n viable exist�a un nivel de riesgo que estaba en relaci�n con la amplitud de las medidas de contenci�n que pudieran aplicarse durante la elaboraci�n posterior en Australia y con la proporci�n de las importaciones rechazadas y posteriormente eliminadas. El riesgo se reduc�a progresivamente a medida que se elaboraba el producto y hab�a menos materia potencialmente infecciosa que se descargaba con los efluentes o se rechazaba. Australia consideraba que el riesgo residual que quedaba tras la evisceraci�n y el lavado superaba su nivel adecuado de protecci�n y esta preocupaci�n se hab�a abordado mediante la introducci�n de medidas para limitar la cantidad de producto no preparado para el consumo que se importaba y, en caso de elaboraci�n posterior, mediante el control de las instalaciones utilizadas para ello.

6.13 La concentraci�n de agente infeccioso en el material de origen en el punto de procedencia influ�a de manera decisiva en la concentraci�n del agente que las medidas de reducci�n del riesgo trataban de controlar en diferentes etapas mediante la cadena de acontecimientos que conduc�a al riesgo final asociado con el producto de salm�nidos importado. Habida cuenta de que los niveles de enfermedad de los peces, tanto en las poblaciones de criadero como en libertad, estaban sujetos a fluctuaciones sustanciales, un elemento fundamental en la reducci�n del riesgo de enfermedades de los peces era el mantenimiento regular de buenos conocimientos acerca del nivel de enfermedades preocupantes en la poblaci�n de peces de la que se obten�a el producto. S�lo se pod�an obtener datos apropiados mediante un sistema satisfactorio de inspecci�n y seguimiento peri�dicos, como exig�a Australia. Igualmente, el uso de procedimientos de inspecci�n, que normalmente formaban parte de los mecanismos de garant�a de la calidad en las f�bricas de elaboraci�n del pescado, para la identificaci�n de peces cl�nicamente enfermos tendr�a un marcado efecto positivo en la reducci�n del riesgo.

6.14 La Dra. Wooldridge observ� que la evaluaci�n del riesgo de cada una de las enfermedades se hab�a de buscar por l�gica en el cap�tulo 4 del IRA de 1999, titulado "Evaluaci�n del riesgo: Salm�nidos". El cap�tulo conten�a una secci�n, la 4.2, titulada "Evaluaciones del riesgo para las enfermedades de alta prioridad", cuyos apartados 4.2.1-4.2.5 estaban dedicados cada uno a una enfermedad espec�fica. Esto se defin�a (secci�n 4.1.3) como una estimaci�n del riesgo no sujeto a control; es decir, en la evaluaci�n que se expon�a en ese punto no se hab�an tenido en cuenta medidas de salvaguardia. Adem�s, para cada enfermedad se comparaba esta estimaci�n del riesgo no sujeto a control con el nivel adecuado de protecci�n de Australia, lo cual autom�ticamente llevaba a una decisi�n sobre si las medidas de gesti�n del riesgo estaban justificadas.

6.15 Con respecto a la evaluaci�n de la probabilidad de entrada, radicaci�n o propagaci�n de enfermedades, para cada una de las enfermedades objeto de examen hab�a una secci�n titulada Evaluaci�n de la aparici�n del riesgo y otra de t�tulo Evaluaci�n de la exposici�n. Cada una de las secciones conten�a informaci�n y luego una estimaci�n de la probabilidad de aparici�n en t�rminos cualitativos, clasificada entre insignificante y alta (v�anse las definiciones en la p�gina 17). Adem�s, estos resultados se resum�an en recuadros al final de cada enfermedad, junto con un resumen de la Probabilidad de radicaci�n de la enfermedad. Por consiguiente, en un examen preliminar parec�a que la probabilidad de entrada, radicaci�n y propagaci�n se hab�a evaluado cualitativamente.

6.16 Sin embargo, el hecho de que fuera as� o no depend�a en realidad de si la informaci�n disponible se hab�a utilizado de manera adecuada, y esto depend�a su vez de las cuestiones siguientes:

6.17 Si toda conclusi�n basada en la informaci�n primaria disponible era razonable o no (de inter�s especialmente para la Evaluaci�n de la aparici�n del riesgo y la Evaluaci�n de la exposici�n);

  • si cualquier conclusi�n general basada en conclusiones secuenciales establecidas previamente era o no una consecuencia l�gica de esa secuencia (especialmente importante para la Probabilidad de radicaci�n de la enfermedad).

  • si se hab�an tenido en cuenta todos los elementos adecuados de informaci�n disponibles (particularmente importante aqu� para la Evaluaci�n de la exposici�n y la Probabilidad de radicaci�n de la enfermedad); y

  • si las definiciones de los t�rminos cualitativos eran razonables, y si dichos t�rminos se utilizaban de forma razonable (la Dra. Wooldridge los abord� en su respuesta a la pregunta 2).

6.18 Examinando en primer lugar las secciones de Evaluaci�n de la aparici�n del riesgo, la Dra. Wooldridge indic� que, dada la informaci�n facilitada, las conclusiones que se sacaban en relaci�n con la probabilidad de "Aparici�n del riesgo" en general eran razonables. Sin embargo habr�a sido mucho m�s f�cil comprobar esto con certeza si la informaci�n facilitada y las conclusiones extra�das se hubiesen separado en secciones correspondientes a la probabilidad de infecci�n de los peces y, en caso de infecci�n, los niveles probables de titulaci�n por tejidos. La informaci�n presentada de esta forma mejorar�a al m�ximo la transparencia de una evaluaci�n del riesgo. En ese momento los argumentos se presentaban como una mezcla de estas dos cuestiones. Adem�s, la Dra. Wooldridge expres� la opini�n de que algunos argumentos espec�ficos ten�an muchas probabilidades de producir un sesgo que, dado el car�cter subjetivo de las evaluaciones cualitativas del riesgo, podr�an dar lugar inadvertidamente a conclusiones arriesgadas. En este sentido cit� el ejemplo siguiente:

Secci�n 4.2.1, VNHI

P�gina 101, Informaci�n facilitada: Conclusiones fundamentales, segundo p�rrafo

"En salm�nidos adultos eviscerados y aparentemente sanos, la titulaci�n del virus, si hubiera alguno, ser�a muy baja (probablemente no detectable por m�todos tradicionales)."

P�gina 106, recuadro 4.1, evaluaci�n del riesgo; evaluaci�n de la aparici�n del riesgo.

"La probabilidad de que � (el virus de la necrosis hematopoy�tica infecciosa) entre en Australia como consecuencia de la importaci�n sin restricciones de salm�nidos eviscerados ser�a baja."

"Habida cuenta de que el virus de la necrosis hematopoy�tica infecciosa fundamentalmente muestra signos cl�nicos en salm�nidos j�venes y hay una mayor probabilidad de encontrar un t�tulo v�rico importante en salm�nidos j�venes y salm�nidos sexualmente maduros, la probabilidad asociada con la importaci�n sin restricciones de estas fases del ciclo vital ser�a moderada."

6.19 �Se deduc�a razonablemente la conclusi�n acerca del riesgo de toda la informaci�n? Parec�a existir una diferencia en la probabilidad de encontrar el virus en las diferentes etapas del ciclo vital de los salm�nidos. La probabilidad general de aparici�n de riesgo se estimaba que era baja. La probabilidad de aparici�n de riesgo para ciertos grupos se consideraba moderada. Esto supon�a que hab�a grupos para los cuales la probabilidad de aparici�n del riesgo era inferior a la baja (puesto que se supon�a que baja era un promedio de todos los grupos). En la evaluaci�n de la aparici�n del riesgo no se mencionaban los grupos cuya probabilidad de aparici�n del riesgo fuera inferior a la baja, pero en las conclusiones fundamentales se hab�a identificado (al parecer) un ejemplo de este grupo como de una titulaci�n "excepcionalmente baja" (es decir, adultos). Si en la evaluaci�n de la aparici�n del riesgo se mencionaban espec�ficamente los peces j�venes, la Dra. Wooldridge opinaba que ser�a l�gico mencionar tambi�n este grupo de adultos en la evaluaci�n de la aparici�n del riesgo, a fin de reducir espec�ficamente la probabilidad de sesgo en la percepci�n. Dado el car�cter subjetivo inherente a las evaluaciones cualitativas del riesgo, el sesgo en la percepci�n podr�a afectar muy bien a la evaluaci�n y deb�a reducirse siempre que fuera posible. Esta dificultad para interpretar la informaci�n a fin de garantizar conclusiones l�gicas ser�a mucho m�s evidente (y al mismo tiempo reducida) si se separasen, como se propon�a m�s arriba, la probabilidad de infecci�n y la titulaci�n probable del pat�geno en una infecci�n determinada.

6.20 La Dra. Wooldridge manifest� la opini�n de que por sistema se hab�a omitido alguna informaci�n en las secciones tituladas Evaluaci�n de la exposici�n para cada una de las enfermedades examinadas. Para 13 de las 15 enfermedades objeto de examen, se daba una evaluaci�n de la exposici�n (para las dos restantes no era aplicable, puesto que el riesgo de enfermedad se consideraba insignificante). Esta evaluaci�n comprend�a: siete enfermedades con la clasificaci�n de muy baja; cinco de baja; y una como baja/extremadamente baja. Estos resultados parec�an basarse solamente en la informaci�n que figuraba en las secciones de las enfermedades espec�ficas.

6.21 Sin embargo, en la secci�n 1.7 se abordaba asimismo la Evaluaci�n de la exposici�n en general y en la p�gina 34 en particular hab�a un diagrama de las supuestas v�as de exposici�n, con lo que parec�a ser una indicaci�n de la proporci�n del producto total importado que probablemente pasaba por cada una de ellas, indicado mediante el grosor de la l�nea. Seg�n esto, parec�a que la probabilidad de que el propio producto fuera a parar al medio acu�tico posiblemente ser�a excepcional en la mayor�a de las v�as (cinco de siete). La dos v�as restantes eran el sistema de alcantarillado dom�stico (descrito como fuertemente diluido y que en s� no se consideraba una v�a muy probable) y el uso como cebo que, a juzgar por el texto (por ejemplo la secci�n 1.2, p�gina 5), era una ruta que se podr�a aplicar con mucha m�s probabilidad al grupo de peces distintos de los salm�nidos que pod�an importarse a veces espec�ficamente como cebo. Por consiguiente, se podr�a llegar a la conclusi�n aceptable de que la ruta del cebo era excepcional para los salm�nidos destinados al consumo humano. Adem�s, en la p�gina 35 del IRA de 1999 se describ�a la "probabilidad extremadamente baja del producto importado siguiendo rutas raras o excepcionales ...".

6.22 La Dra. Wooldridge se�al� que, en su opini�n, en esta secci�n de informaci�n y en las conclusiones derivadas de ella no parec�an haberse tenido en cuenta las distintas evaluaciones de la exposici�n a enfermedades espec�ficas de los salm�nidos. Esto, junto con un nuevo examen a fondo de la informaci�n espec�fica de las enfermedades, pod�a llevar a la conclusi�n de que para cada enfermedad la probabilidad global de exposici�n acu�tica al producto de los salm�nidos era, como mucho, excepcionalmente baja.

6.23 Con respecto a las secciones tituladas Probabilidad de radicaci�n de las enfermedades, examinando solamente las secciones relativas a las enfermedades tal como estaban, cada una de ellas parec�a tener coherencia interna. Sin embargo, si se tuviera en cuenta la informaci�n adicional relativa a la evaluaci�n de la exposici�n, como se detallaba m�s arriba, consideraba que entonces ser�a muy probable que se pudiera llegar a conclusiones diferentes, siendo la probabilidad de radicaci�n m�s baja en todos los casos. En resumen, por consiguiente, la Dra. Wooldridge indic� que, en general, se hab�a evaluado la probabilidad de entrada de la enfermedad (pero con reservas, incluidas las expuestas en su respuesta a la pregunta 2). Sin embargo, no cre�a que se hubiese evaluado la probabilidad de radicaci�n o propagaci�n de la enfermedad.

6.24 En cuanto a la evaluaci�n de la probabilidad de posibles consecuencias, la Dra. Wooldridge se�al� que hab�a una secci�n titulada Evaluaci�n de las consecuencias y que se hab�a dado una estimaci�n de la probabilidad, en t�rminos cualitativos, entre insignificante y catastr�fica (definiciones, p�gina 19). Adem�s, estas conclusiones se hab�an resumido en recuadros al final de cada una de las enfermedades. Por tanto, en un examen inicial parec�a que la probabilidad de las consecuencias examinadas se hab�a evaluado cualitativamente. Adem�s, la Dra. Wooldridge opinaba que, en general, en cada una de las secciones dedicadas a las enfermedades los argumentos eran b�sicamente coherentes y se hab�an evaluado las consecuencias de la enfermedad, en el caso de que se radicase en Australia, con arreglo a las definiciones dadas (recuadro 1.6, p�gina 19). Sin embargo, la utilizaci�n o no de esos t�rminos luego de manera l�gica para comparar una enfermedad con otra y evaluar la necesidad de procedimientos de gesti�n del riesgo era una cuesti�n separada que la Dra. Wooldridge abordaba en su respuesta a la pregunta 2.

6.25 En relaci�n con la tercera parte de la pregunta, evaluaci�n de las probabilidades seg�n las medidas, la Dra. Wooldridge observ� que era en el cap�tulo 5, titulado "Gesti�n del riesgo: Salm�nidos", donde l�gicamente se deber�a encontrar la evaluaci�n del efecto de las medidas de salvaguardia para cada enfermedad. En la secci�n 5.2 del cap�tulo se describ�an las medidas de salvaguardia disponibles y las secciones 5.3-5.6 se ocupaban de la aplicaci�n de dichas medidas. El que una determinada enfermedad de un estrato particular de la poblaci�n de peces requiriese o no medidas de salvaguardia depend�a de que se ajustara o no al nivel adecuado de protecci�n de Australia. Si en la secci�n 4 se llegaba a la conclusi�n de que se alcanzaba el nivel adecuado de protecci�n mediante la evaluaci�n del riesgo no sujeto a control, entonces no se consideraba necesaria la adopci�n de medidas de gesti�n del riesgo. Si la evaluaci�n del riesgo no sujeto a control superaba dicho nivel, entonces estaba justificada la aplicaci�n de medidas de gesti�n del riesgo.

6.26 La Dra. Wooldridge indic� que hab�a dos cuestiones al respecto. La primera se refer�a a la derivaci�n de los criterios del nivel adecuado de protecci�n, que abordaba en su respuesta a la pregunta 2. La segunda era si la probabilidad de entrada, radicaci�n o propagaci�n de la enfermedad se hab�a evaluado de acuerdo con las medidas sanitarias que pudieran aplicarse. Para cada enfermedad que no satisfac�a los criterios del nivel adecuado de protecci�n, se hab�an identificado los factores de riesgo y se hab�a descrito una lista de posibles medidas de gesti�n del riesgo. Adem�s, se indicaba el factor de riesgo concreto que abordar�a cada medida. Sin embargo, la Dra. Wooldridge se�al� que no pod�a encontrar indicaci�n alguna de que en realidad se hubiese evaluado espec�ficamente la probabilidad de una medida determinada (o naturalmente de una combinaci�n de ellas) con respecto a la probabilidad de mantener el riesgo evaluado por debajo del nivel adecuado de protecci�n de Australia. Por consiguiente, en su opini�n la probabilidad de entrada, radicaci�n o propagaci�n no se hab�a evaluado con arreglo a las medidas sanitarias que pudieran aplicarse.

Pregunta 2. �Considera que por alguna otra raz�n el Informe de 1999 no es una evaluaci�n adecuada del riesgo? En caso afirmativo, �por qu�?

6.27 El Dr. Br�ckner record� su opini�n de que el Informe de 1999 se hab�a realizado de conformidad con las directrices de la OIE para el an�lisis del riesgo de las importaciones. Adem�s, el Informe de 1999 se ajustaba plenamente a las disposiciones de los p�rrafos 1, 2 y 3 del art�culo 5 del Acuerdo MSF, sin dificultar la aplicaci�n de otras disposiciones pertinentes del Acuerdo MSF. Por tanto, consideraba que el Informe de 1999 pod�a considerarse como una evaluaci�n adecuada del riesgo.

6.28 El Dr. McVicar indic� que el Informe de 1999 cumpl�a las prescripciones expuestas por la OIE para una evaluaci�n cualitativa del riesgo mediante la identificaci�n de los peligros motivo de preocupaci�n, la posibilidad de su transferencia a Australia, las posibles consecuencias de la transferencia y las medidas de gesti�n que pod�an adoptarse para reducir el riesgo a un nivel aceptable. El principio b�sico de que el an�lisis cuantitativo del riesgo se perfeccionase lo antes posible, mediante la acumulaci�n de datos num�ricos sobre los sectores m�s importantes de riesgo, se ve�a en general gravemente limitado en el caso de las enfermedades de los peces, debido a la falta de datos adecuados en sectores fundamentales. Tanto en la evaluaci�n cuantitativa del riesgo como en la cualitativa hab�a dificultades y diferencias de opini�n inevitables a la hora de decidir exactamente lo que constitu�a un nivel aceptable de riesgo. La ciencia no podr�a dar respuestas definitivas a este problema esencialmente social o pol�tico.

6.29 La Dra. Wooldridge respondi� que el Informe de 1999 se hab�a preparado de manera correcta y conten�a la informaci�n adecuada para poder describirlo como un informe sobre el an�lisis del riesgo que conten�a una evaluaci�n del riesgo. Sin embargo, la Dra. Wooldridge consideraba que la evaluaci�n del riesgo era defectuosa y que, en consecuencia, no se pod�a considerar una evaluaci�n adecuada del riesgo. Indic� que no se utilizaban m�todos apropiados para evaluar adecuadamente los riesgos.

6.30 Con respecto a la terminolog�a, las expresiones utilizadas para describir la probabilidad de aparici�n de un fen�meno (recuadro 1.4, p�gina 17) eran en s� t�rminos cualitativos aceptables. Sin embargo, debido al car�cter inevitablemente subjetivo de dichos t�rminos, la Dra. Wooldridge no cre�a que en las evaluaciones cualitativas fuera posible clasificar f�cilmente las probabilidades con distinciones tan precisas como "baja", "muy baja" y "extremadamente baja", salvo para comparar aspectos de una enfermedad espec�fica, por ejemplo cuando se hab�a introducido una medida de salvaguardia que pudiera considerarse que reduc�a una probabilidad de "baja" a "muy baja". Ciertamente no pensaba que se pudiera distinguir con esa exactitud cuando se comparaban distintas enfermedades, a menos que se asignase a cada descripci�n una serie de valores cuantitativos. En ese caso, para asignar correctamente la calificaci�n cualitativa de acuerdo con la propia definici�n, SE DEBER�A haber realizado una evaluaci�n cuantitativa con objeto de conocer en qu� serie de valores num�ricos quedaba comprendida.

6.31 Al examinar las definiciones dadas para estos t�rminos, observ� que "baja" se defin�a como poco probable, "muy baja" como rara y "extremadamente baja" como muy rara. En su opini�n, esto era simplemente cambiar una serie de palabras subjetivas por otra. Para intentar distinguir de manera tan precisa y tener la certeza de que si la probabilidad asignada se aplicaba a una enfermedad indicar�a exactamente el mismo nivel (o serie de niveles) de riesgo que si se aplicaba a otra, deb�a realizarse una cuantificaci�n. Por consiguiente, dicho uso de esos t�rminos cualitativos era enga�oso, porque interven�a un nivel de precisi�n que no pod�a conseguirse por m�todos cualitativos.

6.32 Con respecto al uso de la matriz de evaluaci�n del riesgo y los criterios relativos al nivel adecuado de protecci�n, en la formulaci�n de esta matriz, parec�a asignarse un nivel semejante de precisi�n inalcanzable a la terminolog�a de la evaluaci�n de las consecuencias. Esto, junto con la precisi�n sobreentendida, pero inalcanzable, supuesta en la estimaci�n de la radicaci�n de la enfermedad, se combinaba para elaborar una matriz que se utilizaba en las decisiones de si cada riesgo no sujeto a control en cada una de las enfermedades especificadas quedaba por encima o por debajo del nivel adecuado de protecci�n de Australia. As� pues, la decisi�n sobre si se requer�an ulteriores medidas se basaba en t�cnicas de distinci�n clasificadas con gran exactitud, pero enormemente imprecisas y subjetivas. Un ligero cambio subjetivo en la terminolog�a podr�a desplazar bastante f�cilmente por completo, sin pretenderlo, una enfermedad espec�fica del "s�" al "no", y viceversa. Si bien podr�a utilizarse razonablemente una matriz de este tipo como gu�a indicadora de cu�les eran las enfermedades m�s preocupantes, la Dra. Wooldridge opinaba que esta metodolog�a no era adecuada para el uso muy "preciso" que se le estaba dando y que pod�a llevar a conclusiones arriesgadas. Una distinci�n tan precisa s�lo se pod�a conseguir con m�todos cuantitativos.

6.33 En general, la Dra. Wooldridge se�al� que sus preocupaciones acerca de la metodolog�a utilizada hasta ahora para evaluar los riesgos, y en particular la esfera de la exposici�n, hab�an dado lugar a una falta de confianza en el nivel final de riesgo asignado a la radicaci�n de la enfermedad. Esto, a su vez, le creaba grandes dificultades a la hora de responder a varias de las preguntas siguientes, que se basaban en los resultados de la evaluaci�n de esos riesgos, en particular de las relativas a las medidas de gesti�n, por ejemplo las preguntas 4, 9, 17 y 20. Al examinar ciertas partes de algunas de estas preguntas, en primer lugar intentaba comparar secciones diferentes de los diversos documentos relativos al an�lisis del riesgo, para ver si la necesidad de aplicar medidas de salvaguardia y su nivel a un producto pesquero en una situaci�n concreta se ajustaba al nivel estimado del riesgo cuando se comparaba con las medidas de salvaguardia y los niveles estimados del riesgo para otro producto en una situaci�n diferente. Sin embargo, las conclusiones de este tipo se basaban en la hip�tesis de que los niveles estimados del riesgo era fidedignos y, puesto que en su opini�n no lo eran, por ese camino no hab�a llegado a ninguna conclusi�n �til.

Pregunta 3. Cuando se realiza un an�lisis cualitativo del riesgo, �habr�a que tener en cuenta el volumen de productos importados y el per�odo de tiempo?

6.34 El Dr. Br�ckner respondi� que el historial anterior a la introducci�n de una medida sanitaria o fitosanitaria (es decir, si se hab�an registrado enfermedades o se hab�an introducido durante el per�odo de tiempo en ausencia de una nueva medida propuesta), pod�a ser �til para establecer una valoraci�n cualitativa de la probabilidad de introducci�n de una enfermedad con la aplicaci�n de una nueva medida o sin ella. Sin embargo, el peso relativo atribuido a la informaci�n hist�rica disponible con respecto a los vol�menes importados durante un cierto per�odo de tiempo deber�a aplicarse con cautela. El hecho de que no aparecieran enfermedades como consecuencia de las importaciones no sujetas a control de salm�nidos no viables antes de 1975 era, por ejemplo, un factor de peso relativamente importante en el Informe provisional de 1995 de Australia; no se hab�a hecho lo mismo en el IRA de 1999. Esto pod�a atribuirse al hecho de que el IRA de 1999 se hab�a realizado como un sistema m�s estructurado de evaluaci�n basado en hechos cient�ficos para llegar a una decisi�n sobre la viabilidad de aplicaci�n de procedimientos de gesti�n del riesgo.

6.35 En el IRA de Nueva Zelandia de 1997, cuando los autores explicaban el valor relativo de la evaluaci�n cualitativa, se se�alaba tambi�n con acierto que: "� el riesgo no variar� de una tonelada a otra o de a�o a otro como consecuencia de un resultado anterior, es decir, la no introducci�n de enfermedades durante la importaci�n de 1.000 toneladas de producto no aumenta la probabilidad de introducci�n en las siguientes 1.000 toneladas importadas".

6.36 El Dr. McVicar observ� que la evaluaci�n cualitativa del riesgo se basaba fundamentalmente en experiencias anteriores y que la falta de episodios previos llevaba a aumentar la impresi�n de que el riesgo era bajo. Sin embargo, la consecuencia de un incidente que se produjese espec�ficamente como resultado de una actividad cambiar�a de manera inmediata y completa la percepci�n del riesgo. Por utilizar un ejemplo pr�ctico de su experiencia personal, como en el salm�n criado en Escocia no se hab�a producido anemia infecciosa del salm�n (AIS) durante m�s de 20 a�os de existencia, con los controles del comercio vigentes, se consideraba que el riesgo de esta enfermedad hab�a sido bajo durante m�s de 10 a�os desde de su descubrimiento en Noruega. Esto ocurri� a pesar de la proximidad entre los dos pa�ses. Sin embargo, la aparici�n de la enfermedad en la regi�n oriental del Canad� en 1996-97, sin v�nculos de transferencia aparentes, indicaba un riesgo mucho m�s elevado de un brote semejante en Escocia. Igualmente, el primer brote de una enfermedad de peces en Australia asociada con un producto importado elevar�a lo que se podr�a haber considerado como riesgo bajo a una situaci�n de alto riesgo.

6.37 Con independencia del nivel de la enfermedad en el lugar de origen del producto, cada importaci�n ser�a portadora del mismo nivel de riesgo de presencia del agente pat�geno en ese momento, potencialmente con las mismas consecuencias derivadas de su radicaci�n. Dado que el riesgo se repet�a en cada ocasi�n como si el riesgo anterior no se hubiese producido, carec�a de importancia la frecuencia y el per�odo de tiempo de la importaci�n de ese producto. Aqu� se supon�a que el nivel de riesgo no cambiaba. Sin embargo, en una importaci�n individual, el n�mero de peces tendr�a una relaci�n con el nivel de riesgo, particularmente en el caso de una enfermedad presente en niveles bajos. Un ejemplo de esto era la pr�ctica, durante la vigilancia de una enfermedad, de utilizar una tabla de probabilidades para determinar el nivel de confianza de la presencia o ausencia de la enfermedad. Por ejemplo, una muestra de 150 peces de una poblaci�n de 100.000 o m�s dar�a una confianza del 95 por ciento de que como m�nimo se detectar�a un pez infectado si el nivel de prevalencia de la enfermedad fuese igual o superior al 2 por ciento. Para una confianza del 95 por ciento de detectar un nivel de enfermedad del 5 por ciento de la misma poblaci�n, habr�a que muestrear 60 peces. As� pues, en un producto con un nivel de enfermedad del 10 por ciento, habr�a como m�nimo uno de cada 60 peces portador de la enfermedad, y para el 2 por ciento uno de cada 150.

6.38 En la ictiopatolog�a se utilizaba con frecuencia el concepto de dosis infecciosa m�nima. �sta indicaba que si hab�a grandes amenazas aisladas o una acumulaci�n de agentes infecciosos para alcanzar esos niveles "cr�ticos" elevados de amenaza, un volumen de importaci�n frecuente o grande podr�a ser importante en el inicio de la radicaci�n de la enfermedad en una poblaci�n susceptible expuesta. Sin embargo, �ste era un concepto que no se entend�a bien, incluso en condiciones experimentales, y el Dr. McVicar no conoc�a ning�n caso de enfermedad de peces en el que esto se hubiera abordado o cuantificado de manera adecuada en situaciones sobre el terreno.

6.39 Tom� nota asimismo de que la ausencia de incidentes de enfermedad relacionados con un volumen frecuente de grandes importaciones de productos no indicaba que este material no plantease riesgos. La ausencia de problemas de enfermedad previamente asociados s�lo indicaba que la importaci�n ten�a un riesgo bajo en relaci�n con los materiales espec�ficos y las condiciones en las que se hab�a producido la importaci�n anteriormente (localidad, acceso a peces susceptibles, etc.), no que la pr�ctica fuese segura en todas las condiciones. Las conclusiones a las que se llegaba partiendo del hecho de que no se hab�an registrado incidentes eran solamente v�lidas si se hab�a efectuado una vigilancia adecuada para detectar cualquier problema que pudiera haberse presentado. El Dr. McVicar se�al� tambi�n a la atenci�n su respuesta a la pregunta 12.

6.40 La Dra. Wooldridge indic� que si una cantidad determinada (una unidad especificada) de producto importado era portadora de un riesgo evaluado cierto, una cantidad mayor de ese producto ser�a portadora de un riesgo total m�s elevado. Este hecho se deb�a tener en cuenta, con independencia del tipo de evaluaci�n del riesgo, como gu�a para la posible adopci�n de decisiones. Adem�s, en caso de disponer de informaci�n sobre los vol�menes de importaci�n, ser�a una buena medida pr�ctica y metodol�gica recopilarla junto con toda la dem�s informaci�n pertinente.

6.41 En el caso de que el riesgo de importaci�n por unidad se hubiese evaluado como insignificante (utilizando la definici�n "probabilidad de que se produzca el hecho es tan peque�a que en la pr�ctica puede prescindirse de ella"; recuadro 1.4, p�gina 17), se aproximar�a entonces a cero (naturalmente, no era en realidad cero), y cualquiera de sus m�ltiplos podr�a razonablemente considerarse tambi�n pr�ximo cero. Por consiguiente, ser�a l�gico argumentar que no hab�a necesidad de examinar per�odos de tiempo o vol�menes. En cambio, habiendo evaluado el riesgo de importaci�n por unidad como alto, o probablemente incluso moderado, con toda probabilidad no se plantear�a la importaci�n del producto tal cual, por lo que en ese punto el examen de los per�odos de tiempo o los vol�menes carecer�a de importancia. El problema de los m�ltiplos de una cantidad determinada era probable que se produjese s�lo cuando el riesgo se evaluara como de moderado a insignificante (con medidas de salvaguardia o sin ellas) por unidad, cuando la cantidad anual pod�a te�ricamente alterar el riesgo, pasando de un nivel que un pa�s concreto estaba dispuesto a aceptar a otro inaceptable para �l.

6.42 Sin embargo, en general una evaluaci�n cualitativa del riesgo no se realizaba con la clase de precisi�n necesaria para evaluar el riesgo por unidades en cualquier situaci�n distinta de la de riesgo insignificante, y si se exigiera una estimaci�n del riesgo por unidad normalmente ser�a necesario realizar una evaluaci�n cuantitativa del riesgo. En resumen, el examen de los vol�menes y los per�odos en tiempo se deber�a tener en cuenta en la evaluaci�n cualitativa, pero su importancia depend�a de la situaci�n.

Pregunta 4. �Se mencionaba alguna nueva prueba cient�fica en el Informe de 1999 distinta de la utilizada en el Informe provisional de 1995? En caso afirmativo, �era de tal importancia que exigiera medidas de cuarentena distintas de las propuestas en el Informe de 1995?

6.43 El Dr. Br�ckner respondi� que el enfoque y la presentaci�n de la informaci�n cient�fica en el Informe de 1999 ten�an diferencias sustanciales con respecto a los del Informe provisional de 1995. La informaci�n sobre algunas de las enfermedades que se presentaba en el Informe provisional de 1995 era esencialmente la misma. Sin embargo, el �mbito se hab�a ampliado para incorporar tambi�n peces marinos distintos de los salm�nidos. La evaluaci�n de los datos cient�ficos se hab�a estructurado tambi�n para distinguir claramente entre los factores de evaluaci�n y su relaci�n racional con los factores de gesti�n del riesgo. Se pod�a aceptar razonablemente que la diferente presentaci�n de los datos cient�ficos merec�a una nueva evaluaci�n de las medidas de cuarentena para evaluar su justificaci�n en virtud del p�rrafo 2 del art�culo 2 del Acuerdo MSF. A tenor de lo expuesto, las distintas medidas de cuarentena propuestas eran justificables desde el punto de vista cient�fico.

6.44 El Dr. McVicar indic� que el Informe de 1999 conten�a mucha informaci�n nueva, poniendo de manifiesto el hecho de que la investigaci�n sobre la ictiopatolog�a era muy activa y continuamente se dispon�a de nuevos datos. Hab�a aconsejado anteriormente (a Nueva Zelandia) que la Evaluaci�n del riesgo de las importaciones en relaci�n con las enfermedades de los peces fuera un proceso din�mico continuo por lo que era acertado que Australia aprovechase el amplio volumen de nueva informaci�n cient�fica pertinente que se hab�a adquirido durante los �ltimos a�os. Por ejemplo, en el IRA de 1995 no se reconoc�a enfermedad alguna en aguas canadienses o escocesas, y esto se abordaba de manera adecuada en el IRA de 1999.

6.45 La Dra. Wooldridge se�al� que la fecha de algunas referencias era posterior a 1995, por lo tanto se refer�a a informaci�n cient�fica adicional, pero no se hab�a demostrado que fuera de tal importancia que justificara medidas de cuarentena diferentes. Sin embargo, en su opini�n esto no se podr�a demostrar en ninguna circunstancia hasta que se abordasen los defectos que hab�a identificado en la evaluaci�n b�sica del riesgo.

Pregunta 5. �Est� justificada la cr�tica que figura en la primera comunicaci�n del Canad�, p�rrafos 49-68, de que "la evaluaci�n de Australia de la probabilidad es muy subjetiva" (p�rrafo 52), en particular cuando se aplican los t�rminos "baja", "moderada", ... a las probabilidades de un hecho (cr�ticas de los p�rrafos 49-61); la asignaci�n de probabilidades relativas a distintos agentes pat�genos (cr�tica de los p�rrafos 62-66); y las consecuencias de la radicaci�n de la enfermedad (cr�tica del p�rrafo 67)? Se ruega que eval�en las discrepancias espec�ficas planteadas por el Canad�, pero teniendo en cuenta el informe en general.

6.46 El Dr. Br�ckner observ� que la cr�tica del Canad� se refer�a b�sicamente al valor relativo asignado a las conclusiones y a las expresiones de probabilidad utilizadas en las evaluaciones cualitativas del riesgo en comparaci�n con las cuantitativas. Si bien se citaban ejemplos espec�ficos relativos a determinadas enfermedades para ilustrar la supuesta inaceptabilidad de los t�rminos "baja", "moderada", su uso deb�a juzgarse asimismo en relaci�n con el informe en conjunto y con el hecho de que el Informe no deb�a analizarse como una evaluaci�n cuantitativa del riesgo. Los ejemplos espec�ficos citados para la A. salmonicida, el virus de la necrosis pancre�tica infecciosa, el virus de la anemia infecciosa del salm�n, el Vibrio anguillarum, se utilizaban para ilustrar el mismo argumento. El Dr. Br�ckner estaba de acuerdo en que uno de los peligros de una evaluaci�n cualitativa del riesgo era la posibilidad de que la manera en la cual se expresaba sem�nticamente el resultado de una evaluaci�n pod�a estar sujeta a diferencias de opini�n en funci�n de la percepci�n y la opini�n del evaluador cient�fico. Se�al� asimismo a la atenci�n su respuesta a la pregunta 1.

6.47 El Dr. McVicar respondi� que, debido a la falta de datos apropiados disponibles, tanto en el an�lisis del riesgo de Nueva Zelandia sobre Aeromonas salmonicida como en el Informe Vose, hab�a sido necesario recurrir a numerosas hip�tesis generales sobre los aspectos biol�gicos de la enfermedad y sobre su transmisi�n. Algunas de �stas eran muy subjetivas en sectores cr�ticos y estaban abiertas a la pol�mica. Cuando se hab�an realizado estudios a fondo sobre enfermedades de los peces, se hab�a demostrado que hab�a un elevado n�mero de factores determinantes interactivos que pod�an influir en la transmisi�n de la infecci�n y contribuir a las variaciones posteriores en el nivel y los efectos de la enfermedad en los peces. Para las enfermedades que se consideraban de posible importancia para Australia, en general se dispon�a de informaci�n insuficiente para realizar esos an�lisis detallados y era conveniente que Australia eligiese un m�todo cualitativo.

6.48 En cualquier an�lisis del riesgo (ya sea cuantitativo o cualitativo) exist�a la probabilidad de una diferencia de opini�n sobre lo que era un nivel aceptable del riesgo y lo que era inaceptable, con defensores de una atenuaci�n que deseaban niveles m�s altos que los que ped�an un planteamiento m�s precautorio. La relativa subjetividad de las dos posiciones era inc�moda para la ciencia.

6.49 Con respecto a Aeromonas salmonicida, el riesgo principal de importaci�n de este agente no era la forunculosis (que, como se hab�a indicado, deber�a eliminarse mediante la inspecci�n), sino la presencia de la infecci�n en tejidos de peces infectados de manera no visible. En esta enfermedad, era frecuente que los peces tuvieran una infecci�n aguda e incluso muriesen sin mostrar signos cl�nicos de la enfermedad y que los peces capturados de esas poblaciones con una infecci�n bastante intensa probablemente pasaran inadvertidos durante la inspecci�n. En tales especies cab�a esperar una elevada concentraci�n de bacterias en la sangre y los tejidos, que se mantendr�a tras la evisceraci�n y el lavado. Por consiguiente, estaba justificado el nivel de evaluaci�n del riesgo de entrada como "moderado", teniendo en cuenta el nivel de riesgo de radicaci�n a trav�s de rutas potenciales, como hab�an convenido ambos pa�ses.

6.50 Con respecto a las probabilidades relativas asignadas al virus de la necrosis pancre�tica infecciosa y al de la anemia infecciosa del salm�n, parec�a que hab�a una serie de niveles de riesgo posibles dentro de una categor�a y que podr�an contribuir varios factores diferentes a que una enfermedad se asignase a una determinada categor�a. Por ejemplo, se sab�a que la AIS se transmit�a m�s f�cilmente que el VNPI en una estructura horizontal, equilibrando su gama m�s limitada de portadores conocidos. Habr�a que se�alar que exist�an informes en la bibliograf�a cient�fica de que la AIS afectaba tambi�n a la trucha arco iris (Onchorhynchus mykiss) y la trucha de mar (Salmo trutta). Recientemente tambi�n se hab�a publicado una noticia de prensa del Ejecutivo Escoc�s de que el virus de la AIS se hab�a encontrado asimismo en la anguila, Anguilla anguilla. El VNPI ten�a tambi�n mayor estabilidad que el virus de la AIS en el medio ambiente.

6.51 El VERV podr�a tener en Australia un tratamiento distinto del de otras enfermedades v�ricas importantes (enumeradas por la OIE), porque este virus se encontraba ya presente en Australia, las distintas cepas ten�an gamas de portadores diferentes y el virus estaba normalmente asociado con peces j�venes que no se importar�an. El Dr. McVicar no estaba de acuerdo con la afirmaci�n de la primera comunicaci�n del Canad� (p�rrafo 65) de que A. salmonicida y R. salmoninarum raramente se notificaban en peces de m�s edad. No era �sta su experiencia personal, de manera que consideraba v�lida esa discrepancia se�alada.

6.52 El convencimiento del Canad� de que Australia exageraba el da�o potencial que podr�a sufrir su imagen de libre de enfermedades y residuos qu�micos como consecuencia de la introducci�n de A. salmonicida ten�a cierto fundamento. A menos que los peces se criasen en condiciones semejantes a las de cuarentena, era inevitable que se produjeran enfermedades locales, algunas de las cuales requer�an tratamiento. Australia no era una excepci�n y continuar�a as�.

6.53 La Dra. Wooldridge indic� que hab�a contestado a esta pregunta en su respuesta a las preguntas 1 y 2. En su opini�n, las cr�ticas del Canad� descritas en esta pregunta estaban justificadas en cualquier circunstancia bas�ndose en razones metodol�gicas. Adem�s, no entend�a por qu� no se hab�a intentado realizar una evaluaci�n cuantitativa (primera comunicaci�n del Canad�, p�rrafo 49) puesto que, si bien el Acuerdo MSF no lo exig�a espec�ficamente, habr�a simplificado y aclarado las cuestiones.

Pregunta 6. �Est� justificada la cr�tica del Canad� de que en el Informe de 1999 no se eval�a de forma sustancial la eficacia relativa de las medidas de reducci�n del riesgo en la disminuci�n del riesgo general de enfermedades en relaci�n con las importaciones de salm�n canadiense (primera comunicaci�n, p�rrafos 69-79)? Se ruega que analicen las discrepancias espec�ficas planteadas por el Canad�, pero teniendo en cuenta el informe en general.

6.54 El Dr. Br�ckner indic� que las medidas de reducci�n del riesgo (medidas de gesti�n del riesgo) expuestas por Australia eran una serie de medidas compatibles con el nivel adecuado de protecci�n establecido por Australia en el ejercicio de su derecho soberano para hacerlo. Se hab�a hecho esto para acomodar una combinaci�n de medidas que permitiesen una serie de prescripciones para las importaciones de salm�n. La alternativa ser�a tener varias series de prescripciones que habr�an de aplicarse caso por caso en funci�n de la presencia o ausencia de la enfermedad en el pa�s exportador interesado. Su opini�n era que las medidas formuladas no impon�an una restricci�n injustificada del comercio de los productos en cuesti�n, con la excepci�n de las prescripciones relativas a los productos "preparados" y "no preparados para el consumo". Sus opiniones en este sentido figuraban en la respuesta a la pregunta 7 infra, en relaci�n con la prescripci�n para los productos de pescado con piel.

6.55 El Dr. Br�ckner estaba de acuerdo con la afirmaci�n del p�rrafo 72 de la comunicaci�n canadiense de que la introducci�n de una o dos medidas adicionales de atenuaci�n del riesgo en relaci�n con el que representaba una enfermedad espec�fica (es decir, la presencia de la enfermedad s�lo en los peces j�venes y en los adultos no reproductores), podr�a tener un resultado diferente en cuanto a las medidas generales de reducci�n del riesgo relativas a una enfermedad espec�fica. Sin embargo, se restringir�a la finalidad y el valor cient�fico del IRA de 1999 si la evaluaci�n del riesgo de enfermedades espec�ficas se concentrase solamente en grupos de cierta edad dentro de una especie (por ejemplo, solamente adultos) y se omitiera el riesgo que representaban otros grupos de edad no examinados. En las condiciones de importaci�n expuestas en el AQPM 1999/51, las ocho medidas primarias de reducci�n del riesgo reflejaban el resultado de una evaluaci�n total. Este enfoque incorporaba los riesgos comunes e individuales de las enfermedades en cuesti�n y no s�lo de una enfermedad en particular (es decir, la prescripci�n 3 con respecto a la exclusi�n de los peces j�venes y reproductores). El resultado final era el establecimiento de prescripciones por encima de la norma internacional aceptable (evisceraci�n) s�lo cuando estuviera cient�ficamente justificado por el IRA de 1999. Este m�todo de establecer una combinaci�n de prescripciones de importaci�n comunes para varias enfermedades no era una pr�ctica ins�lita en relaci�n con otros productos alimenticios de origen animal.

6.56 El Dr. McVicar respondi� que hab�a algunos casos de brotes de enfermedades que se estaban produciendo como consecuencia de los desplazamientos de pescado elaborado para el consumo humano, siendo el ejemplo m�s citado en los peces la enfermedad del v�rtigo (Myxobolus cerebralis), que probablemente se hab�a propagado a trav�s del pescado y los productos pesqueros congelados. Australia indicaba opciones pr�cticas disponibles para la reducci�n del riesgo asociado con los productos de los salm�nidos. S�lo se dispon�a de datos cuantificados de inter�s limitados sobre la reducci�n del nivel de pat�genos presentes en el producto tras su preparaci�n para el consumo, confirmando la deducci�n l�gica de que la eliminaci�n de las partes no comestibles o de bajo valor reducir�a (pero no eliminar�a) el riesgo de que ese material entrara en contacto con aguas que contuvieran peces susceptibles. A partir de esa base, Australia emit�a un juicio sobre su probable eficacia en la reducci�n de ese riesgo que era tanto transparente como l�gico.

6.57 Con respecto a las discrepancias planteadas por el Canad�, el Dr. McVicar record� sus observaciones sobre la aparici�n de forunculosis y renibacteriosis en el salm�n de tama�o comercial (respuesta a la pregunta 5) e indic� que con frecuencia se notificaba que los peces reproductores con necrosis hematopoy�tica infecciosa representaban una fuente importante de infecci�n para la siguiente generaci�n. En todas las enfermedades infecciosas de los salm�nidos hab�a una estrecha relaci�n entre la gravedad de una enfermedad y el estr�s en sentido general y era probable que una enfermedad persistente en una poblaci�n desde la edad joven hasta la adulta pudiera brotar en los peces sexualmente maduros en condiciones adversas para el portador. Era demasiado simplista generalizar diciendo que las enfermedades pod�an predominar m�s en los peces j�venes o en los sexualmente maduros, como indicando que eran los �nicos sectores de riesgo, aunque para muchas enfermedades no representasen el per�odo de riesgo m�ximo.

6.58 La Dra. Wooldridge se�al� su respuesta a la pregunta 1, parte c). En su opini�n, la cr�tica del Canad� estaba justificada.

Pregunta 7. �Qu� riesgo se evita mediante la eliminaci�n de la piel del salm�n canadiense? �Qu� riesgos se evitan mediante la prescripci�n de que el peso del producto con piel sea inferior a 450 g? �Ser�a mayor el riesgo relativo a las importaciones de salm�n canadiense sin esas prescripciones? En caso afirmativo, �ser�a ese aumento del riesgo de tal magnitud que superase el nivel aceptable del riesgo de Australia, es decir, "un nivel de protecci�n alto o muy conservador encaminado a reducir el riesgo hasta llegar a niveles muy bajos, si bien no est� basado en el enfoque de riesgo cero" (primera comunicaci�n de Australia, p�rrafo 147)?

6.59 El Dr. Br�ckner se�al� que no pod�a encontrar en el IRA de 1999 ninguna justificaci�n cient�fica racional para las prescripciones espec�ficas relativas a los productos "preparados para el consumo" (es decir, con piel para menos de 450 g y sin piel para m�s de 450 g). La �nica referencia que se hac�a con respecto a esta prescripci�n (comunicaci�n de Australia, p�rrafos 66-67) no era una opini�n cient�fica convincente. Se mencionaban preferencias comerciales de productos espec�ficos (prueba documental H). Sin embargo, las preferencias comerciales no deb�an ocultar el juicio cient�fico sobre el riesgo.

6.60 Tampoco era claro el motivo por el cual los productos con m�s de 450 g se deb�an someter a una elaboraci�n previa a la comercializaci�n en instalaciones dentro de Australia. No se aduc�a ninguna raz�n de por qu� no pod�a realizarse en instalaciones del pa�s de origen aprobadas por el AQIS. Tanto las prescripciones para los productos "preparados para el consumo" como para los de otro tipo podr�an interpretarse como medidas restrictivas del comercio, en el sentido de los p�rrafos 2 y 3 (segunda frase) del art�culo 2 y el p�rrafo 6 del art�culo 5 del Acuerdo MSF.

6.61 El Dr. McVicar respondi� que, con respecto a la piel, deber�an analizarse dos cuestiones. La primera era si la piel del pescado conten�a una infecci�n en concentraciones suficientes para crear un riesgo de transmisi�n de los agentes pat�genos. La informaci�n reciente sobre la presencia de agentes pat�genos como Aeromonas salmonicida y el virus de la anemia infecciosa del salm�n pon�a de manifiesto que los niveles de infecci�n eran altos en la superficie de la piel y las branquias de los peces vivos y que, para el virus de la AIS, la sangre, la mucosidad y los fluidos corporales adheridos a la superficie eran portadores importantes de la infecci�n (por ejemplo, en el equipo contaminado) capaces de transmitir esa enfermedad. El lavado del pescado eviscerado era un requisito para reducir los niveles de infecci�n en la superficie del producto, y sin duda as� se eliminar�a una gran parte de la mucosidad con una infecci�n asociada. Sin embargo, no se hab�a cuantificado en qu� medida se lograba esa reducci�n en las condiciones normales de una f�brica. Puesto que la piel de los salm�nidos no era un �rgano con sangre abundante y sus verdaderos tejidos no se identificaban como lugares importantes de infecci�n en el caso de las enfermedades motivo de preocupaci�n para Australia, era poco probable que la piel o las superficies cut�neas lavadas de los salm�nidos fueran zonas importantes de riesgo de infecci�n en el pescado eviscerado.

6.62 La segunda cuesti�n que hab�a que examinar era el riesgo de que la piel con una infecci�n viable se pusiera en contacto con un pez susceptible. La piel era un componente de los desechos de escaso valor que podr�a eliminarse de forma no controlada con el riesgo de transferir al medio ambiente cualquier agente infeccioso asociado que tuviera. La eliminaci�n de la piel en los productos no preparados para el consumo antes de su entrada en Australia eliminar�a sin duda este riesgo concreto.

6.63 Con respecto a los productos con piel de peso menor de 450 g, el Dr. McVicar se�al� que los productos con menos de 450 g de peso pod�an considerarse de raci�n y en una forma que era aceptable para la cocci�n directa sin ulterior elaboraci�n. El riesgo asociado con las partes de escaso valor del producto que se desechaban se reduc�a de nuevo, por consiguiente, al exigir que el salm�n importado estuviera preparado para el consumo.

6.64 En su opini�n, teniendo en cuenta los conocimientos actuales acerca de las enfermedades motivo de preocupaci�n para Australia, era poco probable que la eliminaci�n de la piel del salm�n canadiense contribuyera de manera importante a la reducci�n del riesgo.

6.65 La Dra. Wooldridge indic� que no se consideraba competente para responder si un agente pat�geno determinado ten�a muchas probabilidades de estar localizado en la piel ni si era probable encontrar alguno de dichos agentes (en caso de que existieran) en el salm�n canadiense. Sin embargo, si el agente no estaba localizado en la piel, opinaba que la eliminaci�n de la piel no afectaba al riesgo de manera apreciable. En ese caso, la eliminaci�n de la piel antes de la entrada en Australia, siempre que la piel no entrase tambi�n en Australia, reducir�a el riesgo de entrada del microorganismo pat�geno en ese pa�s. Sin embargo, si la piel se eliminaba en Australia, el riesgo total ser�a el mismo que si no se hubiera eliminado, a menos que al mismo tiempo se adoptasen medidas de salvaguardia adicionales relativas a la eliminaci�n de la piel que redujesen el riesgo de exposici�n acu�tica derivada de ella. Esto solamente ser�a necesario si el riesgo total fuera inaceptable.

6.66 Si el agente pat�geno estaba localizado en la piel, era de suponer que se encontrar�a tambi�n en la piel de los productos con ella de peso inferior a 450 g, que podr�a proceder de las mismas fuentes. Por consiguiente, examinando simplemente la capacidad de aparici�n del riesgo a partir del producto, la prescripci�n orientada a asegurar un peso inferior a 450 g no influir�a en dicho riesgo.

6.67 Sin embargo, el argumento de Australia (Informe de 1999, 5.2.2., p�gina 199) parec�a estar basado en las rutas de exposici�n y en hip�tesis relativas a las pautas de comportamiento humano, es decir, que los consumidores que hubieran comprado productos de salm�n clasificados como de consumo humano era m�s probable que lo utilizasen como alimento de peces o cebo si tuvieran la piel y pesaran m�s de 450 g. Dada la disponibilidad de productos (al parecer) m�s econ�micos con esos fines, parec�a poco probable que esa fuera una situaci�n normal, pero un psic�logo o un experto en econom�a dom�stica podr�a ser m�s id�neo para estimar esta probabilidad. Probablemente habr�a un efecto diferencial en funci�n de la diferencia de precio entre los productos. En cualquier caso, parec�a poco probable que este uso constituyera una gran proporci�n del volumen total del pescado importado que se vend�a para consumo humano.

6.68 El elemento importante desde un punto de vista metodol�gico era que la aparici�n del riesgo y las v�as de exposici�n se hab�an examinado ya (sobre la base de las importaciones totales) en la parte de evaluaci�n del riesgo del informe. La exposici�n se hab�a evaluado (como m�ximo) como baja (y la Dra. Wooldridge hab�a explicado ya por qu� consideraba que probablemente deber�a ser incluso m�s baja). A la vista de lo que parec�an ser las cantidades probables (y su potencial probable de creaci�n de riesgo) que se eliminar�an por la v�a espec�fica de exposici�n se�alada m�s arriba, en su opini�n parec�a muy poco probable que la concentraci�n total de pat�genos en una zona determinada variase de manera significativa con respecto a la evaluaci�n de referencia. Una evaluaci�n cuantitativa adecuada contribuir�a enormemente a aclarar esta cuesti�n.

Pregunta 8. Se ruega que expongan sus opiniones sobre la afirmaci�n de Noruega (en su comunicaci�n en calidad de tercera parte, p�rrafo 21) de que "resulta dif�cil advertir de qu� modo puede tener una relaci�n pertinente con el riesgo la prescripci�n de que el pescado y los filetes sean de 'no m�s de 450 g' y 'de raci�n', y considera que Australia no ha dado ninguna explicaci�n racional de ello en el IRA de 1999". V�ase tambi�n la comunicaci�n de las CE como tercera parte, p�rrafo 11.

6.69 El Dr. Br�ckner respondi� que respaldaba plenamente las opiniones expresadas tanto por Noruega como por las CE, como hab�a expuesto en su respuesta a la pregunta 7.

6.70 El Dr. McVicar respondi� que el punto l�mite de 450 g no reflejaba ninguna diferencia conocida importante en la pauta de infecci�n de los salm�nidos. Como hab�a indicado en la respuesta a la pregunta 7, una posible raz�n era que 450 g se consideraba el tama�o m�ximo de una raci�n individual, por encima del cual era probable que aumentase la elaboraci�n ulterior, con los riesgos asociados derivados de la eliminaci�n de efluentes y desechos no deseados.

6.71 La Dra. Wooldridge record� tambi�n su respuesta a la pregunta 7. Pod�a haber una posible justificaci�n te�rica altamente improbable, pero su necesidad en la pr�ctica segu�a totalmente sin demostrar.

Pregunta 9. Se ruega que expongan sus opiniones sobre la afirmaci�n de Australia de que "el proceso de evaluaci�n del riesgo basado en las enfermedades destru�a de una vez por todas las hip�tesis de que s�lo es posible gestionar el riesgo en consonancia con el nivel adecuado de protecci�n mediante la aplicaci�n de las mismas medidas a todos los productos. El IRA ha demostrado que una comparaci�n de los riesgos entre productos diferentes tomando como base la aplicaci�n de medidas para enfermedades en com�n es totalmente anticient�fica ..." (p�rrafo 12 de su primera comunicaci�n) y que "las generalizaciones acerca de la eficacia relativa de los controles sobre el desplazamiento interno del pescado y los productos pesqueros como parte de la gesti�n del riesgo, as� como de las consecuencias econ�micas, tienen una carencia de rigor cient�fico alarmante" (p�rrafo 71). Se ruega que hagan lo mismo con respecto a los tres puntos planteados en el p�rrafo 124 de la comunicaci�n de Australia.

6.72 El Dr. Br�ckner indic� que el p�rrafo 3 del art�culo 3 y los p�rrafos 3, 4 y 6 del art�culo 5 del Acuerdo MSF ten�an una relaci�n especial con las afirmaciones de Australia. El esp�ritu general de todos esos art�culos pertinentes del Acuerdo era que no se deb�a utilizar un nivel adecuado de protecci�n como medida de restricci�n del comercio, su coherencia y la necesidad de aplicarlo solamente cuando se tratase de la protecci�n de la vida o la salud de los animales, el ser humano y las plantas. El p�rrafo 5 del art�culo 5 se refer�a al nivel adecuado de protecci�n en distintas situaciones, lo cual podr�a asimismo interpretarse como "para distintos productos". La cuesti�n era si se podr�a conseguir un nivel adecuado de protecci�n mejor o de la misma manera si las medidas no se generalizaban y se aplicaban de forma diferente a distintos productos. La afirmaci�n de Australia del p�rrafo 12 aparentemente advert�a en contra de la generalizaci�n de las medidas y formaba el n�cleo central de su argumentaci�n para aplicar un proceso de evaluaci�n y gesti�n del riesgo basado en la enfermedad (p�rrafo 10). El argumento cient�fico era que las enfermedades se manifestaban de manera diferente en las distintas especies y en relaci�n con los productos de dichas especies. Se afirmaba que hab�a que tener en cuenta esta diferencia a la hora de establecer medidas de gesti�n del riesgo. En ninguno de los art�culos mencionados del Acuerdo se establec�a que deb�a haber una conformidad "general" de las medidas para ajustarse a un nivel adecuado de protecci�n. El proceso que se aplicaba en el IRA de 1999 respaldaba tambi�n la opini�n de Australia, aunque se podr�a aducir que ese criterio ten�a ventajas e inconvenientes, en particular si una medida se evaluaba a la luz de las posibles restricciones sobre el comercio que dicha medida podr�a imponer. El enfoque de Australia no parec�a ser incompatible con el Acuerdo, por lo que no era posible oponerse a �l.

6.73 Las afirmaciones de Australia contenidas en el p�rrafo 71 se sosten�an en el sentido de que aparentemente no se opon�an a la necesidad de poner las normas nacionales en conformidad con las internacionales, pero a�ad�an alguna perspectiva sobre el fundamento del control interno en circunstancias espec�ficas. Basaban su argumentaci�n en la evaluaci�n total del riesgo, es decir, el riesgo que planteaban las importaciones en relaci�n con la situaci�n y los controles nacionales. Pod�a aceptarse el hecho de que si en el pa�s se produc�a una enfermedad de manera localizada (es decir, no end�mica), pero a�n as� planteaba un riesgo de enfermedad y econ�mico, se aplicasen medidas de atenuaci�n del riesgo iguales o no discriminatorias. Sin embargo, el mero hecho de la presencia de una enfermedad dentro del territorio nacional sin tener en cuenta la viabilidad de las medidas de atenuaci�n del riesgo en relaci�n con la epidemiolog�a de la enfermedad pod�a considerarse que no era cient�fica.

6.74 Con respecto al primer punto del p�rrafo 124, el IRA de 1999 respaldaba esa hip�tesis. La impresi�n general ser�a que el pescado para cebo y los peces vivos plantear�an un riesgo m�s alto, pero esto deber�a evaluarse frente a los factores relativos a la aparici�n del riesgo y las consecuencias para las enfermedades pertinentes y en relaci�n con el producto en cuesti�n e interpretarse sobre una base cient�fica y no desde una perspectiva generalizada subjetiva (es decir, "ser�a siempre m�s alto").

6.75 Con respecto al segundo punto del p�rrafo 124, el Dr. Br�ckner indic� que en el Acuerdo MSF no se exig�a expl�citamente el establecimiento de un nivel adecuado de protecci�n y podr�a decirse que dicho nivel se pod�a deducir de las medidas aplicadas. Sin embargo, esto no implicaba que la medida determinase el nivel adecuado de protecci�n. En la pr�ctica normal de establecimiento de un nivel adecuado de protecci�n (que era prerrogativa del Miembro), se determinaba primero ese nivel (es decir, mediante la evaluaci�n del riesgo) y luego se aplicaban las medidas necesarias para lograrlo.

6.76 En el tercer punto del p�rrafo 124 se planteaba la cuesti�n de la "misma medida" para "una enfermedad en com�n", a la que tambi�n se alud�a en la pregunta 9. El Dr. Br�ckner estaba de acuerdo con esa afirmaci�n por las mismas razones.

6.77 El Dr. McVicar respondi� que las distintas enfermedades ten�an distribuciones, niveles y localizaciones de infecci�n diferentes, as� como una capacidad de supervivencia diferente, y era totalmente adecuado que se examinase cada una por separado. Por ejemplo, las medidas de gesti�n del riesgo que podr�an aplicarse a Gyrodactylus salaris (por ejemplo, m�s de dos d�as sin acceso a una especie portadora susceptible viva) eran completamente diferentes de las adecuadas para el virus de la AIS ( por ejemplo, pH bajo) y totalmente distintas de las aplicables al VNPI ( por ejemplo, pH alto). Era cierto que los mismos m�todos pod�an ser eficaces para abordar el riesgo de varias enfermedades distintas, pero no se pod�a deducir que un conjunto limitado de medidas ser�a �til para todas las enfermedades en cuesti�n. Por consiguiente, el Dr. McVicar respaldaba el criterio adoptado por Australia de evaluar los riesgos, las consecuencias y las medidas adecuadas que deb�an adoptarse enfermedad por enfermedad. Teniendo en cuenta los tres puntos planteados en el p�rrafo 124 de la comunicaci�n de Australia, record� que hab�a analizado el riesgo comparativo de "una enfermedad en com�n" entre distintos tipos de productos en su respuesta a la pregunta 10. El nivel adecuado de protecci�n determinaba las medidas necesarias para cada enfermedad y cada tipo de producto y, como hab�a indicado ya en su respuesta a esta pregunta, una medida podr�a lograr con eficacia el nivel adecuado de protecci�n para m�s de una de las enfermedades motivo de preocupaci�n, pero no necesariamente para todas.

6.78 La Dra. Wooldridge respondi� que, puesto que consideraba que el proceso de evaluaci�n del riesgo descrito por Australia en el informe de 1999 presentaba graves defectos, no pensaba que las ulteriores generalizaciones pudieran basarse en sus resultados. En su opini�n, no se pod�a decirse que invalidase (o confirmase) ninguna hip�tesis relativa a la gesti�n del riesgo, o que hubiera demostrado algo con respecto a los riesgos entre distintos productos (p�rrafo12 de la primera comunicaci�n). Utilizando el mismo fundamento, en su opini�n, los resultados de las evaluaciones del riesgo de 1999 no hab�an confirmado la validez o la invalidez cient�fica de las hip�tesis descritas en el p�rrafo 124.

Pregunta 10. En su opini�n, �determinar�an las medidas australianas impuestas ahora a las importaciones de salm�nidos no viables y las que se impondr� a otros peces marinos no viables (en particular, al arenque destinado a cebo) y a los peces ornamentales vivos un nivel similar de protecci�n, es decir, "un nivel de protecci�n alto o muy conservador encaminado a reducir el riesgo hasta llegar a niveles muy bajos, si bien no est� basado en el enfoque de riesgo cero" (primera comunicaci�n de Australia, p�rrafo 147)? En caso negativo, �existe alguna justificaci�n cient�fica para dicha diferenciaci�n?

6.79 El Dr. Br�ckner expres� la opini�n de que las medidas impuestas eran conformes con el nivel de protecci�n establecido por Australia y dar�an lugar a un nivel de protecci�n semejante.

6.80 El Dr. McVicar observ� que en numerosas ocasiones se hab�a demostrado que los peces vivos que se desplazaban de una zona a otra presentaban el mayor riesgo de enfermedades. Ni los peces enteros ni el pescado eviscerado se hab�an vinculado de manera concluyente a una transferencia amplia de infecciones entre zonas, aunque s� se reconoc�a que las v�sceras (junto con los �rganos con sangre abundante y de un valor de eliminaci�n bajo) planteaban un riesgo suficientemente alto para llegar a un acuerdo internacional de que la eliminaci�n era necesaria con objeto de lograr una reducci�n suficiente del nivel de riesgo asociado. Como se se�alaba en el Informe de 1999, con las v�sceras no se eliminaban todas las infecciones, debido a la sangre que quedaba en el pescado y a la localizaci�n de la infecci�n en otras partes del cuerpo. La diferencia de riesgo entre el pescado eviscerado y no eviscerado era, por consiguiente, una cuesti�n de grado y, en ausencia de estudios cuantitativos sobre la magnitud de la reducci�n de los agentes infecciosos presentes, se trataba de un juicio de valor.

6.81 Para examinar si hab�a o no justificaci�n cient�fica para hacer una diferenciaci�n entre las medidas que se estaban imponiendo a los salm�nidos no viables y las de los peces marinos no viables y los peces ornamentales vivos, el Dr. McVicar se�al� que hab�a que tener en cuenta tres aspectos:

a) Era necesaria cierta cautela para utilizar sin reservas las listas de portadores y enfermedades publicadas. Numerosos informes sobre la presencia de enfermedades en especies de peces se derivaban de situaciones experimentales o de muestras tomadas en poblaciones infectadas de portadores normales en condiciones no naturales, por ejemplo piscifactor�as, o de poblaciones en estrecha relaci�n con ellas. Debido a que era posible que se produjera una situaci�n con un portador infeccioso, era l�gico que se ejercieran controles estrictos sobre los peces ornamentales que hab�an estado en contacto con enfermedades de otros peces, particularmente en las condiciones anormales de las piscifactor�as. Sin embargo, en condiciones naturales el proceso de infecci�n podr�a ser m�s dif�cil o incluso imposible en algunos casos, debido a la existencia de una serie de barreras biol�gicas o f�sicas. Esta conclusi�n se reflejaba en la reglamentaci�n internacional de la lucha contra las enfermedades de los peces, que normalmente no reconoc�a especies portadoras como susceptibles a un determinado agente pat�geno cuando la exposici�n hab�a sido anormal (por ejemplo, experimental) y no se hab�a demostrado la presencia natural de la infecci�n. As� pues, por ejemplo, muchas de las listas de "portadores" de NHI podr�an no considerarse "v�lidas".

b) Era bien conocida la existencia de cepas del mismo agente infeccioso de peces que mostraban diferencias acentuadas de patogenicidad e infectividad (y, en consecuencia, de riesgo). Esto pod�a ocurrir en una misma especie portadora, pero era relativamente com�n cuando se encontraban infecciones de la "misma" especie en varios tipos de peces. Cuando se sab�a que esas diferencias se deb�an a caracter�sticas inherentes al agente infeccioso, no al portador o el medio, sino a distintas "cepas", �stas no pod�an separarse mediante los m�todos actuales aprobados de diagn�stico (probablemente por la ineficacia de los m�todos) y esto planteaba dificultades en el funcionamiento l�gico de los controles legislativos. Para abordar este problema se estaba llevando a cabo actualmente en Europa un importante programa de investigaci�n con objeto de perfeccionar los m�todos de diagn�stico de la septicemia hemorr�gica viral/rabdovirus marinos de diferentes especies portadoras. Igualmente, era evidente que algunas cepas at�picas de Aeromonas salmonicida no produc�an una enfermedad importante en los salm�nidos cuando proced�an de peces distintos de los salm�nidos. En general, se pod�a llegar a la conclusi�n de que las infecciones que causaban una enfermedad en una especie de peces presentar�an el mayor nivel de riesgo para las poblaciones de la misma especie, o de otras estrechamente relacionadas con ellas, en la zona de importaci�n y menor riesgo para otras especies. Estos aspectos eran evidentes en algunas reglamentaciones de lucha contra las enfermedades de los peces (por ejemplo, en la UE) donde se permit�a el comercio controlado de peces ornamentales vivos entre zonas con situaciones diferentes para las enfermedades controladas de los salm�nidos, mientras que el comercio de salm�nidos se somet�a a un control m�s riguroso.

c) Tambi�n era importante el riesgo derivado de la dispersi�n de enfermedades de inter�s identificadas a partir de peces o productos importados y la presencia de peces susceptibles. Antes de que muchas infecciones pudieran radicarse en un nuevo pez aislado o en una poblaci�n de peces era necesaria una cantidad considerable de agente infeccioso ("dosis infecciosa m�nima"). El Dr. McVicar record� las incertidumbres acerca del concepto de dosis infecciosa m�nima para las enfermedades de los peces expuestas en su respuesta a la pregunta 3. Era manifiesto que el grado de diluci�n por el medio acu�tico en el punto de aparici�n del riesgo pod�a tener una importancia decisiva. As� pues, los cuatro tipos de medios acu�ticos, en orden de capacidad de diluci�n creciente (o riesgo decreciente) eran: estanques de piscifactor�as, r�os, lagos y mar abierta.

6.82 El Dr. McVicar observ� adem�s que Australia ten�a intenci�n de continuar importando peces ornamentales vivos y el Canad� planteaba fundamentalmente la cuesti�n de si la importaci�n de estos peces, alguno de ellos capaces de transmitir ciertas enfermedades de los salm�nidos en cuesti�n, planteaba un riesgo que contrarrestase los efectos de los controles que se estaban aplicando a los productos de los salm�nidos (primera comunicaci�n del Canad�, p�rrafos 92-95). Las enfermedades motivo de preocupaci�n que eran comunes a los peces ornamentales y los salm�nidos eran la necrosis pancre�tica infecciosa y Aeromonas salmonicida. En la primera, las medidas exigidas para los productos de salm�nidos eran relativamente poco severas en el nivel de riesgo que se aceptaba. En el segundo caso, se reconoc�a que los peces distintos de los salm�nidos de agua dulce ten�an m�s probabilidad de infectarse con cepas at�picas de A. salmonicida que con otras normales, y que �stas en conjunto no ten�an efectos importantes en el medio ambiente natural.

6.83 Con respecto a los peces marinos no viables se pod�an hacer las mismas consideraciones sobre las diferencias en la "cepa" biol�gica del agente infeccioso com�n entre distintas especies portadoras. Hab�a cada vez m�s pruebas de la existencia de un grupo de rabdovirus marinos (identificados todos como de la SHV, por los m�todos actuales de diagn�stico) en especies de peces marinos que ten�a una infectividad y una patogenicidad mucho m�s bajas que el "cl�sico" de la SHV presente en las piscifactor�as de truchas arcos iris de agua dulce. As� pues, las pruebas de diagn�stico actuales no permit�an diferenciar entre cepas que ten�an diferencias biol�gicas importantes y podr�an estar agrupando agentes infecciosos muy diferentes bajo un nombre com�n. Se estaban realizando nuevas investigaciones en este sector con objeto de solucionar este problema.

6.84 El Canad� citaba la detecci�n del virus de la NHI en el arenque del Pac�fico como un riesgo no sujeto a control asociado con la importaci�n de arenques a Australia para cebo, pero conven�a se�alar que los registros de infecci�n proced�an de exposiciones experimentales y de peces capturados en la misma localidad general que las poblaciones de salmones de criadero infectados.

6.85 El Dr. McVicar opinaba que hab�a una justificaci�n cient�fica para la aplicaci�n de una serie de medidas diferentes a distintos productos que estaba importando Australia debido a variaciones en el car�cter de las infecciones conocidas que pod�an estar presentes en el material original y a las variaciones en el riesgo real y probable de aparici�n de estas enfermedades en el medio de Australia. Hab�a precedentes en la reglamentaci�n de otras zonas. Las listas de portadores y enfermedades que se encontraban en la bibliograf�a cient�fica no deb�an utilizarse sin una evaluaci�n cuidadosa como prueba de la susceptibilidad de una especie de peces a una infecci�n (y, por consiguiente, del riesgo en el producto a partir de infecciones presentes de manera natural). El Dr. McVicar lleg� a la conclusi�n de que con las medidas que impondr�a Australia ahora para los peces marinos no viables y los peces ornamentales vivos se podr�a conseguir un nivel de riesgo muy bajo.

6.86 La Dra. Wooldridge se�al� que la definici�n de nivel de protecci�n como un "nivel de protecci�n alto o muy conservador encaminado a reducir el riesgo hasta llegar a niveles muy bajos" ten�a los mismos problemas con respecto a la subjetividad inherente a las palabras "alto" y "muy bajo" a la que se hab�a referido anteriormente. Australia hab�a declarado que requer�a "un nivel de protecci�n alto o muy conservador encaminado a reducir el riesgo hasta llegar a niveles muy bajos", y si estaba dispuesta a aceptar salm�nidos no viables, arenques para cebo y peces marinos vivos en determinadas condiciones, los riesgos asociados deb�an, por definici�n, reducirse como m�nimo a lo que Australia defin�a como "niveles muy bajos". En su opini�n, la cuesti�n era si las restricciones impuestas sobre los salm�nidos no viables reduc�an de verdad los riesgos (innecesariamente) a un nivel m�s bajo que �se.

6.87 �sta no era una pregunta f�cil de contestar sin la ayuda de una evaluaci�n del riesgo realizada espec�ficamente para abordar esta cuesti�n. Podr�a haber diferencias verdaderas en el riesgo global de radicaci�n de una enfermedad asociada a distintas especies de peces (que requerir�n medidas de salvaguardia distintas), incluso cuando las v�as de exposici�n fueran las mismas. Se pod�a suponer que la F1 de una especie de peces ten�a una prevalencia muy baja de la enfermedad X, pero v�as de exposici�n con una probabilidad elevada (por ejemplo, peces destinados a cebo). En conjunto, el riesgo general de radicaci�n de X se evaluar�a como extremadamente bajo (o m�s bajo) debido a la prevalencia extraordinariamente baja. Era posible que no se considerase necesario adoptar medidas de salvaguardia (o m�nimas) para garantizar el mantenimiento del riesgo por debajo de niveles aceptables.

6.88 Luego se pasar�a al supuesto de que la F2 de la especie de peces tuviera un nivel de prevalencia de la enfermedad X m�s alto que la F1, y v�as de exposici�n que dieran una probabilidad de exposici�n m�s baja que para la F1 (por ejemplo, peces destinados al consumo humano). �Era el riesgo global de radicaci�n m�s alto, m�s bajo o el mismo? Esto, por supuesto, depender�a exactamente de la magnitud del aumento de la prevalencia y del valor de la reducci�n de la probabilidad de exposici�n. Era posible que en conjunto el riesgo de radicaci�n fuese m�s alto a pesar de tener una probabilidad menor de exposici�n. En ese caso, tal vez deber�an aplicarse medidas de salvaguardia m�s severas para los peces destinado al consumo humano con respecto a la enfermedad X, a fin de ofrecer el mismo nivel de protecci�n que el de otros productos de pescado.

6.89 Aunque se trataba de un argumento intuitivo, no se pod�a suponer, por consiguiente, que una v�a de exposici�n menos probable llevar�a autom�ticamente siempre a un nivel m�s bajo de las medidas de salvaguardia necesarias para una enfermedad espec�fica. Sin embargo, si la misma enfermedad estuviera presente con el mismo nivel de prevalencia en dos especies de peces (por ejemplo un salm�nido y un pez distinto) y la probabilidad de exposici�n para una fuera m�s baja que para la otra, entonces estar�a claro que la probabilidad m�s baja de exposici�n dar�a lugar a un riesgo total menor (para el mismo volumen de producto y con todas las dem�s condiciones iguales).

6.90 Se podr�a obtener alguna informaci�n examinando la evaluaci�n del riesgo para las mismas enfermedades en los grupos de peces (por ejemplo, salm�nidos y no salm�nidos) y comparando los resultados del riesgo con la gesti�n requerida. Sin embargo, dado que consideraba que las propias evaluaciones eran defectuosas, si antes no se realizaba una nueva evaluaci�n estimaba que carec�a de sentido esta comparaci�n. En opini�n de la Dra. Wooldridge, otro sistema para aclarar esta compleja cuesti�n ser�a intentar cuantificar los riesgos para la misma enfermedad en categor�as de peces diferentes o bien para la enfermedad que se considerase que ten�a cualitativamente mayor riesgo para cada categor�a de importaci�n, a fin de averiguar si hab�a diferencias de orden en los riesgos y las probables medidas de salvaguardia que se necesitar�an, en comparaci�n con las exigidas.

Pregunta 11. �Es posible verificar de manera objetiva a partir del Informe de 1999 y/o de otras pruebas en poder del Grupo Especial si existe la diferencia aludida en la pregunta 10? En caso afirmativo, �est� justificada?

6.91 El Dr. Br�ckner respondi� que el IRA de 1999 respaldaba el fundamento de la medida para lograr el mismo nivel de protecci�n.

6.92. El Dr. McVicar se�al� a la atenci�n las observaciones que hab�a formulado en su respuesta a la pregunta 10.

6.93 La Dra. Wooldridge respondi� tambi�n que su respuesta a la pregunta 10 contestaba esa pregunta.

Pregunta 12. En la secci�n 8.1 del Informe de 1999 (secci�n 8.1.2 del Informe provisional de 1999) se afirma, en el p�rrafo 345, que los peces utilizados para fines como los piensos y el cebo tienen evidentemente m�s probabilidad de introducir agentes pat�genos (si existen en los peces) en el medio acu�tico que el producto importado para consumo humano. En la misma secci�n, en los p�rrafos 346-47, se indica que el uso de miles de toneladas de sardinas, caballas pintojas y arenques importados como cebo para langostas durante varios decenios no ha causado efectos adversos detectables en la sanidad de los peces o en el medio acu�tico. La conclusi�n que se cita es que el riesgo de que tales importaciones introduzcan una enfermedad ex�tica capaz de producir una mortandad de peces en gran escala es muy baja o no existe en absoluto.

En el p�rrafo 115 de su primera comunicaci�n, el Canad� se�ala, con referencia a lo anterior, que si la ausencia de transmisi�n de enfermedades con apenas unos miles de toneladas de producto de muy pocas especies en una zona peque�a es pertinente para indicar un riesgo muy bajo o inexistente, es l�gico (seg�n el Canad�) que la ausencia de transmisi�n de enfermedades a partir de miles de millones de toneladas de pescado eviscerado de todas las especies que se desplazan por todo el planeta sea una prueba aun m�s contundente de que el riesgo derivado de dicho producto es insignificantemente peque�o. Se ruega que formulen observaciones sobre la afirmaci�n del Canad�.

6.94 El Dr. Br�ckner observ� que esta pregunta tambi�n estaba relacionada con la pregunta 3 supra (examen de los vol�menes y los per�odos de tiempo). La pregunta podr�a suponer asimismo la discriminaci�n que se percib�a entre los salm�nidos no viables y los no salm�nidos no viables. La aceptaci�n de la opini�n expresada por el Canad� tambi�n podr�a suponer la aceptaci�n de los hechos hist�ricos como una observaci�n cualitativa fidedigna y cient�ficamente justificable para defender una medida m�s baja de gesti�n del riesgo. Sin embargo, eso estaba en contradicci�n con la insistencia anterior del Canad� (p�rrafo 49) a favor de un enfoque cuantitativo. La aceptaci�n de la afirmaci�n del p�rrafo 115 anular�a la necesidad de una evaluaci�n del riesgo con una base cient�fica. No dec�a que el evaluador no debiese conocer los hechos hist�ricos, sino que �stos se deb�an comprobar y evaluar como se hab�a hecho en el IRA de 1999. En el AQPM 1999/51, Australia no impon�a restricci�n alguna sobre los peces marinos distintos de los salm�nidos, pero las restricciones estaban de acuerdo con el resultado de las conclusiones alcanzadas en el IRA de 1999.

6.95 El Dr. McVicar indic� que la ausencia de enfermedades cl�nicas asociadas con la importaci�n de grandes vol�menes de pescado para pienso o como cebo podr�a tomarse como prueba de que no se produc�an problemas patol�gicos importantes a causa de esos productos. Sin embargo, la aceptaci�n directa de esa conclusi�n al pie de la letra exig�a una cierta cautela. El pescado importado se estaba utilizando como pienso en circunstancias muy espec�ficas (jaulas de atunes y como cebo) principalmente en mar abierta. La falta de problemas de enfermedades infecciosas asociadas era importante en esas circunstancias, pero no necesariamente en otras, como las relativas a la cr�a de salmones. El uso casi exclusivo de alimentos elaborados en las explotaciones de salm�n a nivel internacional pon�a de manifiesto en parte el riesgo para las piscifactor�as de salmones asociado con la administraci�n de peces enteros frescos o congelados. Australia corr�a riesgos semejantes con sus explotaciones de at�n.

6.96 El Dr. McVicar se�al� adem�s que en mar abierta era dif�cil observar peces muertos. Por ejemplo, se hab�a producido una mortandad importante de arenques (estimada en m�s del 30 por ciento de la poblaci�n permanente) debido a Ichthyophonus en el Mar del Norte y en Kattagat a comienzos del decenio de 1990, pero los peces muertos s�lo eran evidentes en la segunda zona, relativamente limitada. Era probable que se hubieran registrado muchos casos de mortandad importante de peces que habr�an pasado inadvertidos.

6.97 La Dra. Wooldridge respondi� que, en su opini�n, la afirmaci�n del Canad� era una deducci�n l�gica y en ausencia de pruebas palpables en contrario era una declaraci�n que estar�a dispuesta a aceptar.

Pregunta 13. En el p�rrafo 28 a) ii) de la primera comunicaci�n de Australia se observa que se permiten importaciones sujetas, entre otras cosas, a la certificaci�n de que "los peces deben pertenecer a una poblaci�n respecto de la que haya un sistema documentado de vigilancia y supervisi�n sanitaria bajo la direcci�n de la autoridad competente". �En qu� medida es aplicable esto a los salmones capturados en el oc�ano? Si esta prescripci�n se considera necesaria con respecto a los riesgos asociados con el salm�n canadiense, �no deber�an ser necesarias prescripciones semejantes para los no salm�nidos?

6.98 El Dr. Br�ckner indic� que no era experto en estos sistemas de gesti�n y no formular�a observaciones.

6.99 El Dr. McVicar respondi� que, como hab�a indicado en su respuesta a la pregunta 1, el conocimiento del nivel de infecci�n en la poblaci�n de origen del producto permit�a determinar la magnitud de las medidas de reducci�n del riesgo que hab�a que aplicar durante el proceso de importaci�n. Esto se pod�a conseguir f�cilmente en las poblaciones de criadero (salm�nidos y no salm�nidos) y ser�a de gran valor en ellas, puesto que los peces enfermos infectados podr�an tener una supervivencia prolongada en ausencia de predaci�n y una parte de ellos podr�a pasar a trav�s de las l�neas de elaboraci�n sin que se detectase. Sin embargo, como los peces enfermos no sol�an sobrevivir mucho tiempo en libertad (fundamentalmente debido a las presiones de la predaci�n), la presencia de enfermedades graves en las poblaciones de peces en libertad sol�a ser escasa y, por consiguiente, era poco probable que se capturasen peces muy infectados con enfermedades importantes. Una excepci�n se produc�a durante las epidemias, en las cuales pod�an aparecer un gran n�mero de peces infectados. Los datos presentes disponibles indicaban que estas situaciones eran relativamente raras, ten�an normalmente corta duraci�n y se detectaban f�cilmente, en particular durante cualquier elaboraci�n. Con las poblaciones de peces en libertad era dif�cil realizar un programa preciso de vigilancia sanitaria, puesto que se requer�an estudios amplios y complejos para determinar la gama de enfermedades que hab�a o incluso la incidencia de cualquier enfermedad espec�fica presente. Observ� que Australia no especificaba el nivel de supervisi�n y vigilancia sanitarias en las poblaciones de peces en libertad.

6.100 El riesgo de propagaci�n de enfermedades en el medio marino a partir de peces marinos distintos de los salm�nidos, de criadero o en libertad, en concentraciones que pusieran en peligro las poblaciones locales susceptibles era m�s bajo con los salm�nidos (de criadero y en libertad) debido al elevado factor de diluci�n del medio marino en comparaci�n con las aguas continentales con especies de peces susceptibles reales o potenciales. Los niveles relativos del riesgo de enfermedad entre especies portadoras diferentes para la "misma" enfermedad, como hab�a indicado en su respuesta a la pregunta 10, eran tambi�n pertinentes para este examen.

6.101 La comparaci�n del nivel de riesgo entre los peces en libertad y los de criadero de la misma especie y entre distintas especies procedentes de criaderos o medios libres planteaba muchos problemas dif�ciles. Las enfermedades de los peces, cuando se produc�an, con frecuencia tend�an a alcanzar niveles m�s altos en las poblaciones de criadero, pero se pod�a determinar f�cilmente el tipo de enfermedad y su intensidad. La mayor parte de los datos ictiopatol�gicos disponibles se hab�an obtenido a partir de poblaciones de peces de criadero. En las poblaciones en libertad normalmente se detectaban niveles m�s bajos de enfermedades importantes, de manera que era menos probable la importaci�n de productos con niveles peligrosos de pat�genos. Sin embargo, la prevalencia de una enfermedad en una poblaci�n natural no indicaba directamente su incidencia. Era dif�cil determinar la gama y el nivel de las infecciones en las poblaciones en libertad, particularmente dada la amplitud del medio marino. La estimaci�n del nivel de inspecci�n necesario para alcanzar el nivel adecuado de protecci�n sobre esos diferentes tipos de productos era una cuesti�n de opini�n.

6.102 La Dra. Wooldridge respondi� que no se consideraba competente para contestar la primera parte de la pregunta. Dado que para los peces distintos de los salm�nidos podr�a parecer (en general, debido a pautas de uso alternativas) que las v�as de exposici�n presentaban riesgos mayores, en ese caso (de nuevo, en general) se podr�a suponer de manera razonable que se desear�a tener por lo menos la confianza (o m�s) de que la prevalencia fuese m�s baja para cualquier pat�geno procedente de cualquier origen. A partir de eso, cabr�a esperar que ser�an necesarias prescripciones semejantes (por lo menos) tanto para los no salm�nidos como para los salm�nidos (pero record� su pregunta 10, en el sentido de que en particular para una enfermedad espec�fica podr�a no ocurrir esto necesariamente).

Pregunta 14. Australia observa en su primera comunicaci�n, p�rrafo 38, con respecto a los peces ornamentales vivos que "las enfermedades � pueden detectarse, en muchos casos, en las propias instalaciones, y el estado patol�gico de los peces puede cambiar r�pidamente". �sta es al parecer una de las razones por las cuales las nuevas medidas exigen, entre otras cosas, la certificaci�n del estado sanitario de las instalaciones [de exportaci�n]. �No es tambi�n aplicable a los salmones de criadero el hecho de que las enfermedades puedan estar localizadas en muchos casos en las instalaciones, y que el estado patol�gico pueda cambiar r�pidamente? �No tendr�a la certificaci�n del estado sanitario de las instalaciones del salm�n de criadero una importancia y una eficacia comparables para la gesti�n del riesgo?

6.103 El Dr. Br�ckner record� que en el p�rrafo 71 de la primera comunicaci�n de Australia se se�alaba que: "Con respecto a los peces de criadero (incluida la trucha con fines deportivos) el medio m�s eficaz de gesti�n del riesgo estar� normalmente basado en la acuicultura". No se indicaba si en la gesti�n del riesgo a la que se alud�a se inclu�a la participaci�n en un programa nacional de vigilancia para las enfermedades de los salmones de criadero. Sin embargo, el Ap�ndice 6 del IRA de 1999 conten�a detalles de la vigilancia y supervisi�n ictiosanitaria en Australia. El Dr. Br�ckner estaba de acuerdo en que deber�a realizarse una certificaci�n sanitaria oficial de las instalaciones de salmones de criadero para respaldar la gesti�n del riesgo de enfermedades en las aguas continentales.

6.104 El Dr. McVicar indic� que era adecuado que la certificaci�n de los peces procedentes de la acuicultura (salm�nidos o no salm�nidos) cuya exportaci�n se considerase de alto riesgo estuviera sujeta a la certificaci�n de que estaban localizados en una zona libre de las enfermedades en cuesti�n o bien que la piscifactor�a era equivalente a una explotaci�n aprobada en una zona no aprobada (importante para los peces vivos o los huevos). Cuando el riesgo se considerase m�s bajo (por ejemplo, para productos no viables), era adecuado que las poblaciones de las piscifactor�as estuvieran sujetas a certificaci�n. La misma situaci�n era aplicable tanto a las piscifactor�as de salm�nidos como de no salm�nidos y no hab�a justificaci�n cient�fica para imponer dicho requisito a un tipo y no al otro. Sin embargo, en el caso de los peces ornamentales vivos hab�a un riesgo mayor si las poblaciones se hab�an recogido de varias explotaciones o zonas en libertad antes de la exportaci�n, y ser�a l�gico que esto se controlase espec�ficamente mediante la certificaci�n adecuada de la piscifactor�a de exportaci�n.

6.105 La Dra. Wooldridge indic� que no ten�a competencia para responder a esta pregunta.

Pregunta 15. Se ruega que den su opini�n sobre la afirmaci�n que hace Noruega en su comunicaci�n como tercera parte, p�rrafos 24-25 (por ejemplo, "Que la necesidad de diferentes medidas contra otros peces importados, en particular para consumo humano, que contengan las mismas enfermedades, es ... muy poco clara").

6.106 El Dr. Br�ckner respondi� que las medidas que se propon�an en el AQPM 1999/51 para los salm�nidos y los peces marinos distintos de los salm�nidos no viables, respectivamente, no difer�an en cuanto a la supervisi�n exigida, la restricci�n de la edad y las prescripciones relativas a la naturaleza del producto una vez importado (preparado para el consumo, ulterior elaboraci�n tras su llegada en instalaciones aprobadas). No estaba claro por qu� se establec�an diferencias para el consumo humano con respecto al producto preparado para el consumo y la necesidad de una elaboraci�n de los salm�nidos tras la llegada si el peso era superior a 450 g. Las mismas cuestiones se planteaban con respecto a la justificaci�n cient�fica para la presencia o ausencia de piel en relaci�n con el peso en cuanto a la creaci�n o no creaci�n de riesgo. El Dr. Br�ckner estaba de acuerdo en que los cuatro primeros requisitos para otros peces establec�an medidas aceptables de atenuaci�n del riesgo respaldadas por las conclusiones de la evaluaci�n relativa a la aparici�n del riesgo y sus consecuencias en el IRA de 1999. Sin embargo, no lograba encontrar pruebas convincentes de las razones para imponer otras restricciones sobre el tama�o y la elaboraci�n de los salm�nidos, pero no de otros peces.

6.107 El Dr. McVicar respondi� que las opiniones de Noruega con respecto a las medidas m�s gravosas que hab�an de imponerse sobre las importaciones de salm�n solamente ser�an v�lidas si la distribuci�n de las distintas enfermedades de inter�s y las cepas patog�nicas (por ejemplo, las cepas de A. salmonicida ) fuera homog�nea en todas las poblaciones de peces de or�genes diferentes de las cuales se importaba el producto. No ocurr�a as�. Tomando como ejemplo Aeromonas salmonicida, la cepa t�pica produc�a forunculosis cl�sica, enfermedad grave de los salm�nidos en muchas partes del mundo (salvo en Australia), mientras que varias cepas at�picas estaban muy difundidas y provocaban la enfermedad ulcerante en una gran variedad de otras especies de peces. Esas cepas at�picas s�lo produc�an enfermedad grave a los salm�nidos en un n�mero relativamente escaso de zonas (por ejemplo, Islandia, Jap�n). Seg�n su interpretaci�n, las medidas que propon�a Australia estaban espec�ficamente destinadas a los salm�nidos, debido al riesgo de enfermedades espec�ficas de estos peces, como las cepas t�picas de A. salmonicida , y a que las infecciones que produc�an en los peces distintos de los salm�nidos ten�an un nivel m�s bajo para esas especies. En este sentido podr�a justificarse la aplicaci�n de medidas distintas a productos diferentes. Tambi�n se�al� su respuesta a la pregunta 10.

6.108 La Dra. Wooldridge estaba de acuerdo en que la necesidad de aplicar medidas diferentes (o alguna espec�fica) quedaba poco clara.

Pregunta 16. �Est� justificada cient�ficamente la diferencia en las medidas aplicadas al salm�n de Nueva Zelandia y del Canad�, en particular por el estado patol�gico de Nueva Zelandia?

6.109 El Dr. Br�ckner declar� que, teniendo en cuenta el estado patol�gico de Nueva Zelandia expuesto en el IRA de 1997 de este pa�s, no impugnar�a un cambio en el statu quo. Sin embargo, cabr�a preguntarse l�gicamente por qu� Australia no aplicaba a las importaciones de salm�nidos no viables las mismas medidas que Nueva Zelandia, puesto que las medidas de Nueva Zelandia eran notablemente menos restrictivas que las vigentes en Australia.

6.110 El Dr. McVicar indic� que Nueva Zelandia aplicaba a las importaciones medidas esencialmente semejantes a las de Australia. Habida cuenta de su proximidad geogr�fica, el historial similar en cuanto a la presencia de salm�nidos no aut�ctonos y los perfiles de enfermedades parecidos (con la excepci�n de la enfermedad del v�rtigo), ambas zonas pod�an estar expuestas a riesgos an�logos derivados de las importaciones de productos de salm�nidos. Era de esperar una cierta semejanza en las medidas de reducci�n del riesgo entre los dos pa�ses. Desde el punto de vista cient�fico, se reconoc�a el hecho de que el comercio era m�s laxo entre zonas con una situaci�n ictiosanitaria comparable que cuando se realizaba de una zona con una situaci�n ictiosanitaria m�s baja a otra m�s alta. En esto se basaba la Directiva 91/67/CEE de la UE. Por consiguiente, bas�ndose en el mismo principio cient�fico, no era il�gico que Australia y Nueva Zelandia tuvieran una relaci�n semejante.

6.111 La Dra. Wooldridge observ� que era m�s adecuado que a esta pregunta respondiera un icti�logo.

Pregunta 17. Dado que en los salm�nidos y en los peces distintos de los salm�nidos puede haber agentes pat�genos semejantes, se ruega que formulen observaciones sobre la validez de la distinci�n establecida por Australia entre los salm�nidos, que no se pueden importar o despachar despu�s de la cuarentena a menos que est�n elaborados como producto "preparado para el consumo", y los no salm�nidos, para los que no se exige dicha elaboraci�n.

6.112 El Dr. Br�ckner observ� que esta pregunta estaba relacionada con otra semejante planteada por Noruega (pregunta 15). No lograba ver las razones y la justificaci�n cient�fica para una distinci�n a ese nivel, como hab�a expuesto en su respuesta a la pregunta 15.

6.113 El Dr. McVicar tambi�n record� su respuesta a la pregunta 15.

6.114 La Dra. Wooldridge indic� que sus respuestas a las preguntas 7 y 10 contestaban en parte esta pregunta. En resumen, si estaba presente la misma enfermedad en dos especies diferentes con la misma prevalencia, y si las v�as de exposici�n eran las mismas y con la misma probabilidad, no habr�a ninguna justificaci�n para establecer esa diferencia. Era poco probable que se plantease una situaci�n tan id�ntica y el riesgo global depend�a de ambos elementos. Por consiguiente, podr�a estar justificado el hecho de tratar dos productos distintos de manera diferente. Sin embargo, en su opini�n la justificaci�n de esta salvaguardia particular para los salm�nidos estaba sin demostrar y no era probable que se hiciera.

Pregunta 18. Se ruega que den sus opiniones sobre los p�rrafos 15-24 de la comunicaci�n del Canad� del 30 de septiembre de 1999, en particular sobre la cuesti�n de si las medidas impuestas por Australia sobre las importaciones de salm�n y las impuestas sobre las importaciones de sardinas enteras no evisceradas, incluidas las destinadas a cebo, daban lugar a dos niveles (sustancialmente) diferentes de protecci�n sanitaria en esos dos sectores y, en caso afirmativo, si hay alguna justificaci�n cient�fica para tal diferenciaci�n.

6.115 El Dr. Br�ckner indic� que las cuestiones relativas al herpesvirus de la sardina se hab�an examinado en tres p�rrafos de la secci�n 6.2.1 del IRA de 1999 y no se hab�an vuelto a analizar en el IRA. El Canad� hab�a presentado bibliograf�a cient�fica para verificar su preocupaci�n. En ausencia de nuevas pruebas cient�ficas importantes, no era posible emitir un juicio sobre esta cuesti�n. Sin embargo, si se consideraba que el virus era end�mico, la hip�tesis formulada por Australia de no establecer pr�cticas de gesti�n del riesgo con respecto a esta enfermedad u otras "enfermedades desconocidas" que pudieran introducirse a trav�s de las importaciones era v�lida y estaba justificada.

6.116 El Dr. McVicar respondi� que, puesto que Australia consideraba que el herpesvirus asociado con el brote de la enfermedad en las sardinas australianas era end�mico, no se inclu�a como enfermedad motivo de preocupaci�n y, por consiguiente, no se deseaba introducir medidas para restringir esta enfermedad en las importaciones. La cuesti�n de la septicemia hemorr�gica viral la hab�a abordado en su respuesta a la pregunta 10. Cuando en la bibliograf�a cient�fica no se encontraban pruebas de la infectividad y la patogenicidad asociadas con un agente pat�geno era dif�cil justificar la introducci�n de medidas de control que pudiesen afectar al comercio con car�cter precautorio.

6.117 La Dra. Wooldridge consideraba que la comunicaci�n del Canad� tal como se hab�a presentado indicaba una diferencia sustancial en los niveles de protecci�n sanitaria para los dos productos objeto de examen, por lo cual la justificaci�n cient�fica no saltaba a la vista de forma inmediata.

Pregunta 19. �Es posible verificar de manera objetiva tomando como base el Informe de 1999 u otras pruebas en poder del Grupo Especial si existe la diferencia mencionada en la pregunta 18 y, en caso afirmativo, si est� justificada?

6.118 El Dr. Br�ckner respondi� que las hip�tesis de Australia tal vez se pudieran justificar objetivamente (o demostrar su invalidez) mediante nueva investigaci�n y/o por medio de la simulaci�n con modelos de enfermedades relativos a las repercusiones de la introducci�n de la enfermedad a trav�s de la importaci�n de sardinas.

6.119 El Dr. McVicar record� su respuesta a la pregunta 18.

6.120 La Dra. Wooldridge observ� que el Canad� alegaba que Australia estaba dispuesta a aceptar importaciones de sardinas enteras no evisceradas con medidas de salvaguardia muy inferiores a las de las importaciones de salm�nidos eviscerados (p�rrafos 14 y 15 de la comunicaci�n del Canad� del 30 de septiembre). La prueba de que las salvaguardias exigidas para dichas sardinas eran menores que las impuestas para tales salm�nidos figuraba en el informe final de 1999. El Canad� argumentaba que consideraba que el riesgo real de radicaci�n de una enfermedad a partir de tales importaciones de sardinas era superior al que representaban los salm�nidos eviscerados. Presentaba sus propias pruebas de la probabilidad de introducci�n y radicaci�n de enfermedades para las sardinas, utilizando como ejemplo una enfermedad que los cient�ficos consideraban que se deb�a al herpesvirus de la sardina (diversas referencias, muchas de los propios documentos de Australia).

6.121 La secci�n 6.2 del informe de 1999 de Australia era una exposici�n de la identificaci�n de peligros para "Enfermedades/agentes pat�genos de peces marinos distintos de los salm�nidos". En la secci�n 6.2.1 se identificaban los virus. En esa secci�n se se�alaba el herpesvirus de la sardina (p�ginas. 256-7) como un peligro. Se describ�a como "asociado a una mortalidad elevada en la sardina" y "notificado solamente en Australia y Nueva Zelandia" y "este agente no se vuelve a examinar en este IRA". En el documento presentado en la comunicaci�n del Canad� del 30 de septiembre (Whittington, referencia en la nota de pie de p�gina 88, p�gina 3) se daban pruebas de que las consecuencias de esta enfermedad en Australia hab�an sido graves; por consiguiente, era probable que un nuevo brote fuese tambi�n grave. La Dra. Wooldridge no consideraba que esto estuviera en litigio.

6.122 La cuesti�n pendiente desde el punto de vista de la evaluaci�n del riesgo de las importaciones era, por consiguiente, la probabilidad de que se hubiese introducido la enfermedad con las importaciones de peces. No hab�a visto en ninguna parte si se examinaba esta probabilidad en el informe de 1999 (es m�s, se declaraba que no exist�a, en la cita supra). El hecho de que solamente se hubiera notificado en Australia y Nueva Zelandia no descartaba por s� solo la posibilidad de que se hubiera importado (aunque �ste era un hecho importante en la estimaci�n de dicha probabilidad). Whittington et al. (v�ase la nota de pie de p�gina 88), en la p�gina 14, analizaban la epidemiolog�a de esta enfermedad en Australia y Nueva Zelandia y consideraban la probabilidad de que la infecci�n pudiera proceder de una fuente externa, citando como ejemplos las descargas del transporte mar�timo comercial de pescado y las sardinas importadas para cebo. En opini�n de la Dra. Wooldridge, los autores de este documento consideraban esa fuente externa como una probabilidad m�s que insignificante, por algunas de las razones epidemiol�gicas descritas.

6.123 En el propio documento provisional de Australia, el Informe provisional de 1999 (secci�n 8.1.2), tambi�n mencionado por el Canad� (p�rrafo 16, 30 de septiembre), se examinaba la probabilidad de que este virus fuera ex�tico para Australia, en las p�ginas 3 y 4 de esta secci�n (8.1.2). Cab�a se�alar la comunicaci�n del Presidente del Grupo de Trabajo Cient�fico Mixto sobre la Sardina del CCEAD, que dec�a lo siguiente:

"El Grupo de Trabajo est� coordinando actualmente un programa nacional de investigaci�n ... uno de cuyos objetivos es determinar si el virus es end�mico o ex�tico y, en caso de que sea ex�tico, cu�l es su origen. Los resultados hasta la fecha no respaldan ninguna conclusi�n definitiva ..."

6.124 Esta duda era, en su opini�n, muy importante para la evaluaci�n de la probabilidad de riesgo a partir de esa enfermedad espec�fica debido a la importaci�n de sardinas. El hecho de que esta incertidumbre no se hubiera examinado en el informe final de 1999 era un defecto importante de la evaluaci�n del riesgo para los peces marinos distintos de los salm�nidos, en particular dadas las consecuencias de un brote. Era tambi�n muy extra�a desde el punto de vista metodol�gico la omisi�n de esta incertidumbre en el informe final.

6.125 Era evidente que esas prueba no respaldaban la justificaci�n de salvaguardias m�s estrictas para los salm�nidos eviscerados que para los peces marinos distintos de los salm�nidos enteros. En realidad, no se dec�a casi nada acerca de las medidas de salvaguardia adecuadas de manera espec�fica para los salm�nidos eviscerados. En principio se tender�a a respaldar salvaguardias m�s estrictas sobre las sardinas importadas aunque, por supuesto, esto se deb�a examinar en el �mbito de otras pruebas.

Pregunta 20. �Se conseguir�a con una serie de medidas m�s limitada que la actualmente impuesta por Australia sobre las importaciones de salm�n canadiense un nivel aceptable de riesgo de Australia, es decir, "un nivel de protecci�n alto o muy conservador encaminado a reducir el riesgo hasta llegar a niveles muy bajos, si bien no est� basado en el enfoque de riesgo cero" (primera comunicaci�n de Australia, p�rrafo 147)? Se ruega que sean espec�ficos.

6.126 El Dr. Br�ckner indic� que no ve�a el fundamento de esta pregunta. Se pod�an enumerar varios otros procedimientos adicionales, como el an�lisis obligatorio de laboratorio para las consignaciones antes de la certificaci�n de las exportaciones para las enfermedades en cuesti�n, pero esto ser�a simplemente un elenco sin dar respuesta a la pregunta.

6.127 El Dr. McVicar respondi� que, en general, parec�a que Australia hab�a identificado las medidas m�nimas de reducci�n del riesgo que pod�an aplicarse para salvaguardar las poblaciones locales de enfermedades identificadas como motivo de preocupaci�n. No parec�a haber un riesgo importante de enfermedad asociado con la piel de los salm�nidos que alterase sustancialmente el nivel de riesgo mediante su eliminaci�n, pero esto se contrarrestaba con el riesgo notablemente mayor de que ese material no comestible de bajo valor pudiera eliminarse de forma no inocua antes de la cocci�n.

6.128 La Dra. Wooldridge indic� que esto depend�a del grado de eficacia de la medida en la reducci�n del factor o de los factores espec�ficos de riesgo que abordaba, y ella no se consideraba competente para evaluar esto.

Pregunta 21. �Es posible verificar de manera objetiva tomando como base el Informe de 1999 u otras pruebas en poder del Grupo Especial si alguna de las opciones en materia de pol�ticas alternativas o alguna serie de medidas alternativas lograr�a el nivel adecuado de protecci�n de Australia?

6.129 El Dr. Br�ckner observ� que esto era posible, pero implicar�a otra evaluaci�n del riesgo, puesto que las medidas de gesti�n del riesgo/opciones en materia de pol�ticas eran el resultado de una evaluaci�n del riesgo con base cient�fica. Supondr�a la propuesta de medidas de atenuaci�n del riesgo menos estrictas y su evaluaci�n en funci�n de las consecuencias. En su opini�n, el IRA de 1999 hab�a seguido en general este criterio para establecer una relaci�n racional entre las medidas propuestas y el nivel adecuado de protecci�n.

6.130 El Dr. McVicar opinaba que Australia hab�a analizado objetivamente los datos ictiopatol�gicos disponibles para identificar las enfermedades motivo de preocupaci�n y hab�a identificado los medios m�s id�neos y pr�cticos para reducir el riesgo de su introducci�n a trav�s de productos, con el respeto adecuado a la limitaci�n de las restricciones sobre el comercio. La falta de datos cuantitativos sobre el alcance de la reducci�n de los niveles del agente infeccioso presente o de la restricci�n del acceso de infecciones importantes a poblaciones de peces locales imped�a la evaluaci�n objetiva de la probabilidad de �xito de las medidas propuestas.

6.131 La Dra. Wooldridge indic� que no ten�a competencia para valorar esto.

Pregunta 22. �Cu�l es el nivel de riesgo para las poblaciones de peces de Australia importantes desde el punto de vista comercial y deportivo derivado de enfermedades como el VNHE, la EUPR, el VERV y el SUE (mencionadas en los p�rrafos 136-144 de la primera comunicaci�n del Canad�), que son end�micas en algunas partes de Australia pero ex�ticas en otras, dado que no se imponen restricciones sobre el desplazamiento interno del pescado muerto? �Es este riesgo semejante o superior al de las importaciones de salm�n canadiense en el marco de las prescripciones actuales de Australia? En caso afirmativo, �existe una justificaci�n cient�fica o t�cnica para no imponer restricciones sobre el desplazamiento interno de pescado muerto, incluido el no eviscerado?

6.132 El Dr. Br�ckner indic� que a esta pregunta podr�a responder mejor un ictiopat�logo.

6.133 El Dr. McVicar respondi� que la mayor�a de las enfermedades de peces mostraban variaciones en su frecuencia tanto a nivel local como a niveles geogr�ficos m�s amplios. Incluso cuando las enfermedades se consideraban de difusi�n generalizada dentro de un pa�s/zona, el control mediante una restricci�n legislativa del desplazamiento de peces vivos o de partes de peces pod�a ser beneficioso cuando hubiera una distribuci�n discontinua o bien existieran ciertas poblaciones que fueran particularmente vulnerables (por ejemplo, poblaciones de criaderos). �ste era un principio en el que se basaban varias reglamentaciones de lucha contra las enfermedades de los peces (por ejemplo, la Ley sobre Ictiopatolog�a del Reino Unido, la clasificaci�n de la Lista III de ciertas enfermedades en la Directiva 91/67/CEE de la Uni�n Europea). Cuando se hubiera demostrado un riesgo importante, se pod�an imponer controles nacionales o internacionales. Sin informaci�n detallada acerca de la vulnerabilidad de las poblaciones de peces a las enfermedades enumeradas en la pregunta en distintas partes de Australia, no era posible pronosticar el riesgo para ellas y las ventajas que podr�an derivarse de la introducci�n de controles nacionales sobre los peces o los productos derivados. Si bien hab�a una tendencia creciente hacia el uso de un enfoque precautorio en la aplicaci�n de restricciones, estaba firmemente convencido de que los controles normativos sobre las enfermedades de los peces deber�an estar sujetos a un an�lisis tanto del riesgo como de los beneficios en funci�n de los costos para contar con una base cient�fica l�gica. Asimismo, debido a las variaciones entre las enfermedades en factores como los niveles de infecci�n, la supervivencia de los pat�genos, el uso de productos, etc., no era posible llegar a la conclusi�n de que las medidas utilizadas para reducir el riesgo de una enfermedad ser�an igualmente beneficiosas para otras enfermedades. Cada enfermedad considerada potencialmente importante requer�a un examen individual de las medidas necesarias para reducir el riesgo de su propagaci�n. Puesto que las enfermedades enumeradas en el p�rrafo 138 de la primera comunicaci�n del Canad� no eran de las que se estaban controlando en las importaciones de salm�n canadiense a Australia, no ser�a adecuada la comparaci�n directa.

6.134 La Dra. Wooldridge indic� que no se consideraba competente para responder a la mayor parte de esta pregunta. Para contestar plenamente a la cuesti�n relativa al nivel de riesgo del desplazamiento interno de peces muertos, habr�a que realizar una evaluaci�n del riesgo espec�ficamente para examinar los riesgos del desplazamiento interno de los peces muertos. El Canad� indicaba que esos riesgos resultar�an importantes. As� pues, ser�a posible comparar los resultados, a fin de comprobar si este riesgo era superior o inferior al riesgo de las importaciones a Australia procedentes de cualquier pa�s concreto (por ejemplo, el Canad�). Si entraban en una zona determinada de Australia especies de peces y productos semejantes de distintos or�genes y si las v�as de exposici�n una vez que el producto se hab�a introducido en esa zona eran las mismas (lo cual ser�a muy probable si los productos eran los mismos y se destinaban a los mismos usos), entonces la comparaci�n del riesgo global depender�a de la prevalencia de la enfermedad o enfermedades de inter�s en los peces que se estaban desplazando y del n�mero de desplazamientos a partir de cada uno de los or�genes.

6.135 Por consiguiente, si se desplazaban productos de los peces con una prevalencia elevada de la enfermedad X de la zona A a la zona B y se desplazaban los mismos productos con una prevalencia igual de la misma enfermedad X (en las mismas cantidades y con todas las dem�s condiciones iguales) a la zona B desde un pa�s diferente, los riesgos para la zona B ser�an los mismos. Si el nivel de X en el pa�s diferente fuera realmente inferior al de la zona A, el riesgo para B seria inferior, y viceversa. Considerando un peligro identificado y un riesgo evaluado para la zona B, el hecho de que esas consideraciones te�ricas tuvieran o no alguna aplicaci�n pr�ctica en la atenuaci�n del riesgo depend�a (en parte) de que las importaciones a un pa�s determinado pudieran estar o no legalmente permitidas s�lo a determinadas regiones o zonas de ese pa�s, as� como de que hubiera o no salvaguardias para los desplazamientos internos. Sin embargo, si hubiera un riesgo alto evaluado de transmisi�n interna de la enfermedad a la zona B a causa del desplazamiento de productos del pescado y �ste no se hubiera abordado, la Dra. Wooldridge estimaba que parecer�a superfluo intentar detener la misma enfermedad o enfermedades mediante la restricci�n de las importaciones extranjeras a la misma zona.

Pregunta 23. �Puede detectarse A. salmonicida (t�pica y at�pica) mediante examen visual? En caso negativo, �qu� medidas sanitarias y fitosanitarias pueden adoptarse para las importaciones de peces ornamentales vivos que se sabe que son portadores de esos agentes y para el arenque entero destinado a cebo que tambi�n se sabe que es portador?

6.136 El Dr. Br�ckner indic� que a esta pregunta podr�a responder mejor un ictiopat�logo.

6.137 El Dr. McVicar respondi� que la mayor�a de las especies de peces parec�an ser susceptibles a la forunculosis t�pica, pero el nivel de susceptibilidad y en consecuencia la patolog�a asociada que podr�a detectarse era variable. La forunculosis t�pica latente (es decir, infecciones cl�nicamente no manifiestas) debida a A. salmonicida spp. salmonicida hac�a tiempo que se conoc�a como un problema que creaba dificultades en la lucha contra esta enfermedad en los salm�nidos. Los peces infectados de forma latente podr�an actuar como portadores y contagiar la infecci�n a otros peces. En los casos de forunculosis aguda, se podr�a producir una mortalidad elevada en las poblaciones infectadas sin que se manifestasen signos externos de infecci�n. En ambos casos, era poco probable que en el examen visual durante la inspecci�n del pescado se pudieran detectar todos los peces infectados.

6.138 Hab�a una cepa t�pica de Aeromonas salmonicida presente en un gran n�mero de especies portadoras de agua dulce y marina y la patolog�a asociada que se hab�a registrado era variable. Sin embargo, el signo cl�nico m�s com�n de A. salmonicida at�pica era la ulceraci�n cut�nea, que era detectable mediante un examen visual. La b�squeda de los peces ornamentales vivos con dichas lesiones en la importaci�n y el uso de restricciones de cuarentena, con vigilancia sanitaria despu�s de la importaci�n (es decir, las medidas sanitarias y fitosanitarias indicadas por Australia para los peces ornamentales vivos), no cab�a duda de que reducir�an el riesgo de liberaci�n de peces muy infectados, pero no detectar�an y eliminar�an necesariamente los peces con infecci�n latente. As� pues, parec�a que Australia estaba dispuesta a aceptar para las cepas at�picas de A. salmonicida un nivel m�s alto de riesgo que para las t�picas. Igualmente, si bien la congelaci�n del arenque reducir�a sin duda considerablemente el nivel de los agentes pat�genos viables en cuesti�n presentes en el cebo importado, cab�a esperar que se mantuviera en ellos un nivel de infectividad y, por consiguiente, de riesgo. Esto quedaba contrarrestado por la probable variabilidad de las "cepas" del agente entre las distintas especies portadoras y el probable factor de diluci�n presente en la zona de uso tras la importaci�n (a lo que se hab�a referido tambi�n en su respuesta a la pregunta 10).

6.139 La Dra. Wooldridge se�al� que no se consideraba competente para responder a esta pregunta.

Pregunta 24. �Refleja la presencia/ausencia en la lista de la OIE de diferentes enfermedades y/o la clasificaci�n de la OIE el resultado de la evaluaci�n del riesgo y la gesti�n del riesgo de manera comparable con lo indicado en el p�rrafo 1 del art�culo 5?

6.140 El Dr. Br�ckner respondi� que estaba admitido que la lista de la OIE no era completa, como se indicaba en el IRA de 1999, por lo que la Comisi�n para las enfermedades de los peces de la OIE la evaluaba de manera permanente previa recomendaci�n de los Estados Miembros. Si el IRA de 1999 se hubiera concentrado solamente en las enfermedades enumeradas en el C�digo de la OIE, habr�a sido incompleto. El p�rrafo 1 del art�culo 5 del Acuerdo MSF se refer�a tambi�n a las t�cnicas de evaluaci�n del riesgo elaboradas por organizaciones internacionales. El IRA de 1999 utilizaba �stas como orientaci�n, de conformidad con el p�rrafo 1 del art�culo 5.

6.141 El Dr. McVicar observ� que la lista de enfermedades de la OIE era el resultado de decenios de experiencia en la esfera de la patogenicidad y las consecuencias de esas infecciones en varios pa�ses, la ausencia de medidas adecuadas de lucha contra ellas, el conocimiento de su distribuci�n limitada y su flexibilidad frente al confinamiento y la lucha contra ellas con medidas legislativas. Como no hab�a registros publicados, estaba claro que en ning�n caso se hab�a realizado una evaluaci�n formal del riesgo, aunque a grandes rasgos pod�a considerarse la sensibilizaci�n internacional y el acuerdo sobre sus efectos como una forma de evaluaci�n cualitativa del riesgo. No era coincidencia que la mayor parte de las enfermedades enumeradas por la OIE fueran tambi�n enfermedades controladas mediante reglamentaciones para la lucha contra las enfermedades de los peces de �mbito nacional (por ejemplo, el Reino Unido, los Estados Unidos, Irlanda, Canad�) o internacional (por ejemplo, la Uni�n Europea). La OIE recib�a anualmente cuestiones de ictiopatolog�a de los participantes nacionales, evaluaba la reglamentaci�n y las listas de enfermedades y, si lo consideraba oportuno, pod�a a�adir enfermedades a la lista o suprimirlas.

6.142 La Dra. Wooldridge indic� que no ten�a competencia para responder a esta pregunta.



131 En el Anexo II del presente documento figura una transcripci�n de la reuni�n con los expertos.


Continuaci�n: VII. CONSTATACIONES

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