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ORGANIZACIÓN MUNDIAL
DEL COMERCIO

WT/DS126/RW
21 de enero de 2000

(00-0227)

Original: inglés

AUSTRALIA - SUBVENCIONES CONCEDIDAS
A LOS PRODUCTORES Y EXPORTADORES
DE CUERO PARA AUTOMÓVILES


RECURSO DE LOS ESTADOS UNIDOS AL
PÁRRAFO 5 DEL ARTÍCULO 21 DEL ESD

INFORME DEL GRUPO ESPECIAL

(Continuación)


ANEXO 2-2

ESCRITO DE RÉPLICA DE AUSTRALIA

(15 de noviembre de 1999)

ÍNDICE

RESUMEN ANALÍTICO 

  1. INTRODUCCIÓN
     
  2. PUNTOS CLAVE 
     
  3. LA PRIMERA COMUNICACIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS 

a) Puesta con conformidad 
b) "Reembolso" 
c) Período de asignación 
d) Asignable frente a no asignable 
e) Metodología y práctica en materia de derechos compensatorios
f) El Anexo IV del Acuerdo SMC 

  1. CONCLUSIÓN

RESUMEN ANALÍTICO

1. La presente comunicación tiene por objeto refutar el intento por parte de los Estados Unidos de introducir en la evaluación de conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (SMC) el criterio relativo a los efectos y resultados comerciales. En lugar de hacer eso, los Estados Unidos debieran centrarse en la cuestión que el Grupo Especial tiene a la vista, a saber, si Australia ha puesto en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC los pagos en concepto de donación, de acuerdo con el Informe del Grupo Especial sobre Australia - Subvenciones concedidas a los productores y exportadores de cuero para automóviles (WT/DS126/R) ("el Informe").

2. En el Informe se constató que los pagos en concepto de donación estaban vinculados a los objetivos de ventas establecidos en el Contrato de Donación durante el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000. Ese es el período en el que se gastaron los pagos en concepto de donación.

3. Australia demuestra que el argumento de los Estados Unidos, de que las subvenciones ya no se gastan después de la fecha de la adopción de los informes de grupos especiales y que incluso acumulan intereses ad infinitum, es incompatible con la legislación de la OMC y del GATT de 1947 y con la práctica de la OMC que obligan a los Miembros a ponerse en conformidad.

4. Al retirar de Howe and Co. el 14 de septiembre de 1999 la suma de 8,065 millones de dólares1, Australia ha hecho más de lo necesario para aplicar las recomendaciones del Informe y cumplir con las obligaciones que le impone la OMC de poner los pagos en concepto de donación en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC.

INTRODUCCIÓN

5. Al no existir comunicaciones de terceros, la presente réplica se limita a recapitular brevemente las cuestiones clave para luego comentar aspectos de la primera comunicación de los Estados Unidos.

PUNTOS CLAVE

6. Los objetivos de ventas establecidos en el Contrato de Donación indican que los pagos en concepto de donación habrían de gastarse en el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000. El Grupo Especial sobre Australia - Subvenciones concedidas a los productores y exportadores de cuero para automóviles constató en su informe (WT/DS126/R) ("el Informe") que los pagos en concepto de donación estaban supeditados a resultados de exportación debido a los objetivos de ventas. En cualquier caso, los pagos en concepto de donación se proporcionaron a la producción de cuero para automóviles como parte de las disposiciones de asistencia en curso para el período en que el cuero para automóviles no tenía derecho a recibir asistencia en el marco de los programas generales aplicados a los textiles, las prendas de vestir y el calzado. El cuero para automóviles quedó excluido del actual Programa de Créditos a la Exportación (ICS) desde el 1º de abril de 1997. El ICS debía concluir el 30 de junio de 2000, para ser sustituido por el programa general para los textiles, las prendas de vestir y el calzado que entraría en vigor el 1º de julio de 2000. En ese programa quedará incluido el cuero para automóviles.

7. De acuerdo con las reglas de la OMC y con la práctica en el marco del GATT de 1947 y de la OMC, el Miembro de que se trate sólo está obligado a poner en conformidad una medida en la fecha de la aplicación. El Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias (ESD) no es un mecanismo punitivo ni tiene efectos retroactivos. Toda subvención que esté asignada a un período de tiempo sigue gastándose a lo largo de ese período hasta que el Miembro pone la medida en conformidad retirando la suma de dinero pendiente. En otro caso, la medida se pone en conformidad automáticamente al final del período de asignación debido a que todas las sumas han sido ya gastadas.

8. Australia ha retirado una suma superior a la necesaria para cumplir con las recomendaciones del Informe y para poner los pagos en concepto de donación en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (el Acuerdo SMC) el 14 de septiembre de 1999.

® Los pagos en concepto de donación estuvieron vinculados a objetivos de ventas durante el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000.

® Los pagos en concepto de donación se gastaron durante el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000.

® Solamente había que retirar el dinero vinculado a exportaciones de cuero para automóviles.2

® El 14 de septiembre de 1999 se retiró de Howe and Co. (Howe) la suma de 8,065 millones de dólares.3

® En su primera comunicación, Australia demostró que esa suma era superior a cualquier cálculo razonable de la proporción de los pagos en concepto de donación vinculados a exportaciones reales o previstas durante el resto del período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000.

® Los pagos a Howe en concepto de donación son medidas independientes del préstamo en condiciones de favor concedido a Australian Leather Holdings Ltd. (ALH) en 1999 (el Préstamo de 1999).

® El asunto planteado ante el Grupo Especial es si los pagos en concepto de donación se han puesto en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC.

Alternativamente,

® Nada impide al Gobierno australiano proporcionar nuevas subvenciones compatibles con la OMC a Howe, a ALH o a cualquier otra empresa.

® Si el Grupo Especial decide examinar el Préstamo de 1999, éste se deberá examinar como medida independiente y ser evaluado según sus propios términos en el marco del apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC.

® Aunque el Préstamo de 1999 a ALH es una subvención, ésta es compatible con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC.

III. LA PRIMERA COMUNICACIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS

9. Seguidamente se hacen algunos comentarios sobre aspectos específicos de la primera comunicación de los Estados Unidos.

a) Puesta en conformidad

10. En el párrafo 15 de su primera comunicación los Estados Unidos decían:

"No hay desacuerdo entre las partes en que las disposiciones del párrafo 7 del artículo 4 del Acuerdo SMC y las recomendaciones contenidas en el Informe del Grupo Especial piden que Australia retire solamente la porción prospectiva de la subvención ilegal." [negritas añadidas]

y

"… en el artículo 19 del ESD se prescribe que "Cuando un grupo especial o el Órgano de Apelación lleguen a la conclusión de que una medida es incompatible con un acuerdo abarcado, recomendarán que el Miembro afectado la ponga en conformidad con ese acuerdo". La utilización de la frase "la ponga [la medida] en conformidad" indica que las recomendaciones contempladas por el artículo 19 del ESD incluyen únicamente las recomendaciones que piden a los Miembros la aplicación de medidas prospectivas, no medidas retrospectivas."

11. Australia considera que la Escritura de Finiquito4 era suficiente para poner a Australia en conformidad porque cancelaba toda obligación del Contrato de Donación. No obstante, para poner fin a esta diferencia, Australia decidió retirar una suma superior a la que estaría obligada de acuerdo con cualquier otra interpretación, es decir, la suma de 8,065 millones de dólares.

12. Parece que existe un terreno común con los Estados Unidos en que:

® el asunto consiste en que el Miembro ponga una medida en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC; y

® cuando se ha gastado una subvención, no es necesario retirarla.

No obstante, Australia considera que

® cuando una suma de la subvención se gasta antes de la fecha en que un Miembro pone la medida en conformidad, no es necesario retirar esa suma; y

® sólo es necesario retirar la suma que se considera vinculada a exportaciones de cuero para automóviles, no las sumas vinculadas a las ventas internas de cuero para automóviles u otras ventas.

13. Cuando se asigna una subvención a un determinado período, solamente es necesario retirar la parte de la subvención asignada al período ulterior a la fecha de cumplimiento para poner la medida en conformidad a la fecha de cumplimiento. A medida que pasa el tiempo, va haciéndose más pequeña la suma que ha de ser retirada y llega a reducirse a cero al final del período para el que se ha asignado la subvención. Naturalmente, si un Miembro no pone la medida en conformidad en la fecha recomendada por un grupo especial, en cumplimiento del párrafo 7 del artículo 4 del Acuerdo SMC, el reclamante puede tener derechos compensatorios o de retorsión hasta que se ponga en conformidad la medida. Ahora bien, eso no puede hacer aumentar, ni detener la reducción a lo largo del tiempo de la suma de la subvención que ha de ser retirada para poner la medida en conformidad. Por analogía, si la medida fuese un arancel en lugar de una subvención, el enfoque de los Estados Unidos entrañaría no sólo poner en conformidad la medida arancelaria, sino también devolver a los importadores con intereses el dinero recaudado hasta la fecha de cumplimiento. No se supone que el ESD sea un mecanismo punitivo, sino un mecanismo "… para aportar seguridad y previsibilidad al sistema multilateral de comercio. …".5

14. Australia disiente del criterio adoptado por los Estados Unidos en su primera comunicación al decir que:

® la suma que se debe retirar es la suma pendiente en el momento de la adopción del Informe (es decir, el 16 de junio de 1999);

® la suma que se debe retirar al concluir el plazo de 90 días (es decir, el 14 de septiembre de 1999) incluye los intereses correspondientes al período entre el 16 de junio de 1999 y la fecha de la retirada; y

® la fecha que se debe retirar sigue aumentando hasta la fecha en que se retire en cuantía mucho mayor.

15. Los Estados Unidos no han aducido argumento alguno a ese respecto más allá de manifestar:

® "Aunque el Grupo Especial concedió a Australia 90 días para cumplir la recomendación, Australia tenía libertad para cumplirla en cualquier momento durante aquel período. En lugar de hacerlo así, Australia agotó el período de 90 días y esperó hasta el 14 de septiembre para aplicar su remedio y luego alegar que su retirada tendría efecto a partir de aquella fecha."6

y

® "Los Estados Unidos aducen que el período de 90 días para el cumplimiento no tenía por objeto proporcionar a Australia tres meses más en los que poder seguir aportando con impunidad la subvención a la exportación."

A continuación de lo cual hace la afirmación, no fundamentada en ninguna disposición de la OMC, de que

® Una interpretación semejante premiaría -y alentaría- la demora en llevar a efecto las recomendaciones del Grupo Especial. Más bien, la fecha a partir de la cual debe calcularse el elemento prospectivo de la subvención es la fecha del Informe del Grupo Especial. Este enfoque, que no desalentaría el pronto cumplimiento, haría realidad la intención expresa del párrafo 7 del artículo 4, en el que se prescribe que los grupos especiales recomienden que el Miembro de que se trate retire la subvención prohibida "sin demora"."7

16. Las disposiciones del ESD, y también el párrafo 7 del artículo 4 del Acuerdo SMC, conceden a un Miembro tiempo para poner una medida en conformidad "con impunidad". El propósito del ESD es el de que las medidas se pongan en conformidad, no el de sancionar de alguna manera al Miembro. Cuando una medida se ha puesto en conformidad, queda cumplido el objeto y propósito del ESD.

17. En el párrafo 46 de su primera comunicación, los Estados Unidos parecen estar diciendo que existe una distinción entre la expresión "sin demora" del párrafo 7 del artículo 4 del Acuerdo SMC y el período recomendado por el Grupo Especial original para que Australia pusiera en conformidad los pagos en concepto de donación. Esto choca con el texto del párrafo 7 del artículo 4 del Acuerdo SMC, en el que se dice:

"… retire [esa subvención] sin demora. A este respecto, el grupo especial especificará en su recomendación el plazo dentro del cual debe retirarse la medida." [negritas añadidas]

Así pues, a tenor del párrafo 7 del artículo 4 del Acuerdo SMC, la tarea de un grupo especial consiste en recomendar qué período de tiempo se entiende por "sin demora" en el asunto que se esté examinando. A este respecto, en sus párrafos 10.6 y 10.7, dice el Informe:

"… Además, no creemos, como cuestión de hecho, que se pueda afirmar razonablemente que un plazo de siete meses y medio responde a la prescripción de que la medida se retire "sin demora". … Habida cuenta de la naturaleza de las medidas, consideramos que un plazo de 90 días sería apropiado para retirar las medidas. En consecuencia, recomendamos que las medidas se retiren dentro de un plazo de 90 días."

18. Así pues, el período previsto en el párrafo 7 del artículo 4 del Acuerdo SMC permite que el Miembro, "con impunidad", retire las medidas en cualquier momento entre la fecha de adopción y el final del período que haya recomendado el grupo especial. No hay nada malo en que el Miembro aproveche el tiempo que se le ha concedido. Cuando un Miembro tiene un programa de subvención a las exportaciones, que paga a los exportadores en el momento de la exportación, no hay nada que indique que ese Miembro haya de recuperar el dinero que proporcionó entre la fecha de adopción y la fecha en que concluyó el programa. No existe justificación para tratar de manera punitiva una subvención a la exportación pagada anticipadamente.

19. Si la parte restante de una subvención no se siguiera gastando en el período al que se hubiere asignado, la suma que habrá de retirarse nunca disminuiría. De hecho, aumentaría si se adoptase el enfoque punitivo de los intereses por parte de los Estados Unidos. Ello querría decir que al final del período de asignación, y aun cuando no existiese ya ningún beneficio para la empresa de que se trate, el Miembro seguiría teniendo que retirar la cuantía original pendiente, junto con los intereses, para poner en conformidad la medida. Siguiendo ese razonamiento, si un Miembro, por alguna razón, no pudiera retirar el dinero, nunca podría poner la medida en conformidad y presumiblemente estaría obligado a indemnizar o a sufrir retorsión para siempre, pese a que la empresa interesada ya no recibe beneficio alguno. Un criterio de esa naturaleza dejaría en ridículo a la OMC.

20. Efectivamente, si Australia no hubiera retirado los 8,065 millones de dólares y si los 30 millones están asignados a la totalidad del período comprendido entre el 1º de abril de 1997 y el 30 de junio de 2000, la suma que Australia habría de retirar para poner en conformidad los pagos en concepto de donación habría disminuido a lo largo del tiempo hasta quedar en cero el 30 de junio de 2000. A la fecha en que se adopte el informe del presente Grupo Especial -digamos, el 14 de febrero de 2000- la cuantía restante de la subvención8 sería aproximadamente de 3,5 millones de dólares9 de acuerdo con la variante preferida expuesta en la primera comunicación de Australia10 y de 4,2 millones de dólares11 de acuerdo con la otra variante.12 Calculando en no más del 90 por ciento de las ventas las exportaciones de cuero para automóviles13, habrían quedado 3,1 millones o 3,8 millones de dólares, respectivamente, que Australia tendría que retirar en aquella fecha para poner en conformidad los pagos en concepto de donación.

21. Al parecer, en su primera comunicación los Estados Unidos tratan de inventar un nuevo concepto jurídico para evaluar la conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC basado en las consecuencias para el comercio y los resultados comerciales.

22. Por ejemplo, dicen:

"Las determinaciones del presente Grupo Especial sobre esos puntos son críticas para que el Informe tenga sentido práctico." [negritas añadidas]14

"… Australia solicita el permiso del Grupo Especial para declarar en gran medida irremediable su subvención ilegal. … No se puede permitir una cosa así. …" [negritas añadidas]15

"La porción prospectiva de la subvención debe determinarse sobre una base económica razonable." [negritas añadidas]16

Australia alega que la función de un grupo especial, en el marco del sistema de la OMC, consiste en:

"… hacer una evaluación objetiva del asunto que se le haya sometido, que incluya una evaluación objetiva de los hechos, de la aplicabilidad de los acuerdos abarcados pertinentes y de la conformidad con éstos …"17

El apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC no se refiere a los efectos desfavorables tratados en el artículo 5 del Acuerdo SMC ni a ninguna otra cuestión no relacionada con una infracción. Lo que se plantea al presente Grupo Especial es constatar si Australia ha puesto las medidas de que se trata en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC y, de no ser así, la razón de que no haya aplicado las conclusiones y recomendaciones del Informe.

El concepto de hacer que una subvención sea "irremediable" constituye una mala interpretación de la finalidad de una diferencia a tenor del apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC, en la que se trata de una infracción y, por consiguiente, se refiere a la conformidad con una disposición. El punto clave para aplicar una recomendación relativa a una subvención incompatible con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC es la de saber por qué se determina su incompatibilidad. Eso proporciona al Miembro interesado la base para reconfigurar la asistencia a fin de que sea compatible con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC.

b) "Reembolso"

23. El párrafo 13 de la primera comunicación de los Estados Unidos dice lo siguiente:

"… esa pequeña suma ni siquiera constituyó una retirada parcial de la subvención, en la medida en que el Gobierno australiano la reembolsó mediante un préstamo en condiciones no comerciales." [Negritas añadidas.]

24. El Préstamo de 1999 es una medida independiente de los pagos en concepto de donación. Según se constató en el Informe, si se considerara necesario examinar la compatibilidad del Préstamo de 1999, sería necesario evaluarlo aparte del asunto que ocupa al Grupo Especial, a saber, si los pagos en concepto de donación se han puesto en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3.

25. En el párrafo 9 de su primera comunicación, los Estados Unidos convienen con el Informe en que los pagos en concepto de donación se entregaron a Howe.18 El Préstamo de 1999 se concedió a una empresa diferente, ALH, cuya gama de producción es más amplia. Incluso en el caso de que el Préstamo de 1999 se hubiera facilitado a Howe/ALH, como el Préstamo de 1997, Australia estima que habría puesto los pagos en concepto de donación en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC. Ese préstamo habría sido en sí mismo compatible con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3, dado que el Préstamo de 1997 es compatible. Para poner en conformidad los pagos de la subvención, Australia no tuvo que imponer ninguna medida punitiva a una determinada empresa ya sea Howe o ALH. De lo que se trata es de los derechos y las obligaciones de Australia como Miembro.

26. El Grupo Especial original constató que Australia había infringido las normas de la OMC y Australia aceptó la decisión sin apelar contra ella. Ahora ha puesto en conformidad los pagos en concepto de donación ateniéndose al plazo establecido en el Informe. El apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 no es una disposición relativa a efectos o resultados comerciales, sino que se refiere a la cuestión de si el dinero está supeditado a exportaciones reales o previstas. La repercusión en Howe, en ALH o en cualquier otra empresa australiana no es pertinente, ya que éstas no son miembros, y Australia sí lo es. Una vez dicho esto, la devolución de los 8,065 millones de dólares entraña importantes consecuencias para Howe y ALH, ya que se trata de una pérdida de activos. El capital social de Howe y ALH se ha reducido en esa cuantía. Aunque se concedió a ALH un préstamo en condiciones de favor (el Préstamo de 1999), eso no afecta a la estructura del capital. El Préstamo de 1999 constituye un pasivo y tendrá que ser amortizado. Sus beneficios sólo se harán sentir durante la vigencia del préstamo. Existe una clara distinción entre los efectos en el capital y el pasivo que tiene la concesión de una subvención y los que se derivan de un préstamo en condiciones de favor.

27. En el párrafo 12 de su primera comunicación, los Estados Unidos dicen que el Préstamo de 1999 convierte la retirada en un "simulacro". ALH y sus empresas asociadas producen una gama de productos aparte del cuero para automóviles. ALH puede hacer lo que quiera con el dinero del Préstamo de 1999. No tiene obligación alguna de dedicar ni un centavo a la producción o venta de cuero para automóviles. El Informe constató que los pagos en concepto de donación eran incompatibles con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC, pero que el Préstamo de 1997 a Howe y ALH relativo al cuero para automóviles era compatible. El Informe (y los Estados Unidos19) también aceptó que no había nada ilegal en que un gobierno sustituyera una subvención por otra que fuese compatible. Lo que Australia ha hecho se denomina, en el lenguaje de la OMC, "poner una medida en conformidad", no un "simulacro".

28. Australia tiene derecho a conceder nuevas subvenciones a Howe y ALH, a condición de que sean compatibles con la OMC. El Préstamo de 1999 a ALH es una medida independiente de los pagos en concepto de donación y su compatibilidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC tendría que evaluarse por separado de la cuestión de si Australia ha puesto los pagos en concepto de donación en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC al retirar de Howe una suma de dinero suficiente para cumplir con las conclusiones y recomendaciones del Informe.

c) Período de asignación

29. Lo que se plantea al Grupo Especial es el período real de asignación de los 30 millones de dólares, que fue el factor clave para la constatación en el Informe de que los pagos en concepto de donación eran incompatibles con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC. La cuestión de lo que un economista pudiera decir acerca del "beneficio -y la resultante perturbación del comercio"20 no tiene nada que ver con el asunto que el Grupo Especial tiene ante sí.

30. En el párrafo 17 de su primera comunicación dicen los Estados Unidos con referencia a los 30 millones de dólares lo siguiente:

"… aceptando retirar la subvención a la exportación otorgada a la producción nacional de cuero para automóviles, y luego limitándose simplemente a reemplazarla por otra subvención a la exportación igualmente ilegal. …"

Esta declaración respalda el hecho de que los 30 millones de dólares tenían que gastarse durante el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000. El acuerdo establecido entre Australia y los Estados Unidos se refería a la retirada del cuero para automóviles del ICS a partir del 1º de abril de 1997.21 El ICS sólo estará vigente hasta el 30 de junio de 2000, ya que la legislación quedará sin efecto. Los productores de cuero para automóviles tendrán derecho a recibir subvenciones en el marco del nuevo programa general para los textiles, las prendas de vestir y el calzado a partir del 1º de julio de 2000. Así pues, los pagos en concepto de donación estaban simplemente asignados a cubrir la laguna entre el 1º de abril de 1997 y el 30 de junio de 2000, y el Informe constató que esa suma estaba supeditada a los objetivos de ventas para ese período, que el Informe estimó que de hecho creaban objetivos de exportación para ese período.

31. En el párrafo 40 de su primera comunicación, los Estados Unidos dicen:

"Las donaciones constituían una subvención a la exportación porque estaban supeditadas a los resultados de la exportación."

32. En el párrafo 41 de su primera comunicación, los Estados Unidos dicen:

"… el plazo determinado en un contrato de donación para alcanzar los resultados no es una medida razonable para calcular la duración de los beneficios que confiere la subvención ni para calcular la porción "prospectiva" de ésta."

33. Los Estados Unidos dicen que los pagos en concepto de donación están, por una parte, asignados al período de las prescripciones sobre resultados de las ventas a los efectos de considerarlos incompatibles con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC, pero luego dicen que, de alguna manera, no fueron gastados en dicho período.

34. En el párrafo 41 de su primera comunicación, los Estados Unidos dicen también lo siguiente:

"… no existe una relación forzosa entre los criterios para una subvención a la exportación -como son los resultados de las exportaciones- y la duración efectiva de los beneficios. Inventar una relación de esa naturaleza deja a las subvenciones a la exportación abiertas a manipulación."

Lo que dicen los Estados Unidos es que se puede constatar que una medida es una subvención a la exportación sobre la base de su vinculación a las exportaciones en un período determinado (es decir, "los criterios"), pero que el período de asignación para poner a la medida en conformidad puede ser algo totalmente diferente. Los Estados Unidos no aportan explicación alguna para eso, salvo decir que desea que se retire una mayor proporción de la subvención. Es difícil comprender el razonamiento de los Estados Unidos, pero es evidente que el hecho de que se determine que una subvención es incompatible debido a las prescripciones sobre resultados difícilmente puede considerarse "[i]nventar una relación de esa naturaleza". De la misma manera, utilizar los criterios que aplica un grupo especial como elementos críticos para constatar la incompatibilidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC, no se puede interpretar como que con ello se "deja a las subvenciones a la exportación abiertas a manipulación". La relación es la base de la incompatibilidad y en consecuencia es crucial para la cuestión de poner una medida en conformidad.

35. A juzgar por el párrafo 42 de la primera comunicación de los Estados Unidos, la vinculación con los objetivos de ventas era la diferencia crítica entre los pagos en concepto de donación y el Préstamo de 1997. Si bien los objetivos de ventas no eran el único factor, sí constituían el único factor que no se aplicaba también al Préstamo de 1997, que se constató incompatible con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC. La segunda oración del párrafo 42 de la primera comunicación de los Estados Unidos llama a engaño. Dice así:

"Entre los "demás hechos" estaba el de que la mayor producción resultante de las donaciones y de "las inversiones de capital exigidas" se convertiría en un incremento de las exportaciones." [No se incluye la referencia a pie de página al párrafo 9.67 del Informe.]

En la medida en que ese "otro hecho" fuera pertinente, también se aplicaba al Préstamo de 1997. El Préstamo de 1997 obligaba a que el dinero se utilizara para fines relacionados con el cuero para automóviles. También en el párrafo 7.244 del Informe se dice que:

"En su informe semestral, Schaffer declaraba … que el préstamo se otorgaba "para prestar ayuda al programa de capital"."

Del párrafo 9.67 del Informe22 se desprende claramente que el factor clave eran las exportaciones previstas durante el período abarcado por los objetivos de ventas, a saber, del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000.

36. En los párrafos 26 y 27 de su primera comunicación los Estados Unidos insertan un espantajo en esta diferencia. El período establecido para gastar los pagos en concepto de donación (1º de abril de 1997 a 30 de junio de 2000) no es "arbitrario". Lo fundamental en el presente asunto eran los objetivos de ventas. Es evidente que cada situación tendría que tratarse por separado. Si un Miembro estableciera un plazo de seis meses o un año, o cualquier otro período obviamente ficticio, cualquier grupo especial tendría que tenerlo en cuenta para su dictamen. Sin embargo, en el presente caso el período es claro y auténtico y constituyó la base para las conclusiones del Informe. No tiene sentido decir que las disposiciones adoptadas por un Miembro para poner en conformidad una medida "recortan gravemente" las reglas. El apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC no tiene por objeto eliminar los efectos adversos ni castigar a los receptores de subvenciones, sino que se refiere a la forma de la subvención de que se trate y al cumplimiento de las obligaciones del Miembro. Incluso los Estados Unidos lo admitieron así ante el Grupo Especial original, según se ve en la nota 132 a pie de página del Informe.23

d) Asignable frente a no asignable

37. Los Estados Unidos hablan de subvenciones recurrentes y no recurrentes para tratar de justificar su enfoque. Los Estados Unidos no aportan justificación alguna para su afirmación de que la práctica en materia de medidas compensatorias y la labor que se realiza en torno al apartado a) del párrafo 1 del artículo 6 del Acuerdo SMC, en el marco de la nota 62 a pie de página del Anexo IV del Acuerdo SMC, deben constituir la guía para evaluar la compatibilidad de una medida con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC.

38. Incluso en su propio reglamento sobre derechos compensatorios, los Estados Unidos señalan que: "El artículo 351.524 sigue manteniendo la diferencia entre beneficios "recurrentes" y beneficios "no recurrentes". Aunque pudiera ser más exacto utilizar los términos "no imputable" e "imputable" …".24

39. El término "asignable" significa que "puede ser asignado".25 Es evidente que los pagos en concepto de donación se pueden asignar, ya que están vinculados a objetivos de ventas. El hecho de que los objetivos de ventas puedan no alcanzarse realmente no cambia las cosas, habida cuenta de la determinación que figura en el párrafo 9.68 del Informe y que dice: "así pues, el hecho de que las exportaciones previstas no se hayan materializado en los volúmenes previstos no afecta a nuestra conclusión".

40. El fundamento para el concepto de recurrente y no recurrente es el de tratar la cuestión de subvenciones pagadas de una sola vez a efectos del daño grave y de las medidas compensatorias cuando no existe un vínculo real con la producción o las ventas en un período determinado. Así pues, se aplica como norma el criterio de la vida útil de los activos debido a que no hay vinculación con otro período.26

41. La situación es muy otra para un asunto en el marco del apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC, en el que debe existir un vínculo entre la concesión de la subvención y la exportación real o prevista del producto de que se trate para que exista infracción. La tarea del grupo especial consiste en constatar si existe esa vinculación. La base para la determinación del grupo especial establecerá el período al que se asigna la subvención. En el presente caso es el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000. Además, a menos que sea una parte explícita de las actuaciones, no será posible decir qué es lo que una empresa producirá en el futuro o qué proporción de su producción exporta, y mucho menos que el gobierno donante vinculaba el dinero a esas exportaciones previstas.

42. Establecer el supuesto de que el dinero pagado a Howe a condición de cumplir determinados resultados de ventas en el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000 debería de alguna manera imputarse como subvención a la exportación de cuero para automóviles durante los 10 años siguientes es un capricho. El dinero se pagó por los resultados en el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000 y en consecuencia se asignó a ese período y durante el mismo se gastó. Esta opinión es también consecuente con el enfoque adoptado en los párrafos 171 y 172 del Informe del Órgano de Apelación sobre Aeronaves Canadienses (WT/DS70/AB/R).

43. El Préstamo de 1997 proporcionó un crédito en condiciones favorables con vencimiento en el año 2012 y un período de gracia hasta el 1º de febrero de 2003. El Informe constató que eso no era incompatible con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC, incluso para el período hasta el 30 de junio de 2000, y desde luego con posterioridad a esa fecha. El único factor que no figuraba en el Préstamo de 1997 y que existía en los pagos en concepto de donación era el de los objetivos de ventas provisionales y agregados del período comprendido entre el 1º de abril de 1997 y el 30 de junio de 2000. Así pues, cualquier parte de los pagos en concepto de donación que fuese asignable a un período ulterior al 30 de junio de 2000 no podía estar supeditado a los resultados de las exportaciones en el sentido del apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC y no sería incompatible con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC. En tal caso, la suma que sería preciso retirar a más tardar el 14 de septiembre de 1999 habría sido solamente de 1,8 millones de dólares.27

44. La situación en el caso de Howe y el cuero para automóviles es la siguiente:

® Howe se benefició del ICS (y en menor medida del EFS) respecto del cuero para automóviles hasta el momento en que se suprimió de los programas, a partir del 1º de abril de 1997, el cuero para automóviles.

® El Contrato de Donación relativo a los 30 millones de dólares abarcaba el período hasta la conclusión del ICS el 30 de junio de 2000.

® El cuero para automóviles tendrá derecho a subvenciones en el marco del nuevo programa general para los textiles, las prendas de vestir y el calzado a partir del 1º de julio de 2000.

45. Presumiblemente, incluso los Estados Unidos convendrían en que la asistencia en el marco del ICS fue recurrente hasta el 1º de abril de 1997. Las diversas sumas en concepto de donación eran pagaderas en las siguientes fechas: 5 millones de dólares en marzo de 1997; 12,5 millones en función de los resultados de las ventas durante el trimestre siguiente, y otros 12,5 millones en función de los resultados de los 12 meses siguientes. El Informe constató que esos pagos se basaban también en los resultados agregados de las ventas al 30 de junio de 2000. Más allá de esa fecha, habrá un nuevo programa general de subvenciones para los textiles, las prendas de vestir y el calzado. Como se señaló en el párrafo 2.3 del Informe:

"En el contrato de donación se dispone que se efectúe una serie de tres pagos por concepto de donación por un valor total de hasta 30 millones de dólares australianos. El importe total de los pagos que había que efectuar con arreglo al contrato de donación se fijó en 30 millones de dólares australianos para limitar el nivel global de las subvenciones ad valorem de las ventas hasta mediados del año 2000 a aproximadamente el 5 por ciento."

Los Estados Unidos no impugnaron esa afirmación. A ojos de cualquier evaluación razonable, la asistencia prestada al cuero para automóviles ha sido y sigue siendo recurrente, en el sentido de lo que "ocurre frecuente o periódicamente".28 Los pagos en concepto de donación son asignables en el sentido de que se pueden asignar a las ventas durante períodos de tiempo específicos. Cuando las donaciones están efectivamente vinculadas a las ventas en un período determinado, toda autoridad razonable las gastaría en el período pertinente. En este caso, la asistencia se concedió a la producción de cuero para automóviles durante un largo período, aunque en diferentes formas para los tres períodos en cuestión.29

46. El Informe constató que los pagos en concepto de donación se hicieron en función de las ventas previstas, es decir, que se pagaron anticipadamente, así como en función de ventas anteriores y por lo tanto estaban vinculados al objetivo global de ventas, así como a los objetivos parciales de ventas. Esto no afectó a la conclusión del Informe en el sentido de que los pagos en concepto de donación estaban vinculados a aquellos objetivos de ventas.

47. Supongamos que los objetivos parciales se hubieran fijado en intervalos trimestrales y que los pagos en concepto de donación se hubieran hecho efectivos también trimestralmente a posteriori. Presumiblemente, el Grupo Especial original habría seguido constatando que los pagos infringían el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC. Australia podría simplemente haber hecho el último pago el 14 de septiembre de 1999 y habría estado en conformidad. La subvención se habría retirado y no habría sido necesario retirar de la empresa parte alguna del dinero pagado antes del 14 de septiembre de 1999. No existe fundamento alguno en el Acuerdo SMC, en el ESD, en el GATT de 1947 o en la práctica de la OMC para que se deba retirar más dinero cuando una subvención se paga anticipadamente que cuando se paga a posteriori.

48. Los Estados Unidos hablan de la asignación de beneficios a lo largo de 13 años. Si un receptor está obligado, como condición para recibir la subvención, a gastarla para lograr determinadas ventas en un período particular, tanto el dinero como los beneficios son imputables a esas ventas. En tal caso, la subvención aumenta la corriente de ingresos de la empresa, pero la subvención no se puede gastar dos veces. El incremento de la corriente de ingresos de la empresa puede dedicarse a invertir en el mismo producto, o a invertir en otro producto, o puede servir para el pago de dividendos, o para cualquier otro fin. Lo importante a efectos del apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC es que el propósito al que se dedica la subvención no es fungible. Tiene que estar vinculada, de jure o de facto, a los resultados de la exportación del producto en cuestión. El Informe constató que los objetivos de ventas eran el factor crítico al estar vinculados los pagos en concepto de donación a los objetivos parciales y globales de ventas. Australia ha cumplido de buena fe el contenido de esa constatación.

49. En cualquier caso, las futuras corrientes de ingresos y beneficios del cuero para automóviles después del 30 de junio de 2000 no están claras. Actualmente, Howe produce cuero para automóviles en su planta de Thomastown, en Melbourne. La curtiduría de Rosedale, en la parte oriental de Victoria, no produce cuero acabado y mucho menos cuero para automóviles, es simplemente una curtiduría. Aunque Thomastown cerrase o se transformara para producir abrigos de piel, Rosedale seguiría funcionando.

50. La curtiduría de Rosedale puede producir insumos con destino a cualquier tipo de producto de cuero, por ejemplo, para calzado, tapicería, automóviles, prendas de vestir o accesorios. Todo depende de una buena gestión, en particular control de calidad, y de servir lo que el mercado pide. De la misma manera, la planta de Thomastown, si bien de momento produce efectivamente cuero para automóviles, tiene muy poca maquinaria especializada en la producción de cuero para automóviles, excepción hecha de cierto equipo de corte especializado. Podría utilizar la maquinaria para fabricar cuero para cualquier aplicación, desde zapatos a sillones. Incluso el equipo de corte se puede ajustar para producir otras cosas aparte de asientos de automóvil. El valor, en lo que respecta al cuero para automóviles, está en el control de calidad y en las relaciones comerciales. Cuando dejen de estar de moda los asientos de cuero, como en algún momento ocurrirá, las empresas como Howe se dedicarán también a otras líneas de producción. Los Estados Unidos afirman implícitamente que Rosedale sólo producirá para Thomastown; que Thomastown sólo producirá cuero para automóviles durante los próximos 10 años, y que toda la producción se exportará. Los Estados Unidos no han aducido argumento alguno que respalde esa afirmación, que es injustificable.

51. En lo que se refiere a los párrafos 33 y 34 de la primera comunicación de los Estados Unidos, la cuestión de un tipo de interés apropiado no es pertinente para el presente Grupo Especial. No obstante, con el fin de completar la información, Australia señala que los Estados Unidos no han aportado ningún dato razonable sobre lo que debería ser un tipo de interés apropiado en 1999 ó 2000. Los Estados Unidos se han limitado a presentar nuevamente una prueba documental correspondiente al Grupo Especial original relativa a los estados financieros de ALH en 1997. Los Estados Unidos no han intentado sugerir cuál sería actualmente un tipo de interés apropiado, cualquiera que pudiera ser su finalidad. Los datos relativos a pagos son también evidentemente inexactos.30

e) Metodología y práctica en materia de derechos compensatorios

52. El trato que aplican las autoridades encargadas de los derechos compensatorios en los Estados Unidos o en las CE no tienen valor probatorio para el Grupo Especial. En cualquier caso, el presente Grupo Especial está examinando un caso relativo al apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC y no a la práctica en materia de medidas compensatorias. La referencia a Canadá - Aeronaves (WT/DS70/AB/R) en la nota 10 a pie de página de la primera comunicación de los Estados Unidos se refería a la existencia de una subvención y no a la cuestión de la conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC, que está examinando el presente Grupo Especial. El Órgano de Apelación constató que las directrices del artículo 14 del Acuerdo SMC eran el contexto pertinente para evaluar si se había otorgado un beneficio a los efectos del apartado b) del párrafo 1 del artículo 1 del Acuerdo SMC. Las directrices del artículo 14 no abordan la cuestión de la asignación a lo largo de la vida de los activos. Australia rechaza que se considere pertinente la práctica de los Estados Unidos en materia de derechos compensatorios para interpretar aspectos de la Parte V del Acuerdo SMC, y mucho menos del apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC.

f) El Anexo IV del Acuerdo SMC

53. Es ésta una parte del Acuerdo SMC totalmente diferente. Los Estados Unidos no han establecido fundamento alguno para alegar que un criterio adoptado para tratar un tipo de donación en el marco del apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC debe aplicarse también a otro tipo de donación totalmente diferente en el marco del apartado a) del párrafo 1 del artículo 6 del Acuerdo SMC.

54. El informe del Grupo Informal de Expertos no tiene categoría formal y el Comité de Subvenciones y Medidas Compensatorias no ha hecho más que tomar nota del mismo. No ha sido adoptado como entendimiento según lo dispuesto en la nota 62 a pie de página del Acuerdo SMC a efectos del apartado a) del párrafo 1 del artículo 6 del Acuerdo SMC. En cualquier caso, el informe del Grupo31 deja bien en claro que cada situación deberá ser tratada caso por caso por el grupo especial que corresponda.

"En cuarto lugar, el Grupo no considera que el informe es exhaustivo en cuanto a toda posible cuestión que pueda ser pertinente a efectos del párrafo 1 a) del artículo 6 y del Anexo IV. Así pues, el hecho de que el informe pueda no hacer referencia a una cuestión determinada o a una medida concreta, no permite inferir que no haya que tener en cuenta dicha cuestión en este contexto, o que dicha medida no deba incluirse en algún cálculo en el marco del párrafo 1 a) del artículo 6 y del Anexo IV."32 [negritas añadidas]

"… la posibilidad de aplicar las recomendaciones del Grupo y su utilidad con respecto a cada situación en particular debe evaluarse caso por caso."33 [negritas añadidas]

"En el cuadro ilustrativo se reflejan las conclusiones del Grupo relativas a una serie de puntos. En primer lugar se indica en él que algunos tipos de subvenciones (por ejemplo, las donaciones) pueden atribuirse a un solo año o asignarse a un período multianual, según los casos."34 [negritas añadidas]

"El cuadro y la nota introductoria reflejan asimismo algunas otras recomendaciones. La primera de ellas es que, a menos que se demuestre que en un caso determinado es más adecuado proceder a la atribución unianual, las subvenciones a la investigación sean en principio asignadas a varios años. Igualmente, se recomienda que las subvenciones no recurrentes y/o elevadas se asignen en principio, a menos que se demuestre que, en un caso determinado, resulta más adecuado atribuirlas a un solo año o cargarlas a la cuenta de gastos."35 [negritas añadidas]

"Análogamente, las subvenciones no recurrentes o no iterativas deberían supuestamente asignarse a varios años, salvo cuando se demuestre que hacerlo así sería inadecuado."36 [negritas añadidas]

"En el cuadro se incluye una clase de subvenciones relacionadas con la exportación, a pesar de que la aplicabilidad de la cuestión relativa a la atribución unianual o la asignación multianual referida a dichas subvenciones podría ser limitada, al menos en lo que respecta a las subvenciones relacionadas con la exportación que sean subvenciones a la exportación en el sentido del Acuerdo."37 [negritas añadidas]

Los únicos asientos en el cuadro de subvenciones relacionadas con la exportación figuran en la columna de la cuenta de gastos.

55. La Parte III del Acuerdo SMC, el Anexo IV del Acuerdo SMC y la labor del Grupo Informal de Expertos no tienen valor probatorio para la interpretación de la conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC. Además, los pasajes citados muestran claramente que incluso en el marco de la Parte III y del Anexo IV del Acuerdo SMC habría sido necesario que los pagos en concepto de donación asignados al período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000 se hubieran gastado en dicho período.

IV. CONCLUSIÓN

56. Australia cumplió con las recomendaciones del Informe y puso los pagos en concepto de donación en conformidad con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC al retirar de Howe el 14 de septiembre de 1999 la suma de 8,065 millones de dólares.

® Los pagos en concepto de donación se vincularon a objetivos de ventas, y se gastaron, en el período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000.

® El 14 de septiembre de 1999 se retiró de Howe la suma de 8.065 millones de dólares.

® Sólo era necesario retirar el dinero vinculado a las exportaciones de cuero para automóviles.

® La suma de 8,065 millones de dólares era superior a cualquier cálculo razonable de la proporción de dinero de los pagos en concepto de donación vinculada a las exportaciones reales o previstas durante el resto del período del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000.

® El Préstamo de 1999 en condiciones de favor a ALH debe evaluarse como medida aparte de los pagos en concepto de donación y de la cuestión de si se ha retirado de Howe una suma suficiente de dinero. El Préstamo de 1999 es compatible con el apartado a) del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo SMC.


Continuación: ANEXO 2-3 Regresar al Índice
 

1 En la presente comunicación se habla siempre de dólares australianos.

2 Es decir, que el dinero asignado a ventas internas de cuero para automóviles y a otras ventas no era necesario retirarlo, ya que aquel dinero no estaba vinculado a exportaciones reales o previstas de cuero para automóviles.

3 En la presente comunicación se habla siempre de dólares australianos.

4 Prueba documental AUS-1.

5 Párrafo 2 del artículo 3 del ESD.

6 Párrafo 45 de la primera comunicación de los Estados Unidos.

7 Párrafo 46 de la primera comunicación de los Estados Unidos.

8 Es decir, si no se hubieran retirado el 14 de septiembre de 1999 los 8,065 millones de dólares.

9 Variante lineal preferida: quedarían 137 días en 1999-2000 (julio-junio) y hay 1.186 días entre el 1º de abril de 1997 y el 30 de junio de 2000; por consiguiente, la asignación sería 30 x [137/1.186] = 3,5 millones de dólares.

10 Véase el párrafo 46 de la primera comunicación de Australia.

11 Sobre la base del objetivo de ventas para 1999-2000: 30 x [214/567,5] x [137/366] = 4,2 millones.

12 Véase el párrafo 47 de la primera comunicación de Australia.

13 Véanse los párrafos 48 y 49 de la primera comunicación de Australia.

14 Párrafo 6 de la primera comunicación de los Estados Unidos.

15 Párrafos 17 y 18 de la primera comunicación de los Estados Unidos.

16 Título de la subsección III.A.2 de la primera comunicación de los Estados Unidos, que se refleja en los párrafos subsiguientes.

17 Artículo 11 del ESD.

18 "Sin embargo, el 9 de marzo de 1997 el Gobierno australiano reemplazó aquellos programas de subvenciones por una donación de 30 millones de dólares australianos, también supeditada a los resultados de las exportaciones [se omite la nota 4 a pie de página], a Howe, único productor y exportador australiano de cuero para automóviles."

19 En la nota 132 a pie de página del Informe se dice:

"… los Estados Unidos reconocieron que una subvención prohibida a la exportación podía ser sustituida por otra forma de ayuda que no esté vinculada al resultado de exportación y un Miembro podría por consiguiente acomodar su legislación al Acuerdo SMC. …"

20 Párrafo 16 de la primera comunicación de los Estados Unidos.

21 También se proporcionó una pequeña suma en concepto de asistencia en el marco del Programa de Facilitación de las Exportaciones de Vehículos de Motor para Pasajeros (EFS), que concluye el 31 de diciembre de 2000.

22 Por ejemplo:

"… En consecuencia, llegamos a la conclusión de que Howe, para aumentar sus ventas de manera que pudiera alcanzar los resultados fijados como objetivo en materia de ventas en el contrato de donación (los objetivos provisionales y el objetivo global), tendría necesariamente que haber continuado y probablemente aumentado sus exportaciones. Cuando se concertó el contrato, el Gobierno australiano sabía que existía esa necesidad y, por consiguiente, previó que Howe continuaría y posiblemente aumentaría sus exportaciones. A nuestro juicio, estos hechos convierten efectivamente los objetivos consistentes en resultados en materia de ventas en objetivos consistentes en resultados en materia de exportación. Así pues, consideramos que los resultados previstos en la esfera de la exportación de Howe eran una de las condiciones para que se otorgasen las subvenciones. …"

23 Véase la nota 19 a pie de página.

24 Federal Register volumen 63, Nº 227, página 65.392, o página 96 del documento G/ADP/N/1/USA/Suppl.4 - G/SCM/N/1/USA/1/Suppl.4.

25 En el texto inglés, se habla de "allocable" y se cita el New Shorter English Oxford Dictionary - CD - enero de 1997.

26 Naturalmente, la asignación durante la vida del activo también puede ser objeto de abuso con fines proteccionistas por parte de las autoridades encargadas de las medidas compensatorias.

27 Treinta millones de dólares x [290/366]/13 = 1,8 millones (al haber 290 días desde el 14 de septiembre de 1999 al 30 de junio de 2000).

28 Cita del New Shorter English Oxford Dictionary - CD - enero de 1997: "occurring frequently or periodically".

29 Antes del 1º de abril de 1997; del 1º de abril de 1997 al 30 de junio de 2000, y con posterioridad al 30 de junio de 2000.

30 Por ejemplo, véanse los párrafos 2.2 y 2.3 del Informe.

31 G/SCM/W/415/Rev.2 y Suppl.1.

32 En el segundo párrafo de la página 2 de G/SCM/W/415/Rev.2.

33 Párrafo 5 de G/SCM/W/415/Rev.2/Suppl.1.

34 Párrafo 5 de G/SCM/W/415/Rev.2.

35 Párrafo 6 de G/SCM/W/415/Rev.2.

36 Párrafo 2 de la Recomendación 1 de G/SCM/W/415/Rev.2.

37 Párrafo 7 de G/SCM/W/415/Rev.2.